Introducción al Derecho Procesal: Conceptos, Actuaciones y Requisitos de la Demanda

1P: Concepto Derecho Procesal C:


Disciplina que estudia las normas que resuelven los litigios

Capacidad para compadecer a juicio:


Personas físicas con pleno uso de sus facultades, morales (representantes), instituciones y MP.

Autoridad judicial/jurisdiccional:


órganos jurisdiccionales facultados x el Edo. Para conocer los litigios.

Máximo órgano jurisdiccional:


Suprema corte de justicia de la nacíón

Otros org. Jurisdiccionales a nivel federal:


Poder judicial de la federación:

La SCJN, Tribunales unitarios y colegiados, Juzgados de distrito

Órganos a nivel estatal:


Poder Judicial Estatal:

Supremo Tribunal de justicia del Edo., Tribunales unitarios y colegiados de circuito, Juzgados de primera instancia y Tribunales electorales.

Modificar competencia x conexidad:


Por una demanda Accesoria, tercería, actos prejudiciales, Providencias cautelares, Demanda reivindicatoria y compensación

Juicio Sucesorio Atractivo/Universal:


comprende todos los bienes, derechos y obligaciones y se seden universalmente a herederos.

Supuestos para impedir magistrados/jueces/secretarios:


Interés directo/indirecto, Relación acto civil/religioso, Existencia de promesas o notable favorecimiento.

Casos en q magistrados/jueces pueden incurrir en responsabilidad civil:


Infligir ley o negligencia, ignorancia inexcusada y arbitrariedad.


2P:


5 formas actuaciones judiciales:
Oscursos en castellano,  idioma extranjero traducidos al castellano, fechas y números escritos, horas hábiles 7am-18pm, no abreviaturas ni tachas.

Exhorto y que casos se usa:
solicitud que da un juez a otro de su misma jerarquía para q haga una diligencia procesal fuera de su jurisdicción; se usa en casos de competencia.

Notifs. Personales



Se dan directamente:

emplazamiento, sentencia definitiva, causa grave que establezca el juez o ley, primera resolución

Supuestos extinción de Juicio:


Por transacción de partes, desistir de la acción, pago voluntario de prestaciones, confusión.

Diferencia desistir demanda y acción:


el desistir demanda produce la interrupción de proceso, desistir acción se extingue. 

Cauciones:


garantía que se da para el cumplimiento de una obligación especifica.

3 medidas cautelares:


Embargo provicional, separación de conyugués, deposito de menores.

Medios preparatorios a juicio:


procedimiento necesario para iniciar el juicio, se promueve si la persona es de edad avanzada o su vida peligra, o saldrá del lugar donde se lleva a cabo la audiencia.

Finalidad de la preparación de juicio arbitral


Elegir un arbitro, donde el juez exhorta a las partes para que mutuamente decidan a la persona; en rebeldía el juez lo pone.

Notificaciones nulas:


cuando no cumplen con algún requisito de ley, no se sigue el proceso.


3P: Requisitos escrito de demanda:


Nombre de tribunal que promueve, nombre y domicilio de actor y demandado, acción que se promueve, numero de prestaciones con accesorios, hechos enumerados, valoración de prestaciones, fundamentos de derecho, firma de autor o representante legal, proemio, protesto lo necesario.

Emplazamiento y porque es esencial:


medio de notificación ejecutado por actuario, es una formalidad por el derecho de audiencia art.14

Reconvención:


Contestar la demanda, se agregan nuevas prestaciones exigidas a la misma.

Excepciones:


Actos procesales que puede hacer valer el demandado al momento de contestar, ej: incompetencia o cosa juzgada.

Medios de prueba:


Confesional, testimonial, prueba pericial, documental, informe de autoridades, pruebas científicas, careo.

Testimonio de terceros:


medio de prueba indirecto, declaración vinculante de hechos propios. (directos o de oídas)

Prueba pericial:


informe de un perito experto en un campo de estudio determinado.

Diferencia docs. Públicos/privados


Radica en los documentos públicos son expedidos x funcionarios públicos (ej. Acta de nacimiento), y los privados son expedidos por particulares (ej: pagaré)

Prueba de informe de autoridad:


es un medio de prueba que establece que las autoridades jurisdiccionales tienen obligación de brindar cualquier doc. Que sea relevante al juicio.


3P: Proemio:


contiene datos de identificación del juicio y tribunal que promueve

Derecho:


parte de la demanda donde se indican preceptos legales

Radicar demanda


La demanda cumple con todos los requisitos

Desechar demanda:


no reúne los requisitos legales efectos insubsanables

Presentación de demanda:


interrumpe prescripción, señala principio de instancia.

2P: Secretario:


actuaciones judiciales las debe autorizar

Providencias cautelares:


se pueden practicas los 365 días del año

Sentencia interlocutoria:


resoluciones q resuelven cuestiones incidentales

Por edictos:


notifs que se hacen cuando se ignora paradero/domicilio 

Interrumpir el juicio:


si fallece o pierde capacidad una parte.

1P: Partes principales:


ejercitan en su nombre propio 

Litisconsorcio:


varios actores o demandados en un mismo proceso

Competencia:
Ámbito, esfera o campo de un órgano

Competencia concurrente


Pueden conocer de un asunto a elección del actor los tribunales comunes de Edos.

Declinatoria:


Es la que se propone ante el juez para q se considere incompetente para que remita a otro juez

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