Ciencias Penales Normativas
Definición: Las ciencias penales normativas corresponden a las áreas del derecho que definen los delitos y sus consecuencias jurídicas. Regulan la relación entre el poder punitivo del Estado y la libertad individual, la regulación del proceso y las formas de proceder para establecer la responsabilidad penal y ejecutar las penas. Tienen naturaleza dogmática y consisten en las normas vigentes que deben cumplirse, incluso si se quiere poner en duda la justicia o injusticia de los contenidos del Estado y las consecuencias de su aplicación.
Método de estudio: El método más apropiado para su estudio es el técnico-jurídico, que se desarrolla principalmente a través de la interpretación del significado de la ley.
Ramas de las Ciencias Penales Normativas:
- Derecho Penal: Define los delitos y las sanciones penales, y otras normas relacionadas con la aplicación del derecho penal, las penas y las medidas de seguridad.
- Derecho Procesal Penal: Regula la persecución penal, la investigación, la acción para promover la responsabilidad penal, las detenciones y otras normas de procedimiento.
- Derecho de Ejecución Penal: Regula la ejecución de penas y medidas de seguridad, a través del proceso judicial, destinado a la ejecución, la prevención y la rehabilitación de los condenados.
Ciencias Penales Normativas: Visión Introductoria
Las instituciones fundamentales del derecho penal pueden ser consideradas como:
- Conducta: Puede ser entendida como una conducta humana positiva o negativa (acción u omisión) consciente y voluntaria. No puede haber crimen sin conducta humana.
- Delito: Es el comportamiento humano típico, antijurídico y culpable, prescrito por la ley como delito.
- Culpabilidad: Es el fracaso o la censura impuesta al sujeto que practica el delito. El sujeto debe ser capaz de comprender la criminalidad de su comportamiento.
- Responsabilidad Penal: Es la posibilidad legal de imponer sanciones penales a la persona que cometió el hecho típico, ilícito y culpable.
- Pena: Es la consecuencia jurídica impuesta al responsable de un delito.
Ciencias Penales No Normativas
Definición: Las ciencias penales no normativas incluyen elementos de la criminología y ciencias médicas y biológicas, la psicología, la sociología y técnicas como la criminalística. Mientras que las ciencias normativas se refieren principalmente a estudiar el mundo del “deber ser”, las ciencias empíricas estudian el mundo del “ser”.
Disciplinas de las Ciencias Penales No Normativas:
- Criminología: Ciencia interdisciplinaria y empírica que estudia la delincuencia y sus factores de riesgo, el delincuente y su conducta delictiva o desviada, la forma de re-socialización, la víctima y su posición en la dinámica del delito, las formas de victimización, el control social de la delincuencia y su eficacia para combatir el problema de la delincuencia.
- Criminología Positivista: Atribuye la culpa de la delincuencia a la persona.
- Criminología Crítica: Atribuye la culpa de la delincuencia a la sociedad.
- Ramas de la Criminología:
- Biología Criminal (antropología criminal, psicología criminal, endocrinología criminal)
- Sociología Criminal
- Medicina Forense: Conjunto de técnicas de investigación criminal que utiliza conocimientos de diversas áreas para descubrir la verdad sobre la existencia y circunstancias de un acto criminal. Estudia los agentes vulnerantes, las lesiones, las causas de muerte, aspectos médico-legales de las relaciones carnales, la violencia, la identificación de personas, entre otros.
- Psicología Judicial: Estudia los aspectos legales del testimonio psicológico, el testimonio de los niños, los procesos mentales de la captación, la retención (memoria) y la reproducción de los acontecimientos, el papel de la emoción en los sujetos procesales, la psicología de los acusados.
El Enlace de las Ciencias Penales con la Filosofía, la Historia y la Política
El fenómeno jurídico puede ser considerado bajo tres aspectos o dimensiones:
- Dimensión del Hecho: Objeto de estudio de la Sociología del Derecho. Se relaciona con el problema de la eficacia de la ley.
- Dimensión de la Norma: Objeto de estudio de las Ciencias del Derecho. Se refiere al problema de la validez de la norma.
- Dimensión del Valor: Objeto de estudio de la Filosofía del Derecho. Se relaciona con el problema de los fundamentos de la ley.
Concepto Causal de Delito y la Influencia del Positivismo (Siglo XIX)
El concepto causal de delito, influenciado por el positivismo, recibió dos críticas principales:
- Creer que el conocimiento de la realidad “pre-legal” era suficiente para resolver los problemas de la realidad jurídica.
- El formalismo causal, que consideraba suficiente enmarcar el hecho natural en un estado de derecho para hacer “justicia”.
Evolución del Derecho Penal
La humanización y racionalización del derecho penal se observa en:
- El control de la violencia por la limitación y prohibición de la venganza.
- La creciente separación entre el derecho y la religión.
- La sustitución de la justicia privada por la justicia pública.
- El abandono de castigos terribles como la pena de muerte y la mutilación.
- El reconocimiento de las garantías individuales frente al poder punitivo del Estado.
Líneas de Evolución del Derecho Penal:
- Aparición de un derecho penal no punitivo, de intervención, menos severo y estigmatizante.
- Aparición de un derecho penal de dos velocidades: uno con penas de cárcel y otro con penas menos severas.
- Aparición de un derecho penal de tercera velocidad: intervención máxima para los “enemigos del Estado” y mantenimiento de garantías mínimas para los ciudadanos.
Ejemplo de la Interacción entre Criminología, Política Criminal y Derecho Penal: La Ley Maria da Penha
- Momento Explicativo (Criminología): La criminología estudia la violencia de género y la violencia doméstica, revelando la discriminación social contra las mujeres.
- Momento de Toma de Decisiones (Política Criminal): La Ley Maria da Penha elige una política criminal de protección a las mujeres frente a la violencia de género.
- Momento Instrumental (Derecho Penal): La Ley Maria da Penha aumenta las penas para la violencia doméstica y crea mecanismos para prevenirla y combatirla.
Penalización, Despenalización, Penalidad y Despenalización
- Penalización: Aumento de la severidad de las penas o la criminalización de conductas. Se identifica con movimientos intervencionistas y modelos autoritarios.
- Despenalización: Eliminación del carácter delictivo de ciertos hechos o su consideración como delitos menores. Se identifica con movimientos no intervencionistas y modelos liberales.
- Penalidad: Aumento de las penas a través de la legislación o la interpretación judicial. Se identifica con movimientos intervencionistas.
- Despenalización: Uso de medidas alternativas a la pena de prisión, como la sustitución por penas pecuniarias o la suspensión de la ejecución de la pena. No se elimina el carácter delictivo del hecho. Se identifica con movimientos no intervencionistas.