Casos Prácticos sobre Funcionarios y Delitos
1. ¿Puede ser considerado funcionario a efectos penales una persona cuyo nombramiento es anulado por los tribunales por carecer de la titulación requerida para el cargo?
Por disposición inmediata de ley, quien realice funciones públicas careciendo de este requisito no es funcionario a efectos penales. No obstante, ello no implica que en ocasiones el Código Penal otorgue la cualidad de funcionario al particular que realiza determinadas funciones. Cuestión distinta es la del funcionario de hecho, expresión que comprende a quien, habiendo sido nombrado o elegido legalmente, no reúne las condiciones necesarias para ello. En este caso, el así nombrado es funcionario a efectos penales, pudiendo cometer los delitos de malversación, de violación de secreto, etc.
2. ¿Comete prevaricación administrativa como coautor el letrado asesor de la Universidad que aconseja al Rector la adopción de una resolución injusta?
En la doctrina se entiende que un informe no es una resolución y, por lo tanto, que quien lo emite no puede ser considerado autor de prevaricación, sin que ello excluya una eventual responsabilidad a título de partícipe. En la jurisprudencia se adopta la misma postura, salvo que se trate de informes vinculantes.
3. ¿Qué delito comete el funcionario municipal encargado del Padrón que no emite el certificado de empadronamiento solicitado en tiempo y forma por un particular, que lo necesitaba para pedir una subvención?
Cabe la posibilidad de cometer un delito de prevaricación por omisión. La cuestión radica en si consideramos el certificado de empadronamiento como una resolución. Si se considera un acto administrativo que supone una declaración de voluntad de contenido decisorio que afecte a los derechos de los administrados, sea expresa o tácita, oral o escrita, ponga o no fin al procedimiento, ya que sin el certificado de empadronamiento no puede pedir la subvención.
En la jurisprudencia se admite la realización del tipo por omisión cuando es imperativo realizar una determinada actuación administrativa, es decir, cuando debía dictarse la resolución para permitir a un particular el ejercicio de un derecho o para dejar sin efecto una restricción cuyos presupuestos han desaparecido.
Ahora bien, si el certificado de empadronamiento se entiende como un informe, la doctrina entiende que un informe no es una resolución y, por lo tanto, que quien lo emite no puede ser considerado autor de prevaricación. En todo caso, sería una conducta imprudente que puede dar lugar a sanción de tipo disciplinario y de responsabilidad civil. De todas maneras, habría que saber las causas del por qué no emitió dicho certificado.
4. ¿Comete delito de infidelidad en la custodia de documentos el funcionario de policía que destruye una denuncia para encubrirse, aunque no lo consiga porque el particular haya guardado copia?
Según relata el art. 413 del Código Penal, la autoridad o funcionario público que, a sabiendas, sustrajere, destruyere, inutilizare u ocultare, total o parcialmente, documentos cuya custodia le esté encomendada por razón de su cargo.
Habría que tener en cuenta si el sujeto tiene encomendada específicamente la custodia de estos documentos para imputar este delito.
Si fuera el funcionario encargado de la custodia entiendo que sí, sino no.
Casos Prácticos sobre Delitos Judiciales
1. ¿Qué delito/s comete el juez que mantiene a un ciudadano durante tres meses en prisión provisional sin celebrar la comparecencia previa prevista en la LECrim?
Puede incurrir en un delito de prevaricación judicial imprudente, negativa a juzgar del art. 448 del Código Penal, que castiga al Juez o Magistrado que se negase a juzgar, sin alegar causa legal, o sobre pretexto de oscuridad, insuficiencia o silencio de la Ley, y al mismo tiempo en un retardo malicioso del art. 449 del Código Penal. Se entenderá por malicioso el retardo provocado para conseguir cualquier finalidad ilegítima.
2. ¿Qué delito comete el juez de vigilancia penitenciaria que retrasa la concesión de permisos a reclusos mediante la exigencia de trámites no previstos en la legislación penitenciaria?
Puede incurrir en un delito de prevaricación judicial imprudente, retardo malicioso del art. 449 del Código Penal. Se entenderá por malicioso el retardo provocado para conseguir cualquier finalidad ilegítima.
3. ¿Es compatible la apreciación de riesgo propio en el delito de omisión del deber de impedir determinados delitos con la eximente de estado de necesidad? ¿Y con la eximente de miedo insuperable?
El precepto exige además la capacidad de impedir el delito sin riesgo propio o ajeno. No es necesario, pues, acudir a la eximente de estado de necesidad para resolver estos casos.
En el caso del miedo insuperable sí, ya que dicha omisión puede estar motivada por el miedo insuperable.
4. ¿Es aplicable el artículo 454 a quien no sólo encubre a su pariente, sino también a otros intervinientes en el mismo hecho?
Sí, y también es aplicable al que, con conocimiento de la comisión de un delito y sin haber intervenido en el mismo como autor o cómplice, interviniere con posterioridad a su ejecución, de la siguiente manera: auxiliando a los autores o cómplices para que se beneficien del provecho, producto o precio del delito, sin ánimo de lucro propio.
Casos Prácticos sobre Delitos contra la Administración Pública
5. ¿En qué delito o delitos incurre el funcionario de policía que, sabiendo por su cargo que al día siguiente se realizará una operación policial contra una red de traficantes de droga, avisa al jefe de la red a cambio de una recompensa en especie (200 gramos de cocaína)?
Nos encontraríamos ante un delito de uso indebido de secreto o información privilegiada, art. 422 del Código Penal: La autoridad o funcionario público que haga uso de un secreto del que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo, o de una información privilegiada, con ánimo de obtener un beneficio económico para sí o para un tercero.
Y un delito de cohecho pasivo del art. 419 del Código Penal: La autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, solicitare o recibiere, por sí o por persona interpuesta, dádiva o presente o aceptare ofrecimiento o promesa para realizar en el ejercicio de su cargo una acción u omisión constitutivas de delito.
6. ¿Qué delito comete el guardia civil que cobra una multa de tráfico y no ingresa su importe en la caja pública, quedándose con el dinero? ¿Y el funcionario de correos que se queda con un cheque al portador enviado en una carta a un particular?
En el caso del Guardia Civil incurriría en un delito del art. 433 del Código Penal, donde se incluyen todos los tipos de malversación cuyo sujeto activo es un funcionario o autoridad y su objeto material caudales o efectos públicos propiamente dichos, debiendo existir una especial relación del sujeto activo con el objeto material. Por caudal o efecto se entiende cualquier objeto o cosa mueble, dinero, efectos negociables, etc., con valor económico apreciable. El carácter público se determina por la pertenencia de los bienes a la Administración, pudiendo decirse que tal pertenencia comienza desde el momento en que la Administración tiene derecho a la entrega de los caudales, aunque aún no hayan ingresado formalmente en sus arcas. En este caso, el funcionario recibe el dinero para ingresarlo en las arcas públicas y no lo hace.
En el caso del funcionario de correos nos encontraríamos ante un delito de apropiación indebida, ya que son bienes privados manejados provisionalmente por la Administración.
7. ¿Comete delito de desobediencia el alcalde que se niega a dar curso a una orden de la subdelegación del Gobierno cuando está en disputa a quién pertenece la competencia?
No hay delito. El incumplimiento tiene por objeto resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la Autoridad superior, siempre que se hayan dictado dentro de los límites de su respectiva competencia y revestidas de las formalidades legales. En este caso, sí que habría delito si son, sin duda, atípicas las desobediencias a las decisiones de la autoridad competente que no estén dictadas dentro de los límites de su respectiva competencia y revestidas de las formalidades legales. El artículo 410.2 se refiere, por tanto, a las decisiones que, teniendo estas cualidades, son, sin embargo, una infracción manifiesta, clara y terminante de un precepto de ley o de cualquier otra disposición general.
8. ¿Para castigar por delito del artículo 412.1 es necesario que la autoridad requirente sea superior jerárquico del funcionario o autoridad requerido?
No es necesario. El principio de coordinación de funciones obliga a los funcionarios a cooperar con las autoridades que les requieran auxilio dentro de sus competencias y con las formalidades que procedan. No es necesaria una vinculación orgánica o jerárquica entre la autoridad y el funcionario requerido, bastando que la primera sea competente y el segundo tenga el deber de colaborar. Tiene que haber existido requerimiento por parte de la autoridad competente, y éste debe reunir ciertas exigencias de forma.
Casos Prácticos sobre Delitos contra la Administración de Justicia
5. ¿Comete falso testimonio el imputado en el proceso que declara en falso?
No, no pueden ser sujetos activos las personas que aparecen como imputadas o acusadas en el proceso penal, porque les asiste el derecho fundamental a no declarar y a no confesarse culpables (artículo 24.2 CE), por lo que están libres de todo reproche cuando declaran falsamente para evitar la autoinculpación.
6. ¿Puede considerarse incomparecencia injustificada a los efectos del delito del artículo 463 un supuesto de urgencia odontológica del abogado defensor que no se comunicó con antelación al tribunal?
Habría que valorar si dicha causa es justa, es decir, tiene la entidad suficiente. Si no fuera así, sería un delito de omisión pura. Pero al parecer en este caso existe justa causa, ya que sería un supuesto de justificación tardía o de falta de comunicación de la imposibilidad de comparecer y esta no se comunica puntualmente al tribunal.
7. ¿Puede afirmarse que quebranta pena privativa de libertad el preso que no se reincorpora al centro penitenciario tras un permiso de salida?
Sí, sólo puede cometer la persona afectada en cada caso por la condena, se le aplica una modalidad atenuada, porque no se quebranta la condena superando las barreras de contención previstas para evitar que el condenado se sustraiga a la privación de libertad. En el ámbito subjetivo no parece necesaria una voluntad firme de sustraerse definitivamente al cumplimiento de la pena, incluso cuando exista ánimo de volver.
8. ¿Quebranta la pena accesoria de prohibición de aproximación el condenado por violencia de género que se acerca a la víctima por iniciativa de ésta?
Sí, el consentimiento de la víctima no priva de relevancia típica a la conducta de quebrantamiento, pues tratándose de medidas de seguridad o penas no son disponibles ni renunciables por la víctima. Tratándose de medidas cautelares, la cuestión cambia, ya que la decisión de la víctima de consentir el acercamiento acredita la innecesariedad de la protección.