Derecho Romano: Evolución, Características y Fuentes a lo Largo de la Historia

Derecho Romano: ARS BONI ET AEQUI

El Derecho Romano rigió Roma desde el 21 de abril del año 745 a.C. hasta el 646 d.C., abarcando 13 siglos. Definido como ARS BONI ET AEQUI (el arte de lo bueno, justo y equitativo), era el conjunto de reglas para alcanzar una correcta aplicación de la justicia, sin limitarse a la bondad o la ley escrita.

IUS Y FAS

El ius se refiere a la administración de la justicia humana, mientras que el fas representa el orden divino. Para que un acto fuera lícito, debía estar acorde con la voluntad de los dioses.

Clasificación del Derecho Romano

I. Atendiendo la Evolución Política de Roma

Periodizaciones

  • Monarquía (753 a 510 a.C.), República (510 a 27 a.C.), Principado (27 a.C. a 284 d.C.), Monarquía Absoluta (284 d.C. a 565 d.C.).
  • Eduardo Gibbon: Desde Rómulo hasta las XII Tablas (753 a.C. a 450 a.C.), hasta la muerte de Cicerón (450 a.C. a 43 a.C.), hasta Alejandro Severo (43 a.C. a 335 d.C.), hasta Justiniano (335 d.C. a 565 d.C.).
  • Gustavo Hugo (Proceso Biológico): Infancia (745 a 45 a.C.), Juventud (451 a 100 a.C.), Madurez (100 a.C. a 250 d.C.), Vejez (250 d.C. a 565 d.C.).

II. Atendiendo su Historia Interna

Clasificaciones

  • Bonfante: Derecho Quiritario (754 a 200 a.C.), Derecho de Gentes (141 a 235 d.C.), Derecho Helénico (305 a 365 d.C.).
  • Álvarez Suárez: Derecho Quiritario (fundación a siglo I a.C.), Derecho Clásico (siglo I a.C. a siglo III d.C.), Derecho Posclásico (siglo III d.C. a Justiniano), Derecho Bizantino.
  • Pietro de Francisci: Monarquía (754 a 509 a.C.), República (509 a.C. a 201 d.C.), Crisis de la Constitución Republicana (201 a.C.), Principado (27 a.C. a 235 d.C.), Fin del Principado (235 a 565 d.C.).

Características del Derecho Romano en Cada Periodo

Derecho Antiguo (siglo VIII a.C. a siglo II a.C.)

  1. Formalidades en rituales.
  2. Oralidad a cargo del colegio de Pontífices.
  3. Brevedad y simplicidad.
  4. Personalismo: derechos solo para ciudadanos romanos.
  5. Paralelismo entre derecho público y privado.

Surgen fuentes específicas: pretor, derecho de gentes, senadoconsultos, constituciones imperiales y jurisprudencia. Se otorga la ciudadanía a todos los habitantes del imperio. Nacen los contratos consensuales.

Derecho Helénico y Oriental (28 a.C. a 305 d.C.)

Absolutismo imperial, falta de originalidad. Fuentes principales: constituciones imperiales. Codificación con los códigos gregoriano y hermogeniano.

Monarquía

Organización Política

  • El Rey: Jefe único vitalicio, elegido, heredado o designado. Poder político, religioso y judicial.
  • Los Comicios: Asambleas populares. Comicios Curiatas (civiles), Comicios Calata (religiosos).
  • El Senado: Asamblea de ancianos, órgano consultivo.

Organización Social

  • Sociedad Primitiva: Tribus (Ramnenses, Titienses, Luceres), curias.
  • La Gens: Descendientes de un antepasado común.
  • Clases Sociales: Patricios (ciudadanos con derechos), Plebeyos (sin derechos), Clientes (extranjeros protegidos).

Extinción de la Monarquía (509 a.C.)

Derrocamiento de Tarquino el Soberbio.

La República

Lucha social entre patricios y plebeyos. Ley de las XII Tablas (Código Decenviral), base del derecho público y privado.

Tablas de la Ley de las XII Tablas

  • Tablas I-III: Procedimiento judicial civil.
  • Tabla IV: Derecho de familia.
  • Tabla V: Sucesiones.
  • Tabla VI: Propiedad y posesión.
  • Tabla VII: Relaciones de vecindad y servidumbres.
  • Tabla VIII: Delitos públicos y privados.
  • Tabla IX: Derecho público y procesal penal.
  • Tabla X: Derecho sacro.
  • Tablas XI-XII: Complementarias.

Magistraturas Republicanas

  • Periodicidad: Anuales, excepto censor (18 meses).
  • Colegialidad: Ejercicio por dos o más titulares.
  • Efectividad: Elegidos por el pueblo.

Clasificación de Magistraturas

  • Patricias y Plebeyas.
  • Ordinarias y Extraordinarias.
  • Cum Imperio y Sine Imperio.
  • Curules y No Curules.
  • Maiorem y Minorem.

Principales Magistraturas

  • Consulado: Máxima autoridad.
  • Pretura (376 a.C.): Poder jurisdiccional.
  • Censura: Censo y moral pública.
  • Cuestura: Auxiliares de los cónsules.
  • Edilidad Curul: Cuidado de la ciudad.
  • Tribunado de la Plebe: Defensa de los plebeyos.
  • Edilidad Plebeya: Funciones municipales para plebeyos.

Magistraturas Extraordinarias

  • Decenvirato Legislativo.
  • Praefectus Urbi.
  • Inter Regnum.
  • Dictadura: Comandante en jefe en emergencias.

El Senado y los Comicios

  • Senado: Inicialmente patricios, luego plebeyos. Órgano consultivo.
  • Comicios: Asambleas populares. Comicios por Curias, Comicios Centuriados, Comicios por Tribus.

Fuentes del Derecho durante la República

  • Leyes Comiciales.
  • Edictos de los Magistrados.
  • Senadoconsultos.
  • Propuestas de los Juristas.
  • La Costumbre.

El Imperio

Inicio con Octavio Augusto. Concentración de poderes. Fuentes legislativas imperiales: costumbres, senadoconsultos, resoluciones imperiales, edictos, respuestas de los prudentes, edicto perpetuo del pretor, constituciones imperiales.

Clases de Constituciones Imperiales

  • Edicta: Disposiciones generales.
  • Mandata: Instrucciones a funcionarios.
  • Decreta: Decisiones judiciales.
  • Rescripta: Respuestas a consultas.

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