1. Derechos Subjetivos: Concepto y Clasificación
Derecho subjetivo: Facultad o poder que tiene una persona frente a otra u otras y que está jurídicamente protegido.
Clases de derecho subjetivo:
- Absolutos: Tienen eficacia frente a todos. El deber recae sobre una comunidad, no una persona específica.
- Relativos: Se ejercitan frente a una persona concreta y determinada.
- Patrimoniales: Tienen contenido económico y sirven para satisfacer las necesidades materiales.
- Extrapatrimoniales: No están destinados a fines económicos.
Clasificación de los Extrapatrimoniales:
- Personales: Innatos, no patrimoniales, intransmisibles, absolutos.
- De crédito: Adquiridos, patrimoniales, transmisibles, relativos.
- Reales: Adquiridos, patrimoniales, transmisibles, absolutos.
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2. Vicios del Consentimiento
Error: Equivocación o falsa representación de la realidad que lleva a consentir sobre algo distinto a lo que se desea contratar.
Violencia: Coacción física o fuerza bruta ejercida para obtener el consentimiento.
Intimidación: Temor racional y fundado de sufrir un mal inminente y grave en la persona o bienes propios o de familiares cercanos, que lleva a contratar.
Dolo: Engaño o conducta maliciosa de una parte para inducir a la otra a consentir. Debe ser grave y no empleado por ambas partes.
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3. Obligaciones: Mancomunadas vs. Solidarias
Obligaciones Mancomunadas: Pluralidad de deudores frente a un acreedor. Cada deudor responde por su parte o cuota.
- Mancomunidad Activa: Cada acreedor solo puede reclamar su parte del crédito.
- Mancomunidad Pasiva: Cada deudor solo está obligado a cumplir su parte de la deuda.
Obligaciones Solidarias: Pluralidad de deudores frente a un acreedor. Cualquier deudor responde por la totalidad de la deuda.
- Solidaridad Activa: Cualquier acreedor puede reclamar la totalidad de la prestación.
- Solidaridad Pasiva: Todos los deudores están obligados a cumplir íntegramente la obligación.
También existe la Solidaridad Mixta, con varios acreedores y deudores simultáneamente.
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4. Responsabilidad Civil Extracontractual
Responsabilidad civil extracontractual: Obligación de reparar un daño causado por un acto negligente.
Acreedor (víctima): Recibe indemnización.
Deudor (causante del daño): Obligado a reparar el daño.
- Responsabilidad Subjetiva: Requiere culpa del causante.
- Responsabilidad Objetiva: Se responde con o sin culpa del causante.
La responsabilidad objetiva se aplica siempre, mientras que la subjetiva solo si se demuestra la culpabilidad.
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5. Representación y sus Clases
Representación: Actos de una persona que producen efectos en la esfera jurídica de otra.
- Legal: Ordenada por la ley para proteger los intereses de los representados.
- Voluntaria: Puede ser directa o indirecta.
Representación Directa: Actuación por cuenta y en nombre de otro. Circulación jurídica entre representado y tercero.
Representación Indirecta: Actuación en nombre propio y por cuenta ajena. Circulación jurídica entre representante y tercero.
El Poder: Acto por el cual una persona autoriza a otra a representarla (apoderamiento).
Poderdante o representado: Quien concede el poder.
Apoderado o representante: Quien recibe la legitimación para actuar.
El apoderamiento es un acto unilateral que concreta las facultades del representante. El poder puede ser general (para gestionar todos o varios negocios) o especial (para un asunto concreto).
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6. Cuestiones Clave de Derecho
- La función ejecutiva y la potestad reglamentaria corresponde: c) Al gobierno.
- La publicación de la Ley: a) Es requisito imprescindible de su entrada en vigor.
- ¿Pueden los particulares excluir voluntariamente la aplicación de una ley? b) Si, si se trata de una norma de Derecho positivo.
- Uno de los principales caracteres de la costumbre es: a) Aplicarse en caso de no existir reglamento aplicable al caso controvertido.
- Son derechos subjetivos relativos: c) Los que se ejercitan frente a una persona concreta y determinada.
- La caducidad se puede interrumpir: c) Nunca.
- Cuando una persona adolece de aptitud para gobernarse por si misma, decimos que: b) No tiene o tiene disminuida su capacidad de obrar.
- ¿Puede un menor de edad prestar consentimiento contractual? b) No, nunca.
- El apoderamiento es un acto: a) Unilateral.
- Son elementos esenciales del contrato: c) El consentimiento, el objeto, la causa y la interpretación.
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7. Aspectos Fundamentales de los Contratos
- El contrato existe desde: b) Que una o varias personas consienten en obligarse respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio.
- Cuando los contratos se caracterizan porque están regulados específicamente por el Ordenamiento Jurídico, nos referimos a contratos: c) Típicos.
- Un contrato es bilateral: c) Cuando genera obligaciones recíprocas para ambas partes contratantes.
- Cuando el deudor no pueda cumplir con la obligación por hechos o circunstancias extraños a su voluntad, quedará exonerado de su responsabilidad: b) Siempre, salvo en los casos expresamente mencionados en la Ley o que expresamente lo declare la obligación.
- Si cualquier acreedor puede reclamar al deudor la íntegra prestación objeto de la obligación, estamos ante: a) Solidaridad activa.
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