Derecho Marítimo y Espacio Ultraterrestre: Preguntas y Respuestas

I. Verdadero o Falso

1. Los buques de guerra gozan de paso inocente en el mar territorial. FALSO. Debe haber una autorización de parte del Estado.

2. La plataforma continental mide 200 millas náuticas contadas desde las 12 millas náuticas del mar territorial. VERDADERO.

3. El espacio ultraterrestre puede ser utilizado con fines… FALSO. Debe ser utilizado con fines pacíficos.

4. La marca de nacionalidad de los buques mercantes venezolanos son las… VERDADERO. Si dice pabellón o bandera.

5. Las aeronaves militares gozan de libertad de descenso en caso de averías o mal estado… VERDADERO.

II. Selección Simple

A. Fue declarada Patrimonio Común de la Humanidad en la Convención de Jamaica.

  • Plataforma Continental.
  • Espacio Ultraterrestre.
  • La Zona.
  • Alta Mar.

B. ¿Cuál de las siguientes libertades no es propia de la Zona Económica Exclusiva?

  • Libertad de sobrevuelo.
  • Libertad de navegación.
  • Libertad de investigación.
  • Libertad de tendido de cables y tuberías submarinas.

C. ¿Cuál de los siguientes no es un órgano de la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos?

  1. Asamblea.
  2. Comisión de Aeronavegación.
  3. La Empresa.

D. El registro de objetos lanzados al espacio ultraterrestre lo lleva:

  1. OACI.
  2. INEA.
  3. Secretario General de la ONU.
  4. NASA.

III. Desarrollo

1. Un buque brasilero derrama en el mar territorial de Isla de Aves sustancias químicas. ¿Qué se haría en ese caso? ¿Se le puede hacer persecución?

Sí, se puede hacer una persecución, pero primero se da una orden de detención para poder requisar el barco y encontrar, en este caso, las sustancias químicas que se están derramando. Si este buque no acata las órdenes de detención, comenzaría la persecución.

2. Este es el caso de la película «Capitán Phillips»

A. ¿Dónde se encontraba el buque al momento de ser asaltado por los piratas?

A 240 millas náuticas frente a las costas de Somalia.

B. En caso de que hubiera una persecución, ¿qué hubiera pasado si llegaban a aguas somalíes?

Se detenía la persecución, ya que los Estados Unidos no pueden vulnerar la soberanía de Somalia entrando a sus aguas. Los Estados Unidos deben avisar a Somalia para que detengan a este barco. Artículo 41, numeral 3.

C. ¿Quiénes fueron los que ejecutaron la persecución y bajo qué ejercicio de función se realizó? Responda con fundamento de derecho al mar.

La Marina de los Estados Unidos.

D. ¿Diga cuál era la ruta del buque?

Navegaban rumbo a Mombasa, Kenia, y pasarían a lo largo de la costa de la cuenca de Somalia.

E. ¿Dónde se encontraba el buque cuando lo rescataron?

Se encontraba a horas de la costa de Somalia.

3. Un pabellón holandés se encuentra pescando atún a 8 millas náuticas de Isla de Aves. ¿Pueden usar el pabellón? En caso de que haya una persecución, ¿hasta dónde pueden llegar las naves venezolanas?

Sí, pueden usar el pabellón. Esto es lo que identifica la nacionalidad de cada barco. Si se da una persecución y las naves holandesas logran llegar a aguas holandesas, la persecución se acaba. Venezuela no puede entrar a aguas holandesas, no puede vulnerar la soberanía de Holanda.

Legislación Aplicable

Ingreso al Mar Territorial

Artículo 24. Cuando el buque extranjero, en el ejercicio del paso inocente, no ingrese en las aguas interiores de la República, no se verá afectado por ninguna medida relacionada con infracciones cometidas antes de ingresar al mar territorial venezolano. Esta norma no se aplicará en caso de violación de los derechos de la República en la zona económica exclusiva, zona contigua o en la plataforma continental o en el caso de procesamiento de personas que causen contaminación del ambiente marino.

Persecución Continua

Artículo 41. Los buques extranjeros estarán sujetos al derecho de persecución continua por parte de buques y aeronaves de la Fuerza Armada Nacional, en los espacios acuáticos de la República y en la alta mar, conforme a las normas internacionales, cuando existan motivos fundados para creer que cometen o hayan cometido violaciones a las leyes nacionales o internacionales.

Visita y Registro

Artículo 40. Los buques de pabellón nacional o extranjero están sujetos a visita y registro por parte de buques y aeronaves de la Fuerza Armada Nacional, en los espacios acuáticos de la República y en la alta mar, cuando existan motivos fundados para creer que cometen o hayan cometido violaciones a las leyes nacionales o internacionales.

Medidas de Preservación

Artículo 55. El Ejecutivo Nacional podrá tomar las medidas que considere necesarias a los fines de la preservación del ambiente y la lucha contra la contaminación más allá de los límites exteriores de la zona económica exclusiva cuando sea necesario.

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