Dos Teorías del Estado
1. El Estado como intersección entre la política y el Derecho
2. El Estado moderno como emergente de una diferenciación institucional
El Estado como intersección entre la política y el Derecho: La Constitución es el punto de intersección entre la política y el derecho, una verdad que no admite una contradicción racional. Las Constituciones tienen por objeto la articulación del Estado, y son el punto de llegada de un proceso político y punto de partida de un ordenamiento jurídico. Si bien la constituciones han sido siempre eso, debemos dejar por sentado que no siempre lo han sido del mismo modo. En este sentido, debemos distinguir 2 fases en la conexión entre la política y el derecho.
La primera fase corresponde al proceso de imposición del Estado Constitucional a lo largo del siglo XIX y que se prolonga hasta los primeros años del siglo XX. La Constitución es el presupuesto político para que exista un ordenamiento jurídico, es decir, un ordenamiento jurídico propio del Estado representativo, cuya manifestación más importante es la codificación. Sin el poder constituyente no era posible el poder codificador. En este sentido, la constitución ha sido desde sus orígenes el punto de partida político del ordenamiento jurídico. Una vez que posibilita este proceso, la Constitución quedaba fuera del ordenamiento jurídico, permanecía al margen del mismo, es decir, la Constitución no se convertía ella misma en norma jurídica, en un elemento del propio ordenamiento, sino que permanecía como premisa política fuera del ámbito jurídico, que no comenzaba con la Constitución, sino con la Ley. La Constitución no era fuente del Derecho. El Derecho Constitucional de esta fase es Derecho Político, adjetivo que indica cuál es la naturaleza del documento del que dicha disciplina se ocupaba. Las garantías constitucionales no son más que un instrumento de defensa frente a la opresión, y en particular frente a la opresión del poder político, del Estado.
TRADICIÓN AMERICANA:
- Al ser una colonia no debe liberarse de una forma política anterior.
- a.- Sociedad articulada en grupos distintos, o sea, se entiende de un modo real y efectivo.
- b.- No es posible suprimir los partidos políticos sin suprimir la libertad política.
- c.- La protección de las minorías.
- El constitucionalismo está marcado por su origen en la Monarquía Absoluta.
- a.- La sociedad es concebida de modo abstracto, como suma de individuos.
- b.- Se condena a las facciones (partidos políticos).
- c.- A lo único que presta atención es al proceso de imposición del Estado y a su monopolio.
Diferentes formas de entender el concepto de «Formas de Estado»:
- Para diferenciar la distribución espacial de la actividad estatal:
- Estado Unitario
- Estado Federal
- Estado Confederal
- Como forma de Gobierno:
- Estado Democrático
- Estado Totalitario
- Estado Republicano
- Estado Monárquico
- De acuerdo al rol en el orden social-económico:
- Estado Liberal
- Estado de Bienestar
- Estado Neoliberal-Neoconservador
El Estado como proyecto: La crisis de Estado constituye un momento significativo de conflicto, un punto de inflexión de las tendencias históricas y contradicciones determinantes de la configuración concreta del Estado y del régimen político. Por eso, más que una crisis de legitimación, en que a menudo se confunden Estado con Gobierno pudiendo, por tanto, ser transitoria, la crisis del Estado se torna prácticamente irreversible, un cambio sin retorno debido a una diferente situación histórica (Graciarena, J. 1984 «El Estado Latinoamericano en Perspectiva, Figura, crisis y Prospectiva»).
CARACTERÍSTICAS DEL ESTADO MODERNO:
- Centralización del Poder
- Secularización
- Surgimiento de burocracia profesional
- Economía mercantil y manufacturera
- Expansión demográfica
- Advenimiento de un ejército profesional
- Las guerras representan una oportunidad para el surgimiento de Monarquías autoritarias
- La religión con su reforma y contrarreforma
- El resurgimiento del Derecho Romano y su divulgación