PARCIAL 1
Aspectos del Derecho como disciplina jurídica:
- Filosofía del Derecho
- Sociología Jurídica
- Ciencia del Derecho
Normas creadas por una instancia o sujeto distinto del destinatario y es impuesta aún en contra de su voluntad. Heteronomía
Elemento Jurisprudencia por SCJ: Tribunal colegiado de circuito, sus alas y tribunales electorales.
Fuentes formales por excelencia del Derecho: Ley (Poder Legislativo) y jurisprudencia
Jurisprudencia por SCJN ocupa 5 ejecutorias no ininterrumpidas y aprobadas por 7 ministros – Falso
Los usos y costumbre no derogan la ley – Cierto
Seguridad, justicia y paz social son los fines del Derecho – Falso
Factores económicos, políticos, sociales o culturales que determinan el contenido de las normas – Fuentes reales o materiales
Decretado por el rey de la ciudad de Ur – Código de Ur-Nammu
Tribunales que hacen jurisprudencia: Tribunales Colegiados de circuito, tribunales electorales y la SCJN en pleno o en salas.
Origen del Derecho en México: prehispánico, indiano, insurgente, México Independiente, porfirista, revolucionario
Lapso de tiempo entre publicación y cuando entra en vigor – Vacatio legis. Vacación de la ley.
Ámbitos personales de validez, ejemplo: Ley de amparo
Artículo del Derecho de iniciar leyes o decretos – art. 71
Conforme a la SCJN: Tribunales colegiados de circuito, tribunales electorales y tribunales unitarios de circuito.
Estudio experimental y causal de los hechos sociales en múltiples manifestaciones – Sociología Jurídica
Permisos, contratos o licencias son – Derecho subjetivo
Conjunto de normas impero atributivas que en cierta época y país son obligatorias – Derecho vigente
Teoría romana: Afirma que el Derecho público es el que atañe a la conservación de la cosa romana; el Derecho privado es el que concierne a la autoridad de los particulares, la llamamos teoría del interés en juego.
Teoría de Roguin: Dice que con la calidad que interviene el Estado en la relación jurídica puede determinarse examinando si la actividad del órgano de que se trate se encuentra sujeta a una legislación especial o a las leyes comunes, es decir, si existe una legislación especial será público, si es una legislación ordinaria será privado.
Características de las normas:
- Heteronomía / Autonomía
- Bilateral / Unilateral
- Exterioridad / Interioridad
- Coercibilidad / Incoercibilidad
Ramas del Derecho: Público, Privado, Social
Proceso de creación de las normas: Proceso legislativo
Conjunto de normas que valen por sí mismas y van de la mano con el Derecho positivo – Derecho natural
Derecho: Conjunto de normas encaminadas a regular la conducta externa de un individuo, garantizadas por un poder coactivo de un Estado y otorgándole derechos y obligaciones para establecer las bases de una convivencia social, dotándolos de los mínimos de seguridad, certeza, igualdad, libertad y justicia, garantizados por el poder coactivo de una autoridad.
Principios generales del Derecho: moralidad, buena fe, legalidad, interés público, actos propios
Se da este nombre a los estudios de carácter científico que los juristas realizan acerca del Derecho – Doctrina
Conjunto de normas impero-atributivas, reglas de conducta, imponen obligaciones, conceden derechos o facultades – Derecho objetivo
Leyes perfectas: Aquellas cuya sanción consiste en la nulidad de los actos que la vulneraron.
Leyes más que perfectas: Aquellas donde la norma sancionadora le impone al infractor un castigo y le exige una reparación económica.
Leyes menos que perfectas: Aquellas que no tienen previsto una sanción en específico.
Leyes imperfectas: Aquellas que no se encuentran previstas de una sanción, no tienen ningún tipo de sanción.
Etapas del proceso legislativo:
– Iniciativa o proyecto de ley: Se somete a consideración del Congreso un proyecto de ley, uno o más órganos someten a proyecto de ley.
– Discusión del proyecto de ley: Las cámaras deliberan sobre las iniciativas para determinar si deben o no ser aprobadas.
– Aprobación: Cuando las cámaras aceptan el proyecto de ley, que puede ser aprobación total o parcial, aprueban cada uno de los puntos o sólo están de acuerdo con algunos.
– Sanción: Aceptación de una iniciativa de ley por el presidente, se da el derecho de veto.
– Publicación: Cuando la ley ya aprobada y sancionada se da a conocer en el DOF o en los periódicos oficiales de los estados.
– Inicio de vigencia: Se da el sistema sucesivo del Código Civil de la CDMX, es el que regulará a nivel federal las leyes, decretos y reglamentos, y el sistema sincrónico que fija el día en que se comenzará a regir y lo obliga a partir de ese día.
Ejemplo de Derecho positivo y Derecho vigente: pensiones y Ley Olimpia
Las iniciativas de ley son presentadas únicamente por el poder ejecutivo y legislativo federal – Verdadero
Legislación, costumbre, jurisprudencia, principios generales del Derecho y equidad – Fuentes formales
Normas morales: Autonomía, Unilateralidad, Interioridad, Incoercibilidad. Normas sociales: Autonomía, Unilateralidad, Interioridad, Incoercibilidad, Exterioridad. Normas religiosas: Autonomía, Unilateralidad, Interioridad, Incoercibilidad. Normas jurídicas: Heteronomía, Bilateralidad, Exterioridad, Coercibilidad.
Misión: Orden, paz, enseñar Derecho y deberes de cada uno.
Fin: Seguridad, justicia, bien común.
Utilidad: Organizar a la sociedad, mejorar la convivencia social y resolver conflictos que aparezcan.
Consiste en la idea de que un uso es jurídicamente obligatorio – elemento objetivo
Sanción: Aceptar la iniciativa de ley por el presidente.
Promulgación: Reconocer formalmente que la ley ha sido aprobada y debe ser cumplida.
Publicación: Ley ya aprobada y sancionada se expone en el DOF o en periódicos oficiales.
PARCIAL 2
Doctrina que México adopta: Doctrina americana propuesta por Carlos Schmitt, el pueblo tiene el poder de crear una Constitución, la soberanía se ejerce a través del pueblo, su ejercicio lo limita en la misma Constitución.
La irretroactividad de la ley: A ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Tiene que ver con el tiempo. Adulterio, jubilaciones.
Limitaciones del art. 5 constitucional
- Cuando por una sanción privativa de la libertad no puedes ejercer el trabajo que tú quieras. Ejemplo: los del cerezo.
- Puede ser privado del producto de su trabajo mediante resolución judicial. Ejemplo: pensiones de los hijos.
- La propia autoridad te puede obligar a realizar un trabajo cuando así lo señalen las leyes específicas. Ejemplo: vigilante de casilla.
Elementos del Estado: Territorio, Población y Poder
Limitantes del Poder Constituyente Originario
– De carácter inmanente: Sólo crea la Constitución y desaparece del escenario jurídico.
– De carácter histórico sociológico: Toma en cuenta la forma de gobierno y el principio de división de poderes.
– Factor real de poder: Toma en cuenta grupos sociales como sindicatos, partidos políticos y gremios.
– Derecho internacional: Tenemos relaciones con otros países y debemos respetar sus derechos, convenios y tratados.
Derechos humanos y sus garantías
Derechos sociales, económicos, civiles, culturales y ambientales
Garantías de igualdad: 1°, 2°, 4°, 12° y 13°
Garantías de libertad: 5°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10°, 11°
Garantías de propiedad: 27°
Garantías de seguridad jurídica: 14°-23°
Requisitos para el art. 8 constitucional
- Debe ser escrito.
- Realizarse de manera pacífica y respetuosa.
- Sólo pueden presentarle a los ciudadanos mexicanos tratándose de asuntos políticos.
- Deberán constar breve.
Modificaciones a la Constitución
La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerden las reformas o adiciones, y que estas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México.
Diferencia entre el poder constituyente originario y los poderes constituidos: Cronológico: Primero existe el poder originario y luego los constituidos. Según sus funciones: El poder constituyente originario es aquel donde reside la soberanía, pero no ejerce ningún acto de autoridad.
Subgarantías del art. 14 constitucional
- La irretroactividad de la ley
- La garantía de audiencia
- Exacta aplicación de la ley penal
- Legalidad en materia jurisdiccional civil
Limitaciones del art. 27 constitucional: Para los dos se tienen limitaciones.
- Solo se pueden tener 100 hectáreas de riego
- 200 hectáreas de temporal
- 400 hectáreas de agostadero
- 800 hectáreas de agostadero
La soberanía da como resultado la existencia de la Constitución – Cierto
Es la superioridad que el Estado tiene sobre el elemento población – Soberanía en sentido positivo
No se podrá dar a conocer al procesado el nombre de su acusador por seguridad del mismo – Falso
Toda pena deberá ser proporcional al delito que sancione.
Consagra el Derecho de la libertad de expresión – Art. 7 constitucional
Es la no subordinación ni sometimiento a un poder distinto al del Estado – Soberanía en sentido negativo
Consagra la libertad de tránsito y residencia – Art. 11 constitucional
Conjunto de normas que regulan la estructura fundamental del Estado, a los órganos de poder, sus facultades y las relaciones entre ellos, y para el gobernado un conjunto de derechos que el Estado debe respetar – Constitución en sentido material
Corresponde a la libertad de correspondencia – Art. 16 constitucional
Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito.
Artículo constitucional que establece el procedimiento para modificar la Constitución – Art. 135
Pueblo que en ejercicio de su soberanía crea una Constitución – Poder Constituyente originario
El término Soberanía y Constitución son recíprocos, esto significa que puede existir la Constitución sin hacer valer la soberanía. – Falso
Conjunto de derechos y principios de protección a favor del gobernado, tanto en sus bienes como en su persona – Garantías de seguridad jurídica
Es la asistencia mínima requerida para realizar una sesión y que los acuerdos tengan validez – Quórum legal
En qué artículo encontramos el principio de supremacía constitucional – Art. 133 constitucional
Establece que están prohibidos los títulos de nobleza en nuestro país – Art. 12 constitucional
Es el documento solemne que contiene normas de difícil modificación – Constitución en sentido formal
Es la facultad que tienen los individuos para ejercer o no alguna actividad, siempre que no perjudique a terceros – Garantías de libertad
Hombres y mujeres que se encuentran sometidos a la autoridad política del Estado y forman el objeto del ejercicio del poder. – Súbditos
Establece la igualdad entre el hombre y la mujer – Art. 4 constitucional
México tiene una Constitución escrita que admite modificaciones de manera ilimitada – Falso
Nadie puede ser privado de su libertad por deudas de carácter civil – Cierto
Es el poder absoluto que tiene el pueblo para crear una Constitución y regularse conforme a ella – Soberanía
Se define como la organización jurídica de una sociedad bajo un poder de dominación que se ejerce en determinado territorio. – Estado
Se manifiesta a través de una serie de normas y actos normativamente regulados. – Poder jurídico
Constituye ese ámbito espacial de validez del orden jurídico, suele definirse como la función de espacio donde el Estado ejerce su poder y ningún otro poder puede ejercer su autoridad sin el consentimiento del Estado – Territorio
Es el conjunto de derechos para el gobernado que el Estado debe respetar – Parte dogmática
Estipula que no podrá crearse tribunal o ley para una persona específica – Art. 13 constitucional
El Estado no puede dividirse en varias partes – Principio de indivisibilidad del territorio
Conjunto de posibilidades y capacidades atribuibles al sujeto, en el sentido de que estén en aptitud de adquirir los mismos derechos y contraer las mismas obligaciones – Garantías de igualdad
Qué artículo nos establece la suspensión de garantías – Art. 29 constitucional
El art. 18 constitucional nos señala que ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho – Falso
Ninguna detención podrá exceder del término de 72 horas, sin que se justifique con un auto de vinculación a proceso – Falso
PARCIAL 3
Artículo constitucional que enuncia la forma de gobierno en México – Artículo 40
El poder legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en un Congreso general según el artículo – Art. 50
El poder ejecutivo estará a cargo de un presidente, denominado Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, según el artículo – Artículo 80
Establece los requisitos para ser presidente de la República – Artículo 82
Establece los requisitos para ser ciudadano mexicano – Artículo 34
Tiranía, oligarquía y demagogia son formas de gobierno – Impuras
Es la manifestación individual de la voluntad en el ejercicio de los derechos políticos – Sufragio
Significa que el Estado no debe adoptar ninguna creencia religiosa y esto fortalece la separación entre el Estado y la Iglesia – Laico
Monarquía, aristocracia y democracia son formas de gobierno – Puras
Problemas a los que se enfrenta la democracia – Restricción de sufragio y decisión de las minorías
El Congreso de la Unión está conformado por dos cámaras, la de senadores y diputados, durando en su cargo 6 años – Falso
La Cámara de Diputados estará conformada por 500 diputados o diputadas según el principio de votación mayoritaria relativa y 200 diputados o diputadas electos según el principio de representación proporcional – Falso
Para la elección del sustituto del presidente de la República será requisito indispensable que esté el quórum legal – Verdadero
El art. 84 habla de incapacidades a las que estará sujeto el presidente de los Estados Unidos Mexicanos – Verdadero
Es el privilegio que gozan los legisladores en contra de acción penal mientras dure su cargo: Fuero constitucional