Servicios públicos propios e impropios

SERVICIOS PÚBLICOS
La noción de servicio público esta íntimamente Ligada a la razón de ser del Estado: PROSECUCIÓN BIEN COMÚN
    (Roberto Dromi)
EL SERVICIO PÚBLICO.-
•Noción.- Surge en Francia, para dar a entender cierto aspecto de la actividad Administrativa, propendíéndose a la construcción del derecho administrativo Inicial.
•Hauriou, Señala que es “un servicio técnico prestado al público De una manera regular y continua para la satisfacción de una necesidad pública Y por una organización pública” 
•Se dice que es servicio, en razón de su finalidad de satisfacer Necesidades; público, Porque éstas son para una mayoría o para la totalidad ciudadana.
SERVICIOS PÚBLICOS
CONCEPTO
Prestaciones que cubren necesidades públicas o de Interés comunitario, que explicitan las funciones – fines del Estado, de Ejecución per se o por terceros, mediante concesión, licencia, permiso, Autorización o habilitación, pero siempre bajo fiscalización estatal (Roberto Dromi)
SERVICIOS PÚBLICOS
CONCEPTO
Es aquella actividad propia del Estado o de otra Administración Pública, de prestación positiva, con la cual mediante un Procedimiento de Derecho Público, se asegura la ejecución regular o continua, Por organización pública o por delegación, de un servicio técnico indispensable Para la vida social  (Gaspar Ariño citado Por Laura Francia Acuña)
Creación De los servicios públicos.

•La creación de los servicios públicos es por una Norma con rango de Ley.
•Crear un servicio público significa que el Estado Ha decidido suministrar prestaciones directa o indirectamente a la Colectividad, bien sea que el Estado asuma la administración, la gerencia o el Manejo de una actividad para satisfacer de manera regular y continua cierta Categoría de necesidades de interés colectivo teniendo la iniciativa y el Control sobre esta prestación a cargo de las particulares.
Creación De los servicios públicos.-
•Gastón Jèze, señala que: “habrá servicio público siempre que la administración Satisfaga necesidades de interés general, mediante el procedimiento del Servicio público, que implica un régimen jurídico especial de derecho público”.
•Para la creación de los servicios públicos deben Tomarse las previsiones legales pertinentes a fin de prever en la Ley del Presupuesto General de la República, en leyes especiales y ordenanzas Regionales y municipales, las partidas necesarias para su organización y Funcionamiento ininterrumpidos.
SERVICIOS PÚBLICOS
CARACTERES:
GENERALIDAD: Todos los administrados tienen derecho a Exigirlo en igualdad de condiciones respecto de la ley.
UNIFORMIDAD: La tarifa debe ser una para cada clase y Categoría de servicio público
CONTINUIDAD: Indefinida
REGULARIDAD: funcionamiento normal, dentro de las mismas Condiciones (Rafael Bielsa)
SERVICIOS PÚBLICOS
CARACTERES
OBLIGATORIEDAD: El derecho de “usar” servicio público se funda En la obligación del Estado de tutelar interés público y darle satisfacción.
CALIDAD Y EFICIENCIA
SUBSIDIARIEDAD
  (Roberto Dromi)
SERVICIOS PÚBLICOS

TÍTULO III: DEL  RÉGIMEN ECONÓMICO Constitución DE 1993

CAPÍTULO I: PRINCIPIOS GENERALES
Artículo 58°
. La iniciativa privada es libre.  Se Ejerce en una economía social de mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta El desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de Empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e Infraestructura.
Base Constitucional.-
•La Constitución Política del Perú de 1,993, Establece, en su Titulo I, De la persona y la sociedad:
Articulo 1°.- De los derechos fundamentales de la persona.-
“La defensa de La persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad Y del Estado”, lo cual se logra, en parte, mediante una Adecuada creación y prestación ininterrumpida de los servicios públicos.
SERVICIOS PÚBLICOS
 Ley de Concesiones Eléctricas, DL 25844 y modificatorias: Constituye servicio Público de electricidad, suministro regular  Energía eléctrica para uso colectivo, hasta límite potencia fijada Reglamento. Es de utilidad pública.
Ley Actividad de Hidrocarburos, 26221: Distribución de gas natural por red de ductos Es servicio público
Ley Radio y Televisión, 28278: Servicios radiodifusión son servicios privados De intéres público
Ley General de Servicios de Saneamiento, 26338: servicios de necesidad y utilidad pública y de Preferente interés nacional, cuyo fin es proteger salud población y ambiente
DU 005-2004, asegurar continuidad prestación Servicio transporte aéreo: de interés nacional, orientado a satisfacer Traslado pasajeros, carga y correo; DU 011-2004, declara emergencia servicio Público transporte aéreo en territorio nacional y DU 012-2004, MTC otorga Permisos de vuelo transporte aéreo. (Richard Martín Tirado)

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