Obligaciones y Partes del Fletamento del Buque
Partes del fletamento:
- Navegabilidad: Poner el buque en condiciones óptimas para navegar, según la póliza, a disposición del fletador en la fecha y lugar acordados.
- Mantenimiento: Mantener el casco, máquinas y equipo en estado eficiente durante todo el fletamento, incluyendo todos los viajes. La falta de mantenimiento puede suspender el pago del flete.
- Cesión comercial: El fletante pone al capitán y tripulación bajo las órdenes del fletador en lo relativo al empleo comercial. Se suelen incluir cláusulas de indemnización para cubrir daños por reclamaciones de terceros.
- Celeridad en los viajes: Realizar los viajes con la máxima rapidez, sin interrupciones ni desvíos. El fletador puede ser responsable en caso contrario.
- Colaboración: La dotación debe prestar al fletador la misma asistencia que daría al fletante si este explotara el buque.
Obligaciones del fletamiento:
- Pago del flete: El fletador debe pagar el precio acordado, generalmente por meses, aunque pueden existir otras modalidades. El pago suele ser por adelantado y el fletador cubre los gastos variables.
- Uso del buque: Emplear el buque dentro de los límites convenidos, destinándolo a puertos seguros y cargando mercancías que no afecten la seguridad.
- Devolución del buque: Devolver el buque en buen estado al término del contrato, salvo los deterioros por uso ordinario.
Conocimiento de Embarque: Concepto
El conocimiento de embarque cumple tres funciones esenciales: prueba del contrato, recibo de la entrega y título representativo de las mercancías. Estas funciones se alinean con la formalización, ejecución y cesión del contrato.
Contrato de Remolque y Practicaje
Contrato de Remolque
El remolque marítimo implica el desplazamiento de un buque mediante la tracción de otro. Ha evolucionado en tres actividades: maniobra, transporte y seguridad.
El naviero o remolcador se obliga, a cambio de una remuneración, a proporcionar la fuerza de tracción necesaria a otro cuerpo flotante, el remolcado, que se encuentra sin esa fuerza y en circunstancias que no implican peligro. Es un contrato consensual, bilateral, oneroso y mercantil.
Existen dos tipos de remolques: el remolque-maniobra y el remolque-transporte.
Contrato de Practicaje
El practicaje es el servicio de asesoramiento prestado por el práctico al capitán para facilitar la entrada y salida portuaria y otras maniobras náuticas. Tiene una doble naturaleza, pública y privada. Es un servicio portuario público ejecutado por particulares cualificados, pero las relaciones entre el práctico y el naviero se rigen por el derecho privado de la contratación.
Seguros Marítimos: Casco, Facultades y Flete
Seguro de Casco
El seguro de casco cubre el buque, incluyendo casco, aparejo, máquina, víveres, combustible y demás accesorios. Si la póliza indica que el seguro es sobre el buque, se incluyen todos los elementos adscritos, excepto la carga.
Seguro de Facultades
El seguro de facultades cubre el interés sobre las mercancías transportadas. Se presumen asegurados los accesorios de las mercancías cuando su valor es relevante. El valor asegurado suele ser el de la factura comercial más gastos de embarque, flete y aduanas.
Seguro de Flete y Beneficio Esperado
El seguro de flete cubre el riesgo de pérdida del derecho del porteador a cobrar el precio convenido. El riesgo recae sobre el cargador, que es el titular del interés asegurado. No se debe confundir con el seguro de crédito.
El seguro del beneficio esperado cubre el lucro o ganancia que espera el asegurado con la llegada de las mercancías al puerto de destino.
Acción de Avería y Acción de Abandono
Acción de Avería
La acción de avería se usa en cualquier tipo de daño, mientras que la liquidación por abandono opera solo en siniestros mayores. Se distinguen las averías del buque y de la carga, separándolas en pérdida total o parcial.
Acción de Abandono
La acción de abandono es exclusiva del seguro marítimo y transmite la propiedad de los bienes abandonados al asegurador. El asegurado cobra el importe total de la indemnización.
Avería, Accidentes y Asistencia Marítima
Avería
La avería se refiere al daño parcial, susceptible de reparación. Las averías comunes son los daños y gastos causados para salvar el buque, su cargamento o ambos.
Asistencia Marítima
La asistencia marítima es la ayuda prestada en el mar (auxilio, salvamento, remolque, recuperación de restos). Se diferencia de los accidentes marítimos porque busca evitar o disminuir las pérdidas en el mar.