Modos de adquirir el dominio: ocupación, accesión y tradición

Modo de adquirir el dominio

Los modos de adquirir el dominio son ciertos hechos o actos jurídicos a los cuales la ley le da la virtud de hacer nacer, transferir o transmitir el dominio.

Ocupación

Por la ocupación se adquiere el dominio de las cosas que no pertenecen a nadie y cuya adquisición no es prohibida por las leyes chilenas o por el Derecho Internacional. Consiste en la aprehensión material de las cosas que carecen de dueño con la intención de adquirir la propiedad.

  • Cosa aprehendida carezca de dueño (res nullius).
  • Cosa aprehendida ha sido abandonada por su dueño (res derelictae).
  • La adquisición no esté prohibida por leyes o derecho internacional.

Ocupación de cosas animadas: caza y pesca. Ocupación de cosas inanimadas: invención o hallazgo, descubrimiento de un tesoro y captura bélica.

Accesión

Es un modo de adquirir por el cual el dueño de una cosa pasa a serlo de lo que ella produce o de lo que se junta a ella. Los productos de las cosas son frutos naturales o civiles.

  • De frutos: el dueño de una cosa es dueño también de lo que aquella cosa produce, pueden ser naturales (frutos que da la naturaleza ayudada o no de la industria humana) o civiles (utilidad equivalente que el dueño de una cosa obtiene al conferir a un tercero el uso y goce de ella).

Tradición

Es un modo de adquirir el dominio de las cosas y consiste en la entrega que el dueño hace de ellas a otro, habiendo por una parte la facultad e intención de transferir el dominio y por otra la capacidad e intención de adquirirlo.

Requisitos de tradición:

  1. Presencia de 2 partes: Tradente (persona que por la tradición transfiere el dominio de la cosa entregada) y Adquirente (persona que por tradición adquiere el dominio de la cosa recibida).
  2. Consentimiento de ambas partes: debe ser hecho voluntariamente por tradente o por su representante y por el adquirente o por su representante.

Error en tradición: a) error en la cosa tradida, en identidad de especie; b) error en la persona a quien se le hace la entrega; c) error en el título.

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