Terminación de un tratado o suspensión de su aplicación implícitas como consecuencia de la celebración de un tratado posterior

F: Los tratados simplificados atraviesan por complejas etapas en su formación que Incluyen negociación, adopción y autenticación del texto y manifestación del Consentimiento.

Son las solemnes

V: la Ratificación en Chile la realiza el PR previa aprobación del congreso.

F: Las reservas solo pueden aceptarse de manera expresa y por escrito.

También de forma tacita

F: el Dolo como vicio del consentimiento en obligarse por un tratado es una causal de Nulidad absoluta.

Nulidad relativa

V: en Cuanto a la vigencia de los tratados, se les aplica el principio de la Irretroactividad, por  regla general.

F: la Revisión total de los tratados puede consistir en una enmienda o modificación De los tratados.

Pertenecen a revisión Parcial

F: la Terminación de los tratados opera con efecto retroactivo.

Efecto irretroactivo

V: Los tratados sucesivos sobre la misma materia entre las mismas partes se rigen Por el principio de que la ley posterior contraria deroga la anterior.

F: la Causal de terminación ‘’cambio fundamental de las circunstancias de celebración De un tratado’’ opera en todo tipo de tratados.

Solo tratados multilaterales

V: si Un tratados se opone a una norma de ius cogens, dicho tratado adolece de una Causal de nulidad absoluta.

La Interpretación de los tratados según la convencíón de Viena:

Debe realizarse de buena fe

Un Tratado de comercio entre España y Bélgica:

La Cláusula de la nacíón más favorecida

En la Jurisprudencia del tribunal militar de nuremberg:

Por tratarse de la causal de incompetencia del representante del Estado

El Principio del efecto relativo de los tratados:

Significa que el tratado obliga en principio a las partes y no a a Terceros

Cuál es la oponibilidad de Las costumbres generales:


Para Determinar la oponibilidad de este tipo de costumbres es necesario distinguir Entre la norma consuetudinaria con Carácter cogente y la que expresa ius Dispositivum.
Las normas consuetudinarias de ius cogens son oponibles a todos los Estados con independencia de La actitud –incluso oposición- que hubieran adoptado en el período de su Formación.En relación al resto de las costumbres generales la doctrina se ha Encontrado dividida entre la tesis objetiva, para la cual la costumbre obliga a Todos al margen de su aceptación, y una subjetiva para la que la costumbre Obliga sólo a aquellos que han contribuido con su conducta a la formación de la Norma consuetudinaria.La CIJ a determinado que la costumbre general obliga a Todos los Estados, hayan contribuido o no con su conducta a la formación de la Norma, con excepción de aquellos que se hayan opuesto a ella, en el período de Formación, de manera permanente, persistente e inequívoca.

Casos en que las reservas se entiendan Tácitamente aceptadas:


-Tiene lugar cuando la reserva está Expresamente autorizada por el tratado, a menos que él disponga que sea exigida La aceptación por los demás Estados contratantes.

-Cuando formulada una reserva por un estado, Otros u otros Estados no han formulado ninguna objeción a la misma dentro de Los 12 meses siguientes a la fecha en que se ha recibido la notificación de la Reserva o en la fecha en que hayan manifestado su consentimiento en obligarse Por el tratado, si esta última es posterior. A este último caso de aceptación De la reserva se le denomina implícita.

Que entiende la convencíón de Viena por la Violación grave de un tratado:


constituirán violación grave de un tratado:

A) Un rechazo del tratado no Admitido por la presente convencíón;

B) La violación de una disposición Esencial para la consecución del objeto o del  fin del tratado.”

Efectos particulares de la Nulidad de los tratados:


a)puede exigirse que las partes vuelvan al Estado anterior a la celebración del tratado, siempre que sea posible, o dicho De otra manera, como si el tratado nunca se hubiese celebrado.

b) Los actos ejecutados de buena fe, Antes de que se haya alegado la nulidad no resultarán ilícitos por el solo Hecho de la nulidad del tratado;

c) Lo previsto en las letras Precedentes no se aplicará con respecto a la parte a la que sea imputable el Dolo, el acto de corrupción o la coacción, cuando la causal sea el dolo, la Corrupción o la coacción. En este caso, por tanto, no hay buena fe ni efecto Retroactivo;

d) En caso de vicio del consentimiento En tratado multilateral, las normas precedentes se aplicarán a las relaciones Entre el estado cuyo consentimiento se ve afectado por el vicio y los restantes Estados partes.

Tratado


Manifestación de Voluntades concordantes, imputables a dos o más sujetos de derecho Internacional, y destinada a producir efectos jurídicos en conformidad con las Normas del derecho internacional.

Reserva


Concepto: Una Declaración unilateral formulada por escrito por un sujeto de derecho Internacional al manifestar su consentimiento en obligarse por el tratado Multilateral con la que, sea cual sea la denominación que se le dé, se pretende Excluir o modificar los efectos jurídicos de ciertas disposiciones del tratado En su aplicación a dicho sujeto.

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