Hechos Jurídicos que son Fuente de Obligaciones
La Gestión de Negocios
Definición: El que sin mandato y sin estar obligado a ello se encarga de un asunto de otro, que está ausente o imposibilitado de atenderlo, deberá hacerlo conforme a los intereses del dueño del negocio, si los conoce, o según su voluntad presunta, tomando en cuenta siempre lo que sea más conveniente a la naturaleza del asunto.
La Gestión de Negocios como Hecho Jurídico Voluntario Lícito
Características:
- El acto de voluntad del gestor no tiene como propósito producir consecuencias, sino simplemente su voluntad lícita.
- Los efectos jurídicos se producen con o sin propósito.
Elementos de la Gestión de Negocios
- Intromisión del gestor en los negocios del tercero.
- Intromisión voluntaria.
- Ausencia de mandato del dueño.
- Ciertas condiciones de capacidad.
Obligaciones del Gestor
- Continuar la gestión iniciada.
- Dar aviso inmediato al dueño.
- Rendir cuentas al dueño.
- Responder del caso fortuito o fuerza mayor en ciertas circunstancias.
Obligaciones del Dueño
- Reembolsar las sumas gastadas si la gestión evitó un daño.
- Pagar los gastos necesarios y los intereses legales al gestor.
El Enriquecimiento Sin Causa
Definición: El que sin causa se enriquece en detrimento de otro, está obligado a indemnizarle de su empobrecimiento en la medida que él se ha enriquecido.
Las Dos Formas de Enriquecimiento Injusto, según Von Tuhr
- Por aumento: Adquisición de un bien, valor o derecho sin causa jurídica.
- Por la no disminución del patrimonio del beneficiado: Permanencia del patrimonio a pesar de que debería haber disminuido por un pago o una obligación.
Clasificación del Enriquecimiento Sin Causa
- Voluntario lícito (buena fe)
- Voluntario ilícito (mala fe)
Elementos
- Empobrecimiento de un patrimonio.
- Enriquecimiento de otro.
- Relación de causa a efecto entre ambos.
- Ausencia de causa jurídica que justifique el desplazamiento patrimonial.
Pago de lo Indebido
Definición: Pago de una obligación inexistente por error de hecho o de derecho.
Elementos
- Inexistencia de obligación.
- Error de hecho o de derecho.
Obligaciones del Receptor
- Abonar el interés legal (si hubo mala fe).
- Abonar los gastos necesarios y las mejoras útiles (si hubo buena fe).
El Error
Definición: Recepción de un bien que no se tenía derecho a exigir y que por error ha sido indebidamente pagado.
Obligación
- Restituir el bien.
De la Responsabilidad Objetiva
Definición: Obligación de reparar los daños causados por el uso de cosas peligrosas, incluso cuando se haya procedido lícitamente.
Elementos
- Uso de cosas peligrosas.
- Existencia de un daño de carácter patrimonial.
- Relación de causa a efecto entre el hecho y el daño.
Cosas Peligrosas
- Mecanismos, aparatos o sustancias que pueden crear un riesgo para la colectividad.
- La peligrosidad se aprecia en función de la naturaleza funcional de la cosa.
Indemnización por Daños Causados a las Cosas
- Reparación íntegra del daño: en especie o en dinero.
- El daño debe restablecer la situación anterior o pagar daños y perjuicios.
De los Hechos en Sentido Estricto (Delitos y Cuasidelitos)
Derecho Mexicano Vigente
- Delito penal: Hecho doloso que causa daño, sancionado por el Código Penal.
- Delito civil: Hecho doloso que causa daño, no sancionado por el Código Penal.
- Cuasidelito penal: Hecho culposo que causa daño, sancionado por el Código Penal.
- Cuasidelito civil: Hecho culposo que causa daño, no sancionado penalmente.
Doctrina de la Culpa o Teoría Subjetiva de la Responsabilidad
- Estudia los hechos ilícitos como fuentes de obligaciones.
- Se basa en la intención de dañar (dolo) o en la negligencia (culpa).
Responsabilidad por Hecho Ajeno
Obligados
- Padres y tutores por actos de incapaces bajo su cuidado.
- Maestros y artesanos por actos de sus peones y aprendices.
- Patrones por actos de sus obreros y dependientes.
- Jefes de casa y dueños de hoteles por actos de sus sirvientes.
- Profesionales por actos de sus auxiliares y empleados.
- Personas morales por actos de sus representantes legales.
- Estado y municipio por actos de sus servidores públicos.