1. Armonización y Unificación del Derecho
1.1. Armonización
Establecer normas semejantes entre partes.
1.2. Unificación
Normas idénticas.
1.3. Trasplantes Legales
Países que adoptan normas de otros.
1.4. Leyes Modelo
Crear normas comunes que reflejen aspectos del comercio.
1.5. Contratos Tipo
Son para hacer operaciones internas.
1.6. Principio de los Contratos
Recopilación de los derechos comunes a los contratos.
1.7. Tratado Interno
- Convención de Nueva York: Establece normas para la ejecución de laudos arbitrales o sentencias.
- Convención de Viena: Régimen equitativo para los contratos de compraventa internacional.
- Convención de Ottawa:
- Factoring: Crédito a tercer parte por contratos.
- Leasing: Arrendamiento de bienes.
1.8. Organismos Dedicados a la Armonización
- Unidroit: Promueven la armonización del derecho privado internacional.
- Cámara de Comercio: Promover el comercio y facilitar las operaciones de la empresa.
2. Tratados de Libre Comercio (TLC)
Convenio entre dos o más países que establece normas para reglamentar el comercio entre ellos, buscando una mayor libertad.
2.1. Tipos de TLC
- Zona Libre Comercio: Libertad de comercio entre los productos.
- Unión Aduanera: Zona libre comercio con tarifas externas comunes.
- Mercado Común: Es una Unión Aduanera con movilidad de factores productivos y política común.
- Unión Económica: Unión monetaria y coordinación de las políticas, incluyendo defensa.
3. Ética en los Negocios Internacionales
3.1. True Cost
Círculo vicioso de bajo precio, derechos laborales y contaminación ambiental.
3.2. Ética en los Negocios Internacionales
Analiza la ética de la empresa en la sociedad, la responsabilidad social empresarial y la cooperación en los negocios internacionales.
4. Contratos Internacionales
Acuerdo de voluntades entre partes que afecta a dos o más ordenamientos jurídicos y define las aplicaciones y derechos de las partes.
4.1. Tipos de Contratos Internacionales
- Compraventa: Empresa integra bien por valor a contrato.
- Distribución: Venta a través de un distribuidor local.
- Agencia: Regula la relación entre la parte que encarga a otra la promoción.
- Franquicia: Se cede el uso de marca y ser parte de un sistema comercial.
- Joint Venture: Varias empresas se unen para alcanzar objetivos comerciales.
- Representación Comercial: Cesión de competencias para la realización de actividades comerciales.
- Intermediación: Obligaciones de las partes comitente y comisionista.
4.2. Convención de Viena
- Mercadería: Son los bienes, corporales y muebles. Busca unificar las normas comerciales.
- Ofertas: Declaración de voluntad verbal o escrita.
- Aceptación: Manifestar su asentimiento a la proposición.
- Obligación del Vendedor: Entregar mercadería en cantidad, calidad y conforme al contrato.
- Obligación del Comprador: Pagar a tiempo.
- Incumplimiento: Exigir comportamiento + daño + prejuicio.
5. Incoterms
Normas para vendedores y compradores, acerca de las condiciones de la mercancía.
5.1. Aspectos que Regulan los Incoterms
- Forma y Lugar de Entrega:
- Directa: Entrega al comprador (E y D).
- Indirecta: A intermediario (F y C).
- Transmisión de Riesgos: Se transmiten riesgos en el punto geográfico y cronológico acordado.
- Costo de Traslado de la Mercancía:
- El vendedor cubre el gasto de poner la mercancía a entregar, el comprador el resto.
- Letra C: El vendedor cubre el gasto de transporte y seguro hasta el destino.
- Obligaciones de Realizar el Despacho Aduanero:
- Exportación a cargo del vendedor en general, pero EXW a cargo del comprador.
- DDP: El vendedor se ocupa de la exportación e importación.
5.2. Cambios en los Incoterms
- DAT en cambio de DUT por ser imprecisa la definición de terminal y descarga.
5.3. Obligaciones del Exportador
- Trámites de exportación.
- Cruzar la mercancía a otro país.
- Avisar al importador cuando la mercancía esté lista en el lugar acordado.
5.4. Obligaciones del Importador
- Dar documentos e información del trámite.
- Recibir la mercancía en el punto para hacer trámites aduanales.
5.5. Tipos de Incoterms
- E: Entrega a la salida de la fábrica.
- F: Transporte principal no pagado por el vendedor.
- C: Transporte principal pagado por el vendedor.
- D: Gastos de envío asumidos por el vendedor hasta el destino.
6. Medios de Pago Internacionales
Operaciones de pago y medios de pago para intercambios internacionales o nacionales.
6.1. Tipos de Medios de Pago Internacionales
- Billetes: Pago directo entre exportador e importador, es sencillo.
- Cheque Personal: Pago emitido por el importador con cargo a su cuenta que permite al nominado retirar en su provecho los fondos.
- Cheque Bancario: Documento emitido por un banco del país 1, por el importador del país 1, a cargo del otro banco del país 2, a favor del exportador cuyo pago se desea cancelar.
- Transferencia u Orden de Pago Simple: El importador comprador ordena a su banco emitir el pago al banco corresponsal del beneficiario.
- Orden de Pago Documentaria: Orden dada por el importador a su banco para que realice una transferencia a favor del exportador en el momento en que dicho banco reciba la documentación.
- Remesa Simple: La iniciativa para el cobro la toma el exportador, que acude a su banco para gestionar el cobro mediante un documento financiero.
- Remesa Documentaria: Es un medio de pago formado por documentos comerciales y uno o varios documentos financieros, que un exportador entrega a su banco para que gestione su cobro.
- Crédito Documentario: Es un acuerdo en el que el banco del importador, a petición de su cliente, se obliga a pagar a un tercero o a autorizar a otro banco que efectúe un pago.
7. Defensa Comercial
Mecanismos para proteger las economías nacionales y medidas comerciales correctivas en caso de daños.
7.1. Tipos de Medidas de Defensa Comercial
- Medidas Antidumping: Contra los productos vendidos en el país importador a un precio inferior a su precio normal, lo que comúnmente se conoce como «dumping».
- Medidas Antisubvención: Cuando haya una contribución o apoyo financiero de un gobierno o de cualquier organismo público otorgada por el gobierno del país exportador.
- Medidas de Salvaguardia: Consecuencia de un incremento significativo de las importaciones, para limitarlas temporalmente y salvaguardar los sectores nacionales que se vean afectados.
7.2. Tipos de Derechos
- Antidumping y Compensatorias:
- Derecho «Ad Valorem»: Calculado a partir del valor de factura.
- Derechos Específicos: Calculado sobre la base de un indicador diferente al valor, como el peso de la mercancía.
- Salvaguardias:
- Derechos «Ad Valorem»: Calculado a partir del valor de factura.
- Restricciones de Volumen: Cuota o contingente arancelario.
- Medidas Compensatorias: Son las que toma un país importador, generalmente en forma de un aumento de los derechos, con objeto de contrarrestar las subvenciones concedidas en el país exportador a los productores o a los exportadores.
8. Arbitraje Comercial Internacional
Delegar en uno o varios terceros denominados árbitros la resolución definitiva de una controversia sobre la que tienen capacidad de disposición.
8.1. Protección Diplomática
Es la reclamación de un Estado frente a otro Estado que ha cometido un ilícito internacional y, en consecuencia de este ilícito, ha causado daños y perjuicios a personas naturales o jurídicas nacionales del Estado que ejerce la protección diplomática.
- Nacionalidad, agotamiento de recursos y manos limpias.
8.2. Doctrina Calvo
Establece que los extranjeros:
- No deberían gozar de mayores derechos y privilegios que los nacionales.
- Deberían renunciar a la protección diplomática de sus Estados de origen.
- Deberían solucionar sus controversias ante los tribunales internos del Estado.
8.3. Doctrina Drago
Consiste en la prohibición del uso de la fuerza contra una nación latinoamericana para el cobro de una deuda financiera en reacción a la falta de pago de la deuda externa de este último país.
8.4. Tipos de Arbitraje
- Institucionalizado: Las partes eligen una institución arbitral existente y acuden a su reglamento para realizar el procedimiento de arbitraje.
- Ad Hoc: Se determina: las condiciones para la designación de árbitros, la concreta composición del tribunal arbitral, el derecho aplicable por el tribunal arbitral.
- En Derecho: El tribunal arbitral se fundamentará en las leyes y reglamentos que aplican al contrato.