Recursos en el Proceso Civil Brasileño: Embargos Infringentes
1. Embargos Infringentes
1.1. Cabimento
- Contra decisión de tribunal superior que no haya sido unánime (se ha reformado) la sentencia de mérito (art. 530 del Código de Proceso Civil – CPC).
- No es suficiente que la decisión no unánime sea de tribunal inferior.
1.2. Objeto
- Honrar la decisión de primera instancia.
- Solo si hay cambio de la decisión es que los embargos serán razonables.
1.3. Procesamiento
- Oposición dentro de 15 días después de la citación de la decisión no unánime.
- Si no hay oposición, el cómputo del plazo para presentación de recursos ante los tribunales superiores comenzará el día 16 de la no citación-fallo unánime, automáticamente y sin orden.
2. Efectos
2.1. Suspensivo
- Evita que el impugnado entre en vigor inmediatamente.
- Si el recurso de apelación fue recibido solo en el efecto devolutivo, los embargos también serán infringentes.
2.2. Devolutivo
- El alcance de la devolución se limita a lo que ha sido tema de la disidencia.
2.3. Traductivo
- Examen requerido por ley (nulidad, incompetencia absoluta, doble titulación requerida, falta de condiciones de la acción, etc.).
2.4. Efecto expansivo
- Ampliación de la prueba más allá de la resolución impugnada y la persona del solicitante para cumplir con otros actos de procedimiento (distintos de los acusados) y otros beneficiarios (por ejemplo, 509): co-partes y terceros legalmente.