Contraloría General de la República de Chile: Funciones, Estructura y Fiscalización

La Contraloría General de la República (CGR)

La Contraloría General de la República (CGR) es un órgano de fiscalización superior de la Administración del Estado, contemplado en la Constitución Política, de carácter autónomo frente al Poder Ejecutivo y demás órganos públicos. Esta entidad es la encargada del control de legalidad de los actos de la Administración del Estado, no está sujeta a la vigilancia del Poder Ejecutivo ni del Congreso Nacional.

Funciones de la CGR

Cumple la función de fiscalizar el ingreso y la inversión de los fondos fiscales, municipales y de los demás organismos y servicios que determinen las leyes, examinar y juzgar las cuentas de las personas que tengan a su cargo bienes fiscales y municipales, llevar la contabilidad general de la Nación y otras funciones encomendadas por la ley. Sin este órgano fiscalizador, no sería factible verificar el uso de los fondos fiscales, municipales u otros. Por ende, es vital que, por medio de la CGR, se regule la contabilidad general del sector público del país.

La CGR nace finalmente bajo un decreto legislativo el 26 de marzo del año 1927. Sufriendo modificaciones hasta el día de hoy.

1. Función Jurídica

Consiste en ejercer el control de juridicidad de los actos de la Administración. Esta se cumple mediante la emisión de pronunciamientos jurídicos obligatorios para la administración del Estado y a través del control de las órdenes formales emanadas de la administración activa.

1.1. Función de Dictaminar

Tienen la potestad de interpretar las normas jurídicas que inciden en el ámbito administrativo, por medio de la emisión de informes jurídicos que son obligatorios para los servicios sometidos a su fiscalización.

1.2. Toma de Razón

Procedimiento de control preventivo a través del cual la CGR confirma la constitucionalidad y legalidad de los decretos y resoluciones que deben tramitarse ante ella y de los decretos con fuerza de ley que dicta el Presidente de la República.

2. Función de Auditoría

La CGR debe realizar auditorías para asegurar el cumplimiento de las normas jurídicas, el resguardo del patrimonio público y respeto del principio de probidad administrativa. En ellas se evalúan los sistemas de control, se fiscaliza la aplicación de las disposiciones relativas a la administración financiera del Estado, se comprueba la veracidad de la documentación sustentadora, verifica el cumplimiento de las normas estatutarias aplicables a los funcionarios y se buscan soluciones en el caso de que se encuentren errores en la administración. Además, puede realizar visitas de inspección en los servicios públicos que fiscaliza.

3. Función Contable

Consiste en generar información sobre los eventos económicos que modifican los recursos y las obligaciones del Estado, las que están destinadas a apoyar el proceso de toma de decisiones de los poderes del Estado, de las autoridades administrativas y de los órganos de fiscalización. Debe regular la contabilidad general del sector público, interpretar e informar acerca de los procedimientos.

4. Función Jurisdiccional

La CGR tiene que juzgar las cuentas de las personas o funcionarios que tienen a su cargo fondos o bienes públicos, de velar por la legalidad de sus ingresos, gastos y también por la integridad del patrimonio estatal, esto es para sancionar a aquellas personas que hayan causado daño al patrimonio público.

Estructura y Organización

La CGR deberá ser dirigida por una persona llamada Contralor General de la República, el cual será designado por el Presidente con la aprobación de 3/5 de los senadores, y su cargo durará 8 años, no pudiendo ser reelecto para el siguiente periodo.

Requisitos para postular al cargo

  • Tener el título de abogado al menos 10 años.
  • Haber cumplido 40 años de edad.
  • Ser un ciudadano con derecho a sufragio.
  • Dejará su cargo al cumplir 75 años de edad.

De no asistir será reemplazado por el Subcontralor General de la República. Hoy se encuentra a cargo Ramiro Mendoza Zúñiga (10 de abril de 2007 en el cargo).

La CGR se organiza en sedes regionales (excepto en la Metropolitana de Santiago), en divisiones y en otras unidades principales, a saber:

  • División Jurídica
  • División de Auditoría Administrativa
  • División de Personal de la Administración del Estado
  • División de Análisis Contable
  • División de Infraestructura y Regulación
  • División de Municipalidades
  • División de Coordinación e Información Jurídica
  • Fiscalía
  • Secretaría General

¿A quiénes fiscaliza la CGR?

Fiscaliza a los grupos y servicios centralizados y descentralizados de la Administración del Estado, (Los gobiernos regionales, las municipalidades y las empresas públicas de él, a excepción de aquellas reparticiones marginadas por ley de su control). También se someten instituciones de carácter privado en que el Estado tenga aportes, representación o participación. Dicho control se preocupa de «cautelar el cumplimiento de los fines de esas empresas, sociedades o entidades, la regularidad de sus operaciones, hacer efectivas las responsabilidades de sus directivos o empleados, y obtener la información o antecedentes necesarios para formular un Balance Nacional”.

Objetivos

  1. Entregar productos y servicios oportunos, de calidad y con valor agregado. Además de evaluar el impacto que generan en la ciudadanía y en la institucionalidad pública y finalmente ampliar la cobertura on-line de los productos y servicios.
  2. Estrechar el vínculo de la CGR con sus partes interesadas externas, para incrementar el impacto de su labor. Consiste en promover la transparencia y honradez institucional en los organismos que administran los recursos públicos y conocer la percepción ciudadana respecto de la gestión de la institución en el ámbito público.
  3. Estandarizar y mejorar los procesos de la institución con un enfoque de gestión por resultados. Lo fundamental en este ítem es fortalecer la coordinación entre las dependencias de la institución, estandarizar procedimientos a nivel nacional para las funciones de línea y apoyo, además de integrar los sistemas informáticos.
  4. Contar con funcionarios competentes, con habilidades adecuadas a las necesidades de la institución y altamente comprometidos. Consiste en desarrollar un sistema de gestión por competencias para lograr incrementar el desempeño y a la vez el nivel de satisfacción de los funcionarios, fortaleciendo el clima organizacional para mejorar la gestión de la institución y potenciar las habilidades de liderazgo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *