Concesiones Mineras en Chile: Exploración y Explotación

Concesiones Mineras en Chile: Marco Legal y Procedimientos

¿Qué es una concesión de exploración (explotación)? Es el título jurídico mediante el cual el Estado, a través de los tribunales ordinarios de justicia, otorga al minero el derecho exclusivo a explorar o explotar sustancias minerales concesibles en el subsuelo de un área determinada.

Características Legales de las Concesiones Mineras

Las concesiones mineras poseen las siguientes características:

  • Origen judicial: Se constituyen mediante resolución judicial.
  • Derecho real: Otorgan un derecho real sobre el inmueble.
  • Derecho inmueble: Se consideran bienes inmuebles.
  • Carácter condicional: Su vigencia está sujeta al cumplimiento de ciertas condiciones.
  • Independencia del precio superficial: Son independientes del valor del terreno en superficie.
  • Transferible, transmisible, divisible y renunciable: Pueden ser objeto de diversos actos jurídicos.

El procedimiento de constitución de una concesión minera es no contencioso, es decir, no existe contienda entre partes. El juez de letras debe pertenecer a la jurisdicción donde se ubica el punto medio del área solicitada. El procedimiento se inicia con un escrito: el pedimento o la manifestación.

Sustancias No Susceptibles de Concesión

Art. 7 del Código de Minería: No son susceptibles de concesión minera:

  • Hidrocarburos líquidos o gaseosos.
  • Litio.
  • Yacimientos en aguas marítimas bajo jurisdicción nacional.
  • Yacimientos en áreas declaradas de importancia para la seguridad nacional.

Estas restricciones no afectan a las concesiones mineras válidamente constituidas con anterioridad a la declaración de no concesibilidad o de importancia para la seguridad nacional.

Art. 13 del Código de Minería: No se consideran sustancias minerales:

  • Arcillas superficiales.
  • Arenas, rocas y otros materiales de construcción.
  • Salinas artificiales en riberas de mar, lagunas o lagos (su explotación corresponde a los propietarios riberinos).

Constitución de una Concesión Minera

Una concesión minera se constituye por resolución judicial.

Personas Impedidas de Realizar un Pedimento o Manifestación

No pueden realizar un pedimento o manifestación:

  • Ministros de corte de apelaciones, jueces y secretarios de juzgados de letras en lo civil, conservadores de minas y empleados de tales juzgados y conservadores.
  • Funcionarios del Estado o de sus organismos o empresas.
  • Cónyuges no divorciados perpetuamente e hijos de familia de las personas mencionadas anteriormente.

Pedimento y Manifestación: Definiciones

Pedimento

Es un escrito mediante el cual una persona solicita un sector para explorar sustancias minerales concesibles. Debe indicar:

  1. Coordenadas UTM del punto medio.
  2. Lados del pedimento (mínimo 1.000 metros o múltiplos).
  3. Horizonte y voluntad del concesionario.

Un pedimento que no cumpla con la indicación de coordenadas UTM o que las presente con error será rechazado. El largo y ancho del terreno no pueden tener una relación superior a 5:1.

Manifestación

Es un escrito mediante el cual una persona solicita un sector para explotar sustancias minerales concesibles.

Manifestación por Vistas

Se puede realizar cuando la superficie del terreno no excede las 100 hectáreas. En caso de juicio por ubicación, tiene preferencia la manifestación que fija su punto de interés con coordenadas UTM.

Manifestación por Coordenadas

Se realiza cuando la superficie del terreno excede las 100 hectáreas, indicando las coordenadas UTM del punto de interés.

Procedimiento para Solicitar una Concesión Minera Extractiva

  1. Presentación del escrito (pedimento o manifestación) al juzgado de letras con jurisdicción en la comuna del punto medio.
  2. Pago de la tasa dentro de los 30 días siguientes a la presentación.
  3. Inscripción y publicación de la copia autorizada del pedimento.
  4. Sentencia constitutiva de la concesión minera de explotación por parte del juzgado.

La concesión minera otorga la facultad de explorar o explotar sustancias minerales concesibles. Es un derecho real e inmueble, oponible al Estado y a cualquier persona, transferible, transmisible, susceptible de hipoteca y otros derechos reales.


Concesiones

De exploración

De Explotación

Documento

Pedimento

Manifestación

Forma

Sólido cuya cara superior es, en plano horizontal, un paralelogramo de ángulos rectos, y cuya profundidad es indefinida dentro de los planos verticales que lo limitan. Las diagonales deben cortarse en el punto de interés. El largo o ancho del paralelogramo debe tener orientación UTM N ó S.

Tamaño (lados horizontales)

Mínimo 1.000 m o múltiplos de 1.000 m

Mínimo 100 m o múltiplos de 100 m

Extensión (cara superior)

Máximo 5.000 hectáreas

Máximo 10 hectáreas

Restricción

El largo y ancho no podrán tener una relación superior de 5:1

Duración

2 años, con prórroga de 2 años más renunciando a la mitad del parea pedida

Indefinida mientras se pague la patente anual

Trámite

Presentación de documento al Juzgado de Letras – Pago de taza – Inscripción y publicación del documento – Sentencia constitutiva de la concesión minera

Datos del documento

– nombre, nacionalidad, domicilio, profesión y estado civil del solicitante

– ubicación del punto de interés en coordenadas UTM

– nombre de la concesión

– superficie (hectáreas) que comprende la cara superior de la concesión

Clasificación de Métodos de Explotación

La elección del método de explotación depende de:

  1. Características del cuerpo mineralizado y la roca caja (dimensiones, resistencia, estabilidad).
  2. Condiciones sociales y ambientales.
  3. Características geográficas (profundidad, cercanía a poblados, clima).
  4. Características geológicas y físicas del yacimiento (forma, potencia, leyes, profundidad, cubicación, mineralogía, mecánica de rocas).
  5. Condiciones económicas (costo, sistema de extracción, tratamiento, inversiones, mercado, ritmo de explotación).

Soluciones a la Disminución de Leyes en Yacimientos

Se puede optar por:

  1. Seleccionar las zonas más ricas del yacimiento.
  2. Explotar grandes masas de baja ley con bajo costo debido al gran tonelaje.

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