Formas de extinción de la obligación jurídica

Definición de hecho ilícito:


Causa daño, obra ilícitamente y existe la obligación de reparar el daño.

Diferencia de hecho ilícito y delito:


El delito está tipificado y el hecho ilícito es un  hecho que va contra las buenas costumbres y moral por lo que hay que pagar por él.

Elementos del hecho ilícito:


Acto de comisión u omisión;

Imputable al demandado;

Daños para el demandante;

Ilícito (sin derecho)
;

Imprudencial o Negligencia.

¿Qué personas responden por los hechos ilícitos de otros?


maestros artesanos

las escuelas

los patrones

¿Qué personas responden por los hechos ilícitos de las cosas?


El constructor se haga responsable de la ruina o daños de una construcción, el dueño de un animal, el jefe de familia por daños causados, prestar un hecho.

¿A quien corresponde el ejercicio de la acción penal?


Ministerio público solicita el ejercicio de la acción penal al juez *

¿En que consiste la reparación del daño?


Consiste en el restablecimiento de la situación anterior cuando sea posible, si es muerte se remite a la ley federal de trabajo

¿Por qué causas se puede extinguir la acción penal?


Indulto

amnistía

muerte

¿Qué es el daño moral?


No puede ser suceptible de valorarse económicamente, puede ser social, afectivo y lo de la ley federal de trabajo

¿Tipos de daño?


Daño moral social, moral afectivo y moral.

Definición de abuso de derechos

Es el ejercicio de un derecho sin utilidad para su titular con fin exclusivamente nocivo.

¿Antecedente del abuso de derechos y que decía?


Antecedente remoto en un digesto (compilación de leyes romana) y decía: ningún daño hace el que usa de su derecho, todo derecho tiene  un límite.

Ejemplo de hechos materiales:


Mayoría de edad

Nacimiento

Parentesco

medianería de pared.

Teoría del riesgo creado:


Se elimina la culpa como elemento de responsabilidad, el individuo es siempre responsable de las consecuencias.

Porque se criticaba el riesgo creado:


Porque condena al hombre a la inactividad.

Leyes que siguen la aplicación del riesgo creado:


El código civil en el art de objetos peligrosos;

Ley federal del trabajo en el capítulo del riesgo de trabajo (muerte, enfermedad o accidente)

Condición:


Acontecimiento futuro e incierto del cual depende el nacimiento o resolución de una obligación

Tipos de condición:


Suspensiva: su realización depende que la obligación nazca

Resolutoria: de su realización depende que la obligación cese

Casual: depende del acaso o de la voluntad de un tercero

Potestativa: depende de la voluntad de una de las partes

Mixta: depende de un acontecimiento ajeno y de la voluntad de una de ellas.

Positiva: un acontecimiento llegue

Negativa: un acontecimiento no llegue

Imposible: no pude realizarse porque es contraria a la ley natural

Necesarias: inevitablemente a de llegar. (Fechas y plazos)

Ilícita: contraria a la ley.

Modo o carga

Prestación accesoria la cual hace que en un contrato que sería gratuito disminuya el beneficio del gratificado 

En que contratos se usa el modo o carga:


Donación

Comodato

Renta vitalicia.

En que puede consistir:


Prestación a favor del donante;

Prestación a favor de un tercero;

Prestación a favor de persona indeterminada

Plazo o término

Acontecimiento futuro, cierto e inevitable del cual depende la exigibilidad o la extinción de la obligación

Qué pasa si se paga anticipadamente:


No puede repetirse y derecho a exigir intereses o frutos.

4 tipos de plazo:


Convencional

Legal

Judicial

Extintivo

Ejemplo de plazo convencional:


Es el acuerdo entre las partes (contrato de arrendamiento)

Ejemplo de plazo legal:


Son los términos procesales

Ejemplo de plazo judicial:


Lo establece el juez (plazo de gracia)

Ejemplo de plazo extintivo:


Limita la duración de la obligación antes de la llegada nace como si el plazo no existiera, al cumplirse el plazo la obligación OVER

Ofrecimiento de pago y consignación:


Es cuando una persona quiere pagar pero no se le permite… entonces consigna (depositar el $ ante un juez)

Obstáculos para pagar:


que el acreedor se rehúsé sin causa justa a recibir el pago;

tengas dudas del derecho del acreedor;

acreedor desconocido;

acreedor ausente o incapaz;

acreedor se rehúsé a devolver el documento

Efectos de consignar:


si es aprobada, se da x cumplida la obligación;

los pagos corren x cuenta del acreedor

Ejecución forzada:


Si el deudor no paga voluntariamente se ejecuta sentencia en vía de apremio

Cuáles son los bienes inembargables:


Los necesarios para vivir y trabajar

Formas de ejecución

dar $: embargo-remate

dar cosa: demandar desocupación, entrega del inmueble y si se niega se da el lanzamiento.

de hacer:

“si el ingeniero se niega” otro lo hará en su rebeldía

si es personalísimo paga daños y perjuicios

no hacer: no puedes hacer pero lo haces, volver a hacer las cosas en el estado que estaban

De donde procede la responsabilidad contractual

De los contratos y de la declaración unilateral de la voluntad

Cuales son loe elementos de la responsabilidad contractual:


Daño y perjuicio, imputable al deudor y culpa o mora.

Diferencia entre daño y perjuicio

Daño: El menoscabo sufrido en el patrimonio

Perjuicio: privación de ganancia ilícita

Definición de culpa y mora y los tipos de culpa

Culpa: todo incumplimiento constituye una falta

Mora: retardo en el cumplimiento de la obligación

Tipos de culpa:


Dolosa (intención);

No dolosa (Negligencia)

Tipos de indemnizaciones:


Compensatoria(procede cuando no pagaste, cuando no entregaste cuando no ejecutaste);

moratoria(cuando te tardaste)

De que otra manera se llama la cláusula penal:


Pena convencional (acuerdo de las partes que regulan la responsabilidad civil para el caso en que se cumpla de manera diferente o no se cumpla)

Porqué es de Utilidad:


Por que regula daños y perjuicios

Porque es difícil probar la cuantía en perjuicio del deudor

El deudor no se exime probando

Porque es accesoria:


No puede excederse del monto principal;

Si es nula no invalida el contrato;

Si el contrato es nulo la cláusula penal es nula.

Cláusula de no responsabilidad contractual:


En los contratos cada parte es libre de determinar los limites de su responsabilidad

Caso fortuito y fuerza mayor(diferencia) y (carácterísticas)


El cazo fortuitos es por la naturaleza y de fuerza mayor es por el hombre

Carácterísticas: impredecible o no evitable, absoluta o definitiva, no es una simple dificultad.

Que es la resicion:


Facultad de resolver la obligación se entien de implícita en las reciprocas si una de las partes no cumple.

Que es evicción:


Cuando se le quita una cosa por un derecho mayor

Casos de evicción:


Enajenante no era dueño, el adquiriente reclama la posecion

Lo que no es evicción:


El adquiriente abandona la cosa;

Si el adquiriente es desposeído de hecho por alguien que no tiene derecho

Que es el juicio de evicción:


Un tercero ejercita la acción reivindicatoria contra el adquirente el cual debe llamar a juicio al enajenante

Que es el saneamiento:


Indemnizar a alguien que sufrió algo, reparar el daño

En que consiste el saneamiento por vicios ocultos:


La persona no ve los defectos;

Peritos por conocimiento;

Recisión del contrato;

Daños y perjuicios;

Indemnizar o rescindir (ya no lo quiero);

Cambio de naturaleza (por vicios ocultos);

Si el vendedor no conoce vicios solo paga gastos y precio del contrato;

6 meses de plazo.

En que consiste el derecho de retención:


El acreedor retiene la cosa del deudor hasta que le pague

Acción oblicua :


Consiste en que una persona ejercitara derechos para que quieras pagarle

Acción paulina revocatoria:


Acción que ejercita el acreedor para anular los actos de su deudor, para los cuales se quedó insolvente

Acción de simulación:


Por medio de esta acción el acreedor busca la nulidad del acto que aparentemente realizo su deudor.

Grados de simulación:


Acto secreto destruye al ostensible;

Acto secreto modifica al ostensible;

Los contratantes ocultan solo 1 parte de la condición

La simulación absoluta y relativa:


Absoluta: cuando el acto simulado no tiene nada de real

Relativa: falsa apariencia

Insolvencia:


Cuando la suma de los bienes y créditos del deudor en su justo precio no iguala al importe de sus deudas

En que consiste la interposición de personas(prestanombres):


Una persona sirve de in termediario entre los verdaderos interesados, no tierne interés personal y es para ocultar al verdadero dueño

Definición y ejemplos de obligaciones naturales

Son aquellas en las que el acreedor no tiene derecho de exigir la prestación no tiene acción legal para proceder.

Ejemplos:

deberes morales

deuda prescrita

deuda de juego prohibido

obligaciones del incapaz.

Formas de extinción de obligaciones:


Pago;

Recibe satisfacción diferente o distinta;

No se recibe satisfacción.

Donde no se obtiene satisfacción


Prescripción: Medio de liberarse de obligaciones mediante el transcurso del tiempo por no exigirse su cumplimiento.

Remisión: perdonar o liberar de una obligación sin recibir nada a cambio.

Imposibilidad de ejecución:

Término extintivo.

Donde se obtiene satisfacción:


Compensación: dos personas se deben mutuamente;

Novación: sustituir una obligación antigua por una nueva. Existen dos tipos: Subjetiva y objetiva.

Dación en pago: entrega en pago al acreedor de cosa distinta de la que se debía;

Confusión: cuando la persona tiene la misma calidad de deudor y acreedor.

Qué es delegación:


Cuando una persona DELEGADO es mandado por el DELEGANTE a obligarse con un tercero DELEGATARIO.

Clases de compensación:


Legal: establecida en la ley;

Judicial: emitida por el juez;

Convencional: modifica y extingue… convenio.

Diferencia entre caducidad y prescripción:


Extingue derechos sin necesidad de declaración judicial;

La caducidad es de oficio por el juez; La prescripción es a petición de la parte;

La caducidad no se interrumpe ni se suspende y la prescripción si.

OBLIGACIONES COMPLEJAS:


Pluralidad de Sujetos:

Mancomunadas: pluralidad de deudores y acreedores en una misma obligación.

Solidarias: es la modalidad en que habiendo pluralidad cada acreedor puede exigir y cada deudor debe cumplir.

Pluralidad de Objetos:

Conjuntivas: diversas prestaciones que se deben acumulativamente, la obligación no esta ejecutada si una prestación no se ha cumplido.

Alternativas: tienen dos o más prestaciones a elegir.

Facultativas: comprenden una salo prestación, pero con la facultad para el deudor de liberarse cumpliendo otra.

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