La Integración Europea y el Derecho Comunitario

La Integración Europea

Finales del Siglo XX

El objetivo principal de los Estados al unirse para formar la Comunidad Europea fue la búsqueda de la paz. Esta propuesta, revolucionaria en su momento, ha beneficiado a España notablemente, especialmente en el ámbito económico.

La Unión Europea: Una Comunidad Supranacional

La Unión Europea (UE) es una comunidad supranacional de Estados de derecho, fundada en el principio de confianza mutua entre sus miembros. En sus inicios, Francia y Alemania, protagonistas de las guerras mundiales, impulsaron este proyecto con el objetivo común de crear un espacio de intereses económicos compartidos.

El Origen de la Integración

La Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA), creada en 1951 mediante el Tratado de París, fue el primer paso hacia la integración. Seis años después, el Tratado de Roma estableció la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom) y la Comunidad Económica Europea (CEE). En 1958, el Parlamento Europeo se reunió por primera vez, marcando el inicio de las instituciones comunitarias.

Expansión y Consolidación

En la década de 1980, Grecia (1981), España y Portugal (1986) se adhirieron a la Comunidad Europea. La entrada de España coincidió con la consolidación de su transición democrática. La Comunidad Europea se configuró como una entidad de derecho, exigiendo a sus miembros el cumplimiento de estándares democráticos.

En 1986, se firmó el Acta Única Europea, que reformó el Tratado de Roma. El Tratado de Maastricht (1992) creó la ciudadanía europea, otorgando derechos adicionales a los ciudadanos de los Estados miembros.

La Ciudadanía Europea y el Derecho Español

El Tribunal Constitucional (TC) español declaró en 1992 una contradicción entre el artículo 8 del Tratado de Maastricht y el artículo 13 de la Constitución Española, referente al sufragio. Posteriormente, en 2004, el TC declaró la inexistencia de incompatibilidad entre la Constitución y el Tratado. La ciudadanía europea complementa, no reemplaza, la ciudadanía nacional.

Ampliación y Profundización

En 1995, Suecia, Finlandia y Austria, entre otros, se unieron a la UE, eliminándose las fronteras internas. El Tratado de Ámsterdam (1997) amplió los derechos de la ciudadanía europea. El Tratado de Niza (2000) introdujo la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, un catálogo de derechos comunes inspirado en las constituciones de los Estados miembros.

A partir del año 2000, diez nuevos Estados se incorporaron a la UE. En 2002, el euro entró en circulación en doce países. Aunque el proyecto de Constitución Europea (2003) no prosperó, parte de su contenido se incorporó al Tratado de Lisboa (2007), junto con la Carta de Niza. Este Tratado introdujo nuevas instituciones y otorgó función legislativa al Parlamento Europeo.

Crisis y Consolidación Fiscal

La crisis económica y financiera de 2009 marcó un punto de inflexión. La UE se centró en la estabilidad presupuestaria, creando el Mecanismo Único de Supervisión y el Mecanismo Único de Resolución para prevenir futuras crisis. El Mecanismo Europeo de Estabilidad inyectó fondos en los países afectados, aumentando la supervisión fiscal.

El Futuro de la Integración

El proceso de integración continúa, con la adhesión de países como Croacia en 2013. Persisten desafíos, como la articulación de los ordenamientos jurídicos en un sistema multinivel. Las constituciones nacionales establecen los procedimientos para la adhesión a organizaciones supranacionales, cediendo competencias en su ejercicio, pero no en su titularidad (artículo 93 de la Constitución Española).

Relaciones entre Ordenamientos Jurídicos

La integración europea implica la coexistencia de dos sistemas jurídicos: el nacional y el supranacional. El derecho originario (tratados) y el derecho derivado (reglamentos, directivas, decisiones) conforman el derecho comunitario. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) garantiza la primacía del derecho comunitario sobre el nacional.

El Principio de Primacía

El principio de primacía del derecho comunitario, establecido por el TJUE, implica el desplazamiento del derecho nacional en caso de conflicto. Este principio obliga a todos los operadores jurídicos, especialmente a los tribunales. Las cuestiones prejudiciales permiten resolver dudas sobre la aplicación del derecho comunitario.

El TJUE ha desarrollado el principio de primacía en su jurisprudencia (Van Gend and Loos, 1963; Costa vs. ENEL, 1964). Este principio afecta tanto a las leyes anteriores como a las posteriores a la entrada en vigor del Tratado. La primacía del derecho comunitario se extiende incluso a las normas constitucionales.

La jurisprudencia del TJUE (Nold II, Simmenthal II, Comisión Europea vs. Bélgica) ha consolidado el principio de primacía, con carácter absoluto, independientemente de la naturaleza de la norma nacional. La Declaración 13 de diciembre de 2004 aborda la relación entre la primacía del Derecho de la Unión Europea y la supremacía de la Constitución Española.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *