CONCEPTO Y CLASIFICACIÓN DEL DERECHO
El Derecho está integrado por un conjunto de principios, preceptos y reglas que encauzan la forma de actuar de todas las personas de una sociedad, para vivir en justicia y paz, y a cuyo cumplimiento pueden ser obligados por la fuerza.
- El Derecho es algo vivo, que se aplica y se crea cada día según evolucionan las relaciones entre los hombres.
- El Derecho tiene unas fuentes: la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho. Otras fuentes menores son la jurisprudencia y la doctrina.
- Puede ser escrito (ley, decretos, órdenes,…) y no escrito (tradición, toros, fiestas, costumbres, uso mercantil,…)
- Por su importancia en la vida social, el Derecho puede ser también de dos clases:
Derecho Privado
Los más importantes son: derecho civil, derecho mercantil, derecho laboral. Regulan los derechos de la sociedad.
Derecho Público
- Derecho administrativo (de los particulares con la administración)
- Derecho penal: código penal.
- Derecho tributario: fiscal.
Por su ámbito de aplicación: Derecho nacional.
CONCEPTO DE DERECHO
Sería el arte de lo bueno y lo justo, como sinónimo de bondad y justicia. El Derecho constituye un conjunto estructurado y sistemático de normas que rigen de modo general la conducta externa del sujeto en sus relaciones con los demás, imponiéndose su cumplimiento de modo coactivo.
El Derecho se sustenta sobre tres pilares:
JUSTICIA
Dar a cada uno lo suyo y respetarlo en su posesión y disfrute.
SEGURIDAD
Acatamiento de las leyes debidamente promulgadas y publicadas, y el respeto al orden jerárquico de las normas.
BIEN COMÚN
Conjunto de bienes materiales y morales que coordina la acción de los individuos reunidos en sociedad, procurando la felicidad temporal o colectiva sin dañar los derechos de la persona.
Clasificación del Derecho
DERECHO NATURAL
Conjunto de normas jurídicas universales e inmutables que tienen su base en la naturaleza de las cosas, y se conocen por la razón. Son unos principios que nacen de la razón y están fundados en la naturaleza del hombre.
DERECHO POSITIVO
Derecho impuesto por la autoridad competente: conjunto de reglas que en un momento determinado establece e impone coactivamente a sus miembros una organización social soberana. Dos clases:
Derecho Público
Integrado por aquellas normas que regulan la estructura del Estado, su funcionamiento, la obtención de medios económicos para cumplir ciertos fines.
Derecho Privado
Está constituido por aquellas normas que regulan las relaciones de los particulares entre sí o frente al Estado desposeído de su potestad de imperio.
DERECHO MATERIAL
Es el constituido por normas que tienen en sí mismas una finalidad propia, fijando las reglas de conducta y señalando las facultades y deberes de cada una.
ORDENAMIENTO JURÍDICO Y NORMA JURÍDICA
ORDENAMIENTO JURÍDICO
Conjunto de normas jurídicas que en un determinado momento histórico rigen en una comunidad.
NORMA JURÍDICA
Es todo precepto o norma nacido de aquella autoridad que regula una parcela concreta y determinada de la vida comunitaria.
Características de las Normas Jurídicas
- Imperatividad: la Norma Jurídica manda o prohíbe algo.
- Coercibilidad: su cumplimiento puede imponerse coactivamente, de forma directa (ejecución forzosa) o indirecta (sanción).
Clasificación de las Normas Jurídicas
Las normas jurídicas pueden clasificarse de la siguiente forma:
- Norma imperativa: norma que contiene mandatos o prohibiciones de forzoso cumplimiento, con carácter de necesidad inderogable por la voluntad de las partes.
- Norma dispositiva: es la que no implica un cumplimiento forzoso, es decir, no se impone a la voluntad de las partes sino que, por el contrario, suple o completa a esta, es decir, que puede ser excluida por las partes.
- Norma de derecho común: son las que rigen en todo el territorio de un Estado.
- Norma de derecho particular: rigen por razones históricas o políticas solamente en una parte del territorio. Son de aplicación prioritaria y preferente al derecho común.
- Norma del derecho general: las dictadas para todas las personas, cosas o relaciones jurídicas. Ej.: código civil, mercantil,…
- Norma de derecho especial: son las dictadas para una determinada clase de personas, cosas o relaciones jurídicas y, por lo tanto, regulan materias concretas. Ej.: derecho laboral.
DERECHO CIVIL ESPAÑOL: CONCEPTO Y CONTENIDO
El derecho civil español se puede definir como el sistema de normas de carácter general o común que regulan las relaciones jurídicas de los particulares, dentro del agregado social, protegiendo la persona en sí misma y sus intereses, tanto de orden moral como de orden patrimonial.
La estructura básica del derecho civil
Integrada en el Código Civil. ESTRUCTURA:
- Título preliminar.
- Libro I: de las personas
- Libro II: de los bienes, de la propiedad y sus modificaciones.
- Libro III: de los diferentes modos de adquirir la propiedad.
- Libro IV: obligaciones y contratos.
El derecho civil constituye la base y esencia del derecho común o general. Frente al derecho civil se encuentran los derechos forales (Cataluña y Navarra). Son de aplicación preferente en las materias que regulan.