El Procedimiento Administrativo Común en España: Guía Completa

El Procedimiento Administrativo Común

Aspectos Generales

Procedimiento Administrativo Común

Finalidad: Determinar, conocer y comprobar los datos, hechos y circunstancias en virtud de los cuales debe adoptarse una decisión o resolución administrativa con el objeto de garantizar los intereses públicos.

  • Aplicación a todas las AAPP
  • Serie ordenada de trámites (expediente)

Funciones del procedimiento

  • Garantía del ciudadano
  • Cauce de participación
  • Instrumento de participación y colaboración entre Administraciones Públicas

Principios inspiradores del procedimiento

  • Principio de oficialidad: (Los órganos administrativos han de realizar los actos de trámite conducentes a la resolución sobre el fondo)
  • Principio de celeridad: Reducir los trámites a lo esencial.
  • Principio de contradicción: Intervención de los afectados en defensa de sus derechos e intereses.
  • Principio de legitimación: Los procesos pueden iniciarse de oficio a instancia de persona interesada.
  • Principio de gratuidad: (Compatible con la exigencia de tasas y abono de gastos)
  • Hay muchos otros: principio de igualdad, simplificación administrativa, transparencia y publicidad,…

Procedimiento común y procedimientos especiales

  • Procedimiento común: Ley 30/1992, procedimiento marco, reglas generales o principios.
  • Procedimientos especiales por razón de la materia:

Los Interesados en el Proceso Administrativo

Concepto de interesado: Aquellos a quienes afecta el desarrollo del procedimiento y sus incidencias y, sobre todo, la resolución definitiva.

Requisitos:

  1. Capacidad de obrar: se amplía a menores de edad sin asistencia de representante legal.
  2. Legitimación: interesados son los titulares de derechos e intereses legítimos, individuales o colectivos.

Clases de interesados

  • Interesado(s) necesario: Destinatario de una potestad administrativa (sancionado), quien inicia el procedimiento como titular de derecho o interés legítimo (solicitante de una licencia).
  • Interesado(s) no necesario o eventual: Quien, sin haber iniciado el procedimiento ni ser destinatario de la decisión administrativa, acredite interés legítimo afectado (colindante de una obra pública, asociación de vecinos). Tiene la carga de personarse en el procedimiento, salvo que se identifiquen claramente del expediente administrativo. Excepción: la acción pública.

Derechos del interesado

  1. Conocer el estado de la tramitación del procedimiento.
  2. Identificar a las autoridades y personal.
  3. Utilizar la lengua cooficial en los procedimientos.
  4. Formular alegaciones y aportar documentos.

Fases del Procedimiento

Las distintas fases de los procedimientos administrativos deben realizarse en los correspondientes plazos.

Términos y plazos preestablecidos.

Silencio Administrativo (Inactividad Formal)

Obligación de resolver

La Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla, cualquiera que sea la forma de iniciación.

¿Qué ocurre cuando la Administración incumple esta obligación y no resuelve el procedimiento administrativo?

El silencio administrativo es una técnica para solucionar el problema de la inactividad de la Administración.

En los procedimientos iniciados a instancia de parte: silencio positivo (salvo excepciones).

Pero, ¿cuál es el plazo para resolver y notificar? Regla general: el plazo que fije la norma reguladora del procedimiento (plazo máximo posible 6 meses, salvo excepciones).

En defecto de norma específica: plazo supletorio3 meses.

Flexibilización de los plazos

Suspensión del plazo en circunstancias tasadas:

  1. Subsanación de deficiencias y aportación de documentos por el interesado.
  2. Necesidad de intervención previa de un órgano comunitario.
  3. Solicitud de informes preceptivos y determinantes.
  4. Realización de pruebas técnicas o análisis propuestos por los interesados.
  5. Iniciación de negociaciones para terminación convencional.

¿Cómo se computa el plazo a estos efectos?

Día inicial:

  • Procedimientos iniciados a instancia de parte: desde la fecha de registro de entrada en el órgano competente para su tramitación.
  • Procedimientos iniciados de oficio: desde la fecha del acuerdo de iniciación.

Día final:

Fecha de la notificación o publicación sustitutiva.

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