Adquisición y Pérdida de la Posesión en el Código Civil

Adquisición y Pérdida de la Posesión

Nota Lección 03

Propiedad

1. Adquisición

En virtud del artículo 1204 del Código Civil, se adquiere la posesión desde el momento que se convierte en posibilidad de ejercer en su propio nombre en cualquiera de los poderes de la propiedad. La posesión puede ser adquirida a fin de:

1.1. Originaria

Se presenta sin los vicios que contaminaron las manos de su predecesor.

1.1.1. Aprehensión de cosas

Que significa apoderarse de su adquisición, un desplazamiento de la cosa al propietario del dominio, o el uso de la cosa si se trata de la propiedad. Se trata de la apropiación unilateral de la cosa. Se aplica a:

  • Las cosas que nadie (res nullius) y abandonados (res derelictae).
  • Para los bienes tomados de otros sin su permiso. Si bien no es la violencia o clandestinamente, se lleva a cabo (aunque desleal). Esto es porque el propietario original se omite, no reaccionar en defensa de la posesión o no de la defensa de las acciones, los defectos que comprometida desaparecer.
1.1.2. Ejercicio del derecho

Los medios para la explotación de la ley, gozando de él (por ejemplo, que posee una línea telefónica en casa, tiene, de hecho, un «derecho de uso» de ella; servidumbre de acueducto pasó por tierras exóticas, el agente adquiere su propiedad si el dueño del predio sirviente permanece inerte).

1.2. Derivada

Se presentan con los mismos defectos que antes.

1.2.1. Tradición

Se entiende por tradición la entrega de la cosa, suponiendo un acuerdo de voluntades. Todo lo que toma es la intención de tradens (que opera la tradición) y accipiens (que recibe la cosa). La tradición puede ser real (y efectiva la entrega de algo material), simbólica (representada por un acto que refleja la venta – por ejemplo, la entrega de las llaves del coche, el apartamento) y ficta (constituto desplazamiento).

1.2.2. Constituto desplazamiento o cláusula constitutiva (artículo 1267, apartado uno, del Código Civil)

Es el acto por el cual uno que había en su propio nombre es celebrar en nombre de otros (por ejemplo A, el propietario, dispone de sus la propiedad y seguir viviendo allí como inquilino, Z la celebración de una línea de teléfono, y sigue utilizando para enajenar de alquiler).

Nota: Para la propiedad de desplazamiento constituto se divide en dos partes: el antiguo propietario, que tenía la posesión como dueño, se convierte en propietario directamente, mientras que el nuevo titular es invertido en la posesión indirecta, en virtud del contrato. La cláusula no se presume constitutiva. Se aplica tanto a bienes muebles e inmuebles.

1.2.3. El tiempo de adhesión

La propiedad se puede continuar por la suma de las veces el propietario actual con la de sus predecesores. El comprador de la posesión de una cosa puede agregar a la prescripción de la posesión anterior solicitud.

2. Personas que pueden adquirir la propiedad: art. 1205 CC

  • A toda persona que desee, siempre que pueda, si no puede ser representado o asistido.
  • Su representante o abogado (agente), con poderes especiales.
  • Tercero sin orden judicial, en función de (administrador de la ratificación de negocios).

3. Pérdida de la Posesión

  • El abandono de la cosa (res derelictae) es la renuncia a la posesión, la intención de dejar de fumar voluntariamente lo que está en su posesión.
  • La tradición: la entrega de la cosa, implica la persistente intención de transferir a otra cosa.
  • Pérdida: ex. el anillo cae en el mar.
  • Destrucción: la destrucción total causada por eventos naturales o eventos fortuitos – inundaciones, incendios, etc.
  • La posesión de los demás, incluso contra la voluntad del propietario, en caso de mantenimiento o reintegrados en tiempo a la autoridad.
  • Constituto desplazamiento – El punto 1.2.2 anterior.

4. Composesión

Es la situación en la que dos o más personas son portadoras de ambas potencias con desplazamiento en la misma cosa (art. 1199 CC). Se lleva a cabo en común por dos o más personas, sobre la misma cosa.
Puede ser causado por contrato o por herencia.
En este caso, pueden usar libremente la cosa como su destino, y en ella para ejercer sus derechos en consonancia con la indivisibilidad.

Cualquiera de compossuidores puede hacer uso de las acciones posesorias o incluso la defensa propia para evitar la compossuidor otro lleva una posesión exclusiva de la fracción de la comunión.

Para otros, como si fueran un solo tema, cualquier miembro podrá utilizar los recursos de desplazamiento que pueden ser necesarias, como en el condominio. Ejemplos de composse: entre los cónyuges casados bajo el régimen de la comunión universal de los bienes entre los convivientes o tener una relación estable, entre los herederos de la pre-partición del acervo comunitario, entre los distribuidores «, en lo ordinario, excepto en el caso de personas jurídicas.

4.1. Requisitos de la composse
  • Temas 4.1.1.pluralidade
  • 4.1.2.coisa indivisa
4.2. Especies
  • Composse pro indiviso – las personas tienen el ideal de la buena (por ejemplo, tres personas tienen un departamento, y no está determinado qué parte de cada uno, tienen un tercio de todos los ideales).
  • Composse Pro Division – aunque no hay una división de la ley, ya hay una división de facto, de modo que cada uno sabe dónde comienza y termina compossuidor su parte de algo (por ejemplo: tres personas dueño de una granja, pero no es el nombre de cualquiera de los tres, cada uno con la oficina en su parte específica).

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