Tipos de Contratos y Documentos Administrativos: Derechos del Ciudadano y Proceso de Contratación Pública

Tipos de Contratos Administrativos

Los contratos administrativos son una herramienta fundamental en la gestión pública. A continuación, se detallan los principales tipos:

Contrato de Obras

Tiene por objetivo la realización de una obra que responda a las necesidades especificadas por la entidad del sector público contratante. La ejecución de la obra podrá comprender la redacción del correspondiente proyecto.

Contrato de Concesión de Obras Públicas

Tiene por objeto la realización por el concesionario de algunas obras objeto de un contrato de obras. La contraprestación consiste en la cesión a la empresa concesionaria del derecho a explotar esa obra, o bien, dicho derecho acompañado del de percibir un precio.

Contrato de Gestión de Servicios Públicos

Se encarga a una empresa la gestión de un servicio cuya prestación había sido asumida como propia de su competencia por la Administración.

Contrato de Suministros

Tiene por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles.

Contrato de Servicios

Su objeto son prestaciones consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro.

Contrato de Colaboración entre el Sector Público y el Sector Privado

Se encarga a una entidad privada, por un periodo determinado, la realización de una actuación global e integrada que, además de la financiación de inversiones inmateriales, de obras o de suministros necesarios para el cumplimiento de determinados objetivos de servicio público o relacionados con actuaciones de interés general, comprenda alguna de las prestaciones de los precedentes tipos de contratos públicos.

Tipos de Documentos Administrativos para el Ciudadano

Los documentos administrativos son esenciales para la comunicación entre la Administración y los ciudadanos. Se clasifican en:

Documentos de Transmisión

Comunican a los ciudadanos informaciones sobre circunstancias o hechos que pueden ser de su interés.

  • Notificación: Se comunica específicamente al ciudadano el contenido y el alcance de un acto administrativo.
  • Oficio: Documento oficial de comunicación.
  • Nota interna: Documento de uso interno que sirve para la comunicación entre diversos organismos de una misma Administración.

Documentos de Constancia

Deben dejar constancia o acreditar de forma eficaz ciertas circunstancias sobre los actos administrativos.

  • Certificado: Documento que acredita de forma oficial la existencia de un acto administrativo.
  • Acta: Documento que recoge lo acontecido en una reunión en un organismo público.

Documentos de Decisión

Un organismo público comunica una resolución de su competencia, y esto lo deben conocer los ciudadanos.

  • Acuerdo: Documento de la decisión que adopta la Administración sobre un acto administrativo.
  • Resolución: Cuando finaliza un procedimiento administrativo, y se exponen las conclusiones y los efectos finales.

Documento de Juicio

Son informes que emiten los organismos públicos para dar una opinión. Según la obligación respecto a su cumplimiento, pueden ser vinculantes o no vinculantes. Según la obligación respecto a su solicitud, pueden ser preceptivos o facultativos.

Clasificación de los Archivos Públicos

Los archivos públicos se organizan en función del ciclo de vida de los documentos:

  • Archivos administrativos: Corresponden a la primera fase de la vida de un documento, cuya vigencia administrativa no es superior a 5 años.
  • Archivos centrales: Recogen los documentos de diversos archivos administrativos cuando estos ya no se utilizan. Permanencia de 10 años.
  • Archivos intermedios: Reciben documentos de los archivos centrales cuando estos ya no son prácticamente consultados por nadie. Permanencia es de 30 años, pero solo a los que no han perdido vigencia jurídica.
  • Archivo General de la Administración Civil: Recoge la documentación generada por la Administración General del Estado y tiene vigencia de 25 años.

Derechos de los Ciudadanos en la Administración Pública

Los ciudadanos tienen una serie de derechos fundamentales en su relación con la Administración Pública:

Derecho a la Participación de los Ciudadanos en la Administración Pública

Cuando un organismo público está desarrollando un procedimiento administrativo, los ciudadanos afectados por él, los interesados, tienen el derecho de audiencia, es decir, el derecho a ser escuchados por la Administración para que puedan influir con su testimonio, u otros factores que pudieran aportar, en el proceso administrativo.

Derecho a la Atención

Cuando los ciudadanos acceden personalmente a los organismos públicos, tienen derecho a ser atendidos y asistidos por el personal, y a ser asistidos y aconsejados en aquellos trámites documentales que sea necesario desarrollar.

Derecho de Acceso a Registros y Archivos

Los ciudadanos tienen derecho a acceder a la consulta de aquella documentación que les pueda afectar o sea de su interés, teniendo en cuenta ciertos límites con relación al derecho a la intimidad.

Derecho a la Información

La Administración Pública pone a disposición de los ciudadanos un buen número de canales por los que estos pueden recibir información: en persona, por teléfono, por correo electrónico y otras vías telemáticas.

Estructura del Proceso de un Contrato Público

En el proceso general de la contratación pública intervienen dos agentes:

  • El contratante: Organismo público que contrata mediante los órganos de contratación.
  • El contratista: Empresa que se ha hecho con la adjudicación.

Condiciones de Aptitud

  • Capacidad de obrar.
  • No prohibición de contratar con la Administración Pública.
  • Solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
  • Clasificación de empresas como contratista.

Fases del Proceso de un Contrato Público

  • Publicidad: El órgano de contratación debe publicar un anuncio de información previa con el fin de dar a conocer los contratos de obras, suministros y servicios que tenga proyectado adjudicar en los doce meses siguientes.
  • Licitación: El órgano de contratación fija los plazos de recepción de las ofertas y solicitudes de participación, teniendo en cuenta al tiempo que razonablemente pueda ser necesario para prepararlas. Presentará un pliego de cláusulas administrativas.
  • Selección del adjudicatario: Para la valoración de las propuestas de los candidatos y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa pueden utilizarse diversos criterios de adjudicación.
  • Formalización del contrato: Una vez adjudicado el contrato, hay que formalizarlo mediante un documento administrativo en un plazo máximo de 10 días hábiles a partir de la notificación.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *