Solo existen 4 contratos de traslación de dominio: Compra venta, Permuta, Mutuo, Donación
Patrimonio
Conjunto de obligaciones y derechos susceptibles de valoración pecuniaria, que constituyen una universalidad de derecho
No patrimonio: que no pueden apreciarse pecuniariamente
Bienes muebles e inmuebles
Muebles: un animal
Inmuebles: no tenga dueño ‘vacante’
Fungibles y no fungibles
Fungibles: contrato mutuo
No fungibles: contrato de comodato
Consumibles y no consumibles
Consumibles: contrato de arrendamiento
No consumibles: contrato de bienes
Todo lo indivisible se vuelve divisible si existe controversia
Bienes corporales e incorporales
Bienes de dominio público y de propiedad particular
Posesor vs propietario: El poseedor solo ejerce el poder de corpus y no el poder de animus
Propietario vs detentador: Tiene la posesión de corpus pero no tiene deseo o intención de animus
Interdictos
Solo se ocupan de la posesión interina de bienes inmuebles, o se discute sobre el mejor derecho para poseer; simplemente se toma en cuenta el hecho de la posesión
Acción plenaria de posesión
Tiene por objeto resolver sobre la posesión definitiva de los bienes, se discute sobre el mejor derecho para poseer y se resuelve sobre la calidad de la posesión
Propiedad
Es el derecho en virtud del cual una cosa se encuentra sometida de manera absoluta y exclusiva a la acción y voluntad de una persona
Traslativos de dominio
- Compra venta
- Permuta
- Donación
- Mutuo
Tipos de frutos
- Civiles
- Naturales
- Industriales
La propiedad privada está por debajo del interés público
Expropiación: quitar la casa de la carretera (indemnización al valor catastral)
Medios de adquirir la propiedad
Adquisiciones a título universal y particular: A título universal es aquella por la cual se transfiere el patrimonio, como universalidad jurídica, o sea, como un conjunto de derechos y obligaciones
En el contrato se trata de una transmisión a título particular, pues no se puede enajenar por contrato un patrimonio
Copropiedad
Hay copropiedad cuando una cosa o un derecho patrimonial pertenecen, pro indiviso, a dos o más personas
Principios que rigen en materia de copropiedad
Todo acto de dominio es válido si se lleva a cabo con el consentimiento unánime
Copropiedades Forzosas
Las copropiedades son las que por la naturaleza misma de las cosas implican un condominio permanente
- Medianería (una pared)
- El hecho de que diferentes pisos de una cosa pertenezcan a distintos dueños, lo que originaría un régimen de condominio del conjunto de cosas comunes al edificio
Medianería: Hay medianería cuando una pared, zanja o seto dividen dos predios y no puede establecerse a quién pertenecen
Usufructo
Es un derecho real, temporal, para usar y disfrutar de bienes ajenos sin alterar su forma ni sustancia
Modos de constituirse
Contrato, Testamento, Prescripción
El usufructo sobre bienes raíces debe inscribirse en el Registro Público de la Propiedad para que sea oponible a tercero
Modalidades de la Constitución del Usufructo
- Condición: Gozarás del derecho dependiendo de un acontecimiento futuro e incierto
- Carga: Gozarás del derecho si realizas una contraprestación
- Término: Gozarás del derecho hasta la verificación de un acontecimiento futuro pero cierto
- En forma sucesiva: haciendo depender su goce de la muerte de cada usufructuario
- En forma simultánea o conjunta: Todos entran a disfrutar de una forma alícuota del usufructo
Límite de la duración del usufructo El usufructo a favor de una persona física puede durar el tiempo que ésta viva
Derechos del Usufructuario
- Reales
- Personales
El usufructuario tiene derecho a percibir los frutos naturales, civiles e industriales
Obligaciones del usufructuario
- Obligaciones anteriores a la entrega de la cosa
- Obligaciones durante el disfrute
- Obligaciones a la extinción del usufructo
Obligaciones del nudo propietario
El ius abutendi, que corresponde al propietario, no se afecta por virtud del usufructo
Formas de extinción del usufructo
- Por muerte del usufructuario
- Por el vencimiento del plazo
- Por el cumplimiento de la condición resolutoria
- Por consolidación
- Por pérdida de la cosa
- Por prescripción negativa
- Por no otorgarse fianza
Uso
Es un derecho real y temporal para usar y de los bienes ajenos sin alterar su forma ni sustancia
Habitación
El derecho real de habitación es un derecho de uso sobre una finca urbana para habitar gratuitamente algunas piezas de una casa
Servidumbre
- Son desmembramientos de la propiedad que existen para el mejor aprovechamiento o beneficio de ciertos predios
- Son gravámenes reales que se imponen en favor del dueño de un predio y a cargo de otro fundo propiedad de distinto dueño
- Este gravamen real se constituye siempre entre predios
Sucesión testamentaria y sucesión legítima
Disposiciones comunes a las sucesiones legítimas y testamentarias
Sujetos del derecho hereditario: son las personas que intervienen en todas las relaciones posibles
Autor de la herencia desempeña un papel activo como testador al dictar las disposiciones de última voluntad
Salvo los casos de interés público, la voluntad del testador es la suprema ley en la sucesión testamentaria
Heredero recibe a título gratuito y universal el patrimonio del de cujus
Legatarios son sujetos del derecho hereditario por cuanto reciben bienes o derechos determinados
Albaceas representan la herencia y ejecutan las disposiciones testamentarias
Interventores controlan ciertas funciones de albacea y protegen intereses de herederos, legatarios o acreedores
Acreedores de la herencia intervienen como sujetos activos del derecho hereditario
Deudores de la herencia desempeñan un papel de sujetos pasivos