Representación de los Trabajadores
1) Perspectivas sobre los Representantes de los Trabajadores en el Estatuto de los Trabajadores
Cuando una empresa tiene una dimensión laboral considerable, es esencial que los trabajadores cuenten con representantes que defiendan sus intereses ante el empresario. El Estatuto de los Trabajadores contempla a estos representantes desde cinco puntos de vista:
Perspectiva Orgánica:
Los órganos de representación son los delegados de personal y los comités de empresa, elegidos por y entre los trabajadores. En centros con 50 o más trabajadores se elige un comité de empresa, mientras que en aquellos con más de 5 y menos de 50 se eligen 1 o 3 delegados de personal.Perspectiva Competencial:
El artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores define las funciones de los comités de empresa y los delegados de personal, aunque omite su capacidad para negociar convenios colectivos de empresa.Perspectiva Procedimental y Procesal:
Estos representantes pueden ejercer acciones administrativas o judiciales en su ámbito de competencia, incluyendo la posibilidad de iniciar un proceso laboral especial de conflicto colectivo.Perspectiva Protectora o Tutiva:
El artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores establece medidas de protección para los representantes, pero no menciona su derecho de opción entre readmisión y extinción indemnizada del contrato en caso de despido improcedente.Perspectiva Temporal:
El mandato de los delegados de personal y miembros del comité de empresa es de cuatro años.
Sindicatos y su Clasificación
1) Categorías de Sindicatos según su Audiencia Electoral
Según su audiencia electoral, los sindicatos en España se clasifican en tres categorías:
Sindicatos Más Representativos:
Aquellos con el 10% o más del total de representantes (CCOO y UGT a nivel nacional). A nivel autonómico, requieren el 15% de los representantes y un mínimo de 1500 (ejemplos: CIG, ELA y LAB).Sindicatos Simplemente Representativos:
Obtienen el 10% o más de los representantes en un ámbito territorial y funcional específico, como un sector productivo o una empresa concreta.Sindicatos No Representativos:
Todos los demás sindicatos que no cumplen con los criterios anteriores.
2) Fuentes de Financiación de los Sindicatos Españoles
Las principales fuentes de financiación de los sindicatos españoles son:
- Cuotas de los afiliados: Constituyen la fuente principal, aunque no suelen ser suficientes para cubrir todas las funciones sindicales.
- Fondos adicionales: Provienen principalmente de subvenciones de las Administraciones Públicas (Estado, CCAA, etc.), otorgadas en proporción a la representatividad. Esto ha generado debate sobre la posible influencia del gobierno en los sindicatos.