Reforma del Código Penal Español: Aspectos Clave y Novedades

SISTEMA DE PENAS DEL CÓDIGO PENAL

1. TIPOS DE PENAS Y REGLAS DE APLICACIÓN

A) Tipos de Penas

Art. 32. Establece los tipos generales de penas:

  • Privativas de libertad
  • Privativas de otros derechos
  • Multa

Art. 33. Clasifica las penas según su naturaleza y duración:

  • Graves: Prisión de más de 5 años, inhabilitación absoluta y suspensión de empleo o cargo público por tiempo superior a 5 años.
  • Menos graves: Prisión de 3 meses a 5 años, privación del derecho de tenencia y porte de armas de 1 año y 1 día a 8 años y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 180 días.
  • Leves: Prisión de 1 a 3 meses, localización permanente y trabajos en beneficio de la comunidad de 1 a 30 días.

Art. 35. Define los tipos de penas privativas de libertad:

  1. Prisión
  2. Localización permanente
  3. Responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa

Art. 36. Regula la duración de la pena de prisión:

  • Art. 36.1. Mínima 3 meses y máxima 20 años, salvo excepción.
  • Art. 36.2. Cuando la pena sea superior a 5 años, para acceder al tercer grado debe cumplirse la mitad de la pena.

Art. 37. Describe la pena de localización permanente (antiguo arresto de fin de semana):

  • Solo para faltas.
  • Tendrá una duración de hasta 12 días y obliga al penado a permanecer en su domicilio o en un lugar determinado fijado por el juez.
  • También puede imponerse para la sustitución de la responsabilidad subsidiaria por impagos de multa.

Art. 39. Enumera los tipos de penas privativas de derechos:

  • Inhabilitación absoluta
  • Suspensión de empleo o cargo público
  • Privación del derecho a la tenencia y porte de armas

Art. 40.1. Establece el tiempo de las penas privativas de derechos:

  • Inhabilitación absoluta: de 6 a 20 años
  • Inhabilitación especial: de 3 meses a 20 años
  • Suspensión de empleo o cargo público: de 3 meses a 6 años

Art. 49. Regula los trabajos en beneficio de la comunidad.

Art. 50. Regula la pena de multa:

  • Extensión: mínimo 10 días, máximo 2 años
  • Cuantía: mínimo 2€, máximo 400€

B) Reglas de Aplicación de las Penas

Art. 61. Autores y consumado: la pena se impondrá por delitos consumados.

Art. 62. Pena por delito de tentativa: se impondrá una pena inferior en 1 o 2 grados a la señalada por la ley para el delito consumado.

Art. 63. Cómplices: pena inferior en grado a la fijada por la ley para los autores del mismo delito.

Art. 70. Determinación de las penas superior e inferior en grado:

  1. Superior en grado:
    • Límite máximo: 20 años + la mitad de su cuantía = 30 años.
    • Límite mínimo: el máximo señalado para el delito de que se trate + 1 día de privativa de libertad + 1 día de multa.
  2. Inferior en grado:
    • Límite mínimo: lo mínimo señalado para el delito de que se trate, si a eso se le quita la mitad de su cuantía.
    • Límite máximo: el mínimo previsto para ese delito – 1 día de privativa de libertad – 1 día de multa.

Art. 66. Reglas que aplicarán los jueces en la aplicación de las penas:

  1. En los delitos dolosos:
    • Cuando concurra solo un atenuante: aplicarán la pena en la mitad inferior de la fijada por la ley para el delito.
    • Cuando concurran 2 o más atenuantes y ninguna agravante: aplicarán la pena inferior en 1 o 2 grados de la fijada por la ley.
    • Cuando concurran 1 o 2 agravantes: la pena en la mitad superior de la fijada por la ley para el delito.
    • 2 o más agravantes y ninguna atenuante: aplicarán la pena superior en grado a la establecida por la ley en su mitad inferior.
    • Cuando concurra la agravante de reincidencia: pena superior en grado a la prevista por la ley para el delito.
    • Cuando no concurran atenuantes ni agravantes: aplicarán la pena establecida por la ley para el delito, teniendo en cuenta las circunstancias personales del delincuente y la mayor o menor gravedad del hecho.
  2. En los delitos imprudentes: a criterio del Juez.

Art. 74. Delito continuado:

Características:

  1. Plan preconcebido.
  2. Varias acciones u omisiones.
  3. Que ofendan a uno o a varios sujetos.
  4. Que infrinjan el mismo o semejantes preceptos penales.

Pena: la de la infracción más grave en su mitad superior.

Art. 76. Excepciones al límite máximo de 20 años:

  • 25 años: sujeto condenado por 2 o más delitos y alguno de ellos castigado con pena de prisión de 20 años.
  • 30 años: sujeto condenado por 2 o más delitos y alguno de ellos castigado con pena de prisión de más de 20 años.
  • 40 años: sujeto condenado por varios delitos y al menos 2 de ellos castigados con pena de más de 20 años.
  • 40 años: sujeto condenado por 2 o más delitos de terrorismo y alguno de ellos castigado con pena de más de 20 años.

Art. 52. Penas por delitos de terrorismo.

Reformas del Código Penal Español

Reforma del 2008

  1. Libertad vigilada con un máximo de 20 años para los delitos graves y con un mínimo de 10 años para casos menos graves, terroristas o violadores. El juez puede anular o reducir la medida si existe un pronóstico de reinserción.
  2. Los delitos de terrorismo más graves no prescriben (en los delitos donde haya muerte, lesiones graves o secuestro). El plazo mínimo de prescripción será de 5 años para el resto de los delitos.
  3. Se endurecen los delitos contra la libertad sexual.
    1. Se tipifican nuevos delitos para la captación de menores que participen en delitos pornográficos.
    2. Se incorpora la figura del cliente en el delito de prostitución de menores.
    3. Se endurece el acceso al tercer grado penitenciario.
    4. Se agrava la pena cuando la víctima se encuentre en total indefensión o sea menor de 4 años.
  4. Se castiga la asociación delictiva de carácter transitorio.
  5. Se crea el nuevo tipo penal de piratería informática y se castiga entre 10 y 15 años de prisión.
  6. Se tipifica como delito la trata de seres humanos, es decir, la explotación de personas con fines laborales, sexuales o para la extracción de órganos, y se castiga con penas de 5 a 8 años de prisión.
  7. Se crea el delito de corrupción entre particulares, donde directivos o empleados de empresas ofrecen o aceptan sobornos, con penas de cárcel de 6 meses a 4 años.
  8. Se eleva el mínimo de la pena por cohecho, que será de 2 a 3 años de prisión para funcionarios que reciban o soliciten sobornos.
  9. Se crea el delito de estafa a inversores. Incurren en este delito los administradores de sociedades que coticen en el mercado de valores y falseen sus balances para captar socios u obtener créditos.
  10. Se incrementa de 5 a 10 años el plazo de prescripción de delitos contra la Hacienda Pública.
  11. Se establece la presunción de procedencia ilícita cuando el valor de un patrimonio es desproporcionado respecto a los ingresos.
  12. Nuevos delitos contra la ordenación del territorio. Se amplía a las obras ilegales y clandestinas a las obras de urbanización.
  13. Medidas contra la complicidad en infracciones urbanísticas. Se persigue a los funcionarios y autoridades que soliciten las infracciones urbanísticas.
  14. Nuevos delitos informáticos: borrar, dañar, deteriorar, alterar, suprimir o hacer inaccesibles datos o programas informáticos ajenos.
  15. Acoso laboral. Pena de prisión de 6 meses a 2 años para quienes, en el marco de cualquier actividad laboral, realicen actos de acoso psicológico u hostilidad que generen en la víctima sentimientos de humillación.

Reforma del 2009

Todas las reformas anteriormente nombradas entraron en vigor en el año 2009.

Concepto de Jurisdicción Universal

Introducción al Concepto de Jurisdicción Universal

  1. Jurisdicción de Estado y Jurisdicción Universal.
  2. Los Convenios de Ginebra en 1949 y la Jurisdicción Universal. Estos convenios son para la protección de víctimas de conflictos armados. Además, exigirán a cada Estado firmante lo siguiente:
    • Buscar a los sospechosos de infracciones graves.
    • Enjuiciarlos ante sus tribunales nacionales.
    • Extraditarlos a Estados en los que se haya incoado la causa al respecto.
    • Entregarlos a un tribunal penal internacional.

Hoy en día, en base a dos cosas, el derecho internacional y los principios generales de derecho, los Estados pueden ejercer jurisdicción universal sobre los sospechosos de:

  • Genocidio
  • Crímenes de lesa humanidad
  • Crímenes de guerra
  • Desapariciones
  • Tortura
  1. Concepto de Jurisdicción Universal: la jurisdicción universal, a diferencia de la jurisdicción nacional, otorga a los tribunales de cualquier país competencia para sancionar crímenes internacionales, independientemente del territorio donde se haya cometido el hecho y de la nacionalidad del perpetrador o de la víctima.
  2. Instrumentos que señalan los crímenes cubiertos por jurisdicción universal:
    • Conferencia de Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
    • Convenios de Ginebra de 1949 y 1977.
    • Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio.
    • Convención contra la Tortura de 1988 (se hace referencia tanto a los torturadores como a los cómplices).

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