Organización Jurisdiccional del Estado
Función Jurisdiccional
Históricamente, las sociedades desarrollaron diversas instituciones y procedimientos para resolver conflictos. Desde jefes de tribu y sacerdotes hasta figuras como el pater familiae, se utilizaban métodos como consejos y ordalías. Sin embargo, la noción moderna de «función jurisdiccional del Estado» surge con el Estado moderno y el principio de la división de poderes.
El Estado, como persona jurídica, persigue el bien común. Para alcanzar este fin, tanto el Estado como los particulares ejercemos diferentes funciones.
Funciones del Estado
A través de las funciones públicas, el Estado desarrolla su acción en tres direcciones fundamentales:
- Función legislativa
- Función ejecutiva
- Función jurisdiccional
La función jurisdiccional es una función pública esencial del Estado. Consiste en resolver las contiendas entre individuos por violaciones al ordenamiento jurídico, restableciéndolo y aplicándolo. Es inconcebible una sociedad o Estado sin un servicio de justicia (Federal, Provincial, Municipal).
Derecho Procesal
Concepto
El Derecho Procesal es la rama del Derecho que estudia y rige la organización y el funcionamiento del Poder Judicial, la actuación del juez (o árbitros) y las partes en el proceso. Su fin es la realización efectiva de los derechos y deberes consagrados en las leyes.
División del Derecho Procesal
- Estructuración del Poder Judicial: Se relaciona con la organización de los diferentes órganos jurisdiccionales.
- Jurisdiccional: Contempla la jurisdicción (capacidad de decir el derecho) y la competencia de los órganos jurisdiccionales.
- Procedimental: Regula la actuación del juez, auxiliares de justicia y las partes en el proceso.
Elementos del Derecho Procesal
- Proceso: Conjunto de actos jurídicos realizados por el juez y las partes, que buscan la realización del derecho sustantivo y la solución de controversias.
- Prueba: Medio para demostrar la verdad de un hecho en juicio, del cual depende el reconocimiento de un derecho. Existen diversos medios de prueba (documental, pericial, testimonial, informativa).
- Acción: Derecho o facultad de promover la acción jurisdiccional para que el juzgador se pronuncie sobre un asunto.
- Jurisdicción: Potestad derivada de la soberanía del Estado, para aplicar el Derecho en casos concretos. Según Eduardo Couture: «Es la función pública, realizada por los órganos competentes del Estado, con las formas requeridas por la ley, en virtud de la cual, por acto de juicio, se determinan los derechos de las partes, con el objeto de dirimir sus conflictos y controversias de relevancia jurídica, mediante decisiones bajo autoridad de cosa juzgada, eventualmente factibles de ejecución».
- Competencia: Medida y límite de la jurisdicción. Existen competencias territorial, por materia (civil, comercial, penal), por personas (extranjeros, nativos), por tiempo (turnos), por monto y por grado (instancia).