Responsabilidad Internacional
Hecho Ilícito Internacional
Es el fundamento objetivo de la responsabilidad, según el art. 1. Es la violación de una obligación internacional atribuida a un Estado.
Régimen de Atribución
Se considera hecho del Estado el comportamiento de todo órgano del Estado, independientemente de su posición o división territorial. También se considera hecho del Estado el comportamiento de una persona o entidad que no sea órgano del Estado pero que esté facultada para ejercer atribuciones del poder público.
Reparación
El Estado responsable está obligado a reparar íntegramente el perjuicio causado por el hecho internacionalmente ilícito. El perjuicio comprende todo daño, tanto material como moral.
- Restitución: Restablecer la situación anterior al hecho ilícito.
- Indemnización: Compensar el daño causado.
- Satisfacción: Reconocimiento de la violación, expresión de pesar o disculpa formal.
Otras Consecuencias de la Responsabilidad
- Cesación del Ilícito: Poner fin al hecho ilícito y ofrecer garantías de no repetición.
- Violación Grave: Incumplimiento flagrante o sistemático de la obligación. Los Estados deben cooperar para poner fin a la violación.
Invocación de la Responsabilidad
El Estado lesionado notifica su reclamación al Estado responsable, especificando el comportamiento que debe observar para poner fin al ilícito y la forma de reparación.
El Estado en el Derecho Internacional
Reconocimiento de Estados
La aparición de un Estado puede producirse ex novo o a partir de Estados preexistentes. El reconocimiento es indispensable para el pleno ejercicio de sus competencias.
Formas de Reconocimiento
Puede ser individual o colectivo, expreso o tácito. El más frecuente es el individual y expreso, mediante acto unilateral o tratado bilateral.
Sucesión de Estados
Es la sustitución de un Estado por otro en la responsabilidad de las relaciones internacionales de un territorio.
Soberanía
Significa plena libertad para organizarse internamente e independencia externa. Sus principales manifestaciones son los principios de integridad territorial, independencia política, participación en la creación de normas internacionales y en la responsabilidad internacional.
Relaciones entre Estados
Representación Internacional del Estado
El Estado actúa a través de órganos que representan tanto en el plano interno como internacional.
Reconocimiento de Gobiernos
Se plantea en supuestos de cambio de gobierno no constitucional o gobiernos de facto. Los Estados reaccionan mediante acto unilateral de reconocimiento.
Relaciones Diplomáticas
Los agentes diplomáticos representan al Estado, protegen sus intereses, negocian y fomentan relaciones. Tienen inviolabilidad de locales, libertad de comunicación y correspondencia, inviolabilidad personal e inmunidad de jurisdicción y ejecución.
Relaciones Consulares
Los agentes consulares protegen los intereses del Estado y sus ciudadanos en el extranjero. Tienen funciones administrativas, notariales y de sucesiones. Los Cónsules de Carrera tienen inviolabilidad de locales y archivos, libertad de comunicación e inviolabilidad personal.