El Mercado Interior de la UE
La UE se creó para crear un mercado interior, que fue uno de los mayores éxitos de la Constitución europea. El mercado interior implica que el mercado sea unido, es decir, que se forme un único mercado sin obstáculos como, por ejemplo, el de EEUU. La libertad económica que caracteriza el mercado interior se basa en la libre circulación de mercancías, personas, capital y servicios.
Mercancías
Cualquier producto industrial producido en un Estado miembro o producido en un tercer Estado no miembro de la UE puede circular libremente. Pueden haber discriminaciones de productos, pero se han de justificar.
Personas
Implica que los nacionales de los Estados miembros pueden desplazarse entre los Estados miembros y ejecutar una actividad económica en cualquier Estado miembro, lo que implica el derecho a residir. Solo se puede considerar como turista si su estancia no supera los 3 meses, por lo tanto, si quiero fijar mi residencia debo realizar una actividad económica, ser contribuyente y no una carga social, o demostrar que tengo recursos suficientes para residir en ese país.
Orden Público
Un Estado miembro que considere que un extranjero es un peligro para su orden público puede decidir su retorno. Se aplica en supuestos muy específicos.
Prestación de Servicios
Prestación de servicios remunerables, actividades económicas independientes. Por lo que se deben prestar los servicios a nivel europeo sin que haya discriminaciones.
El Derecho Derivado de la UE
El derecho derivado es el conjunto de normas que las instituciones de la Unión adoptan para cumplir con los objetivos y las exigencias de los tratados de la UE. Las fuentes normativas típicas del derecho derivado se encuentran en el Art. 289 TFUE. Esta composición tipifica 3 actos distintos:
1. Reglamento (Art. 289 TFUE)
El reglamento tendrá alcance general, será obligatorio en todos sus elementos y será directamente aplicable.
1.1 Acto de carácter general
En tanto que el reglamento establece un régimen de obligaciones y derechos que obliga en toda la UE a todos los Estados miembros y todas las personas que entren en el ámbito de aplicación del reglamento.
1.2 Obligatorio en todos sus elementos
Significa que el Estado, todos los Estados miembros de la Unión, no pueden llevar a cabo una aplicación parcial o selectiva del contenido del reglamento. El reglamento se ha de acatar íntegramente. El Estado, frente al reglamento, debe aplicarlo. El Estado no puede incluir ningún elemento de discrecionalidad, el Estado tiene prohibido adoptar leyes para transponer un reglamento, pero sí tiene ámbito aplicativo.
1.3 Directamente aplicable
Supone que una persona puede reclamar los derechos que un reglamento concede desde el momento de su entrada en vigor. Un reglamento entra en vigor desde el mismo momento en que se dispone en el propio reglamento.
- Reglamentos comparables a una ley y de ejecución.
- Los reglamentos son las normas habituales en las competencias exclusivas de la UE.
2. Directiva
Se dirige a los Estados miembros. Impone a los Estados un objetivo alcanzable en un plazo y deja a los Estados libertad en el plano de los medios y las formas para alcanzar el resultado.
- Libertad de formas: Los Estados, de acuerdo con su ordenamiento jurídico, determinan si la transposición de la directiva se hará mediante ley, decreto o reglamento. Por tanto, es el derecho interno quien decide si se utilizará una directiva, ley, decreto o reglamento para alcanzar el objetivo.
- Libertad de medios: La directiva establece los medios y el Estado puede elegir introducir mecanismos adecuados para alcanzar el objetivo.
Está claro que la directiva exige una norma de transposición, que es la norma general que el Estado adopta para el logro del objetivo de la directiva (caso opuesto al reglamento).
¿La directiva tendrá aplicabilidad directa? No, porque es una norma incompleta que, por definición, necesita normas de desarrollo para poder aplicarse.
Ámbitos competenciales donde encontramos directivas: competencias compartidas.
La directiva da más margen al Estado, da más autonomía, todo lo contrario al reglamento. La directiva es un instrumento de armonización.
Ej. de reglamento: prohibición en el ámbito de pesca, 2003 se prohíbe importaciones. Mercancías sospechosas de ser copias o falsificaciones, ante la sospecha se debe incautar la mercancía.
3. Decisión (Art. 289 TFUE)
Es un acto de carácter particular, en un doble sentido:
- Regula una situación muy específica, muy concreta. Ej.: en su momento, la Comisión Europea decidió imponer una sanción a Microsoft por abuso de posición.
- Tiene un destinatario concreto. Ej.: cerrar la frontera ante ganado enfermo. Si hay ocasión de que se propague la enfermedad, se cierra el mercado.
Obligaciones y Derechos del Funcionario de la UE
Obligaciones:
- Imparcialidad respecto de cualquier posible presión exterior.
- Debe servir el interés general de la UE con lealtad a las instituciones generales y al interés general.
- Debe respetar la confidencialidad y los secretos respecto a documentos secretos.
- Debe abstenerse de cualquier conducta que pueda considerarse acoso y acoso sexual. El acoso está prohibido, la infracción de esta condición, la lealtad y el secreto también.
- Debe acatar las medidas de disciplina.
- Además, el funcionario debe velar por la salvaguardia de los intereses financieros de la Unión. Debe procurar que no resulten dañados, debe comunicar a su superior cualquier irregularidad que haya podido constatar y comunicar al funcionario superior que haya constatado una irregularidad en su superior.
Derechos:
- Derecho a la percepción de su salario.
- Igualdad de trato en términos de hombre y mujer a través de acciones positivas (no son discriminatorias) a fin de que exista igualdad sustantiva, sobre todo en puestos de dirección o en puestos de toma de decisiones.
- Goza de ventajas sociales: se abstienen de pagar el IRPF, IVA en la adquisición de coche o vivienda en los dos primeros años.
Falta de Disciplina
Si se incumplen las normas, en función de la gravedad, cabe la imposición de sanciones disciplinarias mediante apercibimiento y amonestaciones. Corresponde a la autoridad que lleva a cabo el nombramiento del funcionario. Si no la hay, se abre un consejo de disciplina, en este caso el funcionario puede presentar sus alegaciones, por lo que tiene derecho a defenderse. La sanción puede ser de menos grave a más grave, puede provocar el descenso dentro de una categoría que solo tiene un pacto salarial, reducción de categoría (de administrador a asistente) y expulsión del cuerpo con o sin derecho a pensión.