Funciones del Gobierno y del Presidente en España

Funciones del Gobierno en España

Art 97. El gobierno dirige la política interior y exterior, la administración civil y militar y la defensa del estado, ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la constitución y las leyes.

Diferentes Funciones del Gobierno:

  • Función de Dirección e Impulso Político:

    Esta función tiene como premisa la previa elaboración del programa de gobierno que debe presentar el presidente del gobierno. Este programa del gobierno compromete al futuro gobierno, que debe responsabilizarse de su desarrollo.

  • Función Normativa:

    • Facultad de dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de decretos-leyes.
    • Facultad de dictar disposiciones de naturaleza legislativa a través de los decretos legislativos.
    • Ejercicio de la potestad reglamentaria, de acuerdo con la constitución y las leyes.
  • Función Arbitral:

    Potestades y atribuciones a través de las cuales el Gobierno se relaciona con otros órganos constitucionales, ejerciendo también ciertas funciones de control en relación con las comunidades autónomas. Algunas de estas potestades son:

    1. Convocar a las cámaras en sesión extraordinaria con la finalidad de tratar acerca de un determinado orden del día.
    2. Declarar el estado de alarma, como también el estado de excepción, previa autorización del congreso y proponer a este la declaración del estado de sitio.
    3. Decidir el nombramiento de un candidato a la fiscalía general del estado.
    4. Proponer al Rey para su nombramiento dos magistrados para el tribunal constitucional.
  • Función Ejecutiva:

    1. Decidir acerca de la orientación y contenido que debe darse a la función ejecutiva y ejercer la dirección de la misma.
    2. Dirigir la administración civil y militar.
    3. Nombrar a los delegados del gobierno en las comunidades autónomas.

El Presidente del Gobierno

Nombramiento del Presidente del Gobierno

Dos procedimientos para el nombramiento del presidente del gobierno:

  1. Procedimiento de Nombramiento Ordinario o Investidura:

    Se recurre a él después de cada renovación del congreso; es decir, tras la celebración de elecciones generales y en estos supuestos:

    1. La pérdida de confianza parlamentaria.
    2. La dimisión del presidente.
    3. El procesamiento del presidente, previa acusación de un delito contra la seguridad del estado.
    Etapas del Procedimiento de Nombramiento o Investidura del Presidente:
    1. Consultas regias y la propuesta de un candidato: El rey propondrá un candidato a la presidencia del gobierno.
    2. El debate y la votación de investidura: El candidato propuesto por el Rey, deberá exponer ante el congreso el programa político del Gobierno. El debate concluirá con la oportuna votación, el candidato debe lograr el voto de la mayoría absoluta de los miembros del Congreso, sino se alcanza, se someterá a nueva votación, 48 horas después de la anterior, y aquí bastará mayoría simple.
    3. Nombramiento regio del presidente: Una vez otorgada la confianza de la cámara, el rey nombrará al candidato investido presidente del Gobierno, requiriendo también el refrendo del presidente del gobierno.
    4. Etapas sucesivas en el supuesto de fracaso inicial de la investidura: si el candidato no consigue la investidura, se deberán tramitar sucesivas propuestas, siendo preciso retornar a la fase inicial del proceso, y continuar con las sucesivas etapas. Si pasan dos meses, ningún candidato hubiere obtenido la confianza, el Rey disolverá ambas cámaras y convocará nuevas elecciones.
  2. Procedimiento de Moción de Censura Constructiva (art 113):

    «Si el congreso adopta una moción de censura, el gobierno presentará su dimisión al Rey y el candidato incluido en aquella se entenderá investido de la confianza de la cámara. El Rey le nombrará presidente del gobierno.»

Funciones del Presidente del Gobierno

  1. La Formación del Gobierno:

    • Elección de ministros y vicepresidentes.
    • La estructuración del Gobierno.
    • Organización de la presidencia, dentro de la cual se ubican diferentes órganos, como el gabinete de la Presidencia, el portavoz del gobierno, la Secretaría general de la presidencia.
  2. Dirección de la Actividad del Gobierno:

    • El presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros del mismo.
    • La elaboración del programa de gobierno.
    • La dirección propiamente dicha del Gobierno.
    • La coordinación de los miembros del Gobierno.
    • La representación de la política del gobierno.
  3. La Dirección de la Política de Defensa:

    • Dirección de la guerra.
    • Dirección de la directiva para las negociaciones exteriores.
    • La definición de los grandes planteamientos, tanto estratégicos como de la política exterior.

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