1. Concepto y Clasificación del Contrato
El contrato es un acuerdo de voluntades que crea derechos y obligaciones. Se trata de un negocio jurídico bilateral. En el trasfondo de todo contrato hay una conventio, un acuerdo o consenso entre las partes. Sin embargo, no todas las obligaciones derivadas de un contrato provienen de la conventio.
La clasificación prototípica de los contratos, proveniente de las Instituciones de Gayo, es la siguiente:
- Consensuales
- Reales
- Formales:
- Verbales
- Literales
El hecho del que derivan los derechos y obligaciones diferencia a cada tipo de contrato.
2. Contratos Formales, Reales y Consensuales
2.1. Contratos Consensuales
En los contratos consensuales, los derechos y obligaciones derivan del propio acuerdo. Los cuatro contratos consensuales del derecho romano clásico son:
- Compraventa
- Arrendamiento
- Contrato de sociedad
- Mandato
Ejemplo: En la compraventa, las partes acuerdan la cosa y el precio. Este acuerdo perfecciona el contrato y genera derechos y obligaciones.
2.2. Contratos Reales
En los contratos reales, los derechos y obligaciones surgen de la datio rei (entrega de la cosa), no del acuerdo. Los tres contratos reales fundamentales son:
- Mutuo: préstamo de dinero o cosa consumible.
- Comodato: préstamo de cosa no consumible (préstamo de uso). El comodatario puede usar la cosa, a diferencia del depositario.
- Depósito: acuerdo para custodiar o guardar una cosa.
- Prenda
2.3. Contratos Formales
En los contratos formales, los efectos jurídicos dependen de la correcta observación de la formalidad. Los derechos y obligaciones surgen de la forma.
- Verbales: la forma es oral (ej. stipulatio).
- Literales: la forma es escrita.
2.4. Contratos Unilaterales y Bilaterales
Un contrato unilateral genera obligaciones para una sola parte (ej. comodato: el comodatario debe conservar y restituir la cosa).
Un contrato bilateral o sinalagmático genera obligaciones recíprocas para ambas partes.
3. El Cuasicontrato: Negotiorum Gestio y Enriquecimiento Injustificado
Los cuasicontratos son obligaciones que, aunque no son contratos, producen efectos similares. Carecen de consentimiento, requisito fundamental de los contratos.
3.1. Gestión de Negocios (Negotiorum Gestio)
La negotiorum gestio ocurre cuando una persona (gestor) gestiona voluntariamente los negocios de otra (dominus negotii) sin mandato. Esta relación obligatoria es análoga al mandato, pero es un cuasicontrato porque falta la conventio.
El gestor debe rendir cuentas y el dominus debe reembolsar los gastos.
3.2. Enriquecimiento Injustificado
El enriquecimiento injustificado ocurre cuando una persona incrementa su patrimonio a costa de otra sin causa jurídica. El enriquecido se convierte en deudor del que sufrió el detrimento patrimonial, en una obligación quasi ex contractu. Es análogo al mutuo, pero en forma de cuasicontrato.