Tipos de Sistemas Jurídicos Penales
Inquisitivo, Acusatorio y Mixto
Reforma Constitucional de 18 de Junio de 2008
Fundamento Principal del Sistema Acusatorio y Oral (Art. 20 Constitucional)
Etapas del Sistema Procesal Penal
Investigación
Fase de Investigación Inicial: Comienza con la presentación de la denuncia o querella y concluye cuando el imputado queda a disposición del juez de control para que se le formule imputación.
Fase Complementaria: Desde la formulación de la imputación y se agota una vez que se haya cerrado la investigación.
Intermedia
Comprende desde la formulación de la acusación hasta el auto de apertura del juicio. Se divide en parte escrita y parte oral; audiencia inicial, escrito inicial y oralidad.
Juicio
Es desde que se recibe el auto de apertura a juicio hasta la sentencia emitida por el tribunal de enjuiciamiento. Dividida en: Alegatos de apertura, Desahogo de pruebas, audiencia final y sentencia.
Principios Constitucionales
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El proceso penal podrá ser presenciado por terceros, es decir, será público, esto bajo algunas excepciones.
Contradicción
Las partes debaten los hechos y argumentos jurídicos de su contraparte, así como controvertir medios de prueba.
Concentración
Lograr el debate procesal en pocas audiencias y llevar a cabo el mayor número de cuestiones en el mínimo de actuaciones.
Continuidad
La realización del trámite procesal de manera ininterrumpida o sin lapsos de tiempo tan grandes. Sin embargo, el proceso se puede ver interrumpido, esto declarado por el juzgador por alguna razón de extrema necesidad y en un tiempo mínimo de 10 días.
Inmediación
Exige la presencia del juzgador, de las partes y demás intervinientes, específicamente en lo que concierne a la exposición de alegatos, a la práctica de desahogo de pruebas y la formulación de alegatos y conclusiones finales.
Estructura de los Alegatos
Tema, teoría fáctica, teoría probatoria, fundamentos jurídicos y conclusión.
Orden de la Exposición de Alegatos
Ministerio Público, Víctima, Asesor Jurídico, Defensa e Imputado.
Imputado – Acusado – Sentenciado
Derechos del Imputado
Principio de presunción de inocencia, a declarar o guardar silencio, a que se le informe los hechos que se le imputan y sus derechos, a que se le reciban sus pruebas y testigos, derecho a una defensa adecuada.
Derechos de la Víctima
Recibir asesoría jurídica, coadyuvar con el Ministerio Público, atención médica y psicológica, que se le repare el daño, a solicitar las medidas cautelares y providencias necesarias para la protección y restitución de sus derechos.
Medidas Cautelares
Exhibición de una garantía económica, embargo de bienes, inmovilización de cuentas y demás del sistema financiero, prohibición de salir del país, separación inmediata del domicilio, prisión preventiva.
Actas de la Carpeta de Investigación
Aviso de hechos delictivos, denuncia o querella verbal, entrevista de testigos, inspección del lugar de los hechos, levantamiento del cadáver, certificado de lesiones.
Diligencias Especiales
Autopsia, identificación de cadáver, curación de las lesiones al instante de la víctima, intervención de peritos en muerte por intoxicación, muerte por incendio y falsificación de documentos.
Actuaciones que no Requieren Autorización
Inspección del lugar del hecho o del hallazgo, inspección de personas, revisión corporal, levantamiento e identificación del cadáver, reconocimiento de personas, entrevistas de testigos.
Cadena de Custodia
Localización de evidencia física, identificar la evidencia o elementos materiales probatorios, recolectar, levantar, embalar y etiquetarlos, responsabilidad y supervisión del Ministerio Público, preservación, registro e identificación, resguardo y conservación.
Requisitos del Peritaje
Descripción del objeto de estudio, relación circunstanciada de sus operaciones practicadas y su resultado, conclusiones que formule con base en la ciencia o reglas de su oficio, conclusiones de cada tema por separado, escrito y firma del perito junto con la fecha de presentación.
Actuaciones que sí Requieren Autorización
Exhumación, cateo, intervención de comunicaciones privadas, intervención y retención de correspondencia.
Flagrancia
Autorización de que cualquier persona puede detener a una persona en el momento del delito o inmediatamente después.
Caso Urgente
Requisitos: que se trate de delitos graves determinados por la ley, que exista riesgo de que el indiciado pueda sustraerse de la justicia y cuando no se pueda acudir ante la autoridad por razones de hora, lugar o circunstancias.