El Poder Revisor de la Constitución y sus Características
El poder revisor de la constitución es una institución jurídico-política que permite la reforma y adición de la constitución. Se caracteriza por:
Características del Poder Revisor
- Poder inherente al pueblo: Emana del pueblo y es ejercido por sus representantes.
- Supraestatal: Se encuentra por encima del Estado y sus leyes.
- Facultad de adicionar y modificar la constitución: Permite la actualización y adaptación de la constitución a las necesidades de la sociedad.
- Poder de revisión de reformas: Se encarga de verificar la constitucionalidad de las reformas propuestas.
Tesis de la Prevalencia de los Derechos Humanos
Esta tesis sostiene que los derechos humanos se ubican en la esfera jurídica del ser humano y deben ser respetados por el Estado. Los principios fundamentales de los derechos humanos son la libertad, la dignidad y la igualdad.
Consecuencias de la Universalidad de los Derechos Humanos
Al ser universales, los derechos humanos deben ser sustentados por el orden jurídico, colocándolos en la cúspide y estableciendo mecanismos para su observancia y defensa.
Importancia de la Carta Magna de 1215
La Carta Magna de 1215 es fundamental para la materia de los derechos humanos, ya que establece garantías individuales que han sido incorporadas en diversas constituciones. El constitucionalismo y su evolución tienen un gran compromiso con la Carta Magna.
Disposiciones Relevantes de la Carta Magna
- Artículo 48: «Nadie puede ser arrestado, apresado, ni desposeído de sus bienes, costumbres y libertades, sino en virtud de juicio de sus pares, de acuerdo con las leyes del país».
- Artículo 29: «Ningún hombre libre deberá ser puesto en prisión, detenido o desposeído de sus bienes sin previo juicio».
Estos artículos reconocen la importancia de la esfera jurídica del ser humano, eliminan el monopolio de la autoridad en el ejercicio de la facultad punitiva y establecen el principio de sujeción de los juicios a las leyes del país.
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789
La Declaración de 1789 establece que los derechos del hombre son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión. Además, introduce conceptos clave como:
- Límite de la libertad individual: «El límite de la libertad individual es la libertad de los demás miembros de la sociedad».
- Principio de legalidad: «Se puede hacer todo lo que no esté prohibido por la ley».
- Igualdad ante la ley: «La ley debe ser la misma para todos».
- Debido proceso: «Los hombres solo podrán ser detenidos o procesados en los casos y con las formalidades que la ley establece».
- Principio de legalidad penal: «No se puede imponer ninguna pena si no existe una ley anteriormente establecida».
- Libertad de expresión: «La libertad de expresión, de escritura y de imprenta».
- Presunción de inocencia: «Una persona es inocente hasta que no es sentenciada con el carácter de culpable».
Nacimiento de las Naciones Unidas y la Internacionalización de los Derechos Humanos
Las Naciones Unidas nacieron en 1945 con el objetivo de internacionalizar los derechos humanos. En 1946 se creó la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, encargada de redactar una carta internacional de los derechos humanos. En 1948, la Asamblea General de la ONU adoptó la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Derechos Humanos en la Declaración Universal
La Declaración Universal de Derechos Humanos reconoce diversos derechos, incluyendo:
- Derechos de libertad: Prohibición de la esclavitud, la tortura, las penas crueles, inhumanas y degradantes, las detenciones arbitrarias y las leyes penales con efecto retroactivo.
- Derechos procesales y políticos: Igualdad ante la ley, protección contra la discriminación, derecho a un juicio justo, derecho a la privacidad, derecho al sufragio universal.
- Derechos sociales: Derecho al trabajo, a la igualdad salarial, a una remuneración equitativa.
Evolución de los Derechos Humanos en México
Constitución de Rayón (1814)
Se abordan temas como la abolición de la esclavitud, la libertad de prensa y el establecimiento del Habeas Corpus.
Constitución de Apatzingán (1814)
Se establecen garantías individuales como la igualdad, la seguridad, la propiedad y la libertad de los ciudadanos, así como derechos de seguridad jurídica, garantía de audiencia, libertad física y garantía de legalidad.
Constitución de 1836
Se consagra el principio de que solo mediante orden judicial se puede apresar a una persona, se establece un límite de 3 días para la detención sin presentación ante la autoridad judicial, se reconoce el derecho a la propiedad, la prohibición de cateos arbitrarios, el principio de legalidad, el principio de libre tránsito, la libertad de imprenta y el derecho al voto.
Constitución de 1857
Se incorporan los derechos del hombre, incluyendo la igualdad, la libertad personal, la seguridad personal, las libertades de los grupos sociales, las libertades políticas y la seguridad jurídica.
Constitución de 1917
El apartado de «Garantías Individuales» contiene más de 80 principios, estableciendo una correlación entre derechos y obligaciones. Se incluyen tanto garantías individuales como sociales.
Garantías Sociales en la Constitución de 1917
Se busca la igualdad de oportunidades, otorgando a cada persona lo que le corresponde de acuerdo con sus necesidades y capacidades.