B. Fuentes externas
El Estado español, en su relación con otros países, organismos e instituciones, asume una serie de obligaciones. Como resultado de estas obligaciones se incorporan al derecho español unas fuentes de origen internacional que se caracterizan por su primacía sobre el derecho interno.Son fuentes internacionales los tratados internacionales y la normativa de la Unión Europea y de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Los tratados internacionales Los tratados internacionales válidamente celebrados por España pasan a formar parte del ordenamiento jurídico español una vez aprobados y publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Los tratados sólo son válidos si se sujetan a lo dispuesto en la Constitución.
La OIT
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) es un organismo especializado de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Su finalidad es promover acciones internacionales para mejorar las condiciones de trabajo y el nivel de vida de los trabajadores; asimismo, la OIT se encarga de elaborar programas de asistencia y asesoramiento para los países que lo requieran.La actividad de la Organización Internacional del Trabajo se manifiesta mediante tres tipos de normas jurídicas: convenios, recomendaciones y resoluciones
Convenios: Tienen carácter de tratados internacionales que, al ser suscritos por varios Estados, dan lugar a una especie de Derecho internacional del trabajo.Al ser publicados en el BOE, se convierten en normas jurídicas aplicables en el Estado español,
Recomendaciones: Carecen de carácter vinculante para los Estados miembros y sólo obligan a informar al director de la OIT sobre el grado de cumplimiento de lo recomendado; también pueden servir para aclarar el contenido de los convenios.
Resoluciones: Expresan los criterios de la OIT sobre determinadas materias; carecen de obligatoriedad y suelen ser un anticipo de futuras recomendaciones y convenios.
La Unión Europea La Unión Europea (UE) es un grupo de países europeos democráticos que se han comprometido a trabajar juntos para conseguir la paz y la prosperidad. Los Estados miembros han creado instituciones comunes en las que delegan parte de su soberanía, con el fin de que se puedan tomar democráticamente decisiones sobre asuntos específicos de interés común a escala europea. Esta unión de soberanías también se denomina integración europea
Normas de la unión Europea
Reglamentos:
Son normas de aplicación en todos los Estados miembros, que crean un mismo Derecho en toda la Unión. Se publican en el Diario Oficial de la UE y entran en vigor en la fecha que ellos fijen o, a falta de ella, a los veinte días de su publicación. No es necesario transcribirlos al Derecho nacional.
Directivas:
Marcan unos objetivos a los destinatarios, quienes, en un plazo determinado, deben adoptar las medidas necesarias para conseguir los fines previstos. Los Estados crean una nueva legislación nacional o bien modifican normas existentes para conseguir los resultados pretendidos.
Decisiones:
Regulan de forma obligatoria los casos particulares.
Recomendaciones:
Son textos de orientación que no imponen obligaciones jurídicas a los destinatarios, sino que expresan valoraciones o juicios de orden político y moral, pero que no tienen fuerza obligatoria.
Actuaciones de la Unión Europea en materia laboral
Libre circulación de personas trabajadoras: existe la posibilidad de trabajar en un país de la Unión Europea distinto del propio con los mismos derechos laborales y sindicales y con la misma protección social que los trabajadores del país de acogida.
Libre circulación de prestación de servicios:
Los trabajadores independientes y los artesanos pueden establecerse en todos los países dela Unión Europea, con la condición de probar que han ejercido su profesión en otro Estado miembro durante un periodo de tres a seis años, según el tipo de actividad.
Libertad de establecimiento
Todos los ciudadanos de la Unión tienen la posibilidad de desarrollar actividades por cuenta propia, y de crear y gestionar empresas.
Condiciones de trabajo armonizadas:
contratos de trabajo, protección de la salud de los trabajadores, prohibición de trabajar a menores de quince años y protección a la mujer embarazada. Este conjunto de disposiciones comunitarias no excluye la posibilidad de que cada país pueda establecer condiciones más favorables.
Reconocimiento de las cualificaciones profesionales
La Comisión Europea publica periódicamente, por sectores profesionales, tablas de correspondencia de titulaciones en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).
Acceso a la función pública:
Las oposiciones a la función pública deben estar abiertas a todos los ciudadanos de los Estados miembros, con excepción de policía, ejército y alta Administración.
Formación de los trabajadores
El Fondo Social Europeo (FSE) fomenta la formación de los trabajadores y promueve iniciativas dirigidas a la creación de empleo, especialmente para los parados de larga duración, concediendo también subvenciones salariales a este tipo de desempleados.