Concepto y Elementos de Diversos Contratos según el Código Civil
Contrato de Depósito
¿Qué es el Contrato de Depósito?
Según el Artículo 7.738, el depósito es un contrato mediante el cual el depositario se obliga hacia el depositante a recibir un bien que aquel le confía, y a guardarlo para restituirlo cuando lo pida el depositante.
Plazo para Devolución Anticipada del Depósito
Artículo 7.752: Cuando no se ha estipulado tiempo, el depositario puede devolver el depósito notificando al depositante con ocho días de anticipación.
Obligaciones del Depositario
El depositario está obligado a conservar el bien objeto del depósito, según lo reciba, y a devolverlo cuando el depositante se lo pida, aun cuando al constituirse el depósito se hubiere fijado plazo y este no hubiere llegado.
Secuestro
Artículo 7.760: El secuestro es el depósito de un bien litigioso en poder de un tercero, hasta que se decida a quién deba entregarse.
Contrato de Mandato
Formalidades del Mandato
Artículo 7.769: El mandato debe otorgarse:
- En escritura pública.
- En escrito privado, firmado por el otorgante y ratificado su contenido y firma ante notario público, o ante la autoridad administrativa, cuando el mandato se otorgue para asuntos de su competencia.
- En escrito privado ante dos testigos, sin ratificación de firmas.
Causas de Terminación del Mandato
Artículo 7.815: El mandato termina por:
- Revocación.
- Renuncia del mandatario.
- Muerte del mandante o del mandatario.
- Interdicción de uno u otro.
- Vencimiento del plazo.
- Conclusión del negocio para el que fue concedido.
- Declaración de ausencia.
Contrato de Obra a Precio Alzado
Concepto de Contrato de Obra a Precio Alzado
En este tipo de contrato, el contratista se compromete a realizar una obra con materiales propios y tomando a su cargo la dirección y el riesgo de la misma, a cambio de una remuneración previamente acordada.
Obligaciones del Contratista
El contratista debe comenzar y concluir la obra en los términos designados en el contrato. En caso contrario, se someterá a juicio de peritos.
Artículo 7.849: Obra por ajuste cerrado.
Contenido del Contrato de Obra a Precio Alzado
Artículo 7.838: Siempre que el empresario se encargue por ajuste cerrado de la obra en bien inmueble, se otorgará el contrato por escrito incluyéndose en él una descripción pormenorizada, y en los casos que lo requieran, un plano, diseño o presupuesto de la obra.
Responsabilidad del Empresario
Artículo 7.854: El empresario es responsable de los defectos que aparezcan después de recibida y aprobada la obra.
Fallecimiento del Empresario
Artículo 7.858: Si el empresario muere antes de finalizar la obra, se terminará el contrato y el dueño indemnizará a los herederos de aquel por el trabajo y gastos hechos.
Contrato de Prestación de Servicios Profesionales
Concepto de Contrato de Prestación de Servicios
Es un acuerdo donde un profesional se obliga a prestar sus servicios a otra persona, a cambio de una retribución.
Ejercicio Profesional sin Título
Artículo 7.827: Los que sin tener el título correspondiente ejerzan profesiones para cuyo ejercicio la ley exija título, además de incurrir en las penas respectivas, no tendrán derecho de cobrar retribución por los servicios que hayan prestado.
Contrato de Transporte
Concepto de Contrato de Transporte
Artículo 7.865: El contrato por el cual una persona se obliga a transportar, bajo su inmediata dirección o la de sus dependientes, a personas o bienes y otra persona llamada pasajero o cargador utiliza el transporte para sí mismo o para trasladar bienes, a cambio del pago de una cantidad cierta y en dinero se regirá por las reglas de este capítulo.
Obligaciones del Transportador
Según los Artículos 7.866, 7.867, 7.869 y 7.871, el transportador tiene diversas obligaciones, como recibir a los pasajeros o la carga, realizar el transporte en la forma y tiempo convenidos, y responder por los daños y perjuicios causados.
Contenido de la Carta Porte
Artículo 7.873: La carta porte debe contener:
- El nombre y domicilio del cargador.
- El nombre y domicilio del transportador.
- El nombre y domicilio de la persona a quien o a cuya orden van dirigidos los bienes, o si han de entregarse al portador de la misma carta.
- La designación de los bienes, con expresión de su calidad genérica, de su peso y de las marcas o signos exteriores de los bultos en que se contengan.
- El precio del transporte.
- La fecha en que se hace la expedición.
- El lugar de la entrega al transportador.
- El lugar y el plazo en que habrá de hacerse la entrega al consignatario.
- La indemnización que haya de abonar el transportador en caso de retardo, si sobre este punto mediare algún pacto.
Contrato de Hospedaje
Elementos Personales del Contrato de Hospedaje
Los elementos personales son el hotelero u hospedero (quien presta el alojamiento) y el huésped o viajero (quien lo recibe).
Incumplimiento de Pago del Huésped
Artículo 7.884: Los equipajes de los pasajeros responden preferentemente del importe del hospedaje; a ese efecto, los dueños de los establecimientos donde se hospeden podrán retenerlos en prenda hasta que obtengan el pago de lo adeudado.
Asociación Civil
Contenido de la Escritura Constitutiva de una Asociación
Artículo 7.887: La escritura constitutiva de una asociación deberá contener:
- Nombre, domicilio, edad, estado civil y nacionalidad de los asociados.
- La denominación o razón social de la asociación.
- El domicilio de la asociación.
- El objeto de la asociación.
- Los bienes que integren el patrimonio de la asociación; además de la expresión de lo que cada asociado aporte.
- El nombre del director o de los integrantes del consejo de directores que ejerzan la administración y representación de la asociación, así como las facultades conferidas.
- La duración.
- Los estatutos.
Facultades de la Asamblea General
Artículo 7.895: La asamblea general tiene, entre otras, las siguientes facultades:
- Admisión y exclusión de los asociados.
- Disolución anticipada de la asociación o sobre su prórroga.
- Nombramiento de director o directores y el otorgamiento de sus facultades.
- Revocación de los nombramientos hechos.
- Los demás asuntos que les encomienden los estatutos.
Término de Separación de los Asociados
Artículo 7.900: Los asociados tendrán derecho de separarse, previo aviso con dos meses de anticipación.
Sociedad Civil
Elemento Formal de la Sociedad
Artículo 7.911: El acto por el que se constituya o modifique una sociedad, debe constar en escritura pública, la que se inscribirá en el Registro Público de la Propiedad. En tanto se inscriba en el Registro, surtirá efectos entre los socios y solo en beneficio de terceros.
Asambleas Extraordinarias
Artículo 7.926: Las asambleas extraordinarias conocerán de cualquier modificación al estatuto, así como exclusión y admisión de socios.
Plazo y Convocatoria para la Celebración de Asambleas
Artículo 7.927: Las asambleas se celebrarán por lo menos una vez al año; la convocatoria será hecha por el socio administrador o por el diez por ciento de los socios, con una anticipación mínima de quince días naturales a su celebración tratándose de la primera vez, y de cinco días para las posteriores, mediante notificación en el domicilio que los socios tengan registrado en la sociedad.
Causas de Disolución de la Sociedad
Artículo 7.935: La sociedad se disuelve por:
- Acuerdo de la asamblea.
- Haberse cumplido el plazo de duración.
- La realización del fin social.
- Haberse vuelto imposible la consecución del objeto de la sociedad.
- La muerte o incapacidad de uno de los socios que tenga responsabilidad ilimitada por los compromisos sociales, salvo que en la escritura constitutiva haya pacto en contrario.
- La muerte del socio industrial, siempre que su industria haya dado nacimiento a la sociedad.
- Por la renuncia de uno de los socios, cuando se trate de sociedades de duración indeterminada y los otros socios no deseen continuar asociados, siempre que esa renuncia no sea maliciosa, ni extemporánea.
- Resolución judicial.
Tipos de Obras a Precio Alzado
Los tipos de obras a precio alzado se encuentran descritos en los Artículos 7.844, 7.846, 7.849 y 7.850.
Elementos Reales del Contrato de Obra a Precio Alzado
Los elementos reales son la obra (construcción, reparación, etc.) y el precio (remuneración acordada).
Nota: La información aquí presentada se basa en los artículos citados del Código Civil y tiene fines informativos. Se recomienda consultar la legislación vigente y a un profesional del derecho para obtener asesoramiento específico.