Contratos y Asociaciones Civiles en Derecho Mexicano

Contratos en Derecho Mexicano

Contrato de Prenda

Es un contrato de derecho real constituido sobre un bien mueble enajenable para garantizar y asegurar la obligación y su preferencia en el pago.

Características

  • Real: Para su perfección debe ser entregada la cosa.
  • Oneroso: Porque hay derechos y gravámenes.
  • Típico: Porque está regulado en ley.
  • Accesorio: Porque depende de otro documento para su existencia y validez.
  • Unilateral y bilateral.

Existencia

  • Consentimiento: Es el acuerdo de voluntades para la creación de obligaciones de dar, hacer y no hacer.
  • Objeto: Son derechos y obligaciones.
  • Objeto Indirecto: Consiste en la transmisión temporal del objeto dado en prenda.

Validez

  • Capacidad: La capacidad debe ser libre y no debe ser afectada por circunstancias como el dolo, error, violencia, mala fe.
  • Forma: Debe estar conforme a la ley, si no será nulo el contrato.
Derechos del Deudor
  • Conservar su derecho sobre la cosa mientras no sea ejecutada.
  • Si el acreedor usare o abusare de la cosa, puede el deudor reclamarla o defenderla contra un tercero.
Obligaciones del Deudor
  • Entregar la cosa al acreedor.
  • No reclamar la restitución hasta que se pague la deuda.
  • Pagar al acreedor o indemnizarle de los gastos realizados por éste en conservación de la cosa.

Asociaciones Civiles

Es un convenio entre dos o más personas el cual aportan algo común como capital, conocimiento, trabajo y esfuerzo para un fin común lícito y preponderantemente no económico.

Características

  • Formal: Porque debe constar por escrito.
  • Bilateral: Porque hay derechos y gravámenes.
  • Oneroso: Porque hay provechos y gravámenes.

Existencia

  • Consentimiento: Para la perfección del contrato debe haber la voluntad de los socios para realizar un fin lícito.
  • Objeto: Las asociaciones civiles pueden tener un fin político, científico, artístico y de recreo o cualquier otro, con la característica de que sea lícito.

Validez

  • Capacidad: Debe ser mayor de 18 años, tener plena capacidad mental y tener la capacidad para enajenar.
  • Forma: Constar por escrito y estar registrado en el Registro Público de la Propiedad.
Obligaciones de la Asociación Civil

Las obligaciones sociales estarán garantizadas subsidiariamente (quiere decir que primero se liquidarán los bienes de la sociedad y posteriormente deben ser ejecutados para el pago de las obligaciones) por la responsabilidad ilimitada (los socios responden con todos sus bienes personales del pago de las deudas y el cumplimiento de las obligaciones sociales).

Tipos de Socios
  • Socios capitalistas: Son los que aportan su capital.
  • Socios industriales: Son los que aportan su trabajo.
Requisitos del Contrato de Sociedad Civil

El contrato de sociedad debe contener:

  1. Los nombres y apellidos de los otorgantes que son capaces de obligarse.
  2. La razón social.
  3. El objeto de la sociedad.
  4. El importe del capital social y la aportación con que cada socio debe contribuir.

Sociedad Civil

El contrato de sociedad, los socios se obligan mutuamente a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización de un fin común de carácter preponderantemente económico.

Características

  • Oneroso: Porque hay provechos y gravámenes.
  • Formal: Porque debe celebrarse por escrito.
  • Bilateral: Porque hay derechos y obligaciones para ambas partes.

Existencia

  • Consentimiento: Es el acuerdo de voluntades para la creación de obligaciones para los contratantes.
  • Objeto: Debe estar en la ley y considerando en el acto de comercio.

Validez

  • Capacidad: Debe ser por escrito para su validez, y cuando se transfieran muebles se elevará a escritura pública.
  • Forma: La razón social, objeto de la sociedad, importe de capital social, nombre y apellidos de los otorgantes.
Obligaciones de la Sociedad Civil
  • Las obligaciones sociales: Estarán garantizadas subsidiariamente por la responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios que administren.
  • Los demás socios: Salvo convenio en contrario, solo estarán obligados con su aportación.
  • Los socios administradores: Responden de las obligaciones sociales, hasta con su patrimonio particular.
  • La responsabilidad ilimitada: Significa que los socios responden con todos sus bienes personales del pago de las deudas y el cumplimiento de las obligaciones sociales.
  • La responsabilidad solidaria: Significa que los acreedores de la sociedad pueden requerir al cumplimiento de las obligaciones de la sociedad a cualquiera de los socios siendo individualmente responsables.

Mandato

Es un contrato en donde el mandatario se obliga a ejecutar por parte del mandante los actos jurídicos que este le encarguen.

Características

  • Formal: Ya que debe celebrarse por escrito.
  • Consensual: Las partes tienen la voluntad para que no haya una formalidad.
  • Bilateral: Porque se crean derechos y obligaciones para ambas partes.
  • Oneroso: Porque hay derechos y gravámenes recíprocos.
  • Típico: Porque está regulado por la ley.

Existencia

  • Consentimiento: Se expresar su voluntad para contratar sea tácita o escrita.
  • Objeto: Estar directamente relacionado con la ejecución de un acto jurídico.

Validez

  • Capacidad: Deben tener una capacidad plena para contratar por parte de los sujetos que intervienen en el contrato.
  • Forma: Puede ser consensual o escrita dependiendo de la voluntad de las partes.
Derechos y Obligaciones del Mandante
  • Debe anticipar al mandatario las cantidades necesarias para la ejecución del acto encomendado.
  • De haberse erogado gastos por el mandatario debe reembolsarlos.
  • A efectuar los gastos de transportación, alimentos y hospedaje si así lo requiere el acto pero solo los indispensables.
Derechos y Obligaciones del Mandatario
  • Realizar el acto encomendado como si fuera propio.
  • Actuar con diligencia apegándose a la ejecución del acto.
  • A responder de los daños y perjuicios por su mala actuación.
  • No extralimitarse en las actuaciones de lo encomendado.

Juego y Apuesta

Es un contrato que no cede acción para reclamar lo que se gana en juego prohibido.

Características

  • Principal: Porque está regulado en la ley.
  • Bilateral: Porque hay derechos y obligaciones.
  • Oneroso: Ya que hay provechos y gravámenes.
  • Aleatorio: Porque hay un acontecimiento y futuro incierto para ambas partes.
  • Consensual: Ya que no hay una formalidad para su existencia.

Existencia

  • Consentimiento: El contrato es consensual porque las voluntades eligen de forma pactada.
  • Objeto: Derechos y obligación.
  • Objeto Indirecto: Son las ganancias o pérdidas (dinero, muebles e inmuebles) en juego de apuesta.

Validez

  • Capacidad: Es la libre disposición de los bienes en juego de apuesta y la plena capacidad de goce y ejercicio.
  • Forma: Es un contrato consensual porque las partes tienen la libertad absoluta de manifestar su voluntad.
Obligaciones de los Contratantes
  1. Observar las reglas propias del juego.
  2. El perdedor debe pagar al ganador lo apostado o jugado.

a) Lo perdido en juego prohibido no debe pagarse, si se pagó puede recuperarse y repartirse el 50% al perdedor y el otro 50% debe entregarse a la beneficencia pública.
b) Si el juego no es prohibido el perdedor no está obligado a pagar más de la vigésima parte de su patrimonio.

Compra de Esperanza

Se llama compra de esperanza al contrato que tiene por objeto adquirir, por una cantidad determinada, los frutos que una cosa produzca en el tiempo fijado, el vendedor tiene derecho al precio, aunque no lleguen a existir los frutos o productos comprados.

Características Principales

  • Es un contrato principal: Ya que no depende de ningún otro contrato para su subsistencia.
  • Es bilateral: Porque conlleva derechos y obligaciones para las dos partes.
  • Es oneroso: Ya que confiere provechos y gravámenes hacia las partes.
  • Es aleatorio: Es su principal característica, ya que desde su celebración el comprador depende de un hecho futuro incierto.
  • Es formal: De conformidad con el artículo 2320 que indica que si el valor del avalúo del inmueble excede de trescientos sesenta y cinco veces el salario mínimo.

Elementos de Existencia

  • Consentimiento: Éste debe otorgarse conforme a las normas de su forma, ya que recordemos que nuestra legislación impone la escritura pública de acuerdo al monto del negocio.
  • Objeto directo: Sería el comprar frutos o productos que todavía no existen, pero que tenemos la esperanza que se den.
  • Objeto indirecto: Son los mismos frutos o productos que se darán en un futuro.

Elementos de Validez

  • Capacidad en el vendedor: Que tiene toda la capacidad de goce y de ejercicio en su persona y, en particular, la de disposición de los bienes o frutos que está vendiendo y que deberá entregar al comprador.
  • Forma: Es necesaria la escritura pública cuando el valor del inmueble es mayor a los trescientos sesenta y cinco veces el salario mínimo.

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