Derecho Indiano y Sistemas Jurídicos Indígenas en la América Española

Derecho Indiano: Conjunto de normas jurídicas creadas por la monarquía española para América y Filipinas que rige hasta la codificación.

Pueblos Indígenas

Sistema jurídico basado en la personalidad del derecho (derechos personales). Todos tenían derechos cerrados, sistemas jurídicos cerrados; las normas jurídicas solo eran aplicables para ellos. Permitieron que el derecho se abriera con dos herramientas:

  1. Pacto de Hospitalidad: Acuerdo entre dos comunidades indígenas que se encuentran en igualdad de condición, lo que una parte le entrega a la otra es lo mismo que recibe. No eran pactos escritos, pero se construía una tablilla de bronce con datos pequeños y cada parte guardaba un pedazo de la tablilla y cuando se reunían para problemas comunes se justaban ambas partes de la tablilla. Este era una especie de tratado o defensa mutua, se establecía mutuamente el compromiso de auxilio si son agredidos por un tercero, también se refería a los contratos patrimoniales (bienes), regula como se pueden celebrar los contratos patrimoniales y que miembros de ambas comunidades lo celebraran, para que el contrato se pueda llevar, se rige por el derecho del lugar en que el contrato se celebre.
  2. Contrato de Clientela: Tiene dos grandes diferencias con la hospitalidad: es un acuerdo entre particulares, no hay igualdad entre las partes, hay una parte poderosa y otra débil. Como no hay igualdad las contraprestaciones no son equivalentes, la parte más poderosa se llama patrón y la más débil llamada cliente le da una protección de tipo material, también le otorga uso y goce gratuito de tierras, el cliente le presta servicio al patrón de distinto tipo: agricultura, ganadería, minería e incluso militar. La clientela abre el derecho: se produce siempre que el patrón y cliente fueran de distintas comunidades, el patrón arrastra al cliente al derecho de su comunidad.

Clientela Militar Indígena

Lleva un elemento extra, que no está en las otras, juramento de fidelidad del cliente al patrón – cliente en acto solemne ante testigos procedía a prestar juramento de fidelidad al patrón, ofrece su vida a los dioses a cambio de la del patrón, para que no muera o caiga preso. Los Romanos: adoptaron la clientela militar (devotio ibérica) cuando un soldado romano ingresaba a una legión, prestaba un juramento al emperador de Roma.

Romanos

Cuando los romanos llegan a España su derecho también era cerrado, por lo que se van a encontrar con sistemas jurídicos similares, los romanos solucionaron esto creando una regla ius gentium que permiten que un ciudadano romano se relacione jurídicamente con extranjeros, el derecho del lugar de celebración rige al contrato legis locum regis actum.

Instituciones Jurídicas Indígenas Particulares

Vacceos

Se caracterizó porque entre ellos no existía propiedad privada sobre las tierras, sobre bienes muebles, las tierras eran propiedad común, para producirlas se dividían en parcelas de cultivo para trabajarlas, 1 vez al año se hacía sorteo de las parcelas para asignarlas. Una vez que se cosechaba lo que se producía se entrega a la autoridad (se guardan en depósitos comunes), la producción era distribuida entre los que habían trabajado o que necesitaban más y ayudaban a las personas que no podían trabajar, como ancianos o enfermos (principios de seguridad social). Este sistema estaba regulado con normas penales que sancionan ciertas conductas graves: debiendo trabajar la tierra no lo hace, el que no entrega toda la producción, si se cometía el mismo delito la pena es más alta, pudiendo llegar a la pena capital (pena de muerte).

Cántabros

Se organizaron como una sociedad matriarcal, la mujer tiene mucha importancia, también se caracteriza por ser muy fuerte, la mujer cumplía con los trabajos tradicionales y participa con el hombre en sociedad, derecho reconoce a la mujer cántabra facultades que en otras comunidades no tenía, administra bienes familiares, el matrimonio requiere de disenso autorización que la daban las mujeres para casarse, la dote eran bienes aportados por el novio para poder casarse, los bienes se heredaban por la línea femenina, cuando los varones estaban ancianos o enfermos y no podían hacer nada decidían suicidarse, existió una institución llamada covada o simulación era un ritual, tradición que practicaban cuando una mujer estaba por tener hijos, el padre de la criatura cuidaba de la mujer pero frente a testigos de ambas familias, este simulaba dolores del embarazo y guardaba cama después del nacimiento, el objetivo de esto era acreditar la paternidad ante la comunidad.

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