Evolución del Derecho Europeo: Tratados Clave y su Impacto

Tratado de Roma (1957)

El 25 de marzo de 1957 se firmaron en Roma dos tratados que daban existencia a la Comunidad Económica Europea (CEE) y a la Comunidad de la Energía Atómica (EURATOM, menos importante y trataba de crear «las condiciones de desarrollo de una pujante industria nuclear«).

Objetivo político de integración progresiva. Unión aduanera. («Mercado Común» para 1968): suprimieron todos los aranceles internos/Arancel Aduanero Común. bienes. Lo otro: Acta Única de 1987, 1992 mercado unificado.

PAC: libertad de circulación de los productos agrícolas dentro de la CEE y la adopción de políticas fuertemente proteccionistas –> FEOGA.

Prohibición de monopolios, algunas políticas comunes en transportes, y la concesión de algunos privilegios comerciales a los territorios coloniales de los estados miembros.

«funcionalistas«. instituciones: la Comisión, el Consejo, la Asamblea Europea (posteriormente el Parlamento Europeo), el Tribunal de Justicia y el Comité Económico Social cuyas competencias se irán ampliando y matizando.

El Acta Única Europea (1986): primera modificación de los tratados fundacionales de las CCEE.

Jacques Delors, presidente de la Comisión: la obligación de realizar el gran mercado sin fronteras, más la cohesión económica y social, una política europea de investigación y tecnología, el reforzamiento del Sistema Monetario Europeo, el comienzo de un espacio social europeo y de acciones significativas en materia de medio ambiente«. Novedades:

Institucional, consagra la existencia del Consejo Europeo + El Parlamento Europeo.

Medidas para el establecimiento de un mercado único (1992) libre movimiento de bienes, personas, servicios y capital.

Medidas para coordinar la política monetaria de los estados, preparándose para la Unión económica y monetaria.

Iniciativas para la integración de los derechos sociales (salud y seguridad de los trabajadores), investigación y tecnología, y el medio ambiente.

Cohesión económica y social: Fondos estructurales: (FEOGA), (FSE) y (FEDER).


Tratado de la Unión Europea o de Maastricht

Piedra angular en el proceso de integración europeo, se sobrepasaba el objetivo económico inicial de la Comunidad (construir un mercado común) y se le daba una vocación de unidad política. Consagra oficialmente el nombre de «Unión Europea» que en adelante sustituirá al de Comunidad Europea. Avance.

«tres pilares«: «pilar comunitario«, es decir, el recogido en los Tratados comunitarios y sus diversas reformas, con sus instituciones con competencias supranacional. Mc, Uem, la PAC, los fondos..

Los nuevos pilares, los laterales, no poderes supranacionales, sino en la cooperación entre los gobiernos: PESC i JAI

El reconocimiento de una Ciudadanía europea.

UEM. Decisión de crear Euro, para 1999. Fases:

plena liberalización de la circulación de capitales.

coordinar sus políticas económicas para conseguir «criterios de convergencia»: reducción de la inflación, de los tipos de interés y de las fluctuaciones del cambio entre las monedas europeas, y de control del déficit y la deuda pública.

Creación de la moneda única, el Euro, +BCE.

Búsqueda de la cohesión económico-social: Fondo de Cohesión, ayuda financiera «en los sectores del medio ambiente y de las redes europeas en materia de infraestructuras del transporte«. Destinado a los estados que tuvieran un PNB per cápita inferior al 90% de la media europea y que llevaron a cabo «políticas de convergencia». En 1994, nacieron oficialmente los Fondos de Cohesión, transferencia de recursos financieros.

Avance en las competencias comunitarias en la política económica y monetaria, la política industrial, las redes transeuropeas y la política de transportes..

Educación general y formación profesional (cooperación) Sócrates, Erasmus..

Instituciones: Parlamento, el Tribunal de Justicia, el Tribunal de Cuentas y el Comité Económico y Social refuerzan sus competencias, se crea el Comité de las Regiones y se prevé la creación del Banco Central Europeo, al iniciarse la tercera fase de la unión económica y monetaria.

Se estableció una PESC que permita emprender acciones comunes en materia de política exterior. objetivo a largo plazo.

JAI: terrorismo, inmigración clandestina, política de asilo, tráfico de drogas, la delincuencia internacional, las aduanas y la cooperación judicial.

La creación de la Europol. Convenio de Schengen.

Tratado de Ámsterdam (1997)

Modificar TUE, de los tratados constitutivos de las CCEE (Paris y Roma) y relacionados. Críticas:

  • No ha dado una solución a la adaptación de las instituciones a una Comunidad cada vez más amplia.
  • No se ha dado un paso lo suficientemente valiente hacia la unidad política.
  • No ha solucionado el «déficit democrático» de la Unión. participación popular, ni información suficiente y transparente. El papel del Parlamento Europeo, único órgano comunitario elegido por el pueblo, no ha sido suficientemente potenciado.

Avance hacia la unidad europea.

Libertad, seguridad y justicia: la Unión Europea se basa en los principios de libertad, democracia, respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y del Estado de Derecho. 1998 à Carta de Derechos Fundamentales.

Derechos sociales, Reino Unido, tras la llegada al poder del laborista Tony Blair, se ha adherido al Acuerdo Social, respetar la Carta Comunitaria de Derechos Sociales. La Unión Europea puede en adelante actuar en los ámbitos de salud y seguridad de los trabajadores, las condiciones de trabajo, la integración de las personas excluidas en el mercado laboral o en la igualdad de trato entre hombres y mujeres.

La política de sanciones, defensa de DDFF. principio de no discriminación e igualdad, medida.

Acuerdos y el Convenio de Schengen quedan incluidos en el Tratado. El Reino Unido, Irlanda y Dinamarca quedan fuera voluntariamente.

España, Italia, Alemania y Francia à 2000 la eliminación de la obligación de obtener un permiso de residencia a los ciudadanos de la UE.

La cooperación policial y judicial en materia penal «tercer pilar» de (JAI), Objetivos: colaboración, facilitar la extradición entre Estados y la colaboración policial.

Tratado de Niza (2000)

Para modificar los Tratados vigentes.

El propósito primario del Tratado de Niza era reformar la estructura institucional para afrontar la ampliación de la Unión Europea. Criticado por muchos. Alemania había exigido tener mayor peso en el voto a causa de su mayor población, se opuso Francia. Finalmente se alcanzó un compromiso: doble mayoría de Estados Miembros y votos. Además un Estado miembro podría solicitar opcionalmente que se verificase que los países de voto afirmativo representaban una proporción suficiente de la población de la Unión.

El Tratado estableció que se aumentase el número de escaños en el Parlamento Europeo hasta alcanzar los 732.

La cuestión de la reducción del tamaño de la Comisión Europea se resolvió con una escapatoria.

El Tratado establecía la creación de tribunales subsidiarios de rango inferior al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Nuevas normas para regular una colaboración más estrecha.

Fracasadas sanciones contra Austria à normas formales para aplicar sanciones a un Estado miembro.

La Comisión y el Parlamento Europeo mostraron su decepción por el hecho de que la Conferencia Intergubernamental de Niza no adoptó muchas de sus propuestas en lo que respecta a la reforma de la estructura institucional o la introducción de nuevos poderes: el PE amenazó con aprobar una resolución contra el Tratado.

Muchos argumentan que la estructura de pilares, que se mantuvo en el Tratado, es demasiado complicada, que los diferentes tratados deberían fusionarse en uno, que las tres (ahora dos) personalidades legales de las Comunidades deberían fusionarse y que la Comunidad Europea y la Unión Europea deberían fusionarse en una única Unión Europea con una única personalidad jurídica.

Incorpora la Carta de Derechos Fundamentales.

Tratado de Lisboa (2009)

Vigor 2009.

El Tratado de Lisboa modifica los dos principales Tratados, el Tratado de la Unión Europea y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

  • Crea presidente estable dos años y medio.
  • Crea Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y la Política de Seguridad.
  • Vincula la elección del Presidente de la Comisión al resultado de las elecciones al Parlamento.
  • Modificación en los sistemas de voto. mayoría cualificada «doble mayoría». Desaparece el veto en 40 ámbitos de acción suplementarios (asilo, la inmigración y la cooperación policial y judicial).
  • El tamaño de la Comisión Europea se reducirá de los 27 actuales a un máximo de dos tercios del número de estados miembros, a partir de 2014. Aumento extraordinario del poder de codecisión o colegislación del Parlamento Europeo.
  • Mayor papel de los Parlamentos nacionales. iniciativa popular.
  • Reforma del Parlamento Europeo: Se amplía a 736 diputados nuevas competencias legislativa y presupuestaria.
  • La UE tendrá personalidad jurídica única. Se reconoce la posibilidad de los estados de abandonar la Unión.
  • Permite a la Unión Europea tomar decisiones en materias que hasta ahora eran competencia de los Estados. mecanismo automático de colaboración forzada policial y judicial en materia penal y, también, en materia de cambio climático, deporte, turismo o ayuda humanitaria.

Para poder afrontar y resolver con eficacia los desafíos del mundo de hoy. Refuerza la democracia en la UE y mejora su capacidad de defender día a día los intereses de sus ciudadanos.

Además se refuerzan las competencias en materia de seguridad, justicia y libertades con la puesta en marcha de nuevos procedimientos legislativos que agilizan la toma de decisiones. En este tema, aumenta la solidaridad entre los Estados, para prestarse ayuda mutua en caso de una gran catástrofe.

Desarrollar el concepto de ciudadanía europea, medidas para poner al ciudadano en el centro de las preocupaciones:

  • intervención comunitaria en la lucha contra el desempleo, el respeto del medio ambiente y la protección de los consumidores.
  • derecho a acceder a los documentos de las instituciones de la UE y a comunicarse con ella en las doce lenguas oficiales.

Desproporción entre unos objetivos ambiciosos y los medios para la Pesc.

Defensa objetivos a largo plazo, la adopción de un política de defensa común y la futura integración de la Unión Europea Occidental (UEO) en la Unión Europea. Euroejército.

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