Determinación de la Pena en el Derecho Penal Español

1. Configuración del Marco Penal Abstracto

Es la pena que aparece en el precepto, pena del tipo (PT). Ej.: pena de 10 a 15 años de prisión (delito de homicidio).

2. Configuración del Marco Penal Concreto

a) Aplicación de Reglas por el Grado de Desarrollo o de Ejecución

  • Consumación: igual pena, es decir, ni se sube ni se baja grado (art.61).
  • Tentativa (art.16): pena inferior en 1 o 2 grados, en atención al peligro inherente al intento y al grado de ejecución alcanzado (art.62).

b) Aplicación de Reglas por la Forma de Participación o Grado de Intervención

  • Autoría (art.28)5: igual pena, es decir, ni se sube ni se baja grado (art.61). También inductor y cooperador necesario.
  • Complicidad (art.29): pena inferior en 1 grado (art.63).

c) Aplicación de Reglas por Circunstancias Modificativas

Extraordinarias:
  • Eximentes incompletas (21.1ª): obliga a bajar 1 o 2 grados (art.68)6.
  • Dos o más atenuantes o una o varias muy cualificadas, sin agravantes: obliga a bajar 1 o 2 grados (66 r.2ª).
  • Tres o más agravantes, sin atenuantes: no obligatorio, pena superior en su mitad inferior (66 r.4ª). (se sube un grado y se hace mitad inferior).
  • Concurrencia de reincidencia cualificada (+de 3 veces): facultativo, pena superior en toda su extensión (66 r.5ª).
Ordinarias:
  • No concurrencia de circunstancias: se puede recorrer toda la extensión del marco penal (66 r.6ª).
  • Una sola atenuante: pena en su mitad inferior (66 r.1ª).
  • Una o dos agravantes: pena en su mitad superior (66 r.3ª).
  • Concurrencia de atenuantes y agravantes: compensación racional (66 r.7ª), pudiéndose, en principio, recorrer toda la extensión del marco penal, aunque si predomina con especial intensidad el sentido atenuatorio, se aplica la pena inferior en grado, y si predomina con especial intensidad el sentido agravatorio, se aplica la pena en su mitad superior.

3. Determinación de la Penalidad Exacta: Pena(s) Principal(es), Sustitutiva(s), Accesoria(s) y Subsidiaria(s)

a) Una vez concretado el marco penal, el juez debe individualizar completamente la(s) pena(s) principal(es) teniendo en cuenta las circunstancias personales del delincuente, la gravedad del hecho y el número y valor de las atenuantes y agravantes que concurran en el delito.

b) Si la pena exacta principal es de prisión inferior a 3 meses, debe sustituirse por multa, trabajos en beneficio de la comunidad (TBC) o localización permanente (LP) (art.71.2). Módulos de conversión: 1 día de prisión = 2 días-multa o una jornada TBC o un día de LP8.

c) Deben imponerse expresamente, en su caso, las penas accesorias pertinentes (cuando la pena principal es de prisión o en determinados delitos: arts.54 y ss.).

  • Si ppal. Prisión ≥10 años, accesoria de inhabilitación absoluta (IA), con duración la de la ppal., salvo que la IA esté prevista también como ppal. (art.55).
  • Si ppal. Prisión <10 años, alguna o varias de las accesorias siguientes, con duración la de la ppal.: suspensión, inhabilitación especial para derecho de sufragio pasivo u otra Inhabilitación Especial si el derecho del que se priva tiene relación con delito cometido (art.56).
  • En determinados delitos, se puede imponer como pena accesoria privación del derecho a residir en determinados lugares…, prohibición de aproximarse a la víctima… o prohibición de comunicarse con la víctima…9 (cfr. art.57 para determinar los delitos que pueden dar lugar a su imposición y la duración de estas penas accesorias).

d) Si figura como principal una multa y el reo no pudiera pagarla, hay que establecer la pena subsidiaria10 (responsabilidad personal subsidiaria por impago de multas (RPSIM)) correspondiente (art.53).

  • Si la multa se ha impuesto según sistema días-multa: RPSIM: 2 cuotas diarias insatisfechas = 1 día de privación de libertad (puede cumplirse en régimen de LP en caso de delitos leves). También se puede cumplir mediante TBC: 1 día de privación de libertad = 1 jornada de trabajo.
  • Impago de multa proporcional: RPSIM: prisión o TBC ≤ 1año; extensión concreta según arbitrio judicial.

– Pena accesoria: solo para pena de prisión. Arts 54, 55, 56. Generalmente tiene igual duración que la principal. También se pueden imponer en virtud de los delitos del art 57 y 48. Para asegurar poner ·Derecho de sufragio pasivo.

– Inhabilitación absoluta puede ser principal o accesoria. Será siempre accesoria para penas de + 10 años de prisión salvo que ya sea principal. No se recupera cargo.

– Inhabilitación especial se define que cargos se suprimen y tampoco se recupera al cumplir condena.

– Días multa art 50. De 10 días a 2 años. Cuota min. 2€ y max 400€ por día. 1 mes = 30 días. 1 año = 360. El pago puede realizarse dentro de un plazo de 2 años. Impago de dos plazos = vencimiento del resto.

– Pena superior en grado: lim min. Max de la pena inicial +1dia/ lim max. Max pena inicial más su mitad.

-Pena inferior en grado: lim max: min pena inicial -1dia/ lim min. Minimo de la pena inicial menos su mitad

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