UNIDAD 8. SISTEMA RELIGIOSO.
DERECHO MUSULMÁN.
Introducción
Los sistemas
Religiosos no constituyen familias y no agrupan una pluralidad de derechos
Nacionales. La carácterística
De estos sistemas es que no separan el ius y el fas, es decir, el derecho
Secularizado y las normas de origen religioso. El más importante
Es el musulmán, que es la fe islámica.
Antecedentes Históricos
La península de
Arabía se encuentra entre el Mar Rojo y el Golfo Pérsico. Por su situación
Geográfica ha constituido históricamente un punto de comunicación entre las
Grandes masas continentales eurasiática y africana. Generalmente se
Ha considerado a los árabes como una sola raza, sin embargo, los historiadores
Han distinguido tres razas diferentes. La primera fue la de los árabes
Primitivos, descendientes de Sem, hijo de Noé, que comprende los pueblos, no
Solo anteriores, sino ya extinguidos en la época de Mahoma.
Estos son los
Llamados Al-Ariba. La segunda es la
Denominada árabes, que se establecieron en Yemen y que después se extendieron
En todas direcciones. La tercera, de
Los Mustariba, formada por los sucesores de Ismael, hijo de Abraham, que
Habitaron en Arabía desierta y se extendieron en diferentes direcciones,
Conocidos con el nombre de Ismaelitas. A esta raza pertenecieron las tribus que
Habitaron alrededor de la Meca entre ellas los Koreichitas a la que pertenecíó
El profeta Mahoma. Los árabes que
Habitaban en la costa eran sedentarios, vivían sobre todo del trabajo de sus
Campos, del comercio y del transporte desde los puertos del Mar Rojo a Siria,
Realizando caravanas. Los árabes del interior, llamados beduinos era pastores
Seminómadas, que alternaban el cuidado de su rebaño con la guerra. Pero tanto los
Sedentarios como los beduinos no conocían otra organización política que la
Uníón de familias en grupos tribales. La familia estaba sometida a la autoridad
Patriarcal de un sheik o de un anciano; en tiempos de guerra los hombres de una
Misma tribu o de un mismo grupo de familias combatían bajo las órdenes de un
Jefe común o emir.
Religión
Antes de Mahoma,
Eran politeístas, creían en la existencia de muchos Djnns o genios invisibles.
Cada tribu y cada familia tenía su culto particular. Mahoma nacíó en
La Meca en el año 570 y murió en Medina en 632. En su juventud
Convivíó en Siria con sacerdotes y frailes cristianos y judíos, por lo que
Concibió una religión monoteísta, con elementos extraídos del judaísmo y el
Cristianismo. Según la
Tradición, a sus 40 años se le aparecíó el arcángel Gabriel, quien le comunicó
Que tenía la misión de difundir la religión. Difundíó entonces
Las que él llamaba las revelaciones del arcángel Gabriel, lo que sería el
Corán. Llamó a su
Religión Islam (sumisión a la voluntad divina).“No hay mas Dios
Que Alá y Mahoma es su profeta”
Los 5 pilares De la sabiduría
1.La
Profesión de fe. Creer en Alá su Dios y en Mahoma su profeta.
La
Oración. Orar 5 veces al día.
El
Ayuno. Ayunar durante 40 días al año, el Ramadán.
La
Limosna. Es un derecho que poseen los que no tienen nada sobre los que tienen
Mas dinero.
La
Peregrinación a La Meca. Tienen que hacerlo por lo menos una vez en la vida,
Excepto los que no disponen de medios.
El Corán
Corán o Alcorán
(recitación o recitada). Libro sagrado del Islám. Es un libro de
Dogma, es un código civil y religioso donde se regulan las prácticas del culto
Y las relaciones legales de los musulmanes. Contiene
Tradiciones judías, cristianas y árabes.
Derecho Musulmán
Es una de las
Facetas de la religión del Islam. Comprende dos
Elementos, que son los dogmas, que fijan las creencias musulmanas y el camino a
Seguir, es decir, lo que se debe o no hacer. Dogma, rito,
Ritual, moral, derecho privado y derecho público.
Inseparabilidad De religión y derecho
El derecho
Musulmán tiene como fundamento al Corán., texto sagrado con el que Mahoma
Predicó la nueva religión. El concepto de
Legislación no representa la voluntad del pueblo o del soberano, sino la
Voluntad misma de Dios. La ley debía ser
Entendida como un deber civil y un deber religioso, inseparables. Todos los actos
Humanos caen dentro de una de los siguientes categorías:
Lo
Que Dios ha ordenado.
Lo
Que ha recomendado.
Lo
Que ha dejado legalmente indiferente.
Lo
Que ha reprobado.
Lo
Que ha prohibido.
Fuentes del Derecho musulmán
El
Corán. El
Sunna. El
Idjma. El
Quiyas, razonamiento por analogía.
El Corán
Primera fuente
Del derecho musulmán. Tiene
Disposiciones jurídicas, aunque son insuficientes.Los jueces no
Pueden interpretar el Corán, solo aplicar la interpretación de los doctores.
El Sunna
Segunda fuente de
Derecho. Sunna significa modelo o ejemplo. Representa el
Modo de ser y de conducirse del profeta. El Sunna incluye
No solo lo que el profeta Mahoma dijo o hizo, ya que los juristas musulmanes
Decidieron que todas las prácticas y costumbres que el profeta no objetó
Específicamente, fueron tácitamente aprobadas y forman parte del Sunna.
El Idjma
Este se
Constituye por el acuerdo unánime de los doctores. Ni el Corán ni el
Sunna podían dar respuesta a todos los problemas. Se considera que
Si la opinión de la comunidad musulmana es unánime, entonces es infalible. El Corán y el
Sunna se consideran fuentes históricas primordialmente, por lo que solo deben
Consultarse los libros aprobados por el Idjma, que es la base dogmática del
Derecho musulmán.
El Quiyas
Razonamiento por
Analogía. Los doctores no
Pudieron prever todas las hipótesis que se presentan en la vida diaria. Debido a que el
Derecho musulmán es un derecho cerrado, ha sido necesario establecer un
Procedimiento capaz de regular en el futuro. Aunque el Quiyas
Es un razonamiento por analogía, ha sido elevado a fuente de derecho por la
Comunidad musulmana. Solo se usa para
Interpretar, no puede crear normas fundamentales.
Derecho Público
Lo que conocemos
Como derecho público, no forma parte del derecho islámico, al menos en su
Formulación clásica, ya que la muerte del profeta impidió incluir en el Corán,
Normas sobre la organización del Estado, del que era jefe religioso y político.
La aparición de tratados de derecho público es por tanto tardía. Los dirigentes de
Los países musulmanes no llevan actualmente el título de Califa, ya que éste
Dejó de usarse a la caída del Imperio Otomano en 1918. Los gobernantes trátese
De rey, presidente o emir (de acuerdo a la naturaleza del régimen político)
Aplican tanto en el espíritu como en la letra de la ley, los precedentes
Dictados en los primeros tiempos del Islam; Califa era el jefe de la comunidad
Y sus funciones consisten en gobernar y defender la fe. El gobernante no
Puede designar a su sucesor mientras sea ratificado por la comunidad y por los
úlamas (líderes religiosos). No puede alterar un dogma ni introducir reformas
Religiosas. Puede ser depuesto si no cumple con su misión. En las
Constituciones de los países islámicos se establece que el Islam es la religión
Del Estado; la Char’ia, la ley islámica es la fuente esencial y principal de la
Legislación; y el jefe del Estado tiene que ser musulmán.
Derecho penal
Por su carácter
Religioso, no distingue entre pecado y delito. El castigo del culpable sigue
Siendo en parte, un asunto de derecho privado. En varios casos no es la
Autoridad sino el propio afectado quien tiene el derecho de obtener el castigo
Del delincuente o de condonarle la pena o de ejecutarla personalmente (como
Cuando se da la flagrancia). Los delitos se dividen en 3:
1. D. De
Sangre. Para esta clase de delitos, las penas se basan en la ley del talión y
La composición amistosa. La pena del talión se aplica en caso de homicidio
Doloso y lesiones corporales dolosas. Si en la ley del talión no está admitida
O si se renuncia a la misma, se pide la composición que puede ser grave o leve.
2. D.
Contra la religión. Los delitos son: la apostasía o, sea, el acto por el cual
El musulmán abjura de su fe, y la blasfemia o injuria contra Dios, un ángel o
Un profeta; si el apóstata no se retracta, es condenado a muerte.
La fornicación,
Esto es, la relación sexual no legitimada, es castigada por una pena que varía
De 100 azotes hasta la lapidación.
La calumnia
(entendida como falsa imputación de fornicación por parte de una musulmana
Capaz) es castigada con 80 azotes.
El hurto con la
Amputación de la mano derecha, y, en caso de reincidencia, amputación del pie y
Mano alternativamente.
La ingestión de
Bebidas embriagantes con 40 azotes.
El bandolerismo
Es castigado por penas que varían de la fustigación (azotes) a la pena de
Muerte.
Delitos Nocivos para la buena convivencia social
Son los que
Comportan otras transgresiones a los preceptos divinos. Aquí la pena
Queda sujeta a la libre y amplia apreciación del juez, pero en todo caso las
Penas deben estar por debajo de las correspondientes penas fijas. Con respecto a
Algunos delitos como son delitos culposos, se puede imponer además de la pena,
Penitencias expiatorias, que consisten, por ejemplo, en la manumisión de un
Esclavo, o de no existir tal posibilidad, en un ayuno de tres días.
Derecho de Familia
El derecho
Islámico no se dirige al individuo sino a la familia y está ligado a la figura
Del padre; las normas patriarcales establecidas en el Corán regulan el
Matrimonio, la filiación y la herencia, es decir, las estructuras fundamentales
En la transmisión y conservación de la propiedad familiar. El matrimonio es
Un contrato, que puede estar precedido de una promesa, para contraerlo. En
Cuanto a la capacidad, los contrayentes deben ser aptos para consumar el
Matrimonio y en uso de sus facultades mentales, el hombre debe ser musulmán, no
Es necesario que lo sea la mujer, pero debe pertenecer a una religión revelada,
La mujer musulmana no puede casarse con un no musulmán. El marido debe entregar
A la esposa una dote, esta práctica tiene posiblemente una función de freno
Respecto al repudio y, al mismo tiempo de garantía de sustento para la esposa
Repudiada o para la viuda. La dote debe guardar relación con la condición
Social de la esposa, con su edad y belleza.
El Corán fija en
4 el número de esposas, y deja indeterminado el número de concubinas y en
Virtud de la dote que debe entregar el hombre; el número de matrimonios está
Limitado por su capacidad económica. La esposa debe al marido la prestación
Conyugal y la obediencia, el marido debe proveer lo necesario a sus esposas y
Transcurrir sus noches alternativamente con ellas. Cada uno de los cónyuges es
Administrador de sus bienes con independencia de los del otro, no produciendo
El matrimonio ningún género de comunidad de bienes.
El matrimonio
Puede ser disuelto por divorcio, el cual puede ser promovido por parte del
Marido, aun sin causa justificada; se admite la solicitud de divorcio formulada
Por la esposa, siempre que medien motivos fundados. También se disuelve el
Matrimonio, además de la muerte de uno de los cónyuges, por juramento de
Abstinencia del marido o por juramento imprecatorio, con el cual el marido al
No disponer de pruebas, jura solemnemente que su esposa ha cometido adulterio y
Que sus hijos son ilegítimos.
Sistema Tributario
Respecto a los
Impuestos los musulmanes pagan anualmente el azaque que es el diezmo sobre
Rebaños, recolecciones y bienes comerciales, etcétera. El antecedente de este impuesto es muy
Antiguo, en sus orígenes era una limosna que se daba a los necesitados;
Posteriormente al convertirse Mahoma en jefe político de la comunidad musulmana
Y tener que enfrentar gastos cada vez mayores a causa de las guerras santas, el
Azaque fue puesto a disposición del profeta para su distribución. Actualmente es
Una limosna legal que la ley destina a los pobres y a los deudores. El azaque
Funciona como un fondo de solidaridad entre fieles. Los impuestos más
Gravosos corresponden a los infieles cristianos y judíos, los cuales pagan dos
Tipos de impuestos que son: una capitación por cada varón (jizia) y un tributo
Sobre las tierras (jarch). Los tributos pagados por los infieles sirven para
Atender los gastos de utilidad general. El organismo
Encargado de la administración financiera se llama Diván.
Derecho Judicial
El jefe del
Estado detenta la plenitud de la autoridad judicial por intermedio del Cadi,
Juez de lo civil y penal que él mismo nombra. Para desempeñar
El cargo se exigen las condiciones de ser musulmán, libre, sexo masculino
(aunque la Escuela Hanefi admite mujeres para que desempeñen el cargo) plenitud
De facultades físicas e intelectuales, moralidad y conocimiento de la ley. Al
Resolver un conflicto y dictar la resolución, el juez tiene que atenerse al
Fiqk correspondiente de la escuela a que pertenece, pero también puede
Fundamentar el fallo tomando en cuenta el conocimiento personal que tiene del
Hecho. Las atribuciones
Normales del Cadi incluyen, además otros actos, como vigilar la tutela de los
Menores e incapacitados y vigilar la buena administración de las fundaciones
Piadosas. En los estados
Musulmanes, con excepción de aquellos en que se aplica estrictamente la ley, se
Ha ido formando una doble jurisdicción, la religiosa y la laica. La primera
Atiende los asuntos relacionados con el derecho de familia, hereditarios y
Fundaciones piadosas, etc., la segunda es compétente para los demás asuntos. El procedimiento
Es oral y no existen archivos escritos de las decisiones cuya existencia y
Ejecución se cuida por dos testigos oficiales (adul) que forman parte de la
Oficina del Cadi. Estos testigos no son testigos de los hechos, en el sentido
Que ha adquirido la palabra en la impartición de justicia moderna, sino que son
Garantes de la regularidad de las actuaciones. La ley admite un
Juramento especial en el caso de homicidio, si el pariente más próximo de la
Víctima señala como autor a una o más personas, pero sin probar su culpabilidad,
Si el juez puede pensar que atento a las circunstancias en que se ha verificado
El delito, la denuncia es fundada y el actor jura cincuenta veces que dice la
Verdad, el acusado tiene que pagar la composición. Pero si dicha suposición a
Favor del actor no existe, es inocente.
Codificación En el derecho musulmán
En el Islam, a Fines del siglo pasado se presentó el fenómeno de la codificación, y esto se Atribuye a las guerras y a las relaciones comerciales que provocaron cierta Occidentalización del derecho. En un principio El fenómeno de la codificación chocó con grandes obstáculos que fueron Superados y el primer código que se elaboró fue el Código Civil persa. Desde Entonces el ejemplo lo han seguido otros países como Túnez, Marruecos, Irán, Egipto, etcétera. Sin embargo, Estas codificaciones se basan en el derecho musulmán y los códigos que se Alejaron de ese derecho como por ejemplo, Turquía, que tomó como modelo el Código Civil suizo, en fechas recientes ha regresado a sus orígenes.