Derecho Mercantil: Guía Completa de Empresarios, Sociedades y Propiedad Industrial

CARACTERES DEL DERECHO MERCANTIL

Caracteres

  • Descodificación
  • Autonomía del Derecho Mercantil
  • Relaciones con el Derecho Civil
  • Unificación del Derecho Privado
  • Disolución, nuevas ramas
  • Lex Mercatoria, relaciones internacionales
  • Intervención de poderes públicos

USOS DE COMERCIO

  • Derecho, uso, costumbre
  • Usos de derecho y de hecho
  • Usos interpretativos y normativos
    1. Surgen de cláusulas contractuales habituales
    2. Al ser habitual, ya se sobreentiende y lo conoce alguna gente. Cláusula de estilo
    3. Se hace uso cuando se generaliza. Cláusula de objetivación
  • Clasificación:
    1. Por la función: normativos o interpretativos
    2. Por prioridad de ley: secundum o contra legem
    3. Por materia regulada: comunes o especiales
    4. Por su ámbito territorial
  • Prueba de uso: Antes de aplicar el uso, se prueba, menos los notorios que ya se conocen.

LA EMPRESA

Concepto jurídico

  • Posición subjetivadora
  • Posición patrimonialista
  • Como universalidad
  • Como actividad
  • Como organización
  • Tesis atomista

Clases

  • Según tamaño
  • Actividad (mercantil, industrial, de servicios, agrícola)
  • Titularidad

Establecimiento

  • Establecimiento principal
  • Sucursal
  • Establecimiento y domicilio

PATRIMONIO

  • Elementos inmateriales
    • Propiedad comercial, intelectual, industrial
    • Clientela, expectativas, aviamiento
  • Elementos materiales
    • Bienes muebles (mercadería y dinero)
    • Bienes inmuebles
  • Transmisiones inter vivos:
    1. Transmisión de créditos y deudas, cesión de contratos, prohibición de competencia
    2. Usufructo
    3. Hipoteca: sobre bienes muebles
    4. Compraventa: entrega de empresa, saneamiento, información a comprador
    5. Arrendamiento: entregar empresa, no competencia, reparaciones necesarias, conceder poder de disposición, colaborar, indemnizar los gastos necesarios. Pagar, explotar la empresa, devolver la empresa
  • Transmisiones mortis causa: Riesgos:
    • Paralización de la administración (Empresario, gerente, albacea, herederos)
    • Disolución y liquidación

EL EMPRESARIO

Definición

Broseta: La persona física o jurídica que en nombre propio o por sí o por medio de otro ejerce, organiza y profesionalmente, y teniendo capacidad de obrar, una actividad económica dirigida a la producción, mediación o al intercambio de bienes o servicios para el mercado.

Clases

  • Por su naturaleza: individuales o sociales
  • Por la dimensión de la empresa
  • Por la naturaleza del capital

Empresario extranjero

Artículo 15. Norma de conflicto que dice que una persona para montar un negocio en España, tiene que tener capacidad legal y se tiene que adaptar a la ley española. –Ley de inversiones extranjeras y ley de extranjería.

OTROS OPERADORES ECONÓMICOS

Profesionales titulados y trabajadores autónomos.

RESPONSABILIDAD del empresario

  • Bienes para responder: patrimonio
  • Personas de las que responde: hechos propios, y dependientes
  • Hechos: responsabilidad contractual, responsabilidad extracontractual, responsabilidad objetiva, responsabilidad de fabricantes. Consumidores (bienes) y usuarios (servicios)

REGISTRO MERCANTIL

Registro Mercantil Territorial

  • Publicidad del empresario y sus actos
  • Legalización de libros de contabilidad
  • Nombrar experto y auditores
  • Depósito de cuentas anuales

Registro Mercantil Central

  • Archivo y publicidad de las denominaciones sociales
  • Ordenación de datos de los Registros Mercantiles Territoriales
  • Publicación del Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME)
  • Registro de sociedades españolas en el extranjero

Empresarios y actos inscribibles

  • Inscripción de empresarios (opcional)
  • Inscripción de sociedades (obligatorio)
  • Inscripción de documentos

Principios

  1. Principio de publicidad formal (cualquier persona puede acceder a su contenido)
  2. Publicidad material u oponibilidad (es oponible desde que se publican las inscripciones en el BORME)
  3. Principio de legalidad
  4. Principio de legitimación
  5. Principio de fe pública
  6. Principio de obligatoria inscripción
  7. Principio de titulación pública
  8. Principio de prioridad
  9. Principio de tracto sucesivo (inscripción de empresario)

REPRESENTACIÓN Y CONTABILIDAD

REPRESENTACIÓN

Clases

  • Según origen de la representación (voluntaria, legal, orgánica)
  • Según forma de actuación (directa, indirecta)

Representación de Colaboradores

Empresarios con empresarios

Representación de Auxiliares

Tipos de auxiliares
  • Por forma de auxiliar (laborales o mercantiles)
  • Por frecuencia de actuación (esporádicos o permanentes)
  • Por el contenido (mercantiles o no mercantiles)
  • Por la autonomía (dependientes o independientes)
Apoderado general (gerente)
Apoderado singular
  1. Dependientes y mancebos (Dentro del Código de Comercio)
  2. Viajantes y representantes (fuera del Código de Comercio)

CONTABILIDAD

Formal

  1. Libros obligatorios:
    • Libro de Inventarios y cuentas anuales: (Balance, cuenta de pérdidas y ganancias, cambios en el patrimonio, flujos de efectivo, memoria)
    • Libro diario
  2. Libros voluntarios

Material

EMPRESARIO INDIVIDUAL Y PERSONA CASADA

Empresario Individual

Requisitos

  • Capacidad legal (mayoría de edad y libre disposición de los bienes)
  • Habitualidad
  • Actuación en nombre propio

Incompatibilidades o prohibiciones

  • Prohibiciones Absolutas
  • Prohibiciones Relativas

Pérdida de condición de empresario

  • Muerte
  • Transmisión
  • Cese voluntario
  • Terminación del procedimiento de concurso

PERSONA CASADA

Regímenes económicos

  • Gananciales
  • Separación de bienes
  • Participación

Capacidad empresarial

Hombre = Mujer

Consecuencias matrimoniales

  1. Bienes privativos:
    • Cónyuge empresario (responden)
    • Cónyuge no empresario (no responde, si con permiso)
  2. Bienes adquiridos por el comercio: Responden
  3. Bienes comunes: Bienes responsables con consentimiento de los dos. Se presume el consentimiento del no empresario con: Artículo 7: Si no se opone a la actividad comercial del otro en el matrimonio. Artículo 8: Ni de novios.

Empresario social

Empresario colectivo y comanditario

Sociedad anónima. Capital social y patrimonio

Acciones

Los órganos de la S.A.: Junta. Administradores

Estatutos sociales. Sociedad comanditaria por acciones

Sociedad de responsabilidad limitada

Competencia desleal o ilícita

Propiedad industrial

Derecho concursal

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