Teoría de la Justicia: Discusión sobre Algunos Problemas Jurídicos
Nuestro derecho establece que las normas se interpretarán según el sentido propio de las palabras y la realidad social del tiempo en que son aplicadas. Esto implica una gran variedad de criterios que no agotan la interpretación.
La Obediencia al Derecho
Uno de los deberes fundamentales es obedecer al derecho. Pero, ¿qué tipo de deber genera la obediencia?
El Deber Moral
El deber moral implica una aceptación interna del derecho. Existe un deber jurídico, pero también un deber moral independiente de otros motivos, como la sanción. Es el deber por el deber.
Argumentos en Contra del Deber Moral
- La moral es autónoma de cada individuo, mientras que el derecho se impone desde fuera.
- Las sanciones y el deber moral son incompatibles.
Argumentos a Favor del Deber Moral
- Es un deber moral peculiar, no absoluto, sino prima facie, que se denomina Obligación Política.
- Si existe un sistema democrático legítimo, el deber moral de obedecer al derecho se basa en el consentimiento de los ciudadanos.
El Deber Moral en la Democracia
En principio, el deber moral de obedecer al derecho en un sistema democrático no es incondicional, sino prima facie. Se denomina obediencia al derecho, pero puede haber desobediencia.
Desobediencia Civil
La desobediencia civil, aunque no reconocida como tal, no es incompatible con el sistema democrático. Puede considerarse una forma de participación ciudadana que sirve para:
- Mantener los intereses de las minorías frente a las mayorías.
- Participar cuando los mecanismos habituales son inoperantes.
Antecedentes Históricos de la Desobediencia Civil
La desobediencia civil se ha manifestado en diversos momentos históricos, como:
- La lucha por los derechos civiles en América en la segunda mitad del siglo XX.
- El movimiento feminista por el derecho al voto.
- Las protestas contra la guerra de Vietnam.
- Las protestas medioambientales.
- La Primavera Árabe.
Un ejemplo clásico de desobediencia civil es la figura de Antígona en la obra de Sófocles.
Henry David Thoreau y la Desobediencia Civil
En 1849, Henry David Thoreau publicó su obra Desobediencia Civil, tras ser encarcelado por negarse a pagar un impuesto como protesta contra la invasión de México y la esclavitud en Estados Unidos. Thoreau apeló a razones de justicia para justificar su incumplimiento, haciendo un llamamiento a la desobediencia civil como forma de resistencia pacífica.
Elementos de la Desobediencia Civil
- Acto ilegal: Infracción de un deber jurídico, deliberada y consciente.
- Acto público: Protesta pública y manifiesta.
- Fundamentación en la justicia: Justificación basada en criterios de justicia, a menudo en principios constitucionales.
- No violencia: La desobediencia civil se caracteriza por su carácter pacífico.
- Colectividad: Generalmente, aunque no necesariamente, es una acción colectiva.
- Aceptación de la sanción: Se asume la responsabilidad por las consecuencias del acto.
Finalidad de la Desobediencia Civil
La finalidad de la desobediencia civil es cambiar una decisión política o una norma jurídica considerada injusta. No busca destruir el sistema, sino mejorarlo. Es un mecanismo de participación, no una acción antisistema.
Objeción de Conciencia
La objeción de conciencia se basa en la negativa a obedecer una ley de carácter general por motivos de conciencia. Implica un conflicto entre la obligatoriedad de la ley y el respeto a la libertad individual.
Características de la Objeción de Conciencia
- Individual: Se trata de una acción individual, no colectiva.
- Directa: Se refiere a la norma específica que se considera contraria a la conciencia.
- No busca el cambio de la norma: El objetor no pretende cambiar la ley, sino eximirse de su cumplimiento en su caso particular.
Diferencias entre Desobediencia Civil y Objeción de Conciencia
La principal diferencia radica en la finalidad:
- Desobediencia civil: Busca cambiar la norma o decisión política.
- Objeción de conciencia: Busca eximirse del cumplimiento de una norma específica por motivos de conciencia.
En resumen, la desobediencia civil y la objeción de conciencia son formas de resistencia que, si bien comparten algunas características, se diferencian en su finalidad y alcance. Ambas plantean importantes dilemas éticos y jurídicos en el contexto de la teoría de la justicia y la democracia.