LOS ÓRGANOS SOCIALES DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA
La Junta General puede ser: (-Universal: Es válida para tratar cualquier asunto, sin necesitar una previa convocatoria. -Ordinaria: Se reúne los 6 primeros meses de cada ejercicio para aprobar las cuentas del ejercicio anterior y aprobar la gestión social.
-Extraordinaria: se puede reunir con cualquier objeto, excepto los de la ordinaria.) La Junta General es convocada por los administradores, mediante un anuncio publicado en la página web de la sociedad y del Boletín Oficial del Registro Mercantil. Se puede publicar en uno de los diarios que tengan mayor circulación de la provincia en la cual esté situado su domicilio social, siempre con un mes de antelación sobre lo fijado para su celebración.
SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA
Esta sociedad está formada por dos apellidos y el nombre de uno de los Socios que la haya fundado, y deberá estar acompañado por la indicación «sociedad limitada nueva empresa» o de forma abreviada S.L.N.E. La Mayor ventaja de esta sociedad es que la reducción de plazos para su Constitución es de un solo día. Esta sociedad tiene como objetivo social las Actividades como: agrícola, pesquera, industrial, ganadera, turística, etc… Solo pueden ser socios personas físicas y cuando se funda no pueden ser más de 5. Su capital no puede ser mayor a 120.000€ ni inferior a 3.000€.
SOCIEDAD COMANDITARIA POR ACCIONES
CONCEPTO: Es una sociedad mercantil en la cual el capital se divide en acciones. Está compuesto por las aportaciones de los socios, y al menos uno de ellos responderá como socio colectivo ante las deudas.
CarácterÍSTICAS: -Numero mínimo de socios es dos. -La administración de la sociedad tiene que estar a cargo de los socios colectivos, estos tienen las facultades. -Hay dos tipos de socios, los comanditarios, estos tienen la responsabilidad respecto a su aportación, y los colectivos, los cuales responden las deudas de la sociedad. -Puede utilizar una razón social, con el nombre de los socios colectivos, siempre acompañado de la indicación de «sociedad comanditaria por acciones» o S.Com por A.
SOCIEDAD ANÓNIMA
Es una sociedad mercantil que su capital está dividido en acciones, es Decir por las aportaciones de sus socios, y estos no responden a deudas.
CarácterÍSTICAS: -Los socios no responden personalmente de las deudas
Sociales, responsabilidad limitada. -Tributa por el Impuesto de Sociedades.
-Se
Ordena escritura pública, la cual debe inscribirse en el Registro Mercantil.
-En su denominación deberá figurar S.A. O «Sociedad Anónima». -Se
Forma por contrato entre dos o más personas, fundación simultanea. -Las
Aportaciones solo pueden ser bienes o derechos patrimoniales aptos
De valoración económica. Las aportaciones pueden ser dinerarias o no, y
Nunca se puede aportar trabajo. -El capital social no puede ser inferior a
60.000€. Las acciones pueden estar representadas a través de títulos o de
Anotaciones. -Las acciones dan a los socios los mismos derechos, aunque a veces
Derechos diferentes. -Los socios tienen como mínimo estos derechos: (-El de
Información. -El de poder tanto asistir como votar en las Juntas Generales y
Poder impugnar acuerdos. -El de poder tomar parte en el reparto de las
Ganancias y en el patrimonio de la liquidación. -En tener preferencia en la
Emisión de las nuevas acciones o de obligaciones que puedan convertirse en
Acciones.).