ETAPA DE INVESTIGACIÓN
Conjuntos de actos,diligencias,técnicas que realiza el MP con auxilio de la policía con el objetivo de descubrir identificar y recabar datos probatorios.
INICIA CON LA DENUNCIA O QUERELLA Y TERMINA CON LA AUDIENCIA INICIAL
PRINCIPIOS:
Publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.
Investigación: Esclarecimiento de los hechos
Datos de prueba: Sustenta el ejercicio de la acción penal
FASES
Investigación preliminar:
El objetivo de la recolección probatoria es determinar si hay pruebas suficientes para ejercer la acción penal y si el hecho se tipificó como delito y la participación del imputado
Detención del imputado en caso urgente por MP sin autorización del juez de control
Inicia con Denuncia o Querella y termina con la formulación del MP, Peritos y Policías
Investigación judicial va de la vinculación a proceso al cierre de la investigación, ya se logró el ejercicio de la acción penal por lo que el objetivo es determinar si hay o no fundamento para iniciar un juicio penal en contra del imputado y en caso de que así sea sustente la acusación.
- Carpeta de investigación
- Aviso de hechos delictivos
- Denuncia o Querella
- Entrevista de testigos
- Inspección del lugar
- Levantamiento del cadáver
- Control escena del crimen
- Cadena de custodia de objetos e indicios
- Explicación de sus derechos al imputado
- Inventario de bienes
- Aseguramiento de bienes
- Certificado de lesiones
- Testigos e identidad de cadáver
- Diligencias generales/obligatorias
- Diligencias especiales
- Diligencias al arbitrio del MP
- Actuaciones de investigación que no necesitan autorización del juez control
AUDIENCIA PRELIMINAR INICIAL
- Informar al imputado de sus derechos
- Calificara el control de legalidad de la detención en flagrancia o caso urgente
- Imputación de la persona por el MP
- Derecho o no de declarar por parte del imputado
- Ofrecimiento de pruebas de la defensa
- Desahogo de pruebas
- Vinculación o no a proceso
- Juez pronuncia las medidas cautelares solicitadas por el MP
- Plazo de cierre de investigación
- INTEGRANTES:
MP, Juez de control, Defenda, Victima, Asesor jurídico, concurrencia del publico
AUDIENCIA
DE Imputación
Después de la audiencia inicial pero de las 72 o 144 hrs con el objetivo de formular la imputación este es el acto procesal mediante el cual el MP comunica al detenido el delito que se le atribuye ante el juez de garantías y su defensor. Y en caso de que haya desahogo de pruebas se desahogan.
TIPOS DE PRUEBAS:
Testimonial, documental, instrumental, pericial, confesional, circunstancial y pruebas no especificas que deben ser adecuadas a un tipo de prueba que más se parezca.
AUDIENCIA DE VINCULACIÓN A PROCESO
Dentro de esas mismas 72 o 144 hrs debe existir la vinculación o no a proceso, se da una constancia de vinculación o se deja en libertad
Menos de dos años de pena = 2 meses de investigación
Mas de dos años de pena = 6 meses de investigación
Audiencia de Imputación
2da audiencia dentro de la audiencia inicial de las 72 o 144 hrs
Acto procesal en el que el MP comunica al imputado el delito que se le atribuye. Participa juez de garantías, defensor y juez de control que autoriza al MP comunicar el delito
Requisitos de la formulación de la imputación
Descripción detallada del hecho (Tiempo,fecha,lugar,modo)
Clasificación jurídica preliminar
Participación del imputado en dicho delito
Nombre del denunciante o querellante
Grado de intervención del imputado (autor o partícipe)
Forma de realización del hecho (tentativa o consumado)
Procedimiento de la audiencia del Imputado
Individualización (Identificación)
Juzgador advierte que el MP comunicará al imputado el hecho delictivo
MP comunica detalladamente el delito
Juez concede a la defensa la voz para solicitar la aclaración o precisión
Juez pide al MP desahogue la petición de la defensa
Juez pregunta al imputado si entendíó la imputación
Juez pregunta al imputado si desea alguna declaración o guardará silencio
Juzgados declara formulada la imputación
EFECTOS
Suspensión de la prescripción
Ejercida la acción penal
MP no puede archivar ni cerrar la investigación
Se designan medidas cautelares
Las actuaciones subsecuentes debe conocerlas el defensor
Defensa puede practicar diligencias y pruebas con autorización del juez
Hechos objeto de la investigación judicial
Se termina la investigación preliminar e inicia la judicializada
Declaración del imputado
Derecho de manifestarse o no sobre los hechos delictivos
Se le harán saber sus derechos: Contar con una defensa o abogado, el guardar silencio, acceso a la carpeta de investigación, no auto incriminarse y respeto a su dignidad e integridad
Ser informado de las repercusiones de su declaración
No insistir en que el imputado declare
Ser interrogado por las partes
La declaración o abstención de declarar debe constar en un acta
Al final de esta audiencia el MP solicita al Juez de control la audiencia de vinculación o no a proceso
Requisitos auto de vinculación a proceso
Que el hecho sea considerado delito por la ley
Datos de prueba de que cometíó el delito o participó en el
Lugar donde se cometíó para efectos de comparecencia del juez
Fecha en que se dio
Circunstancias de ejecución (agravado o atenuado)
Hecho por el que seguirá el proceso (el juez puede reclasificar)
Formulación de la imputación
Que se haya asentado si hubo declaración o abstinencia
Indicios razonables
No exista extinción de la acción penal o exclusión del delito
Datos personales del imputado
EFECTOS DE LA IMPUTACIÓN
Que el proceso tenga continuidad
Fijar relación procesal
MP no puede cerrar o archivar investigación
Inicia el proceso de manera formal
Se determina el tiempo de la investigación formal y se dicta fecha para el cierre de la investigación
EFECTOS DE LA NO VINCULACIÓN
No actos de molestia para el imputado
Carpeta de investigación (sin estar detenido)
Se reanuda la prescripción de la acción penal
Inmediata libertad
Pierden efecto las medidas cautelares
Se puede volver a pedir una audiencia inicial
DILIGENCIAS COMPLEMENTARIAS
Intervenciones, Cateos, Entrevistas, Peritajes, Declaraciones, reconstrucciones, inspecciones, confrontaciones, aseguramientos
MEDIDAS CAUTELARES
Prisión preventiva, arresto domiciliario, localizadores, arraigo, inmovilización de cuentas bancarias
REQUISITOS LEGALES DE LA ACUSACIÓN
Individualización de o los acusados y su defensa
Identificación de la victima u ofendido y su asesor jurídico
Relación clara de los hechos y la clasificación jurídica del delito
Relación de modalidades del delito que concurrieron
Autoría o participación concreta que se le atribuye al acusado
Expresión de los preceptos legales aplicables
Señalamiento de medios de prueba
Monto de la reparación del daño
Pena o medida que se solicita
Medios de prueba del MP y justificación de la pena
Solicitud de decomiso
Propuesta de acuerdos probatorios en caso
Solicitud de terminación anticipada si procede
1. Señalar pretenciones punitivas y procesales
2. Narrativa de los hechos
3. Medios de convicción que sustentan la acusación
4. Estudio dogmático del delito para proponer sanción penal
5. Fundar y motivar el hecho
6. Puntos petitorios
VICTIMA ANTE LA ACUSACIÓN
Señalar vicios formales y requerir corrección
Ofrecer medios de prueba
Solicitar pago de reparación del daño
Cuantificar monto
DEFENSA ANTE ACUSACIÓN
escrito de contestación
señalar vicios y pronunciarse sobre las observaciones
ofrecer medios de prueba
solicitar acumulación o separación de acusaciones
manifestarse sobre los acuerdos
Requisitos de apertura a juicio oral
Señalar al tribunal de enjuiciamiento competente
Individualización de los acusados
indicación específica de la acusación
hechos acreditados
medios de prueba que se desahogarán en la audiencia de individualización
Individualización de personas que deberán presentarse al debate
Nuevas medidas cautelares
EFECTOS DEL AUTO DE APERTURA A JUICIO
Se va el juez de control y turna al tribunal de enjuiciamiento
No hay acuerdos reparatorios, suspensión condicional del proceso
Ningún otro acto hasta que se dicte sentencia
Termina la etapa intermedia y empieza la de juicio oral
juez de enjuiciamiento a cargo del imputado