Principios del Derecho Penal y Teoría del Delito

Principios del Derecho Penal

Ley Penal en Blanco

Preceptos penales principales que contienen la pena, pero no todos los elementos del supuesto de hecho, remitiéndose a otras disposiciones legales de igual o inferior rango. Ejemplo: 316 CP = Siniestabilidad laboral.

Norma Penal Incompleta

Aquella que amplía la disposición o sanción de otra norma completa. Si bien no contienen los dos elementos de la estructura de toda norma penal, constituyen reglas relacionadas con el Derecho penal, vinculadas a otras normas penales completas.

Principio de Legalidad

Fundamento por el cual ningún hecho puede ser considerado delito sin una ley anterior que lo prevea.

Principio de Irretroactividad

Un delito no puede castigarse con pena mayor a la prevista por la ley al tiempo de su comisión. Retroactividad cuando la ley posterior favorece al reo.

Principio Ne Bis In Idem

Prohibición de castigar a una persona más de una vez por el mismo hecho, con identidad en sujeto, hecho y fundamento.

Principios de Aplicación de la Ley Penal en el Espacio

Principio Territorial

Aplicación del derecho español a delitos cometidos en España por españoles o extranjeros (tierra, mar, buques…).

Principio Extraterritorial

Aplicación del derecho español a casos ocurridos en el extranjero.

Principio de Personalidad

Aplicación del derecho español a delitos cometidos en el extranjero por españoles y castigados en España.

Principio Real o de Protección

Aplicación del derecho español a delitos cometidos en el extranjero por españoles o extranjeros que afectan a intereses del Estado español.

Principio de Justicia Universal

Aplicación del derecho español a delitos cometidos en cualquier lugar por cualquiera que afecten a intereses supranacionales (genocidios…).

Teoría del Delito

Delito

Lo que la ley define como tal. Definición en el artículo 10 del Código Penal.

Elementos del Delito

  • Comportamiento Humano: Acción/omisión. Supuestos de ausencia: estado de inconsciencia, movimientos reflejos y fuerza irresistible.
  • Tipicidad: Objetiva y Subjetiva.
  • Antijuricidad: Ausencia de causas de justificación (legítima defensa, estado de necesidad…).
  • Culpabilidad: Imputabilidad, error de prohibición, miedo insuperable.
  • Punibilidad: Condiciones objetivas de punibilidad / excusas absolutorias.

Conceptos Clave

  • Antijuricidad: Conducta contraria al Derecho. Conductas que afectan a bienes jurídicos.
  • Tipicidad: Conjunto de elementos que definen un hecho como delito según el Código Penal.
  • Relación de Causalidad: Principio que establece que a toda causa le sigue un resultado. El nexo entre causa y resultado es la relación de causalidad.
  • Dolo: Conciencia y voluntad de realizar el hecho tipificado objetivamente en la figura delictiva.
  • Error de Tipo: Desconocimiento de algún elemento objetivo del tipo. Invencible (sujeto medio no excluye resultado criminal) y vencible (sujeto medio sí, imprudente).
  • Error de Prohibición: Desconocimiento de la antijuricidad. El sujeto sabe lo que hace, pero desconoce que es ilícito.
  • Imprudencia: Acción peligrosa sin ánimo de lesionar, pero que por falta de cuidado causa el resultado. Grave (delito) y leve (falta).
  • Omisión Propia: Se castiga la simple infracción de un deber de actuar.
  • Comisión por Omisión: Deber específico de actuar para evitar un resultado.

Iter Criminis (Fases del Delito)

Recorrido del autor desde que concibe la idea hasta la consumación. Fase interna y externa.

  • Tentativa Acabada: Queriendo matar, dispara y hiere.
  • Tentativa Inacabada: Queriendo matar, no dispara porque se encasquilla el arma.
  • Tentativa Inidónea: Imposibilidad de lograr el resultado.

Autoría y Participación

  • Autor: Quien tiene dominio funcional del hecho.
  • Autor Directo: Dominio de la acción.
  • Coautoría: Dominio funcional compartido (varios sujetos se reparten la tarea).
  • Autor Mediato: Dominio de la voluntad (se sirve de otros como instrumentos).
  • Partícipe: Inducción, cooperación necesaria y complicidad.
  • Inducción: Hacer surgir en otro la resolución de cometer un delito.
  • Cooperador Necesario: Coopera a la ejecución con un acto insustituible (misma pena que el autor).
  • Cómplice: Favorece con actos anteriores o coetáneos la acción de otro.

Antijuricidad y Causas de Justificación

Conducta contraria a las normas del ordenamiento jurídico con naturaleza prohibitiva.

  • Legítima Defensa: Agresión ilegítima, necesidad racional del medio y falta de provocación suficiente.
  • Estado de Necesidad: Situación de peligro real e inminente, mal ajeno o propio y necesidad de la lesión (única vía).
  • Cumplimiento de un deber y ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo.
  • Consentimiento: No regulado en el Código Penal.

Culpabilidad

Conciencia de la antijuricidad de la conducta. Reprochabilidad del hecho típico y antijurídico, fundada en el desacato del autor al Derecho.

Punibilidad

Cualidad de punible. Posibilidad de aplicar una sanción o pena jurídica. No a todo delito se le puede aplicar pena.

Circunstancias Modificativas de la Responsabilidad Criminal

Se tienen en cuenta al determinar la pena. Atenuantes (artículo 21), agravantes (artículo 22) y mixta de parentesco (artículo 23).

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