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Procesal civil ll Repaso tercer parcial
1.Competencia
2.Recusación
3.Inhibición
4.Oposición Y apelación (recursos ordinarios)
5.Acción Civil suspende la acción penal. Art 50 CPC – Ley 10-15
6.Acción Laboral vs acción penal
Temas generales examen:
1.Suspensión De la instancia
2.Interrupción De la instancia
3.Desistimiento De la instancia
4.La Perención de la instancia
5.La Adquesencia
6.La caducidad O prescripción
1.Sobreseimiento de la instancia
quiere decir que la instancia se suspenden esta se detiene y Luego sigue el curso
Esta se puede apelar por un juez de la suprema corte
Impugnación lecontredit es una de las razones
Interrupción:
quiere
Decir que se paraliza el proceso y se renueva, es decir que empieza de nuevo.
Art 342 y siguientes CPC
La interrupción se da por la muerte de las partes (demandado Y demandante).
Si muere un tercero no se interrumpe a menos que esté ya Forme parte del proceso.
La prueba para la interrupción es notificar el acto de Defunción.
Recursos Extraordinarios
1.Impugnación Lecontredit
El plazo son 15 días, la apertura del plazo suspende la Instancia.
2.Casación
3.Tercería
Recurso de oposición
El plazo son 15 días y suspende el plazo
Apelación
El plazo es de un mes (civil y comercial) juez de primera Instancia, su plazo suspende la sentencia (la apertura del plazo)
Si hay oposición No hay apelación
Efectos:
Recurso de apelación:
Efecto Suspensivo
Devolutivo
Lo penal mantiene lo Civil en estado de suspensión:
hay que suspender lo civil para conocer lo
Penal.
Acción laboral VS Acción penal
Lo laboral mantiene la sección penal en estado de Suspensión.
Se puede apelar la Sentencia del sobreseimiento?
Sí, por la parte demandada al juez.
Se mantienen las Partes cuando hay interrupción de la instancia?
Si muere el demandado Y el demandante siguen el proceso los herederos
La Interrupción se puede producir ante de presentar las conclusiones (la muerte) y Así se paraliza, si es después ya el proceso sigue.
Todo Fallo dado luego de la interrupción es nulo
Cómo se plantea la Nulidad de la sentencia?
En apelación, se pide que se revoque porque era nula, y hay Que motivarla (dar razones).
En qué momento se Debe producir la interrupción en comercial?
Hasta estado de fallo, antes de las conclusiones
En qué momento se Debe producir la interrupción en un Recurso de casación?
Hasta el momento mismo de la depositsciin del memorial de Legación en secretaría de la suprema corte de justicia.
Las dos vías para Actuar una instancia que está interrumpida:
1.Voluntaria
2.Forzosa
2.Interrupción De la instancia
Se origina casi siempre en el fallecimiento de una de las Partes. La instancia debe renovarse. La interrupción de una instancia Mortalmente opera desde que se notifica a la otra parte.
Quien interviene en La interrupción de la instancia?
Es importante la intervención del abogado
Hasta cuando puede Ocurrir la interrupción?
, hasta el momento de la presentación de conclusiones
Efectos:
El efecto normal es la paralización del procedimiento. Todo Procedimiento hecho después de la interrupción es NULO. Pero hay que probarlo.
Causas:
Puede presentarse en dos casos especiales
1.Cuando muere
2. cuando Pasan las funciones del abogado apoderado
OJO
En la interrupción se paraliza la instancia, luego se Reanuda donde estaba.
En el sobreseimiento se suspende la instancia y vuelve a Iniciar.
Cómo se prueba la Muerte de una de las partes?
Cuando se deposita él acta de defunsion
Si muere el abogado, se interrumpe la instancia
3.Desistimiento de la instancia
El desistimiento es del demandante
Es bilateral
Caducidad, demandado
Desistir significa Renunciar
Quien puede desistir?
Solo el demandante
Mediante cuáles actos Se hace el desistimiento?
Mediante un acto bajo firma privada o un acto autentico
Cuales materias se Puede hacer el desistimiento?
La civil, comercial, laboral, inmobiliaria etc.
Corte competente
Primera instancia, juez de paz
Qué pasa si el Desistimiento no está firmado?
No es válido
Mediante que onquien Notifica el desistimiento?
Mediante un acto de alguacil
Que se requiere para Que sea válido?
Que el demandado acepte
Cuales son las Condiciones del desistimiento?
Tener capacidad para actuar en justicia.
4.Perención de la instancia
Perención de la instancia cuando ocurre?
Comienza a partir del último Acto válido
Debe promoverla la Parte demandada
Que es la perención De la instancia?
Es un modo de extinguirse la instancia
Cual es la finalidad De la perención?
Es impedir que el proceso se prolongue indefinidamente a consecuencia De la inactividad de partes.
Cómo se pide la Perención de la instancia?
Por citación o acto de abogado
Finalidad:
De evitar un proceso sea eterno en el tiempo
Se procede cuando hayan producido 3 años de inactividad Procesal
Plazo normal 3 años a partir del último acto válido o 3 años Y se extiende 6 meses
Se tiene que tener claro
Si pasan más de 3 años las parte demandada puede incoar el Desestimiento (pero de qué? ¿
No es de pleno derecho.
Para surtir efecto Tendrá el demandado que promoverla
Efecto: extingue la instancia
Las costas corren por el demandante
Puede volver a someter la demanda y que no esté presente.
La prescripción es de interés privado, por qué? – porque solo el demandado puede proponerlo
La presencia se puede dar en todas las materias
El que desiste paga las costas.
Efectos:
Extingue la instancia
El demandante paga las costas
5.Adquecencia De la instancia
Que busca?
Poner fin a la instancia
Es unilateral porque depende del demandado
Es el hecho de una parte que se somete a una pretensión de Su contra parte o qué renuncia a un derecho frente a ellos.
Hay acciones Imprescriptibles pero pueden perimir
Es decir, no tienen plazo para culminar pero puedo desistir De ellas
Las demandas arbitrales puede perimir porque es un Compromiso.
Cómo se hace la Aduecencis de la instancia?
Puede ser hecha bajo conducción o con reserva, en este caso Se requiere de la aceptación expresa.
La adquesencia puede Ser judicial o extrajudicial
6.Caducidad y prescripción
La instancia no caduca ni prescribe pero la acciona si
Cuando una acción prescribe se interpreta que tiene que ser Invocada por la parte demandada.
En esta materia civil la prescripción tiene que invocarse Porque es de orden privado y no de orden público.
La acción vuelve pero la instancia muere
La caducidad se asocia a los plazos de los recursos.
Diferencias y Similitudes de términos
Diferencia entre Caducidad y prescripción
Que la caducidad es la aniquilación y la prescripción es la Extinción.
Diferencia de Perención y desistimiento
Perención se hace vis demandado en cambio desistimiento vía Demandante
Parecido de perención Y el desistimiento
Ambos se extingue la instancia
El desistimiento se Extingue la demanda iniciada?
Cuando el demandante no asiste a la audiencia es desistido
Efectos del Desistimiento
Desiste de las costas
En acción Lira Pública hay desistimiento
NO