La venganza significa que el hombre, ante una agresión recibida, obtiene satisfacciónmediante otro acto violento.
Se divide en cuatro subfases:1) La venganza privada o de sangre consiste en que el ofendido se hace justicia por propia mano, identificándose con la ley del Talión: “Ojo por ojo, diente por diente2) La venganza familiar, consistente en que un familiar del afectado realiza el acto de justicia y causa un daño al ofensor;3) La divina, la cual es el castigo impuesto a quien causa un daño en virtud de creencias divinas, de modo que a veces se entremezclan rituales mágicos y hechiceros;4) La venganza pública, es un acto de venganza, pero realizado por el representante del poder público.Etapa Humanitaria.
Como respuesta a la fase anterior, surge una reacción humanista enmateria penal, de manera que se pretende dar un giro absoluto y radical a la dureza del castigo.En el libro de Becaria Tratado de los delitos y de las penas, destaca aspectos como losprocedimientos arbitrarios e inhumanos para obtener confesiones.
Estas ideas, expresadas en1764, se encuentran vigentes, al igual que los principios emanados de la Revolución Francesa,con la cual surge la contemplación y tutela de los derechos del hombre.Etapa Científica.
Se considera que el castigo no basta, sino que además serequiere llevar a cabo el estudio de la personalidad del sujeto y analizar a la víctima.
Establece que todos los hombres nacen con igualdad para actuar conforme a derecho, de manera que quien lo contraría lo hace a su libre elección.• Igualdad de derechos.
Como el hombre nace con libre albedrío y puede escoger libremente entre el bien y el mal, la responsabilidad es moral.• El delito como eje y como entidad jurídica.
Como el derecho penal es una ciencia normativa que pertenece al mundo del deber ser, no era posible, según los clásicos, emplear el método seguido por las ciencias naturales.• Pena proporcional al delito.
Elabora diversas clasificaciones de los delitos.ESCUELA POSITIVA Como reacción a la escuela clásica surge esta corriente, que se fundamenta en basescientíficas que corresponden a las ciencias naturales. Niega el libre albedrío.
Afirma que el hombre no escoge de manera libre y consciente el mal sobre el bien, puesto que es un ente natural.
Cabe destacar la influencia de César Lombroso, con sus estudios médicos y antropológicos que dieron origen a la teoría de criminal nato. Responsabilidad social.
Los positivistas creen que, al igual que en la medicina, es más conveniente prevenir que curar. La medida de seguridad es más importante que la pena.
Se proponen los sustitutivos penales como medios para evitar la crueldad y abundancia de las penas.ESCUELAS ECLÉCTICASLas escuelas eclécticas afirman y niegan postulados tanto de la clásica como de la positiva.
c) Al derecho penal le debe interesar el conocimiento científico delos delitos y las penas;
Se inicia con el castigo más cruel, hasta llegar paulatinamente a una fase más humanizadae incluso científica.DERECHO PRECORTESIANO Como existían diversidad de culturas, también existían variedad de costumbres ycontemplaciones jurídicas.LOS AZTECAS.
Los delitosprincipales fueron: la Alcahuetería, el peculado, el cohecho de jueces, la traición en guerra, ledeserción, la malversación, el adulterio, el homicidio y el espionaje, entre otros.
Las penasprincipales eran: la muerte causada por medio de ahorcadura, hoguera, el degüello, eldescuartizamiento, la esclavitud, los castigos infamantes, las corporales, el destierro y elencarcelamiento.LOS MAYAS.
La pena tenía características de severidad y dureza, pero se aprecia una concepción máshumanizada y su legislación fue consuetudinaria.
Otros pueblos tenían características similares alas de los aztecas y los mayas.ÉPOCA COLONIAL A la llegada de los españoles se impusieron a los indígenas costumbres y manifestacionesde la cultura europea.
De manera específica se crearon ciertas leyes para el nuevo territoriocolonizado, como las ordenanzas de minería, la de intendentes y las de los gremios.ÉPOCA INDEPENDIENTE.
A la fecha, el código penal promulgado en 1931, es el vigente y aplicable en el D.F. enmateria del fuero común, y para toda la República en materia del fuero federal.1.3 EL DERECHO PENAL VIGENTE.
Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de MéxicoNoción — El derecho penal es el conjunto normativo perteneciente al derecho público internoque tiene por objeto al delito, al delincuente y a la pena o medida de seguridad, para mantener elorden social mediante el respeto de los bienes jurídicos tutelados por la ley.
Existen diversas nociones del derecho penal tales como: el derecho penalobjetivo, derecho penal subjetivo, derecho penal sustantivo, derecho penal adjetivo etcétera.
El derecho penal Objetivo lo constituye el conjunto de normas jurídicas emanadas del poderpúblico que establecen los delitos y señalan las penas y medidas de seguridad;
sustantivo se refiere a las normas relativas al delito, al delincuente, a la pena o medida deseguridad, también conocido como derecho material;
y adjetivo, se trata del conjunto de normasque se ocupan de señalar la forma de aplicar las normas jurícopenales en los casos concretos,también llamado derecho procesal o instrumental.
EL DERECHO PENAL, OTRAS RAMAS DEL DERECHO Y OTRAS CIENCIAS Y DISCIPLINAS Las ramas del derecho con las que tiene más relación el derecho penal son: Derechoromano, derecho civil, derecho procesal, derecho constitucional, derecho administrativo, derechoagrario, derecho laboral, derecho mercantil, derecho internacional, derecho fiscal, derechoeconómico y los derechos humanos.
LaCriminología, al igual que la medicina forense, basada en conocimientos científicos, es de unaayuda invaluable en la investigación del delito.
El derecho penal es el conjunto normativo perteneciente al derecho público interno quetiene por objeto al delito, al delincuente y a la pena o medida de seguridad, para mantener el ordensocial mediante el respeto de los bienes jurídicos tutelados por la ley.2.
Lo constituye el conjunto de normas jurídicas emanadas del poder público queestablecen los delitos y señalan las penas y medidas de seguridad;
sustantivo serefiere a las normas relativas al delito, al delincuente, a la pena o medida de seguridad, tambiénconocido como derecho material;
y adjetivo, se trata del conjunto de normas que se ocupan deseñalar la forma de aplicar las normas jurícopenales en los casos concretos, también llamadoderecho procesal o instrumental.
Al igual que la medicina forense, esta disciplina, basada en conocimientos científicos, esde una ayuda invaluable en la investigación del delito.
Derecho romano, derecho civil, derecho procesal, derecho constitucional, derechoadministrativo, derecho agrario, derecho laboral, derecho mercantil, derecho internacional, derechofiscal, derecho económico y los derechos humanos.6.
El derecho penal tiene por objeto el delito, la pena, el delincuente la medida de seguridadcon el fin de mantener el orden social mediante el respeto a los bienes jurídicos, mientras que lacriminalística es una ciencia no jurídica.7.
(Escriba dentro del paréntesis una F o una V, segúnse trate de una aseveración falsa o verdadera):a) La ley del talión es una fórmula que se identifica con la etapa de venganza pública.
Correlacione las siguientes columnas de modo que anote en el paréntesis la letra quecorresponda de la columna izquierda: ESCUELAS POSTULADOS a) Clásica El delito es el punto central de atención (a) b) Positiva La pena debe ser proporcional a la peligrosidad (b) c) Ecléctica Su método fue deductivo (a) Importa más la prevención que la represión (c) Emplea el método inductivo (b) Niega el libre albedrío (b) Existe igualdad de derechos (a) La responsabilidad es moral (a) Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de México CAPÍTULO 2 TEORÍA DE LA LEY PENAL.
La ley penal es la norma jurídica que se refiere a los delitos y a las penas o medidas deseguridad.Ignorancia de la ley penal.
así, serámerecedor de una pena quien incurra en un delito, aun cuando ignorase que existía.2.4 Ámbitos de validez de la ley penal.
Dichos ámbitos son: material, temporal, espacial ypersonal.Material Desde éste punto de vista, se distinguen tres órdenes:a) Común, local u ordinario, en la cual los estados de la federación promulgan sus propias leyes penales.
De este modo, puede decirse que no es común todo lo que no concierne a la federación.b) Federal, que son los comprendidos en el artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal.
Yc) Militar, aplicables a los miembros del Ejército y Fuerza Aérea, contenidos en el Código de Justicia Militar.TemporalEn el ámbito temporal se afirma que la ley penal solo es aplicable durante su vigencia, lo cualimplica que lo es desde el inicio de su vigencia y hasta que se deroga.
La ley solo podrá aplicarse retroactivamente cuando resulte en beneficio del inculpado osentenciado y nunca en perjuicio de alguien.Espacial.
En el ámbito de validez espacial concierne que la ley penal debe aplicarse en elterritorio donde se crea, pues emana en virtud de la soberanía de cada Estado;
En cuanto al ámbito espacial existen varios principios: de territorialidad: solo se aplica en elterritorio del Estado;
El ámbito personal de validez de la ley penal se explica que solo se aplica a la persona a quien va dirigida;
por supuesto, parte del principio de igualdad de todos los hombres ante la ley.▬ Excepciones al principio de igualdad.
Con respecto a la excepcionalidad del principio de igualdad, hay situaciones especiales en las que este principio deja de tener aplicación: en el derecho de interno, la declaración de procedencia, y en el derecho internacional, la inmunidad.
nulla poena sinetipo: no hay pena sin tipo, ya que al no haber tipicidad de una conducta determinada inscrita no sepuede fijar pena alguna;
nulla poena sine crimen: no hay pena sin delito: y nulla poena sine lege:no hay pena sin ley.3.
La interpretación analógica consiste en interpretar la norma, de manera que se recurra anormas o casos entre sí, a fin de desentrañar su sentido.6.
Escriba en el paréntesis de la derecha una F o una V, según sea falsa o verdadera cadauna de las aseveraciones siguientes:a) En la legislación penal mexicana está prohibida la interpretación analógica (F)b) La ignorancia de ley excusa su cumplimiento (F)c) Sólo el juez puede interpretar la ley (F)8.
Precise y explique cada ámbito de validez de la ley penal.R = Dentro del ámbito material se distinguen tres órdenes desde los cuales pueden contemplarsela aplicación de la norma: en común, local u ordinario, federal o excepcional y en militar ocastrense.
Por otra parte, en el ámbito temporal se afirma que la ley penal solo es aplicable durantesu vigencia, lo cual implica que lo es desde el inicio de su vigencia y hasta que se deroga.
En el ámbito de validez espacial concierne que la ley penal debe aplicarse en el territoriodonde se crea, pues emana en virtud de la soberanía de cada Estado;
El ámbito personal de validez de la ley penal seexplica que solo se aplica a la persona a quien va dirigida;
En cuanto al ámbito espacial existen varios principios: de territorialidad: solo se aplica en elterritorio del Estado;
Con respecto a la excepcionalidad del principio de igualdad, hay situaciones especiales enlas que este principio deja de tener aplicación: en el derecho de interno, la declaración deprocedencia, y en el derecho internacional, la inmunidad.
La expulsión consiste en que un Estado puede expulsar a los extranjeros cuyapermanencia en el territorio juzgue inconveniente, en tanto que la extradición es la entrega quehace un Estado a otros de un acusado o condenado que se ha refugiado en aquel.12.
La ley solo podrá aplicarse retroactivamente cuando resulte en beneficio del inculpado osentenciado y nunca en perjuicio de alguien.13.
En el derecho interno existe el fuero en el cual a determinados servidores públicos, ante lacomisión de un delito, se les da un tratamiento especial, derivado de su función ante el Estado;
yen derecho internacional, existe la inmunidad, prerrogativa que se concede a los diplomáticos deotros países que se encuentran en el territorio nacional en el desempeño de sus funciones.
Denominado también víctima u ofendido, es la persona física o moral sobrequien recae el daño o peligro causado por la conducta realizada por el delincuente.
Existe el sujetopasivo de la conducta, que es la persona que de manera directa resiente la acción del sujetoactivo, pero la afectación, en sentido estricto, la recibe el titular del bien jurídico tutelado;
Se distinguen dos tipos de objetos: El objeto material es persona ocosa sobre la cual recae directamente el daño causado por el delito cometido o el peligro en quese colocó a dicha persona o cosa;
Son las formas en que puede darse el delito, esdecir, los casos en los cuales surgen varios resultados típicos.Concurso de delitos.
En principio, una sola conducta produce un solo resultado, pero hay dos casos enlos cuales se presentan dos figuras que constituyen el concurso de delitos: el concurso ideal oformal ocurre cuando con una sola conducta se producen varios resultados típicos, en cuyo casose dice que existe unidad de acción u pluralidad de resultados;
y el concurso real o material sepresenta cuando con varias conductas se producen varios resultados típicos;Desarrollo del delito (iter criminis).
El delito pasa por diversas etapas o fases cuyaimportancia radica en la punibilidad.Etapa interna del iter criminis.
No es punible, ya que essubjetiva su realización.La fase externa del delito surge al terminar la resolución y consta de tres etapas:manifestación, preparación y ejecución.TENTATIVA.
Se constituye por los actos materiales tendientes a ejecutar el delito, de modo queéste no se produzca por causas ajenas a la voluntad del agente.
Puede ser acabada, tambiénllamado delito frustrado, cuando el sujeto activo realiza todos los actos encaminados a producir elresultado, sin que éste surja por causas ajenas a su voluntad;
y la tentativa inacabada, conocidaigualmente como delito intentado, que consiste en que el sujeto deja de realizar algún acto queera necesario para producir el resultado, por lo cual éste no ocurre.
Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de México Otras figuras relacionadas son el desistimiento, cuando el sujeto activo suspendeespontáneamente los actos tendientes a cometer el delito;
el delito imposible, en donde el agenterealiza actos encaminados a producir el delito pero éste no surge por no existir el bien jurídicotutelado, por no ocurrir el presupuesto básico indispensable o por falta de idoneidad de los mediosempleados;
y por último, el delito putativo, también llamado imaginario, consiste en actostendientes a cometer lo que el activo cree que es un delito, pero en realidad no lo es.3.4 Noción del delito.
es jurídico formal, el cual a la letra dice:»delito es el acto u omisión que sancionan las leyes penales”.Jurídico sustancial.
Según esta última algunos autores estiman que el delito se forma con unnúmero determinado de elementos: así habrá unas teoría biatómica, tritómica, tetratómica,pentatómica, haxatómica y heptatómica.3.5 Elementos del delito y sus aspectos negativosImportancia, generalidades y noción de los elementos del delito.
Los elementos del delito son la partesque lo integran y son: Conducta, tipicidad, antijuricidad, culpabilidad, punibilidad, imputabilidad ycondiciones objetivas de punibilidad, de acuerdo con la teoría heptatómica.Noción de aspectos negativos.
Los elementos del delito son los aspectos positivos, a cadauno de los cuales corresponde uno negativo, que viene a ser la negación de aquel;
De la conducta es la persona que de manera directa resiente la acción del sujeto activo,pero la afectación, en sentido estricto, la recibe el titular del bien jurídico tutelado;
En que el objeto material es persona o cosa sobre la cual recae directamente el dañocausado por el delito cometido o el peligro en que se colocó a dicha persona o cosa;
El concurso ideal o formal ocurre cuando con una sola conducta se producen variosresultados típicos, en cuyo caso se dice que existe unidad de acción u pluralidad de resultados;
elartículo 64 del CPDF señala que en caso de concurso ideal o formal, se aplicará la penacorrespondiente al delito que merezca la mayor, que se aumentará hasta una mitad del máximode su duración, sin que pueda exceder de las máximas señaladas en el título segundo del libroprimero.5.
64 CPDF establece que en caso de concurso real,se impondrán las penas previstas para cada uno de los delitos cometidos, sin que exceda de lasmáximas señaladas en el título segundo del libro primero.6.
En la resolución el sujeto activo decide cometer el delito o sea, afirma su propósito dedelinquir, o bien rechaza la idea definitivamente.8.
En que la manifestación no tiene todavía consecuencia jurídica, mientras que lapreparación se forma por los actos que realiza el sujeto con el propósito directo de cometer eldelito, es decir, actos preparatorios, que por sí solos pueden no ser antijurídicos y, enconsecuencia, no revelarán la intención delictuosa, a menos de que por sí solos constituyandelitos.9.
La tentativa acabada, también llamado delito frustrado, consiste en que el sujeto activorealiza todos los actos encaminados a producir el resultado, sin que éste surja por causas ajenas asu voluntad.
La tentativa inacabada, conocida igualmente como delito intentado, consiste en queel sujeto deja de realizar algún acto que era necesario para producir el resultado, por lo cual ésteno ocurre.
En el delito imposible el agente realiza actos encaminados a producir el delito pero éste nosurge por no existir el bien jurídico tutelado, por no ocurrir el presupuesto básico indispensable o Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de Méxicopor falta de idoneidad de los medios empleados;
mientras que el delito putativo, también llamadoimaginario, consiste en actos tendientes a cometer lo que el activo cree que es un delito, pero enrealidad no lo es.11.
es jurídico formal, el cual a la letra dice: «delito es elacto u omisión que sancionan las leyes penales».14.
Los elementos de la acción son la voluntad( el querer conciente), laactividad ( Hacer o actuar), el resultado (consecuencia de la conducta) y el nexo de causalidad(ligamiento o nexo que une a la conducta con el resultado, el cual debe ser material).Teorías acerca del nexo de causalidad.▬ Equivalencia de las condiciones.
Conocida como teoría de la conditio sine qua non, la cual señala que todas las condiciones son equivalentes.▬ Última condición.
La omisión consiste en realizar la conducta típica con abstención de actuar, esto es, nohacer o dejar de hacer.
o comisión por omisión o impropia, es un no hacer voluntario culposo, cuyaabstención produce un resultado material, y se infringen una norma preceptiva y otra prohibitiva.Elementos de la omisión.
Por regla general, el delito produce el daño o peligro en el momento de llevarse a cabo la conducta;
sin embargo, a veces varía el tiempo de uno y otra.4.2 Aspecto negativo: ausencia de conducta.
Habrá ausencia de conducta en los siguientes casos:Vis absoluta, consiste en que una fuerza humana exterior e irreversible se ejerce contra la voluntad de alguien, quien en apariencia comete la conducta.Vis mayor, es la fuerza mayor que, a diferencia de la vis absoluta, proviene de la naturaleza.actos reflejos, son aquellos que obedecen a excitaciones no percibidas por la conciencia por transmisión nerviosa a un centro y de éste a un nervio periférico.Sueño y sonambulismo, dado el estado de inconciencia temporal en que se encuentra la persona durante el sueño y el sonambulismo, algunos penalistas consideran en que existirá ausencia de conducta.
EHipnosis, es otra es otra forma considerada en la ausencia de conducta, de modo que de cometerse un delito existirá ausencia de conducta.
De no existir tipo, aun cuando en realidad alguien realice una conducta que afectea otra persona, no se podrá decir que aquel cometió un delito.5.2 Tipicidad.
Es la adecuación de la conducta al tipo, o sea, el encuadramiento de uncomportamiento real a la hipótesis legal.5.3 Principios generales de la tipicidad.
La tipicidad se apoya en los siguientes principios:a) Nullum crimen sine lege: no hay delito sin ley.b) Nullum crimen sine tipo: no hay delito sin tipo.c) Nulla poena sine tipo: No hay pena sin tipo.d) Nulla poena sine crimen: no hay pena sin delito.
Se clasifican como sigue:a) Por la conducta pueden ser de acción (hacer o actividad) o de omisión (no hacer o inactividad), la cual se subdivide en omisión simple y comisión por omisión.b) Por el daño pueden ser: de daño o lesión.c) Por el resultado pueden ser: formal o de mera conducta.
Y material o de resultado en donde es necesario un resultado.d) Por la intencionalidad pueden ser: doloso, intencional, es cuando el sujeto activo comete el delito con la intención de realizarlo;
y preterintencional o ultraintencional, en donde el agente desea un resultado típico, pero de menor intensidad o gravedad que el producido.e) Por su estructura pueden ser: simple, cuando el delito cometido solo consta de una lesión;
y complejo, cuando consta de más de una afectación y da lugar al surgimiento de un delito distinto y de mayor gravedad.f) Por el número de sujetos pueden ser: unisubjetivo, que para su integración requiere de un solo sujeto activo, y el plurisubjetivo requiere de dos o más sujetos activos.g) Por el número de actos: unisubsistente, el que requiere de un solo acto;
y plurisubsistente, el que se integra por la concurrencia de varios actos.h) Por su duración: instantáneo, se consuma en el momento en que se realizaron todos sus elementos;
y el permanente, después de que el sujeto realiza la conducta, ésta se prolonga en el tiempo a voluntad del activo.i) Por su procedencia o perseguibilidad: de oficio, en donde se requiere la denuncia del hecho por parte de cualquiera que tenga conocimiento del delito;
y de querella necesaria, el que solo puede perseguirse a petición de la parte ofendida.j) Por la materia: en común, es el emanado por las legislaturas locales;
Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de Méxicok) Por el bien jurídicamente protegido, los delitos se clasifican por el bien jurídico que tutelan, criterio que sigue el CPDF.l) Por su ordenación metódica: básico o fundamental, es el que sirve de base y del cual se derivan otros;
y complementado, es un tipo básico, adicionado de otros aspectos o circunstancias que modifican su punibilidad, de manera que lo agravan o atenúan.m) Por su composición: En normal, la descripción legal solo contiene elementos objetivos;
anormal, se integra de elementos objetivos, subjetivos o normativos.n) Por su autonomía o dependencia: en autónomo, el que tiene existencia por sí;
subordinado, el que su existencia depende de otro tipo.o) Por su formulación: en casuístico, tipo que plantea diversas hipótesis para integrarse, a su vez de subclasifica en: alternativo y acumulativo;
y amplio, el tipo no precisa un medio específico de comisión, de modo que puede serlo cualquiera.p) Por la descripción de sus elementos: descriptivo, el que describe con detalle los elementos que debe contener el delito;
y subjetivo, se refiere a la intención del sujeto activo o al conocimiento de una circunstancia determinada o algo de índole subjetiva.5.5 Aspecto negativo: atipicidad.▬ La atipicidad es la no adecuación de la conducta al tipo penal, lo cual da lugar a la no existencia del delito.▬ La ausencia de tipo es la carencia del mismo.
La diferencia estriba en que el delito unisubjetivo, para su integración requiere de un solosujeto activo, mientras que el plurisubjetivo requiere de dos o mas sujetos activos.
el instantáneo con efectos permanentes afecta instantáneamente el bien jurídico, perosus consecuencias permanecen durante algún tiempo;
por su parte, el permanente, después deque el sujeto realiza la conducta, ésta se prolonga en el tiempo a voluntad del activo.9.
CRITERIO DE CLASIFICACION Común, federal, militar, político (G) a) Por su formulación y de derecho internacional Formal y material ( H ) b) Por su composición De acción y de omisión.
( D) c) Por su ordenación metódica De daño y de peligro ( E) d) Por la conducta Contra la vida, el patrimonio, la libertad ( F) e) Por el daño sexual, a nación, la salud, etc.
Normales y anormales ( B) f) Por el bien jurídico tutelado Casuístico y amplio ( A) g) Por la materia Básico, Especial complementado ( C) h) Por el resultado Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de México CAPÍTULO 6 ANTIJURICIDAD Y SU ASPECTO NEGATIVO.La antijuricidad — Es lo contrario a derecho.
Lo constituyen las causas deJustificación, que son las razones o circunstancias que el legislador consideró para anular laantijuricidad de la conducta típica realizada, al considerarla lícita, jurídica o justificativa.– Naturaleza.
La naturaleza de las causas de justificación es eminentemente objetiva, puesderivan de la conducta o de algún elemento interno.– Fundamentación de las causas de justificación.
Consiste en repeler una agresión real, actual o inminente y sin derecho, en defensa de bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista necesidad de la defensa y racionalidad de los medios empleados y que no medie provocación dolosa suficiente e inmediata por parte del agredido o de la persona a quien se defiende.
Aparte de la forma genérica, la ley prevé dos casos de presunciones iuris tantum: la primera, se refiere a la causación de algún daño a quien trate de penetrar, sin derecho, al hogar de otro, al de la familia de otro, o a las dependencias de cualquier persona que tenga deber de defender.
El segundo caso es aquel en el que el daño se causa a un intruso a quien se sorprenda en la habitación u hogar propios, de la familia o de cualquier persona que tenga la obligación de defender.▬ Exceso.
La repulsa a la agresión injusta deberá traducirse en una acción que sea necesaria y proporcional a la agresión o al posible daño.
Consiste en obrar por la necesidad de un bien jurídico propio o ajeno, respecto de un peligro real, actual o inminente, no ocasionado dolosamente por el agente, lesionando otro bien jurídico de menor o igual cuantía que el salvaguardado siempre que el peligro no sea evitable por otros medios y el agente no tuviera el deber jurídico de afrontarlo.• Los casos específicos de estado de necesidad, contemplados en el Código Penal son: — Aborto terapéutico y — robo de indigente.▬ Ejercicio de un derecho.
Ejercer un derecho es causar algún daño cuando se obra de forma legítima, siempre que exista necesidad racional del medio empleado.▬ Cumplimiento de un deber.
El cumplimiento de un deber consiste en causar un daño obrando en forma legítima en cumplimiento de un deber jurídico, siempre que exista necesidad racional del medio empleado.▬ Obediencia jerárquica.
Se definía como causar un daño en obediencia de un superior legítimo en el orden jerárquico aún cuando su mandato constituyese un delito, si esta circunstancia no es notoria ni se prueba que el acusado la conocía.▬ Impedimento legítimo.
Consistía en: causar un daño, en contravención a lo dispuesto por la ley penal, de manera que se deje de hacer lo que manda, por un impedimento legítimo.
15 del CPDF, fracc, III, que establece: …»Se actúe con el consentimiento del titular del bien jurídico afectado, siempre que se llenen los siguientes requisitos: a) que el bien jurídico sea disponible;
Se refieren a la causación de algún daño a quien trate de penetrar, sin derecho, al hogar deotro, al de la familia de otro, o a las dependencias de cualquier persona que tenga deber dedefender, o si se le encuentra en alguno de los lugares indicados en circunstancias que revelen laprobabilidad de una agresión.
El segundo caso es aquel en el que el daño se causa a un intruso aquien se sorprenda en la habitación u hogar propios, de la familia o de cualquier persona quetenga la obligación de defender.6.
Se definía como: causar daño en obediencia a un superior legítimo en el orden jerárquicoaún cuando su mandato constituya un delito, si esta circunstancia no es notoria ni se prueba queel acusado la conocía.9.
15 del CPDF, fracc, III, que establece: …»Se actúe con elconsentimiento del titular del bien jurídico afectado, siempre que se llenen los siguientesrequisitos: a) que el bien jurídico sea disponible;
o bien, que el hecho se realice en circunstancias tales que permitan fundamentalmente presumir que, de haberse consultado al titular, éste hubiera consultado el mismo.
La riña es una contienda en que ambos sujetos se hallan en igualdad de circunstancias, adiferencia de la legítima defensa, en la cual hay un agresor y un agredido que repele la agresión.Coloque una F o una V según se trate de falso o verdadero:11.
La imputabilidad es la capacidad de entender y querer en el campo del derecho penal.7.2 Acciones liberae in causa.
Las acciones Liberae in causa son aquellas libres en su causa y consisten en que el sujeto,antes de cometer el delito, realiza actos de manera voluntaria o culposa que lo colocan en unestado en el cual no es imputable y comete un acto criminal.7.3 Aspecto negativo: inimputabilidad.
La inimputabilidad es el aspecto negativo de la imputabilidad y consiste en la ausencia decapacidad para querer y entender en el ámbito del derecho penal.7.4 Causas de inimputabilidad.Desarrollo mental retardado, es un proceso tardío de la inteligencia, que provoca incapacidad paraentender y querer.
La sordomudez solo será causa de inimputabilidad solo si el sujeto carece decapacidad para entender y querer.Trastorno mental, incluye cualquier alteración o mal funcionamiento de las facultades psíquicas,siempre que impidan al agente comprender el carácter ilícito del hecho o conducirse acorde conesa comprensión.Miedo grave, es un proceso psicológico mediante el cual el sujeto cree estar en un mal inminente ygrave.
YMinoría de edad, Se considera que los menores de edad carecen de madurez y, por lo tanto, decapacidad para entender y querer.
La inimputabilidad es el aspecto negativo de la imputabilidad y consiste en la ausencia decapacidad para querer y entender en el ámbito del derecho.3.
Las acciones Liberae in causa son aquellas libres en su causa y consisten en que el sujeto,antes de cometer el delito, realiza actos de manera voluntaria o culposa que lo colocan en unestado en el cual no es imputable y comete un acto criminal.4.
Desarrollo mental retardado, es un proceso tardío de la inteligencia, que provocaincapacidad para entender y querer.Trastorno mental, incluye cualquier alteración o mal funcionamiento de las facultades psíquicas,siempre que impidan al agente comprender el carácter ilícito del hecho o conducirse acorde conesa comprensión.Miedo grave, es un proceso psicológico mediante el cual el sujeto cree estar en un mal inminente ygrave.
YMinoría de edad, Se considera que los menores de edad carecen de madurez y, por lo tanto, decapacidad para entender y querer.5.
¿A que edad se considera imputable un sujeto en el D.F.?R. La edad para ser imputable en la legislación penal del D.F. es de 18 años.6.
La sordomudez solo será causa de inimputabilidad solo si el sujeto carece de capacidadpara entender y querer.7.
El trastorno mental incluye cualquier alteración o mal funcionamiento de las facultadespsíquicas, siempre que impidan al agente comprender el carácter ilícito del hecho o conducirseacorde con esa comprensión, mientras que el desarrollo mental retrasado es un proceso tardío dela inteligencia, que provoca incapacidad para entender y querer.8.
Existen dos teorías de la culpabilidad: la teoría psicológica, la cual funda laculpabilidad en el aspecto psicológico del sujeto activo;
y la teoría normativa, misma que laculpabilidad tiene de base la imperatividad de la ley.La culpabilidad tiene dos tipos o grados:1) El dolo.
El dolo consiste en causar intencionalmente el resultado típico, con conocimiento y conciencia de la antijuricidad del hecho.
Es el segundo grado de culpabilidad y ocurre cuando se causa un resultado típico sin intención de producirlo, pero se ocasiona por imprudencia o falta de cuidado o de precaución, cuando pudo ser previsible y evitable.
Suprimido en las reformas del 10 de enero de 1994, consistía en producir unresultado de mayor gravedad que el deseado.Delitos que pueden revestir la forma culposa.
Dada la naturaleza de cada delito, soloalgunos admiten la forma culposa, como por ejemplo: el homicidio, las lesiones, daños o el aborto.Causas de inculpabilidad.
Las causa de inculpabilidad son las circunstancias que anulan lavoluntad o el conocimiento, a saber: error esencial de hecho invencible;
La inculpabilidad es la ausencia de culpabilidad;significa la falta de reprochabilidad ante el derecho penal, por faltar la voluntad o el conocimientodel hecho.Error.
Únicamente el error que constituye causa de inculpabilidad de hecho esencial invencible,el consiste en una falsa concepción de la realidad;
es un conocimiento deformado o incorrecto, querecae en condiciones del hecho y que impide se dé el dolo.El error accidental es cuando recae sobre circunstancias accesorias y secundarias del hecho: elaberratio ictus es el error en el golpe o acción delictiva, el aberratio in persona es el error en elsujeto pasivo y el aberratio in delicti es el error en el delito.Eximentes putativas.
Son los casos en que el agente cree ciertamente (por error esencial dehecho) que está amparado por una circunstancia justificativa.• No exigibilidad de otra conducta.
Cuando se produce una consecuencia típica, por las circunstancias, condiciones, características, relaciones, parentesco, etc., de la persona, que no puede esperarse y menos exigirse otro comportamiento.• Temor fundado.
Consistía en causar un daño por creerse el sujeto fundadamente amenazado de un mal grave por lo que actuaba por ese temor.• Caso fortuito.
Consiste en causar un daño por mero accidente, sin intención ni imprudencia alguna, al realizar un hecho lícito con todas las precauciones debidas.
Es el segundo grado de culpabilidad y ocurre cuando se causa un resultado típico sinintención de producirlo, pero se ocasiona por imprudencia o falta de cuidado o de precaución,cuando pudo ser previsible y evitable.5.
no es la ausencia de conocimiento, sino un conocimiento deformado o incorrecto, que recae en condiciones del hecho y que impide se dé el dolo.
Cuando se produce una consecuencia típica, por las circunstancias, condiciones, características, relaciones, parentesco, etc., de la persona, que no puede esperarse y menos exigirse otro comportamiento.
Consistía en causar un daño por creerse el sujeto fundadamente amenazado de un mal grave por lo que actuaba por ese temor.
Consiste en causar un daño por mero accidente, sin intención ni imprudencia alguna, al realizar un hecho lícito con todas las precauciones debidas.8.
Eximentes putativas son los casos en que el agente cree ciertamente (por error esencial dehecho) que está amparado por una circunstancia justificativa.10.
Establezca la diferencia entre el aberratio ictus, in persona e in delicti.R.▬ El aberratio ictus es el error en el golpe o acción delictiva.▬ El aberratio in persona es el error en el sujeto pasivo y▬ El aberratio in delicti es el error en el delito.
Deriva del margen señalado por la ley en cada norma que establece una pena, al considerar que ésta tiene una dimensión que va de un mínimo a un máximo.2) Circunstancias atenuantes.
Las excusas absolutorias constituyen la razón o fundamento que ellegislador consideró para que un delito, a pesar de haberse integrado en su totalidad, carezca dePunibilidad.Excusas absolutorias en la legislación mexicana.
La condicionalidad objetiva está constituida por requisitos que la ley señala eventualmente para que pueda perseguirse el delito.
Algunos autores dicen que son requisitos de procedibilidad o perseguibilidad, mientras que para otros son simples circunstancias o hechos adicionales, exigibles, y para otros más constituyen un auténtico elemento del delito.▬ Ausencia Es el aspecto negativo de la condicionalidad objetiva.
Las excusas absolutorias constituyen la razón o fundamento que el legislador considerópara que un delito, a pesar de haberse integrado e su totalidad, carezca de Punibilidad.4.
Por temibilidad mínima, por ejercicio de un derecho, por no exigibilidad de otra conducta ypor innecesariedad de la pena.5.
La condicionalidad objetiva está constituida por requisitos que la ley señalaeventualmente para que pueda perseguirse el delito.
Algunos autores dicen que son requisitos deprocedibilidad o perseguibilidad, mientras que para otros son simples circunstancias o hechosadicionales, exigibles, y para otros más constituyen un auténtico elemento del delito.6.
Desde el punto de vista del derecho penal se pueden apreciar ciertosaspectos necesarios para comprender los problemas que ofrece esta ciencia jurídica.10.2 El delincuente.
Preocupado por elcomportamiento humano, sobre todo por la conducta criminal, se dedicó a estudiar, en espacial, alos delincuentes de su época.
Llegó a la conclusión de que el delincuente es el eslabón perdido,pues en la evolución de la especie, el simio se convierte en hombre, pero queda un espacio que, Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de Méxicosegún él, corresponde al hombre delincuente;
Muchas de las nociones manejadas actualmente en ciencias penales y afines a éstasparten de los estudios de Lombroso, como la peligrosidad, los factores criminógenos, lapredisposición criminal, el concepto del delincuente como ser biopsicosocial, etcétera.10.3 Frecuencia del comportamiento delictivo.
Hay sujetos que en toda su vida nocometen ningún delito, otros que cometen varios, y otros más que hacen del delito su forma devida.▬ Primodelincuencia.
Se produce cuando el sujeto comete el delito en función de habérsele presentado la ocasión propicia.▬ Delincuencia profesional.
se trata de desarrollar el comportamiento como una profesión, incluso el sujeto trata de perfeccionarse y llega a haber especialidades, como en la comisión de algunos delitos patrimoniales.10.4 Identificación del delincuente.
No bastan los datos e informaciones aportados por lavíctima y los testigos, sino que es necesaria la intervención de los especialistas para lograr laidentificación del delincuente.Criminalística.
En criminalística existen los siguientes sistemas de identificación del delincuente:dactiloscópicos, antropomórfico, retrato hablado y, química y biología forense.10.5 Concurso de personas.
Al igual que en el delito, se da también el fenómeno de laconcurrencia en las personas, y consiste en la reunión de dos o más personas con sujetos activosdel delito.▬ Delito plurisubjetivo.
Ha sido tratada por las siguientes teorías: Teoría de la causalidad: quienes coadyuvan con su unión a causar el resultado son coautores, partícipes o codelincuentes;
Los grados de participación son: a) Autoría, es la persona física que realiza la conducta típica, y puede ser material, e intelectual.
h) Provocación o determinación, consiste en utilizar y aprovechar la idea que otra persona tiene, propiciando el reforzamiento para que lo cometa.
Consiste en la reunión habitual, ocasional o transitoria de tres o más personas que,sin con propósito de cometer delitos, cometen en común, alguno.Muchedumbre delincuente.
Cuando dos o más personas acuerden organizarse o se organicenpara realizar, en forma permanente o reiterada, conducta que por sí o unidas a otras, tienen comofin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionados por ese solohecho, como miembros de la delincuencia organizada.
Explique cada uno.R.Autoría, es la persona física que realiza la conducta típica, y puede ser material, quien laejecuta de manera material y directa e intelectual, la cual es quien idea, dirige y planea el delito.Coautoría, es en donde intervienen dos o más sujetos en la comisión de un delito.
Provocación o determinación, consiste enutilizar y aprovechar la idea que otra persona tiene, propiciando el reforzamiento para que locometa.
Y porúltimo, la Asociación, es un convenio que celebran varios sujetos para cometer un delito conbeneficio de otros.3.
La asociación delictuosa se integra por un grupo o banda de tres o más personas que seasocian con el propósito de delinquir.5.
En que el encubrimiento es el auxilio posterior que se da al delincuente, mientras que en lacoautoría, las personas coautoras son sujetos activos del delito y que se ayudan o auxilian en elinstante de cometer el delito.6.
Esta noción la maneja Jiménez de Asúa y la identifica a esta forma de delinquir como“delito de las muchedumbres” o “delito multitudinario”, porque “surge sin previo acuerdo, no esforma de la codelincuencia”.7.
La conceptúo como algo parecido a la pandilla, la cual consiste en la reunión habitual,ocasional o transitoria de tres o más personas que, sin con propósito de cometer delitos, cometenen común, alguno.9.
Cuando dos o más personas acuerden organizarse o se organicen para realizar, en formapermanente o reiterada, conducta que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometeralguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionados por ese solo hecho, como miembrosde la delincuencia organizada.10.
El concurso ideal es cuando un solo sujeto produce varios resultados típicos, en tanto queel material o real se presenta cuando varios sujetos producen diversos resultados típicos.
Los fines de la pena son: de corrección, de protección y de intimidación.Clasificación.• Por sus consecuencias, en reversible e irreversible;• Por su aplicación, en principal, accesoria y complementaria;• Por la finalidad que persigue, correctiva intimidatoria o preventiva y en eliminatoria;
y• Por el bien jurídico que afecta, en pena capital o de muerte, corporal, pena pecuniaria, pena laboral, pena infamante, pena privativa de la libertad y condena condicional.▬ Individualización.
Una vez que el juez señala e impone una pena por sentencia en el caso concreto, ésta deberá cumplirse.11.2 Medidas de seguridad.
Es el medio en el cual el Estado trata de evitar la comisión dedelitos, por lo que impone al sujeto medidas adecuadas al caso concreto con base en supeligrosidad.11.3 Extinción penal.
La Acción penal es una atribución del Estado consistente en hacer quelas autoridades correspondientes apliquen la norma penal a los casos concretos.
la amnistía,perdón por parte del ofendido, el indulto, por la muerte del delincuente, por innecesariedad de lapena o por prescripción.11.4 Rehabilitación.
Es reintegrar al sentenciado en sus derechos civiles, políticos y de familiaque estaban suspendidos o había perdido, a causa de la sentencia o por un proceso cuyo ejercicioestuviere suspenso.11.5 Readaptación.
Se trata de adaptar o readaptar al sujeto para que pueda, posteriormente alcumplimiento de su sentencia, vivir en sociedad.
y por el bien jurídico que afecta, en pena capital o de muerte, corporal, penapecuniaria, pena laboral, pena infamante, pena privativa de la libertad y condena condicional.3.
La libertad preparatoria se concede al reo que ha cumplido tres quintas partes de sucondena respecto de los delitos intencionales o la mitad si fuere culposo, cuando haya observadobuena conducta, que se presuma su readaptación, esté en condiciones de no reincidir y hayareparado el daño o, por lo menos, se comprometa a repararlo;
mientras que se diferencia de lacondena condicional consiste en que, cuando el sujeto no sea reincidente por delito doloso y lapena no exceda de cuatro años, el juez podrá dejarlo en libertad, si se presume que no volverá adelinquir, el sentenciado y previo otorgamiento de una garantía.4.
2) es intimidatoria, 3) es socialmente ejemplar ya quepsicológicamente afecta en el sentir social ( hombres y mujeres psicológicamente normales), 4)con respecto a la criminología, existen delincuentes no readaptables, incurables que se puededemostrar en los reincidentes genéricos, los habituales y los profesionales;
5) por último, enmuchas cárceles si no es que en todas, no existe la verdadera readaptación social, lo cual generasolo un delincuente mejor capacitado además que la vida en la cárcel es muy dura y tormentosapara muchos.
Es bien sabido, además, que el artículo 22º Constitucional establece en su últimopárrafo que prevalece la pena de muerte para los parricidas, los homicidas con premeditaciónalevosía o ventaja, a los salteadores de caminos, a los piratas, etc.5.
En mi opinión se prestaría a violaciones de los derechos más esenciales del hombre conrespecto a los inocentes declarados culpables, ¿en cuantos se realizarían injusticias por una malainterpretación por parte del juzgador?
Por otro lado ocasionaría indignación pública por parte dequienes se dicen defienden los derechos humanos.6, Correlacione las columnas siguientes: a) Pena Multa ( a ) Prisión ( a ) b) Medida de seguridad Confinamiento ( a ) Prohibición de ir a lugar determinado (aob ) Trabajo a favor de la comunidad ( a )7.
Cuando se cumple, por el perdón de la parte ofendida, por la muerte del delincuente, porinnecesariedad de la pena y por la prescripción.
Es la principal forma de extinción, en donde se cumple la pena o medida de seguridad, impuesta, de modo que, una vez consumada, se extinguirá.▬ Amnistía se aplica en caso de delitos políticos.▬ Perdón, es la forma de extinción penal que otorga la parte ofendida y solo opera en los casos de querella necesaria y debe ser absoluto e incondicional, otorgada antes de dictada la sentencia y siempre que el procesado no se oponga.▬ Indulto, procede únicamente de sanción impuesta en sentencia irrevocable y no extingue la obligación de reparar el daño.▬ Muerte del delincuente, por esta razón obvia, no puede ejercerse tanto la acción panal ni la pena a quien está muerto.▬ Innecesariedad de la pena, cuando el juez lo considere pertinente, podrá prescindir de la pena, debido a la afectación o menoscabo de salud que haya sufrido el delincuente, por senilidad, etc., y que la haga innecesaria.
Y▬ Prescripción, que consisten el transcurso de determinado tiempo que la ley señale, siempre que existan los supuestos legales señalados.10.
El indulto se aplica en todos los delitos y en sentencia irrevocable, mientras que la amnistíasolo en delitos políticos.12, ¿Cuál es la diferencia entre perdón e indulto?R.
El indulto no extingue la obligación de reparar el daño y el perdón solo procede en delitosque procedan de perseguibilidad por querella necesaria.13, ¿Es aplicable la pena de muerte en México?R.
Sí lo establece el artículo 22º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanospara ciertos delincuentes y siguiendo las formalidades que la misma norma establece.14.
Es reintegrar al sentenciado en sus derechos civiles, políticos y de familia que estabansuspendidos o había perdido, a causa de la sentencia o por un proceso cuyo ejercicio estuvieresuspenso.16.
Se trata de adaptar o readaptar al sujeto para que pueda, posteriormente al cumplimientode su sentencia, vivir en sociedad.
El delito de homicidio se clasifica en: básico o fundamental, de acción o decomisión por omisión, normal, material, de lesión o daño, instantáneo, simple, unisubsistente,unisubjetivo, de oficio, de formulación libre o amplio, y autónomo o independiente.1.4 Conducta, formas y medios de ejecución.• Conducta típica.
Los artículos 303 y 304 de CPDF indican cuando existe nexo causal y el 305 del mismo ordenamiento precisa cuando no existe.
Puede existir la vis mayor, vis absoluta, actos reflejos, hipnosis, sueño y sonambulismo.1.5 Tipicidad.
Cuando la conducta no encuadre en la descripción por faltar alguno de los elementosnecesarios para la integración, habrá atipicidad.1.6 Antijuricidad en el delito de homicidio.
Habrá antijuricidad cuando al privarse de la vidaa otro ser humano, éste hecho sea contrario a derecho, esto es, que no esté amparado por unacausa de justificación o licitud.Causas de justificación.
En el homicidio pueden presentarse todas la causas de justificación:legítima defensa, estado de necesidad, cumplimiento de un deber, y ejercicio de un derecho.Circunstancias modificadoras.
a) Riña es la contienda de obra y no de palabra entre dos o más personas.Duelo es el combate entre dos adversarios, en el que uno desafía a otro por una causa de honor.b) Homicidio por infidelidad conyugal.
Se impondrán de tres días a tres años de prisión al que,sorprendiendo a su cónyuge en el acto carnal o próximo a la consumación, mate o lesiones acualquiera de los culpables o a ambos, salvo el caso de que el matador haya contribuido a lacorrupción de su cónyuge.
Se impondrán de tres días a tres años deprisión al ascendiente que mate o lesione al corruptor del descendiente que esté bajo su potestad,si lo hiciere en el momento de hallarlo en el acto carnal o en uno próximo a él, si no hubiereprocurado la corrupción de su descendiente con el varón con quien lo sorprenda, ni con otro.
Estos dos últimos caso de homicidio fueron derogados en las reformas del 10 de enero de1994.d) Por emoción violenta.
Consiste en causar alguno de éstos delitos, cuando el sujeto activo se encuentra bajouna emisión violenta en circunstancias que atenúan su culpabilidad.Agravantes.
Hay premeditación siempre que el sujeto activo cause intencionalmente una lesión, después de haber reflexionado sobre el delito que va a cometer.
Así mismo, existen presunciones de premeditación, las cuales son de tipo Iuris tantum, a saber: inundación, incendio, minas, bombas, explosivos, venenos, cualquier sustancia nociva para la salud, contagio venéreo, asfixia, enervantes, retribución dada o prometida, tormento, motivos depravados, brutal ferocidad.▬ Alevosía.
Consisten sorprender intencionalmente a alguien de improviso, o empleando la acechanza u otro medio que no le dé lugar a defenderse ni evitar el mal que le quiera hacer.▬ Ventaja..
Esta calificativa implica superioridad del sujeto activo por su fuerza física, por las armas empleadas, por su mayor destreza en su manejo o por el número de quienes lo acompañan, por valerse de un medio que debilite la defensa del sujeto pasivo, o por hallarse armado o de pie y el pasivo inerme o caído.▬ La Traición.
Obra a traición el que no solamente emplea la alevosía sino también la perfidia, violando la fe o seguridad que expresamente había cometido a su víctima, o la tácita que éste debía prometerse de aquel, por sus relaciones de parentesco, gratitud, amistad, o cualquiera otra que inspire confianza.1.7 Culpabilidad o reprochabilidad.
En torno al homicidio, existen diversas penalidades, dependiendo de si setrata del simple intencional, atenuado, agravado o culposo.Excusas absolutorias.
Se puede presentar la tentativa tanto acabada comoinacabada, siempre que el agente realice los actos tendientes a producir el resultado y éste no seproduzca por causas ajenas a la voluntad del agente.1.10 Concurso de delitos.
Consisten sorprender intencionalmente a alguien de improviso, o empleando la acechanzau otro medio que no le dé lugar a defenderse ni evitar el mal que le quiera hacer.¿Qué es la premeditación?R.
Hay premeditación siempre que el sujeto activo cause intencionalmente una lesión,después de haber reflexionado sobre el delito que va a cometer.¿Qué es la ventaja?R.
Implica superioridad del sujeto activo por su fuerza física, por las armas empleadas, por sumayor destreza en su manejo o por el número de quienes lo acompañan, por valerse de un medioque debilite la defensa del sujeto pasivo, por hallarse armado o de pie y el pasivo inerme o caído.Defínase la traición.R.
Obra a traición el que no solamente emplea la alevosía sino también la perfidia, violando lafe o seguridad que expresamente había cometido a su víctima, o la tácita que éste debíaprometerse de aquel, por sus relaciones de parentesco, gratitud, amistad, o cualquiera otra queinspire confianza.¿Cuáles son las circunstancias atenuantes que contempla la ley penal?R.
El homicidio consentido, en riña o duelo, por infidelidad conyugal, por corrupción deadolescente y por emoción violenta.¿Cómo puede ser la reprochabilidad en el homicidio?R.
Repulsa, agresión real actual e inminente, sin derecho, en defensa de bienes jurídicospropios o ajenos, necesidad de la defensa, racionalidad de los medios empleados y sin mediarprovocación suficiente, dolosa e inmediata.
Inundación, incendio, minas, bombas, explosivos, venenos, cualquier sustancia nociva parala salud, contagio venéreo, asfixia, enervantes, retribución dada o prometida, tormento, motivosdepravados, brutal ferocidad.Acerca de la premeditación, ¿cuál es la teoría que sigue el Código?R.
Matar con alevosía implica matar con insidia y empleando el acecho, mientras que laventaja implica superioridad del sujeto activo.¿Cuál es la perseguibilidad o procedibilidad en el homicidio?R.
El artículo 312 del CPDF hace referencia a dosfiguras típicas distintas: La participación en el suicidio, y el homicidio consentido.2.3 Noción legal.
“El que prestare auxilio o indujere a otro para que suicide será castigado conuna pena de uno a cinco años de prisión;
si se lo prestare hasta el punto de ejecutar él mismo lamuerte, la prisión será de cuatro a doce años”.2.4 Elementos del tipo.
La conducta típica en este ilícito consiste en dos posible formas deincurrir en ella: una es inducir a alguien al suicidio y la otra es auxiliarle.• Inducción.
El sujeto activo puede serlo cualquier persona física, lo mismo que enel sujeto pasivo, sin embargo, el artículo 313 establece que si el pasivo es menor de edad opadece de enajenación mental, la pena será la correspondiente al homicidio o las lesionesagravadas.Objetos.
Se presentará la figura del delito de homicidio consentido si el sujeto ejecuta directamentela muerte del pasivo con su consentimiento.2.6 Otros aspectos o elementos.▬ Tipicidad.
Deben reunirse todos los elementos exigidos por la descripción típica, de no ser así, existirá el aspecto negativo: la atipicidad.▬ Antijuricidad.
El delito se consuma en el momento mismo en que la persona se suicida inducida oauxiliada por el sujeto activo.
También puede ocurrir la participación y, por último, existe unacircunstancia agravante: cuando el suicida es menor de edad o padece de enajenación mental.
El artículo 329 del CPDF define al aborto como: “la muerte del producto dela concepción en cualquier momento de la preñez”.3.2 Sujetos y objetos.▬ Sujetos: Activo puede serlo cualquier persona física, mientras que el sujeto pasivo solo puede serlo el producto de la concepción, siempre que la conducta típica se presente en cualquier momento durante la preñez, no importando si es viable o no el producto.▬ Objetos: Material es identificado con el sujeto pasivo;
El aborto consentido se clasifica como: de acción o de comisión por omisión,unisubsistente, instantáneo, material, de daño lesión, fundamental o básico, autónomo oindependiente, de formulación libre o amplia, normal, simple, y unisubjetivo.
El aborto procurado se clasifica como: de acción o de comisión por omisión, unisubsistente,instantáneo, material, de daño lesión, fundamental o básico, autónomo o independiente, deformulación libre o amplia, simple, unisubjetivo, y normal.
El aborto sufrido se clasifica como: de acción o de comisión por omisión, unisubsistente,instantáneo, material, de daño lesión, fundamental o básico, autónomo o independiente, deformulación libre o amplia, simple, unisubjetivo, normal.3.4 Conducta, formas y medios de ejecución.▬ Conducta típica.
Entre la conducta típica y su resultado debe existir un nexo que los una y que haga que el resultado sea la consecuencia.▬ Ausencia de conducta.
Presenta diversos grados de punibilidad, según el tipo de que se trate: a) Consentido, de uno a tres años al tercero, y de uno a cinco años a la madre b) Procurado, de uno a cinco años a la madre.
El aborto sufrido consiste en hacer abortar a una mujer sin su consentimiento y pude ser de dos tipos: sin violencia o con violencia.▬ Impune.
Son tres a saber:▬ Terapéutico, este es el caso en que se puede presentar el aborto por un estado de necesidad y consiste en que la mujer embarazada corra peligro de muerte, a menos que se provoque el aborto.▬ Por violación, o en ejercicio de un derecho, se trata de una causa de justificación, porque la propia ley lo concede a la mujer embarazada y su conducta no es antijurídica en razón de dicha justificativa.
Y▬ Culposo, El artículo 313 del CPDF, en su primera parte, lo establece: “No es punible el aborto causado por imprudencia de la mujer embarazada”.▬ Honoris causa.
Es el causado por un móvil de honor, consistente en salvaguardar el honor de la mujer embarazada cuando el producto es ilegítimo.3.10 Consumación y tentativa.
Existe la consumación en el delito de aborto en el instante deproducirse la muerte del producto de la concepción, en cualquier momento de la preñez.
El aborto sufrido consiste en hacer abortar a una mujer sin su consentimiento y pude ser dedos tipos: sin violencia o con violencia.¿Puede configurarse el aborto culposo?
El estado de preñez.¿Qué abortos no son punibles en la legislación penal del D.F.?R. El terapéutico, el por violación o en ejercicio de un derecho y el culposo.¿Cuáles son los requisitos para que se configure el aborto honoris causa?R.
Que la mujer embarazada no tenga mala fama, que haya logrado ocultar su embarazo, yque éste sea fruto de una unión ilegítima.¿Qué es el aborto en ejercicio de un derecho?R.
Se trata de una causa de justificación, porque la propia ley lo concede a la mujerembarazada y su conducta no es antijurídica en razón de dicha justificativa.Explique el aborto necesario o terapéutico.R.
Consiste en que la mujer embarazada corra peligro de muerte, amenos que se provoque el aborto.¿Puede existir el aborto con violencia?
Cuando no encuadre en la descripción legal, por faltar el elemento temporal, el sujetopasivo, etcétera.¿Se puede configurar el concurso ideal en el aborto?
la derogada noción legal de infanticidio es: La muerte causada a un niñodentro de las 72 horas siguientes de su nacimiento, por alguno de los ascendientesconsanguíneos.4.2 Sujetos y objetos.▬ Sujetos.
Se clasifica en: de acción o de comisión por omisión, instantáneo, material,de daño lesión, especial privilegiado, autónomo o independiente, simple, unisubjetivo, anormal.4.4 Conducta, formas y medios de ejecución.• Conducta típica.
Podían presentarse en este delito: la vis absoluta, la vis maior, los actos reflejos, el sueño y el sonambulismo.4.5 Tipicidad en el delito de infanticidio.
Debían darse los siguientes elementos: Muerte, delrecién nacido, dentro de las 72 horas de nacido, y por alguno de sus ascendientes consanguíneos.Atipicidad.
Si faltaba alguno de los elementos anteriores, o sea, 1) Muerte 2) del recién nacido 3)durante las 72 horas después de su nacimiento 4) por alguno de los ascendientes consanguíneos.4.6 Antijuricidad en el delito de infanticidio.
Los requisitos exigidos por la ley para que existiera el infanticidio honoris causa eran: queno tenga mala fama;
La muerte causada a un niño dentro de las 72 horas siguientes de su nacimiento, poralguno de los ascendientes consanguíneos.2.
mientrasque el pasivo solo podría serlo el niño recién nacido, dentro las 72 horas siguientes de sunacimiento.4.
1) Muerte 2) del recién nacido 3) durante las 72 horas después de su nacimiento 4) poralguno de los ascendientes consanguíneos.7.
Si faltaba alguno de los elementos anteriores, o sea, 1) Muerte 2) del recién nacido 3)durante las 72 horas después de su nacimiento 4) por alguno de los ascendientes consanguíneos.8.
Se da el nombre de parricidio: al homicidio del padre, de la madre o decualquier otro ascendiente o descendiente en línea recta, sean legítimos o naturales, sabiendo eldelincuente.5.2 Sujetos y objetos.Ø Sujetos: activo: Un descendiente consanguíneo en línea recta: hijo, nieto, bisnieto, etc.
Pasivo: un descendiente consanguíneo en línea recta: padre, madre, abuelo bisabuelo, etc.Ø Objetos: Material: el sujeto pasivo;
El parricidio era: Material, instantáneo, especial, autónomo o independiente,de formulación libre o amplia, anormal y acumulativamente formado, de acción o de comisión poromisión, de lesión, simple, unisubsistente y unisubjetivo.5.4 Conducta, formas y medios de ejecución.▬ Conducta típica.
Se da el nombre de parricidio: al homicidio del padre, de la madre o de cualquier otro ascendiente o descendiente en línea recta, sean legítimos o naturales, sabiendo el delincuente.
Lo establecido en el artículo 54 del CPDF, el cual dispone que en la imposición de lassanciones, aumento o disminución de la pena, se considerarán las fundadas en circunstanciasobjetivas si los demás sujetos las conocen, pero las subjetivas o derivadas relaciones personalesdel autor no tendrán en cuenta para los demás que participen.13.
Esta figura nace a raíz de las reformas al Código Penal del D.F., publicadasen el D.O. de la Federación, el 10 de enero de 1994.6.2 Noción legal.
Al que prive de la vida a su ascendiente o descendiente consanguíneo enlínea recta, hermano, cónyuge, concubina o concubinario, adoptante o adoptado, con conocimientode esa relación, se le impondrá prisión de 10 a 40 años.
Si faltare dicho conocimiento, se estará ala Punibilidad prevista en el artículo 307, sin menoscabo de observar alguna circunstancia queagrave o atenúe la sanción a que se refieren los capítulos II y III anteriores.6.3 Sujetos y objetos.▬ Activos: los sujetos activos en este delito pueden ser: El ascendiente consanguíneo en línea recta;
Se trata de un tipo: Material, instantáneo, especial, autónomo oindependiente, de formulación libre o amplia, anormal y acumulativamente formado, de acción o decomisión por omisión, de daño o lesión, simple, unisubsistente y unisubjetivo.6.5 Conducta, formas y medios de ejecución.▬ Conducta típica.
Deben existirtodos los elementos, es decir, la conducta típica, el sujeto activo, el sujeto pasivo, el elementotípico subjetivo que es el conocimiento del parentesco o relación y el resultado típico.▬ Ausencia de tipo.
Contraría la norma, ya que la conducta típica consiste en dañar el bienjurídicamente tutelado, que en este caso es la vida humana. Causas de justificación o licitud.
Se puede presentar el aspecto negativo por error esencial de hecho e invencible,por ignorar el lazo parental, sin embargo, existiría el homicidio simple.6.9 Punibilidad en el delito homicidio en razón del parentesco o relación.
Al que prive de la vida a su ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta,hermano, cónyuge, concubina o concubinario, adoptante o adoptado, con conocimiento de esarelación, se le impondrá prisión de 10 a 40 años.
Si faltare dicho conocimiento, se estará a laPunibilidad prevista en el artículo 307, sin menoscabo de observar alguna circunstancia queagrave o atenúe la sanción a que se refieren los capítulos II y III anteriores.¿Quiénes son los sujetos activos en este delito?
Si por ejemplo, el hijo mata al padre, ignorandoel lazo parental que los une, el delito que surge será el de homicidio y no en razón del parentescoo relación, ya que el tipo penal exige, como elemento típico subjetivo, el conocimiento del lazoparental.10.
Comete el delito de violencia familiar el cónyuge, concubina o concubinario;pariente consanguíneo en línea recta ascendiente o descendiente sin limitaciones de grado;pariente colateral consanguíneo o afín hasta el cuarto grado, adoptante o adoptado que habite enla misma casa de la víctima.7.3 Sujetos y objetos.
jurídico: la integridad física, psíquica del pasivo o ambas y laintegridad y unidad familiar.7.4 Clasificación.
La violencia familiar es un delito: de acción o de comisión por omisión;unisubsistente, instantáneo, material, casuístico, de daño lesión, fundamental o básico, autónomoo independiente, complejo, unisubjetivo y normal.7.5 Conducta, formas y medios de ejecución.▬ Conducta típica.
una u otra, o ambas, que de manera reiterada se ejerce contra un miembro de la familia, por otro integrante de la misma, contra su integridad física, psíquica o ambas.▬ Formas y medios de ejecución.
Tienen que presentarse todos los elementostípicos que integran este tipo penal, tales como la conducta típica, el sujeto activo, el sujeto pasivo,la referencia de ocasión, la referencia de lugar, la forma reiterada y que la conducta vaya dirigidahacia la integridad física, psíquica o ambas de la víctima.Ausencia de tipo.
Una sanción de seis meses a cuatro años de prisión y la pérdida del derechode pensión alimenticia.Excusas absolutorias.
Es posible configurar algunos grados de participación, pero la sanciónimpuesta será solamente para el familiar al que se refiere la descripción típica.7.13 Perseguibilidad o procedencia.
Diga quiénes son los sujetos activo y pasivo en el delito de violencia familiar.R: El sujeto activo de este delito solo pueden serlo: ▬ El cónyuge ▬ La concubina ▬ Concubinario ▬ Sin limitaciones de grado ▬ Adoptado ▬ Adoptante ▬ Pariente consanguíneo en línea recta ascendiente o descendiente ▬ Colateral consanguíneo o afín hasta el cuarto grado.Y el sujeto pasivo, solo pueden serlo: ▬ El cónyuge ▬ La concubina ▬ Concubinario ▬ Sin limitaciones de grado ▬ Adoptado ▬ Adoptante ▬ Pariente consanguíneo en línea recta ascendiente o descendiente ▬ Colateral consanguíneo o afín hasta el cuarto grado.2.
• Una u otra que de manera reiterada se ejerce contra un miembro de la familia, por otro integrante de la misma, contra su integridad física, psíquica o ambas.3.
El material lo es el sujeto pasivo, y el jurídico es la integridad psíquica y física del pasivo oambas y la integridad de la familia.7.
Se consuma en el instante de ejercer la fuerza física o moral o la omisión grave, en formareiterada.10.
La perseguibilidad es por querella de parte ofendida, con excepción en el caso de menoresde edad o personas incapaces, en que será de oficio.
Bajo el nombre de lesión se comprende no solamente las heridas,excoriaciones, contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras, sino toda alteración en la salud,y cualquier otro daño que deje huella material en el cuerpo humano, si esos efectos sonproducidos por una causa externa.8.2 Sujetos y objetos.
Sujetos: Tanto para ser sujeto pasivo como para ser sujeto activo eneste delito, podrá serlo cualquier persona física.Objetos: Material: el sujeto pasivo;
El delito de lesiones se clasifica como un delito: de acción o de comisión poromisión, unisubsistente, instantáneo, con efectos permanentes o continuado, material, deformulación libre o amplio, de daño o lesión, fundamental o básico, autónomo o independiente,simple, unisubjetivo, normal.
De las lesiones que una persona sufra a causa de un animal bravío será responsable el que con esa intención o azuce, lo suelte o haga esto último por descuido.▬ Resultado típico.
Consiste en alterar la salud o causar algún daño que deje huella material en el cuerpo humano.▬ Nexo de causalidad.
Sí se puede presentar, de manera que son válidos los mismos argumentos dados en el caso del homicidio.8.5 Tipicidad en el delito de parricidio.
Se agrupan las lesiones de cuatro clases de acuerdo a la descripción legal, asaber:▬ Las lesiones levísimas.
Estas no ponen en riesgo la vida y tardan en sanar menos de 15 días, en tanto que las lesiones leves, tardan en sanar más de 15 días y tampoco ponen en riesgo la vida.▬ Lesiones graves.
las que perturban para siempre la vista, o disminuya la facultad de oír, entorpezca o debilite permanente una mano, un pie, un brazo, una pierna o cualquier otro órgano, el uso del palabra o alguna de las facultades mentales.▬ Las lesiones gravísimas.
Tiene de temporalidad de cinco a ocho años de prisión cuando resulte: enfermedad segura o probablemente incurable;
inutilización completa o pérdida de un ojo, un brazo, una mano, una pierna, un pie o cualquier otro órgano;
Y de tres a seis años de prisión cuando la lesión: ponga en peligro la vida.▬ En vida.
Las características de las lesiones ocasionadas a una persona viva son las siguientes: labios de la herida engrosados, infiltrados de sangre y separados por retracción de los tejidos;
Los rasgos de las lesiones originadas a quien ya había perdido la vida, son: labios blandos, no engrosados ni retraídos;
Se acepta tanto la forma dolosa como la culposa o imprudencial, como es elcaso de las lesiones en accidentes de tránsito.
Al igual que en el homicidio, en las lesiones se pueden presentar las causas deinculpabilidad que anularán el elemento o aspecto positivo del delito.
Diversas punibilidades, mismas que van desde 3 a 8 meses en elcaso de las levísimas, hasta de seis a diez años en el caso de las gravísimas y que podránaumentar hasta en una mitad el mínimo y el máximo.Excusas absolutorias.
Se presentan cuando se trate de lesiones culposas, siempre que el pasivosea un ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta, cónyuge, concubino, adoptante oadoptado, salvo que el agente se encuentre bajo el efecto de bebidas embriagantes,estupefacientes o psicotrópicos, sin prescripción médica, o bien, sino auxiliara a la víctima.8.10 Consumación y tentativa.
Las lesiones levísimas y las causadas por hechos detránsito se persiguen por querella de parte ofendida, mientras que las demás se persiguen deoficio.
Las lesiones por hechos de tránsito se perseguirán por querella cuando se causen por culpay con motivo de tránsito de vehículos (artículo 62, segundo párrafo).
Bajo el nombre de lesión se comprende no solamente las heridas, excoriaciones,contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras, sino toda alteración en la salud, y cualquierotro daño que deje huella material en el cuerpo humano, si esos efectos son producidos por unacausa externa.2.
Son las mismas que en el homicidio, excepto la del consentimiento de la víctima, esto es,lesiones en riña o duelo, por emoción violenta.6.
Que las lesiones levísimas no ponen en riesgo la vida y tardan en sanar menos de 15 días,en tanto que las leves, tardan en sanar más de 15 días y no ponen en riesgo la vida.8.
las queperturban para siempre la vista, o disminuya la facultad de oír, entorpezca o debilite permanenteuna mano, un pie, un brazo, una pierna o cualquier otro órgano, el uso del palabra o alguna de lasfacultades mentales.9.
inutilización completa o pérdida de un ojo, un brazo, una mano, una pierna, un pie ocualquier otro órgano;
yquedar sordo, impotente o con deformidad incorregible.▬ De seis a 10 años de prisión: la incapacidad para siempre para trabajar;
y pérdida de la vista, el habla o las funciones sexuales.▬ Y de tres a seis años de prisión cuando la lesión: ponga en peligro la vida.10.
Ocurre cuando con una conducta se producen varios resultados típicos y uno de ellos es elde lesiones, por ejemplo, al colocar veneno en la sal de la cocina de un restaurante, se producenlesiones y homicidios.12.
Igual que en el homicidio, en las lesiones pueden presentarse todos los grados departicipación: autoría, coautoría, encubrimiento, etcétera.13.
La lesiones levísimas y las causadas por hechos de tránsito se persiguen por querella de laparte ofendida, mientras que las demás se persiguen de oficio.14.
“Se aplicará sanción de tres días a tres años de prisión y multa de cinco mil pesos: I.
Sujetos: Tanto para ser sujeto pasivo como para ser sujeto activo eneste delito, podía serlo cualquier persona física.Objetos: Material: el sujeto pasivo;
El delito de disparo de arma de fuego se clasificaba como un delito: deomisión, unisubsistente, instantáneo, formal o de mera conducta, libre o amplio, básico ofundamental, autónomo o independiente, simple, normal y unisubjetivo.9.4 Conducta, formas y medios de ejecución.▬ Conducta típica.
Se configuraba cuando se disparaba un arma de fuego, de modo que debía ser mediante acción y no mediante comisión por omisión.▬ Resultado típico.
Sí se puede presentar, de manera que son válidas todas las hipótesis al respecto.9.5 Tipicidad en el delito de disparo de arma de fuego.
No se presentaban, ni agravantes ni atenuantes en este delito, yaque se trataba de un delito formal y solo debían tenerse en cuenta lo señalado en el artículo 306del CPDF.9.7 Culpabilidad.
De tres días a tres años de prisión.9.9 Consumación y tentativa.▬ Consumación: en el preciso instante de disparar un arma de fuego.▬ Tentativa: sí era posible configurarla, siempre y cuando se llevaran acabo todos los actos tendientes a producir el disparo.9.10 Concurso de delitos.
Se trataba de un delito formal o de mera conducta, es decir, no requería la producción deun resultado.¿Cuándo se deba la atipicidad?R.
Podría ocurrir que la conducta no encuadrara en el tipo, en cuyo caso habría tipicidad y, portanto, no existiría el delito.Dígase si existían circunstancias modificadoras en el disparo de arma de arma de fuego.R.
Al que atacare a alguien de tal manera que, en razón del medio empleado, elarma, la fuerza o destreza del agresor, o de cualquier otra circunstancia semejante pueda producircomo resultado la muerte.10.2 Sujetos y objetos.
Sujetos: Podía serlo cualquier persona física en cualquiera de los dossujetos.Objetos: el material se identificaba con el pasivo, mientras que el bien jurídico tutelado en estedelito, era la vida, la integridad corporal o física, o ambas.10.3 Conducta, formas y medios de ejecución.
La conducta de ataque, indicaba la ley, debía ser de tal forma, que pudiera producir la muerte en razón del medio empleado, el arma, la fuerza o destreza del agresor, cualquiera otra circunstancia semejante.▬ Resultado típico.
Consumación: en el preciso instante de atacar al sujeto pasivo.Tentativa: no era posible integrar el grado de tentativa.10.7 Consideraciones finales.
Al que atacare a alguien de tal manera que, en razón del medio empleado, el arma, lafuerza o destreza del agresor, o de cualquier otra circunstancia semejante pueda producir comoresultado la muerte.2.
El material se identificaba con el pasivo, mientras que el bien jurídico tutelado en estedelito, era la vida, la integridad corporal o física, o ambas.4.
La conducta de ataque, indicaba la ley, debía ser de tal forma, que pudiera producir lamuerte en razón de: — El medio empleado — El arma — La fuerza o destreza delagresor — Cualquiera otra circunstancia semejante.5.
Cite cuatro códigos penales estatales que aún contemplen el disparo de arma de fuego oel ataque peligroso.R.
Al que abandone a un niño incapaz de cuidarse a sí mismo o a una personaenferma, teniendo obligación de cuidarlos, se aplicarán de un mes a cuarto años de prisión, sinoresultase daño alguno, privándolo, además, de la Patria Potestad o de la Tutela, si el delincuentefuere ascendiente o tutor del ofendido.11.2 Sujetos y objetos.
Sujetos: activo: Podía serlo la persona física que tenga la obligación de cuidar al pasivo.▬ Pasivo: el código penal es muy claro cuando se refiere en este delito al pasivo, el cual solo podrá serlo un niño incapaz de cuidarse a sí mismo o una persona enferma.▬ Objetos: el material en este caso también se identifica con el pasivo, mientras que el bien jurídico tutelado en este delito, es la vida, la integridad corporal, en cuanto hace al peligro en que se coloca a dichos bienes.11.3 Clasificación.
Dicho delito se clasifica como: de omisión, formal o de mera conducta,instantáneo, básico o fundamental, autónomo o independiente, amplio, normal y simple.11.4 Conducta, formas y medios de ejecución.
Pueden presentarse algunas de ellas, por ejemplo, estado de sonambulismo, en el cual se abandona al niño o enfermo, sin la voluntad conciente.11.5 Tipicidad en el delito de abandono de niños y enfermos.
Esta figura contraría al derecho, toda vez que mediante su contemplación enla ley, se tutelan bienes jurídicos, como la vida y la integridad corporal, por cuanto hace al peligro.▬ Causas de justificación.
Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de México11.9 Consumación y tentativa.▬ Consumación: en el preciso instante de abandonar al sujeto pasivo.▬ Tentativa: no era posible integrar el grado de tentativa.11.10 Concurso de delitos.
Puede ocurrir que el abandono del niño o enfermoincapaz de cuidarse a sí mismo surja algún resultado como la muerte o alguna lesión.11.12 Participación.
Solo quientiene esta obligación podrá ser sujeto activo.Pasivo: solo podrá serlo un niño incapaz de cuidarse a sí mismo y una persona enferma.2.
Al que habiendo atropellado a una persona, culposa o fortuitamente, no lepreste auxilio o no solicite la asistencia que requiere pudiendo hacerlo se le impondrá de 15 a 60jornadas de trabajo a favor de la comunidad, independientemente de la pena que proceda por eldelito que con el atropellamiento se cometa.12.2 Sujetos y objetos.12.3 Sujetos: ▬ activo: solo la persona física que, al haber atropellado a alguien, lo deje abandonado.
▬ Pasivo: La persona atropellada.Objetos: el material es el sujeto pasivo, mientras que el bien jurídico tutelado en este delito, es lavida, la integridad corporal en peligro.12.3 Clasificación.
Consiste en dejar en estado de abandono al sujeto pasivo, sin prestarle o facilitarle auxilio, después de atropellarlo, o no solicitar para auxiliarlo.▬ Formas y medios de ejecución.
Las formas de realizar a conducta omisiva son no brindar la ayuda que en esos casos requiere un atropellado.▬ Resultado típico.
Esta figura contraría al derecho, al poner en peligro al bien jurídico tuteladopor ella.▬ Causas de justificación.
En este delito es posible que exista el estado de necesidad cuando el activo se vea ante la necesidad de no prestar ayuda a quien atropelló recientemente, para salvaguardar un bien jurídico de mayor cuantía.Circunstancias modificadoras.
La sanción que se impone por ese delito es de 15 a 60 días dejornadas de trabajo a favor de la comunidad.▬ Excusas absolutorias.
No existen.12.9 Consumación y tentativa.▬ Consumación: este delito consuma en el preciso instante de abandonar al sujeto pasivo.▬ Tentativa: no es posible integrar el grado de tentativa.
Al que habiendo atropellado a una persona, culposa o fortuitamente, no le preste auxilio ono solicite la asistencia que requiere pudiendo hacerlo se le impondrá de 15 a 60 jornadas detrabajo a favor de la comunidad, independientemente de la pena que proceda por el delito que conel atropellamiento se cometa.2.
Cuando falte alguno de los elementos, por ejemplo, abandonar a alguno que no sea elatropellado: que quien abandone no haya sido quien atropelló.6.
Al que sin motivo justificado abandone a sus hijos y a su cónyuge, sinrecursos para atender a sus necesidades de subsistencia, se le aplicarán de un mes a cinco añosde prisión, o de 180 a 360 días de multa;
privación de los derechos de familia, y pago, comoreparación del daño, de las cantidades no suministradas oportunamente por el acusado.13.2 Sujetos y objetos.Sujetos: ▬ activo: solo puede serlo el padre, la madre o el cónyuge que abandona al sujeto pasivo, o también los padres adoptivos, pues la descripción legal no precisa que deba tratarse de padres adoptivos.
▬ Pasivo: pueden serlo los hijos (incluidos los adoptivos), y el cónyuge abandonado, sea hombre o la mujer.Objetos: el material es el sujeto pasivo del delito, mientras que el bien jurídico tutelado en estedelito, es la vida, la integridad corporal en peligro.13.3 Clasificación.
En el abandono en que el sujeto activo deja a sus hijos o a su cónyuge, lo cual implica, conforme a la ley, dejarlos “…sin recursos para atender sus necesidades de subsistencia…”▬ Formas y medios de ejecución.
puede ser a través de alejarse físicamente, o simplemente omisiva cuando el sujeto activo, aun permaneciendo en el mismo lugar, deje en estado de abandono al pasivo.▬ Ausencia de conducta.
La sanción que se impone por ese delito es de 180 a 360 días de multa;además se priva al activo de ejercer los derechos familiares.Excusas absolutorias.
Activo: solo puede serlo el padre, la madre o el cónyuge que abandona al sujeto pasivo, otambién los padres adoptivos, pues la descripción legal no precisa que deba tratarse de padresadoptivos.Pasivo: pueden serlo los hijos (incluidos los adoptivos), y el cónyuge abandonado, sea hombre o lamujer.2.
En el abandono en que el sujeto activo deja a sus hijos o a su cónyuge, lo cual implica,conforme a la ley, dejarlos “…sin recursos para atender sus necesidades de subsistencia…”3.
puede ser a través dealejarse físicamente, o simplemente omisiva cuando el sujeto activo, aun permaneciendo en elmismo lugar, deje en estado de abandono al pasivo.4.
Cuando no encuadre la conducta en el tipo, por no ser el sujeto activo o pasivo el queintervenga en la conducta, o porque la conducta no sea la que se describe en el tipo, o por noproducirse el elemento típico normativo.6.
Al que encuentre abandonado en cualquier sitio a un menor incapaz decuidarse a sí mismo o a una persona herida, inválida o amenazada de un peligro cualquiera, se leimpondrán de 10 a 60 jornadas de trabajo a favor de la comunidad, sino diere aviso inmediato a laautoridad u omitiera prestarles el auxilio necesario cuando pudiere hacerlo sin riesgo personal.14.2 Sujetos y objetos.Sujetos: ▬ activo: cualquier persona física que encuentre abandonado al pasivo.
▬ Pasivo: un menor incapaz de cuidarse a sí mismo, una persona herida, una persona inválida o una persona amenazada de un peligro cualquiera.
Objetos: el material es el sujeto pasivo del delito, mientras que el bien jurídico tutelado en estedelito, es la vida, la integridad corporal, por cuanto hace al peligro en que se colocan dichosbienes.14.3 Clasificación.
y b) omitir prestar al sujeto pasivo el auxilio necesario, si lo puede hacer sin riesgo personal.▬ Presupuesto básico.
Puede presentarse la ausencia de conducta por vis mayor y vis absoluta, así como hipnosis.14.5 Tipicidad en el delito de omisión de socorro.
La pena con que se amenaza a quien incurra en este delito es de 10 a 60jornadas de trabajo a favor de la comunidad.▬ Excusas absolutorias.
Consumación: este delito consuma cuando al encontrarse ensituación de peligro el sujeto pasivo, el activo no avisa a la autoridad o no auxilia.
En dicho delito se pueden presentar los distintos grados de la participación,pero habrá que tener presente el grado exacto de la participación, atendiendo a la conducta típica.14.12 Perseguibilidad o procedencia.
y omitir prestar al sujeto pasivo el auxilio necesario,si lo puede hacer sin riesgo personal.4.
La limitación por cumplir al auxiliar materialmente a la víctima se produce en virtud de queel sujeto corra un riesgo personal al ayudarla.7.
En dicho delito se pueden presentar los distintos grados de la participación, pero habráque tener presente el grado exacto de la participación, atendiendo a la conducta típica.10.
El que a sabiendas de que está enfermo de un mal venéreo u otraenfermedad grave en periodo infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, porrelaciones sexuales ponga en peligro de contagio de otro, por relaciones sexuales u otro mediotransmisible, será sancionado de tres días a tres años de prisión y hasta 40 días de multa.
Si laenfermedad padecida fuera incurable, se impondrá una pena de seis meses a cinco años deprisión.
Cuando se trate de cónyuges, concubinarios o concubinas, solo podrá procederse porquerella del ofendido.15.2 Sujetos y objetos.
y▬ Pasivo: cualquier persona física.Objetos: el material es el sujeto pasivo, mientras que el objeto jurídico tutelado en este delito, esla salud del individuo y de la especie.15.3 Clasificación.
Tener relaciones sexuales con sujeto pasivo o realizar cualquier otra conducta por la que pueda transmitir la enfermedad.▬ Presupuesto básico.
Puede presentarse la ausencia de conducta por vis mayor y vis absoluta, así como hipnosis.15.5 Tipicidad en el delito.
La ley penal señala una sanción de tres días a tres años de prisión y hasta 40días de multa.
Consumación: este delito consuma en el momento de tener larelación sexual con el sujeto pasivo, o al realizar el comportamiento que implique el peligro.
Se requiere que el sujeto activo se encuentre enfermo de un mal venéreo o de unaenfermedad grave en periodo infectante y que sepa que está enfermo (elemento subjetivo).6.
Al que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquiersexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes,domésticas o cualquier otra que implique subordinación, se le impondrá sanción hasta de cuarentadías de multa.
Si el hostigador fuese servidor público y utilizase los medios o circunstancias que elencargo le proporcione, se le destituirá de su cargo.
Sujetos:▬ activo: cualquier hombre o mujer que por su relación con el pasivo, que implique subordinación, aproveche tal situación, valiéndose de su posición jerárquica, para realizar la conducta típica.
Pasivo: persona de cualquier sexo, que se encuentre bajo la subordinación del activo en cualquiera de las hipótesis que enuncia el artículo 259 bis del CPDF.
Y▬ Pasivo: cualquier persona de cualquier sexo que se encuentre bajo la subordinación del activo.Objetos: el material es el sujeto pasivo, mientras que el objeto jurídico tutelado en este delito, esla libertad y el normal desarrollo psicosexual o ambos.16.3 Clasificación.
Es antijurídico, toda vez que atenta contra una norma penal que tutela elbien jurídico referido.Causas de justificación.
No existen circunstancias atenuantes pero sí la agravantecuando se trate de que el activo sea servidor público, ya que se le destituirá de su cargo.16.7 Culpabilidad.
Al que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose desu posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquier otraque implique subordinación, se le impondrá sanción hasta de cuarenta días de multa.
Si elhostigador fuese servidor público y utilizase los medios o circunstancias que el encargo leproporcione, se le destituirá de su cargo.• Solamente será punible el hostigamiento sexual cuando se cause un perjuicio o daño.• Solo se procederá contra el hostigador a petición de parte ofendida.2.
Activo: cualquier hombre o mujer que por su relación con el pasivo, que impliquesubordinación, aproveche tal situación, valiéndose de su posición jerárquica, para realizar laconducta típica.
Pasivo: persona de cualquier sexo, que se encuentre bajo la subordinación delactivo en cualquiera de las hipótesis que enuncia el artículo 259 bis del CPDF.3.
Si el hostigador fuese servidor público y utilizase los medios o circunstancias que el cargole proporcione, se le destituirá de su cargo.6.
Al que sin consentimiento de una persona y sin el propósito de llegar a lacópula, ejecute en ella un acto sexual o la obligue a ejecutarlo, se le impondrá pena de cuatro aseis meses a cuatro años de prisión.
Si se hiciere uso de la violencia física o moral, el mínimo y elmáximo de la pena se aumentarán hasta en una mitad.17.2 Sujetos y objetos.
Hay tres casos especiales señalados en el artículo 261: a)persona menor de 12 años;
b) persona que no tenga la capacidad de comprender el significado delhecho que por cualquier causa no pueda resistirlo.Objetos: el material es el sujeto pasivo, mientras que el objeto jurídico tutelado en este delito, esla libertad y el normal desarrollo psicosexual.17.3 Clasificación.
Consiste en ejecutar sobreuna persona un acto sexual distinto de la cópula, u obligarla a realizarlo.• Formas y medios de ejecución.
En opinión de diversos autores, se acepta la ausencia de conducta en este delito en los casos de vis absoluta, vis mayor y actos reflejos.17.5 Tipicidad en el delito de abuso sexual.
b) cuando también se ejerce la violencia física o moral, perorespecto de menores de 12 años o de personas que no puedan comprender o resistir la conductacriminal como sujetos pasivos.17.7 Culpabilidad.
La ley penal señala cuatro variantes: a) de seis meses a cuatro años deprisión (Art.
c) Si el pasivo es menor de 12 o no puede comprender o resistir,una sanción de dos a cinco años;
Al que sin consentimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula, ejecuteen ella un acto sexual o la obligue a ejecutarlo, se le impondrá pena de cuatro a seis meses acuatro años de prisión.
Si se hiciere uso de la violencia física o moral, el mínimo y el máximo de la pena seaumentarán hasta en una mitad.2.
El material se identifica con el sujeto pasivo, mientras que el jurídico es la libertad y elnormal desarrollo psicosexual.7.
Explique cuáles son las formas en que se puede manifestar la conducta en este delito porcuanto hace a la ejecución de la conducta.R.
Cualesquiera que impliquen para el sujeto activo el móvil lujurioso manifestado mediantecualquier comportamiento distinto al de la cópula.
Al que tenga cópula con una persona mayor de 12 años y menor de 18,obteniendo su consentimiento por medio de engaños, se le aplicará de tres meses a cuatro añosde prisión.18.2 Sujetos y objetos.
Y el pasivo: solo será la persona, hombre o mujer, mayor de 12 y mayor de 18 años.
Por otra parte, se entiende por castidad que es una virtud relativa a la conducta externa delser humano, que consiste en la abstención corporal de toda actividad sexual ilícita;
y porhonestidad, el recato y la correcta manera de conducirse en la vida sexual.Objetos: el material es el sujeto pasivo, mientras que el objeto jurídico tutelado en este delito, esla libertad y, dependiendo de la edad, el normal desarrollo psicosexual.18.3 Clasificación.
Es antijurídica toda vez que implica una contrariedad al derecho, por tratarsede un comportamiento previsto y tutelado por la ley penal.Causas de justificación.
Puede presentarse el caso de error esencial de hecho invencible, cuando el activocree ciertamente que el pasivo es mayor de 18 años.18.8 Punibilidad.
La ley penal señala una sanción de tres meses a cuatro años de prisión.Excusas absolutorias.
En cuanto a la Tentativa se puede configurar cuando el sujeto activorealice todos los actos tendientes a la realización de la cópula con el pasivo, pero ésta no seconsume por causas ajenas a la voluntad de aquel.18.10 Concurso de delitos.
Se puede dar elperdón del ofendido.Dentro de la reparación del daño, cuando a consecuencia de la comisión de alguno de los delitosprevistos en este título resulten hijos, la reparación del daño comprenderá el pago de alimentos y Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de Méxicopara éstos y la madre, en los términos que fija la legislación civil para los casos de divorcio, segúnlo estipula el artículo 276 bis.
El activo puede serlo cualquier persona física, mientras que el sujeto pasivo lo puede seruna persona física mayor de 12 años pero menor de 18.3.
Es una virtud relativa a la conducta externa del ser humano, que consiste en la abstencióncorporal de toda actividad sexual ilícita.
Con la realización del estupro pueden configurarse simultáneamente otras figuras típicas,como lesiones (al copular), peligro de contagio o adulterio.17.
Con una conducta (copular) produce el estupro, mientras que con otras produzca robo, laamenace, la contagie de una enfermedad venérea y hasta homicidio.18.
Cuando a consecuencia de la comisión de alguno de los delitos previstos en este títuloresulten hijos, la reparación del daño comprenderá el pago de alimentos y para éstos y la madre,en los términos que fija la legislación civil para los casos de divorcio.
Al que por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona decualquier sexo, se le impondrá prisión de ocho a 14 años.19.2 Sujetos y objetos.
Activo: puede ser cualquier persona física, sea hombre o mujer;pasivo: cualquier persona física, sin importar, sexo ni edad.Por otra parte, surgen varias cuestiones interesantes y de necesaria atención respecto al sujetopasivo de violación, que se citan enseguida: Violación entre cónyuges, violación entre concubinos,de prostitutas, las cuales sí se puede presentar el delito mientras que, por otra parte, no existe laviolación de cadáveres, de animales ni de objetos, ya que no cuentan con el bien jurídico protegidoen este delito, pudiéndose presentar otro tipo de delitos tales como daño en propiedad ajena,tratándose de animales y objetos, mientras que para cadáveres se presentará la profanación decadáveres.Objetos: el material es el propio sujeto pasivo, mientras que el objeto jurídico tutelado en estedelito, es la libertad o el normal desarrollo psicosexual.19.3 Clasificación.
Este delito es uno de los que más requieren de la medicina forense, la cual resuelve los problemas de tipo médico, científico y técnico que se presentan en éste ilícito, tales como examen del lugar de los hechos, examen físico de la probable víctima;
Se incluyen una serie de comportamiento sexuales, algunos de los cuales se catalogan como perversiones sexuales y otros como meras variantes, sin embargo, algunas de ellas representan delitos.▬ Variantes o perversiones no ilícitas.
equiparada, ficta o impropia: por medio de un instrumento distinto delmiembro viril, o en persona menor de 12 años o que no pueda comprender o resistir la conductacriminal;
Con violenciaen menor de 12 años o persona que no pueda comprender o resistir la conducta con violencia;
Contrariar la voluntad y libertad de una persona para copular con ella,cuando dicha conducta está prevista en una norma penal, indica el rasgo de atentar contra elderecho.Causas de justificación.
En opinión de laautora del texto, solo teóricamente puede presentarse el error de hecho esencial e invencible.19.8 Punibilidad.
La ley penal señala diversas penalidades: en la genérica o propia, laequiparada, ficta o impropia: de 8 a 14 años;
b) la equiparada, ficta o impropia con violencia: hastauna mitad más en su mínimo y en su máximo;
tumultuaria: hasta una mitad en su mínimo y sumáximo, e igualmente la cometida por parientes y la cometida por servidor o funcionario público.Existe una pena accesoria tal como la pérdida de la Patria Potestad y la tutela, o destitución delcargo o empleo o suspensión de cinco años en el ejercicio de dicha profesión.
En cuanto a la Tentativa se puede configurar cuando el sujeto activorealice todos los actos tendientes a la realización de la cópula con el pasivo y, por causas ajenas ala voluntad de aquel no se lleve a cabo.19.11 Concurso de delitos.
Pueden presentarse los distintos grados de la participación de personas, enla inteligencia de que es un delito agravado el realizado por dos o más personas.19.13 Procedencia.
Dentro de la reparación del daño, cuando a consecuencia de lacomisión de alguno de los delitos previstos en este título resulten hijos, la reparación del dañocomprenderá el pago de alimentos y para éstos y la madre, en los términos que fija la legislacióncivil para los casos de divorcio, según lo estipula el artículo 276 bis.
Al que por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquiersexo, se le impondrá prisión de ocho a 14 años.2.
La cópula, ya que cualquier otro comportamiento o realización de actos sexuales que noconstituyan cópula será atípico de violación, aunque pueda ser conducta típica en el delito deabuso sexual.9.
Solo en la violación ficta o impropia, en donde establece que aunque no se ejecute lacópula por medios violentos, será tal si se realiza con persona menor de 12 años o que no puedacomprender o resistir la conducta criminal.10.
La violación por medio de un instrumento distinto del miembro viril, o en persona menor de12 años o persona que no pueda comprender a resistir la conducta criminal.11.
Mencione cinco comportamientos que se consideren variantes sexuales y señálense, detodas las que se presentan en el capítulo relativo, cuáles no constituyen delito.R.
El objeto material es sujeto pasivo y el jurídico es la libertad sexual de las personas y elnormal desarrollo psicosexual.20.
¿Puede configurarse la violación entre cónyuges, concubinos, prostitutas, personas delsexo masculino, mujeres no vírgenes, animales y cadáveres?
El débito conyugal no debe entenderse como el derecho que asiste al cónyuge paraexigir, al grado de hacerlo mediante violencia, el acto sexual.
Contra una prostituta.- Si bien unaprostituta comercia con su cuerpo, goza de la libertad para copular con quien quiera y en elmomento que lo desee o de no hacerlo en un momento dado, y nada justifica que por su calidadde comerciar con su cuerpo, se le pueda forzar a copular cuando o con quien no lo desee.
Porcuanto concierne a personas del sexo masculino, esto generalmente se da con violencia moral, ocuando la persona es homosexual y sin embargo, todo ello no le priva de tener libertad paracopular con lo desee.
En el caso de los animales, no es posible configurar el delito de violación, yaque se tutela la libertad sexual de las personas, mas no de los animales;
Por último, todas las libertades que se tutelan enla ley penal, solo se pueden otorgarse en vida, no se puede violar a un cadáver porque carece devida, sin embargo se configuraría el delito de profanación de cadáveres.21.
La violación a una persona física por medio de un instrumento distinto del miembro viril, oen persona menor de 12 años o persona que no pueda comprender a resistir la conducta criminal.25.
Por lo que concierne al ideal con la conducta típica de violación puede tipificarse el delitode peligro de contagio.
Al que prive ilegalmente a otro de su libertad con el propósito de realizar unacto sexual, se le impondrá pena de uno a cinco años de prisión…
Según el medio ejecutivo, elrapto solía clasificarse en dos: a) rapto propio, genérico o no consensual, y b) rapto impropio oconsensual.20.2 Sujetos y objetos.
Sujetos: activo y pasivo: puede serlo en cualquiera de los dos, unapersona física sea hombre o mujerObjetos: el material es el sujeto pasivo, mientras que el objeto jurídico tutelado en este delito, esla libertad física y sexual de las personas.20.3 Clasificación.
Para que la conducta concreta se considere típica, debe reunir los siguienteselementos: conducta típica: la privación de libertad;
No se presentan circunstancias agravantes, pero existe una circunstancia atenuante cuando el agente restituye la libertad a la víctima sin haber realizado el acto sexual (un mes a dos años).20.7 Culpabilidad.
Únicamente puede producirse la forma dolosa, pero incluso existe un dolodoble: el genérico, privar de la libertad al pasivo, y el propósito de realizar un acto sexual.Inculpabilidad.
En cuanto a la Tentativa puede configurarse si el sujeto activodespliega los actos tendientes a lograr la privación de libertad del pasivo;
Dentro de la reparación del daño, cuando a consecuencia de lacomisión del delito resulten hijos, la reparación del daño comprenderá el pago de alimentos paraéstos y la madre.en los términos que fija la legislación civil para los casos de divorcio.
Propio, genérico o no consensual, el cual consistía en apoderarse de una persona, pormedio de la violencia física o moral, para satisfacer algún deseo erótico sexual o para casarse;
y elimpropio o consensual, el cual consistía en que el raptor ni emplee la violencia ni el engaño yconsienta en el rapto de la persona, si ésta fuere menor de 16 años.5.
Se configura si falta alguno de los elementos típicos y consiste en que, en el caso concreto,esté ausente o no encuadre alguno de los elementos señalados con antelación.8.
Es el propósito específico del sujeto activo que requiere de manera necesaria este delito,consistente en el propósito del agente de realizar un acto sexual.9.
sin embargo, podemos apreciar que elsegundo párrafo del artículo 365 bis establece una pena atenuada cuando el agente restituye lalibertad a la víctima sin haber practicado el acto sexual (un mes a dos años).11.
En este delito solo se presenta la forma dolosa, pero incluso existe un dolo doble: elgenérico y el específico.12.
Puede configurarse si el sujeto activo despliega los actos tendientes a lograr la privación delibertad del pasivo;
Primero el sujeto activo puede privar de su libertad a la persona, pero si copula con ellaviolentamente, habrá concurso real.
En el segundo presupuesto básico, puede suceder que,además del apoderamiento, configure el delito de lesiones, de manera independiente y autónoma,con lo cual surge el concurso material.
Se impondrá hasta cinco años de prisión o de 180 a 360 días de multa alque, estando unida con una persona en matrimonio no disuelto ni declarado nulo, contraiga otromatrimonio con las formalidades legales.21.2 Sujetos y objetos.
Sujetos: activo: es la persona física que estando unida en matrimonio,no disuelto o declarado nulo, contrae otro con las formalidades legales y el pasivo: lo es elcónyuge del primer matrimonio.Objetos: el material es el sujeto pasivo, mientras que el objeto jurídico tutelado en este delito, esla integridad familiar.21.3 Clasificación.
La existencia y vigencia del primer matrimonio, pues sin éste, sería imposible la integración de la bigamia.▬ Formas y medios de ejecución.
El CPDF establece que se aplicará: “…hasta cinco años de prisión o de 180 a360 días de multa…” y no existen excusas absolutorias.21.9 Consumación y tentativa.
Con respecto a la Tentativapuede configurarse siempre que el sujeto activo despliega los actos encaminados a realizar eldelito y que éste no se consuma por causas ajenas a su voluntad.21.10 Concurso de delitos.
Se impondrá hasta cinco años de prisión o de 180 a 360 días de multa al que, estandounida con una persona en matrimonio no disuelto ni declarado nulo, contraiga otro matrimonio conlas formalidades legales.2.
Es la persona (cónyuge) que estando unida en matrimonio (no disuelto ni declarado nulo),contrae otro matrimonio con las formalidades legales.4.
Lo anterior podría ocurrir, ejemplo, si sediera alguna de las siguientes situaciones: a) que no exista un primer matrimonio, sino unconcubinato;
Se impondrá una pena de uno seis años de prisión a los ascendientes quetengan relaciones sexuales con sus descendientes.
La pena aplicable a éstos últimos será de seis meses a tres años de prisión.
Sujetos: activo: debido a que se trata de un delito plurisubjetivo, tienepor agentes necesarios a dos sujetos activos, por lo cual debe tratarse entre ascendientes,descendientes y hermanos;
y el pasivo: es, sin duda, la familia.Objetos: el material es el sujeto pasivo, y secundariamente la sociedad, mientras que el objetojurídico tutelado en este delito, es la integridad familiar, pero implica consideraciones de tipo moraly social derivadas del respeto a la unidad familiar.22.3 Clasificación.
Se aplican diferentes punibilidades: a los ascendientes se les impone unapena de uno a seis años de prisión;
Consumación: se consuma en el preciso instante en que lossujetos activos sostienen relaciones sexuales, aunque solo haya sido una vez.
Es pertinente insistir en que dada la naturaleza de este delito, suimprecisión en tantos aspectos y su inadecuada inclusión dentro del título relativo a los delitossexuales, es necesaria su pronta y eficaz revisión de dicha figura a fin de precisar su objetojurídico, su conducta típica y la adecuada inserción del tipo en el rubro correspondiente dentro delcódigo punitivo.
Se impondrá una pena de uno seis años de prisión a los ascendientes que tenganrelaciones sexuales con sus descendientes.
La pena aplicable a éstos últimos será de seis meses a tres años de prisión.
Por otro lado, el objeto jurídico de este delito es la integridadfamiliar, pero ello implica consideraciones de tipo moral y social derivadas del respeto a la unidadfamiliar.3.
El incesto debido a que trata de un delito plurisubjetivo o bilateral, tiene por agentesnecesarios a dos sujetos activos, por lo que resulta imposible su configuración con uno solo.
Por una parte lo es la familia en cuanto a considerar que es la base de toda sociedad, yaque nuestra cultura familiar es exogámica entre otras, por lo que puede ser ésta la másperjudicada.
Por otro lado, también puede ser la conservación de nuestra especie humana, comotal, ya que es bien sabido que el producto que concibe una pareja consanguínea tiene muchaprobabilidad de salir con deformidades.
Elartículo 273 del CPDF, señala: se aplicará de dos años y privación de derechos civiles hasta porseis años a los culpables de adulterio cometido en el domicilio conyugal o con escándalo.23.2 Sujetos y objetos.
Sujetos: activo: debido a que se trata de un delito plurisubjetivo, tienepor agentes necesarios a dos sujetos activos, por lo cual debe tratarse primeramente de unhombre o mujer casado civilmente y otra que no es su cónyuge, con quien efectúa el acto sexual;y el pasivo: es el cónyuge ofendido, sea hombre o mujer y en forma mediata debe considerarse ala familia como entidad afectada por este delito.Objetos: el material es el sujeto pasivo, mientras que el objeto jurídico tutelado en este delito, esla integridad familiar.23.3 Presupuesto básico.
Consiste en la relaciónsexual realizada por una persona casada civilmente con persona distinta del cónyuge.▬ Formas y medios de ejecución.
No se precisa ninguna, ya que basta la conducta típica y el concurso de cualquiera de las dos condiciones objetivas de punibilidad.▬ Resultado típico.
Se aplica a los culpables una pena de hasta dos años de prisión y la privación de los derechos civiles hasta por seis.
Por disposición expresa del propio artículo 275 del CPDF “solo se castigará el adulterio consumado” Consumación: se consuma en el preciso instante en que la pareja de adúlteros efectúan la relación sexual, dándose alguna de las condiciones exigidas por la ley: que sea en el domicilio conyugal o bien con escándalo.
Nuestra legislación penal considera que se trata de un delito sexual, concepto en no estoy de acuerdo, pues no atenta contra la libertad sexual de nadie;
En este delito la ley no precisa ninguna forma especial de ejecución, debido a que basta para integración del ilícito la conducta típica entre los sujetos y el concurso de cualquiera de las dos condiciones objetivas de punibilidad.
Porque no atenta contra la libertad sexual de ninguna persona y en cambio sí va en contradel grupo familiar.
Comete el delito de robo: el que se apodera de una cosa ajena mueble, sinderecho y sin consentimiento de la persona que pueda disponer de ella con apego a la ley.24.2 Sujetos y objetos.
y el pasivo:puede ser una persona física o moral como entidad afectada por este delito.Objetos: el material es la cosa ajena mueble, mientras que el objeto jurídico tutelado en estedelito, es el patrimonio de las personas.24.3 Clasificación.
Es el apoderamiento yconsiste en la acción de tomar, asir o capturar una cosa con intención de ejercer poder de hechosobre ella.Existen cuatro teorías que precisan en qué momento se consuma el delito;
De ellas (las teorías) la teoría que sigue el CPDF es la tercera teoría, consistenteen que el robo se consuma cuando el activo no solo toca y remueve la cosa, sino cuando la sacadel ámbito de poder del dueño y la coloca bajo su propia esfera de competencia y dominio.Formas y medios de ejecución.
d) elementos normativos: sin derecho ysin consentimiento de la persona que puede disponer de la cosa;
a) el apoderamiento o destrucción dolosa de una cosa o bien mueble, si ésta se halla por cualquier título legítimo en poder de otra persona o no medie consentimiento;
b) el uso o aprovechamiento de energía eléctrica, magnética, electromagnética, de cualquier fluido, o de cualquier medio de transmisión, sin derecho y sin consentimiento de la persona que legalmente pueda disponer de los mismos;
y c) al que sustraiga o aproveche hidrocarburos o sus derivados, cualquiera que sea su estado físico, sin derecho y sin consentimiento de la persona que legalmente pueda autorizarlo, de los equipos o instalaciones de la industria petrolera a que se refiere la ley reglamentaria del artículo 27 Constitucional en el ramo del petróleo, se le impondrán de tres a diez años de prisión y de quinientos a diez mil días de multa.24.7 Antijuricidad.
Atenuantes: solo se presenta un caso de robo atenuado previstopor el artículo 380, mejor conocido como robo de uso.
acumulación: en caso de cometer otro delito comoconsecuencia de la violencia ejercida, se aplicarán las reglas de la acumulación;
empleo de armas:si la violencia puede ejercerse mediante la utilización de armas, ya sea para amagar o paralastimar físicamente también es cierto que la corte ha determinado que para que haya violencia nose requiere el empleo de armas;
Y los delitos surgidos por la violencia: que generalmente surgen como consecuencia delempleo de la violencia son: lesiones, homicidio, aborto y daños.24.8 Culpabilidad.
Reglas fijas para la pena: la pena se aplica según la cuantía de lo robado y setoma como base para la sanción el salario mínimo general diario vigente en el lugar y en elmomento en que se cometió el delito.• Cosas no apreciables en dinero.
Existen distintas penalidades, según el monto de lo robado, robo atenuado (de uso), agravados e incluso los dos robos que no tienen sanción.
En el decreto de mayo de 1999, se adicionó en el artículo 376 bis la punibilidad para el caso de que sea un vehículo automotor terrestre, con excepción de las motocicletas, la cual será de siete a quince años y de mil quinientos a dos mil días de multa.• Excusas absolutorias.
Consumación: se da al integrarse todos los elementos del tipo,o sea, en el preciso instante de darse el apoderamiento de la cosa en poder del agente;
Se persigue de oficio y por querella necesaria de parte ofendida cuando locometen las siguientes personas: ascendientes, descendientes, cónyuges, parientes porconsanguinidad hasta el segundo grado, concubina o concubinario, adoptante y adoptado,parientes por afinidad hasta el segundo grado.
Comete el delito de robo: el que se apodera de una cosa ajena mueble, sin derecho y sinconsentimiento de la persona que pueda disponer de ella con apego a la ley.2.
Mencione las conductas que se equiparan al robo.V) El apoderamiento o destrucción dolosa de una cosa o bien mueble, si ésta se halla por cualquier título legítimo en poder de otra persona o no medie consentimiento.VI) El uso o aprovechamiento de energía eléctrica, magnética, electromagnética, de cualquier fluido, o de cualquier medio de transmisión, sin derecho y sin consentimiento de la persona que legalmente pueda disponer de los mismos.VII) Al que sustraiga o aproveche hidrocarburos o sus derivados, cualquiera que sea su estado físico, sin derecho y sin consentimiento de la persona que legalmente pueda autorizarlo, de los equipos o instalaciones de la industria petrolera a que se refiere la ley reglamentaria del artículo 27 Constitucional en el ramo del petróleo, se le impondrán de tres a diez años de prisión y de quinientos a diez mil días de multa.
La sanción que corresponda se aumentará en una mitad cuando se realice en los ductos osus instalaciones afectos a la industria petrolera o cuando el responsable sea o haya sido servidorpúblico de dicha industria.5.
acumulación: en caso de cometer otro delito comoconsecuencia de la violencia ejercida, se aplicarán las reglas de la acumulación;
empleo de armas:si la violencia puede ejercerse mediante la utilización de armas, ya sea para amagar o paralastimar físicamente también es cierto que la corte ha determinado que para que haya violencia nose requiere el empleo de armas;
y los delitos surgidos por la violencia: que generalmente surgencomo consecuencia del empleo de la violencia son: lesiones, homicidio, aborto y daños.6.
se encuentra contemplado en el artículo 379 del CPDF y dice: No se castigará al que, sinemplear engaño ni medios violentos, se apodera una sola vez de los objetos estrictamenteindispensables para satisfacer sus necesidades personales o familiares del momento.7.
¿Cuáles son las teorías respecto al apoderamiento y cuál sigue nuestro Código Penal?▬ La primera dice que el robo se integra en el momento en que el agente toca la cosa con su mano;▬ La segunda establece que no solo es necesario tocar la cosa, sino desplazarla (removerla) del lugar en que originalmente se encontraba;▬ La tercera: aquí se sostiene que el robo se consuma cuando el activo no solo toca y remueve la cosa, sino cuando la saca del ámbito de poder del dueño y la coloca bajo su esfera de competencia y dominio, la cual adopta el CPDF;
y▬ La cuarta indica que se consuma cuando el agente coloca la cosa en el lugar seguro donde antes de cometer el ilícito se propuso colocarla.10.
y el pasivo puede ser cualquier persona física o moral.Existe también el sujeto pasivo de la conducta, que es quien resiente directamente la conducta Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de Méxicotípica del delito de robo;
y el sujeto pasivo del delito, el cual es en quien recae la afectaciónpatrimonial por el delito cometido sin que directamente haya padecido la conducta típica.11.
La pena se aplica según la cuantía de lo robado, y se toma como base para la sanción elsalario mínimo general diario vigente en el lugar y en el momento en que se cometió el delito.14.
Se da al integrarse todos los elementos del tipo, o sea, en el preciso instante de darse elapoderamiento de la cosa, o como establece la ley “en el momento en que el ladrón tiene en supoder la cosa”.15.
Sí y ocurre cuando la cuantía de lo robado no excede de 10 veces el salario, sea restituidopor el infractor espontáneamente y pague éste todos los daño y perjuicios, antes de que laautoridad tome conocimiento del delito…
Al que, con perjuicio de alguien, disponga para sí o para otro cualquier cosaajena mueble de la que se le haya transmitido la tenencia y no el dominio.25.2 Sujetos y objetos.Sujetos: activo: debe tratarse cualquier persona física;
y el pasivo: puede ser cualquier persona física o moral.Objetos: el material es la cosa ajena mueble, mientras que el objeto jurídico tutelado en estedelito, es el patrimonio.25.3 Clasificación.
Consiste en elcomportamiento efectuado por el activo para efectuar el delito de disponer para sí o para otro unacosa ajena mueble.▬ Presupuesto básico.
Consiste en la previa transmisión al activo de la tenencia de la cosa ajena mueble.▬ Formas y medios de ejecución.
La ley penal no señala ningún medio de ejecución, así que podrá serlo cualquiera, siempre que sea idóneo.▬ Ausencia de conducta.
Son tres: el hecho de disponer o sustraer una cosa su dueño si ésta se halla embargada y la tiene en su poder con el carácter de depositario judicial, o bien dado en prenda y las conserva en su poder como depositario en virtud de un contrato celebrado con alguna institución de crédito, en perjuicio de ésta.
b) el hecho de disponer de la cosa depositada o sustraerla el depositario judicial o el designado por el ante las autoridades administrativas o del trabajo;
y c) el hecho de que una persona haga aparecer como suyo un depósito que garantice la libertad condicional del procesado y del cual no le corresponda la propiedad.25.6 Antijuricidad.
Se establece, como en el robo, de acuerdo al monto del daño patrimonial y la fijación de la pena se toma como base el salario mínimo vigente diario en el D.F. ▬ Excusas absolutorias: ninguna.
Al que, con perjuicio de alguien, disponga para sí o para otro cualquier cosa ajena mueblede la que se le haya transmitido la tenencia y no el dominio.2.
Se establece, como en el robo, de acuerdo al monto del daño patrimonial y la fijación de lapena se toma como base el salario mínimo vigente diario en el D.F.12. ¿Puede configurarse la culpa en el abuso de confianza?
el robo se persigue de oficioy en algunos casos por querella, mientras que el abuso de confianza por querella necesaria departe ofendida;
la pena se aplica según el monto del dañopatrimonial, y se toma como base para la sanción el salario mínimo diario vigente en el D.F.;ambos admiten el grado de tentativa;
Solo se puede presentar el concurso material, ya que con distintas conductas pueden darsevarios delitos, como en el caso de abuso de confianza.
Ejemplo: además de disponer de la cosa onegarse a devolverla se profieren amenazas, se causan lesiones, etcétera.
Comete el delito de fraude el que engañando a uno o aprovechándose delerror en que éste se halla, se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido.26.2 Sujetos y objetos.Sujetos: activo: debe tratarse cualquier persona física;
y el pasivo: puede ser cualquier persona física o moral.Objetos: el material es la cosa ajena mueble o inmueble, incluso abarca derechos y demás cosasincorpóreas, mientras que el objeto jurídico tutelado en este delito, es el patrimonio.26.3 Clasificación.
Mientras que aprovecharse del error de alguien quiere decir que el propio pasivopropicie con su error que el agente aproveche esa situación para cometer el ilícito.▬ Formas y medios de ejecución.
La ley penal no exige ningún medio comisivo, por tanto, puede serlo cualquiera siempre que sea idóneo.▬ Ausencia de conducta.
387)Fracc Sujeto Sujeto Objeto Conducta Tìpica activo pasivo MaterialI Abogado o persona La persona que Dinero, valores, No efectuar la defensa o que ofrece hacerse encarga el asunto y se cualquier cosa encargo, ni la dirección o el cargo de un asunto ve afectada mueble o inmueble patrocinio del asunto o civil, penal o patrimonialmente renunciar o abandonar el administrativo negocio o la causa sin motivoII Cualquier persona Cualquier persona Cosa mueble o Enajenar, arrendar, hipotecar, física física o moral inmueble empeñar o gravar una cosa de la cual no tiene derecho de disponerIII Cualquier persona Cualquier persona Documento Otorgar o endosar un fisica física o moral nominativo a la documento nominativo a la orden o al portador orden o al portador contra una persona supuesta, o que el otorgante sabe que no ha de pagarle.IV Cualquier persona Cualquier persona Cualquier cosa o Hacerse servir una cosa o fisica física o moral servicio admitir un servicio y no pagar su importeV Cualquier persona Cualquier persona Cosa mueble Comprar y no pagar la cosa o física (comprador) física (vendedor) no devolver su importeVI Cualquier persona Cualquier persona No entregar la cosa vendida o física (vendedor) física o moral Cosa mueble no devolver su importe (comprador)VII Cualquier persona Cualquier persona Cosa mueble o Verder a dos personas la física (vendedor) física o moral inmueble misma cosa (comprador)VIII Cualquier persona Cualquier persona Contratos o Obtener ventajas ususarias física física convenios valiéndose de la ignorancia o malas condiciones económicas del pasivoIX Cualquier persona Cualquier persona Fichas, tarjetas, Poner en circulación objetos física física o moral planchuelas o en sustitución de la moneda cualquier objeto que legal sustituya a la moneda legalX Cualquier persona Cualquier persona Contrato, escrito, Simulación de actos, contratos física física o moral acto o juicio o escritos judiciales con simulado perjuicio de alguien.XI Cualquier persona Cualquier persona Objetos o dinero Quedarse con el dinero física física o moral recibido o no entregar el objeto ofrecido en rifas, sorteos, etc.XII Fabricante, Cualquier persona Materiales de Emplear materiales de empresario, física o moral construcción construcción en cantidad o contratista o calidad inferior a la estipulada.
constructorXIII Vendedor de Cualquier persona Materiales de No entregar al comprador la materiales de física o moral construcción totalidad de materiales de construccion (comprador) construcción o la calidad convenida.
Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de MéxicoXIV Cualquier persona Los acreedores de la Una negociación Vender o traspasar una física que venda o negociación negociación sin autorización traspase una de los acreedores o sin que el negociación nuevo adquiriente se comprometa a responder de los créditos insolutos26.6 Antijuricidad.
Se establece, como en los delitos patrimoniales como el robo y el abuso deconfianza, de acuerdo al monto del daño patrimonial y la fijación de la pena se toma como base elsalario mínimo vigente diario en el D.F. Excusas absolutorias: ninguna.26.9 Consumación y tentativa.
Se persigue de oficio y de querella necesaria de la parte ofendida en loscasos del artículo 399 bis.
Comete el delito de fraude el que engañando a uno o aprovechándose del error en queéste se halla, se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido.2.
pasivo: cualquier persona física o moral; Conducta típica: engañar o aprovecharse del error del sujeto pasivo; Resultado típico: hacerse ilícitamente de alguna cosa o alcanzar un lucro indebido; Elemento normativo: está contenido en las expresiones: ilícitamente e indebido; Objeto material: cualquier cosa mueble o inmueble e incluso inmaterial; Objeto jurídico: el patrimonio.3.
Los fraudes específicos son:Sujeto activo Sujeto pasivo Objeto material Conducta típica .I Abogado o administrativo La persona Dinero, valores, No efectuar la defensa oencargo,persona que encarga cualquier cosa ni la dirección o el patrocinio del ofrece hacerse el asunto ymueble o asunto o renunciar o abandonar cargo de un se ve afectada inmueble el negocio o a lacausa sin motivo asunto civil, penal patrimonial mente justificadoII Cualquier persona Cualquier persona Cosa mueble o Enajenar, arrendar,hipotecar, físicaFísica o moral inmueble empeñar o gravar una cosa de la cual no tiene derecho de disponer.III Cualquier persona Cualquier persona Documento Otorgar o endosar undocumen física o moral to nominativo anominativo a la orden o al portador la orden o al contra una persona supuesta, o portador que el otorgante sabe que no ha de pagarle.IV Cualquier persona Cualquier persona Cualquier cosa Hacerse serviruna cosa o admitir un servicio y no pagar su importeV Cualquier persona Cualquier persona Cosa mueble Comprar y no pagar lacosa ofísica (comprador) física (vendedor) no devolverla.VI Cualquier persona Cualquier persona Cosa mueble No entregar la cosavendida o física (vendedor) física o moral no devolver suimporte (comprador)VII Cualquier persona Cualquier persona Cosa mueble Vender a dospersonas la física física o moral o inmueble misma cosa (vendedor) (comprador)VIII Cualquier persona Cualquier persona Contratos Obtener ventajasusurarias valiéndose de la ignorancia o malas Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de México condiciones económicas del pasivoIX Cualquier persona Cualquier persona Fichas, tarjetas, Poner en circulaciónobjetos en sustitu- planchuelas o ción de la moneda legal cualquier objeto que sustituya a la moneda legalX Cualquier persona Cualquier persona Contrato, escrito, Simulación de actos, contratos oacto Simulado o juicio escritos judiciales con perjuicio de alguien.XI Cualquier persona Cualquier persona Objetos o dinero Quedarse con el dinerorecibido o no entregar el objeto ofrecido en rifas, sorteos, etcétera.XII Fabricante, Cualquier persona Materiales de Emplear materiales deconstrucción empresario, o física o moral construcción en cantidad ocalidad inferior a contratista la estipuladaconstructorXIII Vendedor de Cualquier persona Materiales de No entregar al comprador latotalidadmateriales construcción física o moral construcción de materiales deconstrucción o la cali- (comprador) dad convenida.XIV Cualquier persona Los acreedores de Una negociación Vender otraspasar una negociación sinfísica que venda autorización de losacreedores o traspase una o sin que el nuevo adquirente se negociación comprometa a responder de los créditos insolutos.6.
▬ No efectuar la defensa o encargo, ni la dirección o el patrimonio del asunto o renunciar o abandonar el negocio o la causa sin motivo justificado;
▬ Enajenar, arrendar, hipotecar, empeñar o gravar una cosa de la cual no tiene derecho de disponer;
Otorgar o endosar un documento nominativo a la orden o al portador contra una persona supuesta, o que el otorgante sabe que no ha de pagarle;
▬ Vender a dos personas la misma cosa ▬ Obtener ventajas usurarias valiéndose de la ignorancia o malas condiciones económicas del pasivo;
▬ Quedarse con el dinero recibido o no entregar el objeto ofrecido en rifas, sorteos, etcétera.
▬ Vender o traspasar una negociación sin autorización de los acreedores o sin que el nuevo adquiriente se comprometa a responder de los créditos insolutos;
explotar las preocupaciones, superstición o la ignorancia del sujeto pasivo por medio de supuestas evocaciones de espíritus, adivinaciones o curaciones;
▬ Valerse de la ignorancia o malas condiciones económicas de un trabajador a su servicio pagándole cantidades inferiores;
▬ Alterar cuentas o condiciones de los contratos, etc., en la administración o cuidado de bienes ajenos;
y ▬ Valerse de un cargo público o relaciones con dirigentes sindicales para obtener cualquier beneficio o cambio de prometer o proporcionar trabajo, ascenso o aumento de salario.
Se aplicará la pena de tres meses a cinco años de prisión y multa decincuenta a 500 pesos:I) Al que de propia autoridad y haciendo violencia o furtivamente, o empleando amenaza o engaño, ocupe un inmueble ajeno o haga uso de él, o de un derecho real que no le pertenezca.II) Al que de propia autoridad y haciendo uso de los medios indicados en la fracción anterior ocupe un inmueble de su propiedad, en los casos en que la ley no lo permita por hallarse en poder de otra persona o ejerza actos de dominio que lesionen derechos legítimos del ocupante;
yIII) Al que en los términos de las fracciones anteriores cometa despojo de aguas.IV) La pena será aplicable, aun cuando el derecho a la posesión de la cosa usurpada sea dudosa o esté en disputa.27.2 Sujetos y objetos.Sujetos: activo: debe tratarse cualquier persona física;
y el pasivo: puede ser cualquier persona física o moral.Objetos: el material es la cosa ajena inmueble, derechos reales y aguas;
hacer uso de un derecho real que no le pertenezca al activo;ocupar un inmueble propio en los casos en que la ley no lo permite por hallarse en poder de otro;ejercer actos de dominio sobre un inmueble propio, lesionando los derechos legítimos delocupante;
La ley penal señala únicamente las siguientes violencia, furtividad, amenaza y engaño.▬ Ausencia de conducta.
No hay circunstancias atenuantes pero sí agravantes, las cuales son: el previsto en el quinto párrafo del artículo 395 que se refiere al despojo cometido por grupos de más de cinco personas.
El siguiente párrafo contempla una pena de dos a nueve años de prisión a quienes se dediquen reiteradamente a promover el despojo de inmuebles urbanos en el D.F. Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de México27.7 Culpabilidad.
b) además de la pena antes señalada se impondrán de uno a seis años cuando el despojose comete en grupos que en su conjunto sean mayores de cinco personas;
y c) de dos a nueveaños a quienes se dediquen de manera reiterada a promover el despojo de inmuebles urbanos enel D.F.Excusas absolutorias: no se presenta ninguna.27.9 Consumación y tentativa.Consumación: se consuma en el momento de ocupar el inmueble, de hacer uso de él, de underecho real o al momento de cometer el despojo de aguas.Tentativa puede ser factible que se presente.27.10 Concurso de delitos.
Se persigue de oficio y, según los casos en que lo dispone el artículo 399bis,a petición de la parte ofendida.
Se aplicará la pena de tres meses a cinco años de prisión y multa de cincuenta a 500pesos:I) Al que de propia autoridad y haciendo violencia o furtivamente, o empleando amenaza o engaño, ocupe un inmueble ajeno o haga uso de él, o de un derecho real que no le pertenezca.II) Al que de propia autoridad y haciendo uso de los medios indicados en la fracción anterior ocupe un inmueble de su propiedad, en los casos en que la ley no lo permita por hallarse en poder de otra persona o ejerza actos de dominio que lesionen derechos legítimos del ocupante;
yIII) Al que en los términos de las fracciones anteriores cometa despojo de aguas.IV) La pena será aplicable, aun cuando el derecho a la posesión de la cosa usurpada sea dudosa o esté en disputa.2.
En el momento de ocupar el inmueble, de hacer uso de él, de un derecho real o almomento de cometer el despojo de aguas.7.
No hay circunstancias atenuantes, pero sí agravantes en dos casos: el primero se refiere aldespojo cometido por grupos de más de cinco personas;
De oficio, según lo dispone el artículo 399 bis, a menos que lo cometa alguna de laspersonas que el propio precepto señala, en cuyo caso se perseguirá a petición de la parteofendida.12.
Cuando por cualquier medio se causen: daño, destrucción o deterioro decosa ajena, o de cosa propia en perjuicio de tercero, se aplicarán las sanciones del robo simple.28.2 Sujetos y objetos.
Habrá delito de daño atenuado cuando sea por culpa, cuando nosea mayor de 100 veces el salario mínimo o por hechos de tránsito de vehículos;
De cinco a 10 años de prisión y multa de cien a cinco mil pesos;
Consumación: se consuma en el momento de ocupar elinmueble, de hacer uso de él, de un derecho real o al momento de cometer el despojo de aguas.Tentativa puede ser factible que se presente.28.10 Concurso de delitos.
Cuando por cualquier medio se causen: daño, destrucción o deterioro de cosa ajena, o decosa propia en perjuicio de tercero, se aplicarán las sanciones del robo simple.2.
Sí son posibles de que se den por ejemplo, el estado de necesidad, ejercicio de underecho, el cumplimiento de un deber y un consentimiento del titular del bien jurídico.5.
Al culminar este curso, nos damos cuenta de cuán benéfico ha sido para nosotrosen cuanto a conocimientos teóricos se refiere, ya que nos da una visión mucho más amplia de losque es la disciplina jurídico penal.
Nos sentimos satisfechos, ya que hoy somos lo suficientemente capaces deentender y comprender los conceptos básicos del derecho penal, así como las diferentes teoríasque a lo largo de la historia del derecho penal se han ofrecido a los estudiantes de la materia encuestión, tales como la teoría del delito, de la pena, del delincuente, las teorías de las elementosdel delito, etcétera.
Lo estudiado en estos últimos días, en particular la estructura del delito, nos hadado un mejor concepto de los ilícitos en particular, que se encuentran contemplados en el CódigoPenal del Distrito Federal.
Damos una sincera felicitación a la Licenciada Griselda Amuchátegui Requena,autora de nuestra texto de consulta, ya que ha sido de gran utilidad, sobre todo porque es un textofluido y fácil de comprender, lo que objetiviza el estudio, puesto que está especialmente creadopara estudiantes de educación abierta.
Damos también un cordial agradecimiento a nuestra Universidad Abierta que haestado haciendo posible el logro de nuestra carrera apoyándonos con todo género de facilidades.
Se divide en cuatro subfases:1) La venganza privada o de sangre consiste en que el ofendido se hace justicia por propia mano, identificándose con la ley del Talión: “Ojo por ojo, diente por diente2) La venganza familiar, consistente en que un familiar del afectado realiza el acto de justicia y causa un daño al ofensor;3) La divina, la cual es el castigo impuesto a quien causa un daño en virtud de creencias divinas, de modo que a veces se entremezclan rituales mágicos y hechiceros;4) La venganza pública, es un acto de venganza, pero realizado por el representante del poder público.Etapa Humanitaria.
Como respuesta a la fase anterior, surge una reacción humanista enmateria penal, de manera que se pretende dar un giro absoluto y radical a la dureza del castigo.En el libro de Becaria Tratado de los delitos y de las penas, destaca aspectos como losprocedimientos arbitrarios e inhumanos para obtener confesiones.
Estas ideas, expresadas en1764, se encuentran vigentes, al igual que los principios emanados de la Revolución Francesa,con la cual surge la contemplación y tutela de los derechos del hombre.Etapa Científica.
Se considera que el castigo no basta, sino que además serequiere llevar a cabo el estudio de la personalidad del sujeto y analizar a la víctima.
Establece que todos los hombres nacen con igualdad para actuar conforme a derecho, de manera que quien lo contraría lo hace a su libre elección.• Igualdad de derechos.
Como el hombre nace con libre albedrío y puede escoger libremente entre el bien y el mal, la responsabilidad es moral.• El delito como eje y como entidad jurídica.
Como el derecho penal es una ciencia normativa que pertenece al mundo del deber ser, no era posible, según los clásicos, emplear el método seguido por las ciencias naturales.• Pena proporcional al delito.
Elabora diversas clasificaciones de los delitos.ESCUELA POSITIVA Como reacción a la escuela clásica surge esta corriente, que se fundamenta en basescientíficas que corresponden a las ciencias naturales. Niega el libre albedrío.
Afirma que el hombre no escoge de manera libre y consciente el mal sobre el bien, puesto que es un ente natural.
Cabe destacar la influencia de César Lombroso, con sus estudios médicos y antropológicos que dieron origen a la teoría de criminal nato. Responsabilidad social.
Los positivistas creen que, al igual que en la medicina, es más conveniente prevenir que curar. La medida de seguridad es más importante que la pena.
Se proponen los sustitutivos penales como medios para evitar la crueldad y abundancia de las penas.ESCUELAS ECLÉCTICASLas escuelas eclécticas afirman y niegan postulados tanto de la clásica como de la positiva.
c) Al derecho penal le debe interesar el conocimiento científico delos delitos y las penas;
Se inicia con el castigo más cruel, hasta llegar paulatinamente a una fase más humanizadae incluso científica.DERECHO PRECORTESIANO Como existían diversidad de culturas, también existían variedad de costumbres ycontemplaciones jurídicas.LOS AZTECAS.
Los delitosprincipales fueron: la Alcahuetería, el peculado, el cohecho de jueces, la traición en guerra, ledeserción, la malversación, el adulterio, el homicidio y el espionaje, entre otros.
Las penasprincipales eran: la muerte causada por medio de ahorcadura, hoguera, el degüello, eldescuartizamiento, la esclavitud, los castigos infamantes, las corporales, el destierro y elencarcelamiento.LOS MAYAS.
La pena tenía características de severidad y dureza, pero se aprecia una concepción máshumanizada y su legislación fue consuetudinaria.
Otros pueblos tenían características similares alas de los aztecas y los mayas.ÉPOCA COLONIAL A la llegada de los españoles se impusieron a los indígenas costumbres y manifestacionesde la cultura europea.
De manera específica se crearon ciertas leyes para el nuevo territoriocolonizado, como las ordenanzas de minería, la de intendentes y las de los gremios.ÉPOCA INDEPENDIENTE.
A la fecha, el código penal promulgado en 1931, es el vigente y aplicable en el D.F. enmateria del fuero común, y para toda la República en materia del fuero federal.1.3 EL DERECHO PENAL VIGENTE.
Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de MéxicoNoción — El derecho penal es el conjunto normativo perteneciente al derecho público internoque tiene por objeto al delito, al delincuente y a la pena o medida de seguridad, para mantener elorden social mediante el respeto de los bienes jurídicos tutelados por la ley.
Existen diversas nociones del derecho penal tales como: el derecho penalobjetivo, derecho penal subjetivo, derecho penal sustantivo, derecho penal adjetivo etcétera.
El derecho penal Objetivo lo constituye el conjunto de normas jurídicas emanadas del poderpúblico que establecen los delitos y señalan las penas y medidas de seguridad;
sustantivo se refiere a las normas relativas al delito, al delincuente, a la pena o medida deseguridad, también conocido como derecho material;
y adjetivo, se trata del conjunto de normasque se ocupan de señalar la forma de aplicar las normas jurícopenales en los casos concretos,también llamado derecho procesal o instrumental.
EL DERECHO PENAL, OTRAS RAMAS DEL DERECHO Y OTRAS CIENCIAS Y DISCIPLINAS Las ramas del derecho con las que tiene más relación el derecho penal son: Derechoromano, derecho civil, derecho procesal, derecho constitucional, derecho administrativo, derechoagrario, derecho laboral, derecho mercantil, derecho internacional, derecho fiscal, derechoeconómico y los derechos humanos.
LaCriminología, al igual que la medicina forense, basada en conocimientos científicos, es de unaayuda invaluable en la investigación del delito.
El derecho penal es el conjunto normativo perteneciente al derecho público interno quetiene por objeto al delito, al delincuente y a la pena o medida de seguridad, para mantener el ordensocial mediante el respeto de los bienes jurídicos tutelados por la ley.2.
Lo constituye el conjunto de normas jurídicas emanadas del poder público queestablecen los delitos y señalan las penas y medidas de seguridad;
sustantivo serefiere a las normas relativas al delito, al delincuente, a la pena o medida de seguridad, tambiénconocido como derecho material;
y adjetivo, se trata del conjunto de normas que se ocupan deseñalar la forma de aplicar las normas jurícopenales en los casos concretos, también llamadoderecho procesal o instrumental.
Al igual que la medicina forense, esta disciplina, basada en conocimientos científicos, esde una ayuda invaluable en la investigación del delito.
Derecho romano, derecho civil, derecho procesal, derecho constitucional, derechoadministrativo, derecho agrario, derecho laboral, derecho mercantil, derecho internacional, derechofiscal, derecho económico y los derechos humanos.6.
El derecho penal tiene por objeto el delito, la pena, el delincuente la medida de seguridadcon el fin de mantener el orden social mediante el respeto a los bienes jurídicos, mientras que lacriminalística es una ciencia no jurídica.7.
(Escriba dentro del paréntesis una F o una V, segúnse trate de una aseveración falsa o verdadera):a) La ley del talión es una fórmula que se identifica con la etapa de venganza pública.
Correlacione las siguientes columnas de modo que anote en el paréntesis la letra quecorresponda de la columna izquierda: ESCUELAS POSTULADOS a) Clásica El delito es el punto central de atención (a) b) Positiva La pena debe ser proporcional a la peligrosidad (b) c) Ecléctica Su método fue deductivo (a) Importa más la prevención que la represión (c) Emplea el método inductivo (b) Niega el libre albedrío (b) Existe igualdad de derechos (a) La responsabilidad es moral (a) Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de México CAPÍTULO 2 TEORÍA DE LA LEY PENAL.
La ley penal es la norma jurídica que se refiere a los delitos y a las penas o medidas deseguridad.Ignorancia de la ley penal.
así, serámerecedor de una pena quien incurra en un delito, aun cuando ignorase que existía.2.4 Ámbitos de validez de la ley penal.
Dichos ámbitos son: material, temporal, espacial ypersonal.Material Desde éste punto de vista, se distinguen tres órdenes:a) Común, local u ordinario, en la cual los estados de la federación promulgan sus propias leyes penales.
De este modo, puede decirse que no es común todo lo que no concierne a la federación.b) Federal, que son los comprendidos en el artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal.
Yc) Militar, aplicables a los miembros del Ejército y Fuerza Aérea, contenidos en el Código de Justicia Militar.TemporalEn el ámbito temporal se afirma que la ley penal solo es aplicable durante su vigencia, lo cualimplica que lo es desde el inicio de su vigencia y hasta que se deroga.
La ley solo podrá aplicarse retroactivamente cuando resulte en beneficio del inculpado osentenciado y nunca en perjuicio de alguien.Espacial.
En el ámbito de validez espacial concierne que la ley penal debe aplicarse en elterritorio donde se crea, pues emana en virtud de la soberanía de cada Estado;
En cuanto al ámbito espacial existen varios principios: de territorialidad: solo se aplica en elterritorio del Estado;
El ámbito personal de validez de la ley penal se explica que solo se aplica a la persona a quien va dirigida;
por supuesto, parte del principio de igualdad de todos los hombres ante la ley.▬ Excepciones al principio de igualdad.
Con respecto a la excepcionalidad del principio de igualdad, hay situaciones especiales en las que este principio deja de tener aplicación: en el derecho de interno, la declaración de procedencia, y en el derecho internacional, la inmunidad.
nulla poena sinetipo: no hay pena sin tipo, ya que al no haber tipicidad de una conducta determinada inscrita no sepuede fijar pena alguna;
nulla poena sine crimen: no hay pena sin delito: y nulla poena sine lege:no hay pena sin ley.3.
La interpretación analógica consiste en interpretar la norma, de manera que se recurra anormas o casos entre sí, a fin de desentrañar su sentido.6.
Escriba en el paréntesis de la derecha una F o una V, según sea falsa o verdadera cadauna de las aseveraciones siguientes:a) En la legislación penal mexicana está prohibida la interpretación analógica (F)b) La ignorancia de ley excusa su cumplimiento (F)c) Sólo el juez puede interpretar la ley (F)8.
Precise y explique cada ámbito de validez de la ley penal.R = Dentro del ámbito material se distinguen tres órdenes desde los cuales pueden contemplarsela aplicación de la norma: en común, local u ordinario, federal o excepcional y en militar ocastrense.
Por otra parte, en el ámbito temporal se afirma que la ley penal solo es aplicable durantesu vigencia, lo cual implica que lo es desde el inicio de su vigencia y hasta que se deroga.
En el ámbito de validez espacial concierne que la ley penal debe aplicarse en el territoriodonde se crea, pues emana en virtud de la soberanía de cada Estado;
El ámbito personal de validez de la ley penal seexplica que solo se aplica a la persona a quien va dirigida;
En cuanto al ámbito espacial existen varios principios: de territorialidad: solo se aplica en elterritorio del Estado;
Con respecto a la excepcionalidad del principio de igualdad, hay situaciones especiales enlas que este principio deja de tener aplicación: en el derecho de interno, la declaración deprocedencia, y en el derecho internacional, la inmunidad.
La expulsión consiste en que un Estado puede expulsar a los extranjeros cuyapermanencia en el territorio juzgue inconveniente, en tanto que la extradición es la entrega quehace un Estado a otros de un acusado o condenado que se ha refugiado en aquel.12.
La ley solo podrá aplicarse retroactivamente cuando resulte en beneficio del inculpado osentenciado y nunca en perjuicio de alguien.13.
En el derecho interno existe el fuero en el cual a determinados servidores públicos, ante lacomisión de un delito, se les da un tratamiento especial, derivado de su función ante el Estado;
yen derecho internacional, existe la inmunidad, prerrogativa que se concede a los diplomáticos deotros países que se encuentran en el territorio nacional en el desempeño de sus funciones.
Denominado también víctima u ofendido, es la persona física o moral sobrequien recae el daño o peligro causado por la conducta realizada por el delincuente.
Existe el sujetopasivo de la conducta, que es la persona que de manera directa resiente la acción del sujetoactivo, pero la afectación, en sentido estricto, la recibe el titular del bien jurídico tutelado;
Se distinguen dos tipos de objetos: El objeto material es persona ocosa sobre la cual recae directamente el daño causado por el delito cometido o el peligro en quese colocó a dicha persona o cosa;
Son las formas en que puede darse el delito, esdecir, los casos en los cuales surgen varios resultados típicos.Concurso de delitos.
En principio, una sola conducta produce un solo resultado, pero hay dos casos enlos cuales se presentan dos figuras que constituyen el concurso de delitos: el concurso ideal oformal ocurre cuando con una sola conducta se producen varios resultados típicos, en cuyo casose dice que existe unidad de acción u pluralidad de resultados;
y el concurso real o material sepresenta cuando con varias conductas se producen varios resultados típicos;Desarrollo del delito (iter criminis).
El delito pasa por diversas etapas o fases cuyaimportancia radica en la punibilidad.Etapa interna del iter criminis.
No es punible, ya que essubjetiva su realización.La fase externa del delito surge al terminar la resolución y consta de tres etapas:manifestación, preparación y ejecución.TENTATIVA.
Se constituye por los actos materiales tendientes a ejecutar el delito, de modo queéste no se produzca por causas ajenas a la voluntad del agente.
Puede ser acabada, tambiénllamado delito frustrado, cuando el sujeto activo realiza todos los actos encaminados a producir elresultado, sin que éste surja por causas ajenas a su voluntad;
y la tentativa inacabada, conocidaigualmente como delito intentado, que consiste en que el sujeto deja de realizar algún acto queera necesario para producir el resultado, por lo cual éste no ocurre.
Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de México Otras figuras relacionadas son el desistimiento, cuando el sujeto activo suspendeespontáneamente los actos tendientes a cometer el delito;
el delito imposible, en donde el agenterealiza actos encaminados a producir el delito pero éste no surge por no existir el bien jurídicotutelado, por no ocurrir el presupuesto básico indispensable o por falta de idoneidad de los mediosempleados;
y por último, el delito putativo, también llamado imaginario, consiste en actostendientes a cometer lo que el activo cree que es un delito, pero en realidad no lo es.3.4 Noción del delito.
es jurídico formal, el cual a la letra dice:»delito es el acto u omisión que sancionan las leyes penales”.Jurídico sustancial.
Según esta última algunos autores estiman que el delito se forma con unnúmero determinado de elementos: así habrá unas teoría biatómica, tritómica, tetratómica,pentatómica, haxatómica y heptatómica.3.5 Elementos del delito y sus aspectos negativosImportancia, generalidades y noción de los elementos del delito.
Los elementos del delito son la partesque lo integran y son: Conducta, tipicidad, antijuricidad, culpabilidad, punibilidad, imputabilidad ycondiciones objetivas de punibilidad, de acuerdo con la teoría heptatómica.Noción de aspectos negativos.
Los elementos del delito son los aspectos positivos, a cadauno de los cuales corresponde uno negativo, que viene a ser la negación de aquel;
De la conducta es la persona que de manera directa resiente la acción del sujeto activo,pero la afectación, en sentido estricto, la recibe el titular del bien jurídico tutelado;
En que el objeto material es persona o cosa sobre la cual recae directamente el dañocausado por el delito cometido o el peligro en que se colocó a dicha persona o cosa;
El concurso ideal o formal ocurre cuando con una sola conducta se producen variosresultados típicos, en cuyo caso se dice que existe unidad de acción u pluralidad de resultados;
elartículo 64 del CPDF señala que en caso de concurso ideal o formal, se aplicará la penacorrespondiente al delito que merezca la mayor, que se aumentará hasta una mitad del máximode su duración, sin que pueda exceder de las máximas señaladas en el título segundo del libroprimero.5.
64 CPDF establece que en caso de concurso real,se impondrán las penas previstas para cada uno de los delitos cometidos, sin que exceda de lasmáximas señaladas en el título segundo del libro primero.6.
En la resolución el sujeto activo decide cometer el delito o sea, afirma su propósito dedelinquir, o bien rechaza la idea definitivamente.8.
En que la manifestación no tiene todavía consecuencia jurídica, mientras que lapreparación se forma por los actos que realiza el sujeto con el propósito directo de cometer eldelito, es decir, actos preparatorios, que por sí solos pueden no ser antijurídicos y, enconsecuencia, no revelarán la intención delictuosa, a menos de que por sí solos constituyandelitos.9.
La tentativa acabada, también llamado delito frustrado, consiste en que el sujeto activorealiza todos los actos encaminados a producir el resultado, sin que éste surja por causas ajenas asu voluntad.
La tentativa inacabada, conocida igualmente como delito intentado, consiste en queel sujeto deja de realizar algún acto que era necesario para producir el resultado, por lo cual ésteno ocurre.
En el delito imposible el agente realiza actos encaminados a producir el delito pero éste nosurge por no existir el bien jurídico tutelado, por no ocurrir el presupuesto básico indispensable o Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de Méxicopor falta de idoneidad de los medios empleados;
mientras que el delito putativo, también llamadoimaginario, consiste en actos tendientes a cometer lo que el activo cree que es un delito, pero enrealidad no lo es.11.
es jurídico formal, el cual a la letra dice: «delito es elacto u omisión que sancionan las leyes penales».14.
Los elementos de la acción son la voluntad( el querer conciente), laactividad ( Hacer o actuar), el resultado (consecuencia de la conducta) y el nexo de causalidad(ligamiento o nexo que une a la conducta con el resultado, el cual debe ser material).Teorías acerca del nexo de causalidad.▬ Equivalencia de las condiciones.
Conocida como teoría de la conditio sine qua non, la cual señala que todas las condiciones son equivalentes.▬ Última condición.
La omisión consiste en realizar la conducta típica con abstención de actuar, esto es, nohacer o dejar de hacer.
o comisión por omisión o impropia, es un no hacer voluntario culposo, cuyaabstención produce un resultado material, y se infringen una norma preceptiva y otra prohibitiva.Elementos de la omisión.
Por regla general, el delito produce el daño o peligro en el momento de llevarse a cabo la conducta;
sin embargo, a veces varía el tiempo de uno y otra.4.2 Aspecto negativo: ausencia de conducta.
Habrá ausencia de conducta en los siguientes casos:Vis absoluta, consiste en que una fuerza humana exterior e irreversible se ejerce contra la voluntad de alguien, quien en apariencia comete la conducta.Vis mayor, es la fuerza mayor que, a diferencia de la vis absoluta, proviene de la naturaleza.actos reflejos, son aquellos que obedecen a excitaciones no percibidas por la conciencia por transmisión nerviosa a un centro y de éste a un nervio periférico.Sueño y sonambulismo, dado el estado de inconciencia temporal en que se encuentra la persona durante el sueño y el sonambulismo, algunos penalistas consideran en que existirá ausencia de conducta.
EHipnosis, es otra es otra forma considerada en la ausencia de conducta, de modo que de cometerse un delito existirá ausencia de conducta.
De no existir tipo, aun cuando en realidad alguien realice una conducta que afectea otra persona, no se podrá decir que aquel cometió un delito.5.2 Tipicidad.
Es la adecuación de la conducta al tipo, o sea, el encuadramiento de uncomportamiento real a la hipótesis legal.5.3 Principios generales de la tipicidad.
La tipicidad se apoya en los siguientes principios:a) Nullum crimen sine lege: no hay delito sin ley.b) Nullum crimen sine tipo: no hay delito sin tipo.c) Nulla poena sine tipo: No hay pena sin tipo.d) Nulla poena sine crimen: no hay pena sin delito.
Se clasifican como sigue:a) Por la conducta pueden ser de acción (hacer o actividad) o de omisión (no hacer o inactividad), la cual se subdivide en omisión simple y comisión por omisión.b) Por el daño pueden ser: de daño o lesión.c) Por el resultado pueden ser: formal o de mera conducta.
Y material o de resultado en donde es necesario un resultado.d) Por la intencionalidad pueden ser: doloso, intencional, es cuando el sujeto activo comete el delito con la intención de realizarlo;
y preterintencional o ultraintencional, en donde el agente desea un resultado típico, pero de menor intensidad o gravedad que el producido.e) Por su estructura pueden ser: simple, cuando el delito cometido solo consta de una lesión;
y complejo, cuando consta de más de una afectación y da lugar al surgimiento de un delito distinto y de mayor gravedad.f) Por el número de sujetos pueden ser: unisubjetivo, que para su integración requiere de un solo sujeto activo, y el plurisubjetivo requiere de dos o más sujetos activos.g) Por el número de actos: unisubsistente, el que requiere de un solo acto;
y plurisubsistente, el que se integra por la concurrencia de varios actos.h) Por su duración: instantáneo, se consuma en el momento en que se realizaron todos sus elementos;
y el permanente, después de que el sujeto realiza la conducta, ésta se prolonga en el tiempo a voluntad del activo.i) Por su procedencia o perseguibilidad: de oficio, en donde se requiere la denuncia del hecho por parte de cualquiera que tenga conocimiento del delito;
y de querella necesaria, el que solo puede perseguirse a petición de la parte ofendida.j) Por la materia: en común, es el emanado por las legislaturas locales;
Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de Méxicok) Por el bien jurídicamente protegido, los delitos se clasifican por el bien jurídico que tutelan, criterio que sigue el CPDF.l) Por su ordenación metódica: básico o fundamental, es el que sirve de base y del cual se derivan otros;
y complementado, es un tipo básico, adicionado de otros aspectos o circunstancias que modifican su punibilidad, de manera que lo agravan o atenúan.m) Por su composición: En normal, la descripción legal solo contiene elementos objetivos;
anormal, se integra de elementos objetivos, subjetivos o normativos.n) Por su autonomía o dependencia: en autónomo, el que tiene existencia por sí;
subordinado, el que su existencia depende de otro tipo.o) Por su formulación: en casuístico, tipo que plantea diversas hipótesis para integrarse, a su vez de subclasifica en: alternativo y acumulativo;
y amplio, el tipo no precisa un medio específico de comisión, de modo que puede serlo cualquiera.p) Por la descripción de sus elementos: descriptivo, el que describe con detalle los elementos que debe contener el delito;
y subjetivo, se refiere a la intención del sujeto activo o al conocimiento de una circunstancia determinada o algo de índole subjetiva.5.5 Aspecto negativo: atipicidad.▬ La atipicidad es la no adecuación de la conducta al tipo penal, lo cual da lugar a la no existencia del delito.▬ La ausencia de tipo es la carencia del mismo.
La diferencia estriba en que el delito unisubjetivo, para su integración requiere de un solosujeto activo, mientras que el plurisubjetivo requiere de dos o mas sujetos activos.
el instantáneo con efectos permanentes afecta instantáneamente el bien jurídico, perosus consecuencias permanecen durante algún tiempo;
por su parte, el permanente, después deque el sujeto realiza la conducta, ésta se prolonga en el tiempo a voluntad del activo.9.
CRITERIO DE CLASIFICACION Común, federal, militar, político (G) a) Por su formulación y de derecho internacional Formal y material ( H ) b) Por su composición De acción y de omisión.
( D) c) Por su ordenación metódica De daño y de peligro ( E) d) Por la conducta Contra la vida, el patrimonio, la libertad ( F) e) Por el daño sexual, a nación, la salud, etc.
Normales y anormales ( B) f) Por el bien jurídico tutelado Casuístico y amplio ( A) g) Por la materia Básico, Especial complementado ( C) h) Por el resultado Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de México CAPÍTULO 6 ANTIJURICIDAD Y SU ASPECTO NEGATIVO.La antijuricidad — Es lo contrario a derecho.
Lo constituyen las causas deJustificación, que son las razones o circunstancias que el legislador consideró para anular laantijuricidad de la conducta típica realizada, al considerarla lícita, jurídica o justificativa.– Naturaleza.
La naturaleza de las causas de justificación es eminentemente objetiva, puesderivan de la conducta o de algún elemento interno.– Fundamentación de las causas de justificación.
Consiste en repeler una agresión real, actual o inminente y sin derecho, en defensa de bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista necesidad de la defensa y racionalidad de los medios empleados y que no medie provocación dolosa suficiente e inmediata por parte del agredido o de la persona a quien se defiende.
Aparte de la forma genérica, la ley prevé dos casos de presunciones iuris tantum: la primera, se refiere a la causación de algún daño a quien trate de penetrar, sin derecho, al hogar de otro, al de la familia de otro, o a las dependencias de cualquier persona que tenga deber de defender.
El segundo caso es aquel en el que el daño se causa a un intruso a quien se sorprenda en la habitación u hogar propios, de la familia o de cualquier persona que tenga la obligación de defender.▬ Exceso.
La repulsa a la agresión injusta deberá traducirse en una acción que sea necesaria y proporcional a la agresión o al posible daño.
Consiste en obrar por la necesidad de un bien jurídico propio o ajeno, respecto de un peligro real, actual o inminente, no ocasionado dolosamente por el agente, lesionando otro bien jurídico de menor o igual cuantía que el salvaguardado siempre que el peligro no sea evitable por otros medios y el agente no tuviera el deber jurídico de afrontarlo.• Los casos específicos de estado de necesidad, contemplados en el Código Penal son: — Aborto terapéutico y — robo de indigente.▬ Ejercicio de un derecho.
Ejercer un derecho es causar algún daño cuando se obra de forma legítima, siempre que exista necesidad racional del medio empleado.▬ Cumplimiento de un deber.
El cumplimiento de un deber consiste en causar un daño obrando en forma legítima en cumplimiento de un deber jurídico, siempre que exista necesidad racional del medio empleado.▬ Obediencia jerárquica.
Se definía como causar un daño en obediencia de un superior legítimo en el orden jerárquico aún cuando su mandato constituyese un delito, si esta circunstancia no es notoria ni se prueba que el acusado la conocía.▬ Impedimento legítimo.
Consistía en: causar un daño, en contravención a lo dispuesto por la ley penal, de manera que se deje de hacer lo que manda, por un impedimento legítimo.
15 del CPDF, fracc, III, que establece: …»Se actúe con el consentimiento del titular del bien jurídico afectado, siempre que se llenen los siguientes requisitos: a) que el bien jurídico sea disponible;
Se refieren a la causación de algún daño a quien trate de penetrar, sin derecho, al hogar deotro, al de la familia de otro, o a las dependencias de cualquier persona que tenga deber dedefender, o si se le encuentra en alguno de los lugares indicados en circunstancias que revelen laprobabilidad de una agresión.
El segundo caso es aquel en el que el daño se causa a un intruso aquien se sorprenda en la habitación u hogar propios, de la familia o de cualquier persona quetenga la obligación de defender.6.
Se definía como: causar daño en obediencia a un superior legítimo en el orden jerárquicoaún cuando su mandato constituya un delito, si esta circunstancia no es notoria ni se prueba queel acusado la conocía.9.
15 del CPDF, fracc, III, que establece: …»Se actúe con elconsentimiento del titular del bien jurídico afectado, siempre que se llenen los siguientesrequisitos: a) que el bien jurídico sea disponible;
o bien, que el hecho se realice en circunstancias tales que permitan fundamentalmente presumir que, de haberse consultado al titular, éste hubiera consultado el mismo.
La riña es una contienda en que ambos sujetos se hallan en igualdad de circunstancias, adiferencia de la legítima defensa, en la cual hay un agresor y un agredido que repele la agresión.Coloque una F o una V según se trate de falso o verdadero:11.
La imputabilidad es la capacidad de entender y querer en el campo del derecho penal.7.2 Acciones liberae in causa.
Las acciones Liberae in causa son aquellas libres en su causa y consisten en que el sujeto,antes de cometer el delito, realiza actos de manera voluntaria o culposa que lo colocan en unestado en el cual no es imputable y comete un acto criminal.7.3 Aspecto negativo: inimputabilidad.
La inimputabilidad es el aspecto negativo de la imputabilidad y consiste en la ausencia decapacidad para querer y entender en el ámbito del derecho penal.7.4 Causas de inimputabilidad.Desarrollo mental retardado, es un proceso tardío de la inteligencia, que provoca incapacidad paraentender y querer.
La sordomudez solo será causa de inimputabilidad solo si el sujeto carece decapacidad para entender y querer.Trastorno mental, incluye cualquier alteración o mal funcionamiento de las facultades psíquicas,siempre que impidan al agente comprender el carácter ilícito del hecho o conducirse acorde conesa comprensión.Miedo grave, es un proceso psicológico mediante el cual el sujeto cree estar en un mal inminente ygrave.
YMinoría de edad, Se considera que los menores de edad carecen de madurez y, por lo tanto, decapacidad para entender y querer.
La inimputabilidad es el aspecto negativo de la imputabilidad y consiste en la ausencia decapacidad para querer y entender en el ámbito del derecho.3.
Las acciones Liberae in causa son aquellas libres en su causa y consisten en que el sujeto,antes de cometer el delito, realiza actos de manera voluntaria o culposa que lo colocan en unestado en el cual no es imputable y comete un acto criminal.4.
Desarrollo mental retardado, es un proceso tardío de la inteligencia, que provocaincapacidad para entender y querer.Trastorno mental, incluye cualquier alteración o mal funcionamiento de las facultades psíquicas,siempre que impidan al agente comprender el carácter ilícito del hecho o conducirse acorde conesa comprensión.Miedo grave, es un proceso psicológico mediante el cual el sujeto cree estar en un mal inminente ygrave.
YMinoría de edad, Se considera que los menores de edad carecen de madurez y, por lo tanto, decapacidad para entender y querer.5.
¿A que edad se considera imputable un sujeto en el D.F.?R. La edad para ser imputable en la legislación penal del D.F. es de 18 años.6.
La sordomudez solo será causa de inimputabilidad solo si el sujeto carece de capacidadpara entender y querer.7.
El trastorno mental incluye cualquier alteración o mal funcionamiento de las facultadespsíquicas, siempre que impidan al agente comprender el carácter ilícito del hecho o conducirseacorde con esa comprensión, mientras que el desarrollo mental retrasado es un proceso tardío dela inteligencia, que provoca incapacidad para entender y querer.8.
Existen dos teorías de la culpabilidad: la teoría psicológica, la cual funda laculpabilidad en el aspecto psicológico del sujeto activo;
y la teoría normativa, misma que laculpabilidad tiene de base la imperatividad de la ley.La culpabilidad tiene dos tipos o grados:1) El dolo.
El dolo consiste en causar intencionalmente el resultado típico, con conocimiento y conciencia de la antijuricidad del hecho.
Es el segundo grado de culpabilidad y ocurre cuando se causa un resultado típico sin intención de producirlo, pero se ocasiona por imprudencia o falta de cuidado o de precaución, cuando pudo ser previsible y evitable.
Suprimido en las reformas del 10 de enero de 1994, consistía en producir unresultado de mayor gravedad que el deseado.Delitos que pueden revestir la forma culposa.
Dada la naturaleza de cada delito, soloalgunos admiten la forma culposa, como por ejemplo: el homicidio, las lesiones, daños o el aborto.Causas de inculpabilidad.
Las causa de inculpabilidad son las circunstancias que anulan lavoluntad o el conocimiento, a saber: error esencial de hecho invencible;
La inculpabilidad es la ausencia de culpabilidad;significa la falta de reprochabilidad ante el derecho penal, por faltar la voluntad o el conocimientodel hecho.Error.
Únicamente el error que constituye causa de inculpabilidad de hecho esencial invencible,el consiste en una falsa concepción de la realidad;
es un conocimiento deformado o incorrecto, querecae en condiciones del hecho y que impide se dé el dolo.El error accidental es cuando recae sobre circunstancias accesorias y secundarias del hecho: elaberratio ictus es el error en el golpe o acción delictiva, el aberratio in persona es el error en elsujeto pasivo y el aberratio in delicti es el error en el delito.Eximentes putativas.
Son los casos en que el agente cree ciertamente (por error esencial dehecho) que está amparado por una circunstancia justificativa.• No exigibilidad de otra conducta.
Cuando se produce una consecuencia típica, por las circunstancias, condiciones, características, relaciones, parentesco, etc., de la persona, que no puede esperarse y menos exigirse otro comportamiento.• Temor fundado.
Consistía en causar un daño por creerse el sujeto fundadamente amenazado de un mal grave por lo que actuaba por ese temor.• Caso fortuito.
Consiste en causar un daño por mero accidente, sin intención ni imprudencia alguna, al realizar un hecho lícito con todas las precauciones debidas.
Es el segundo grado de culpabilidad y ocurre cuando se causa un resultado típico sinintención de producirlo, pero se ocasiona por imprudencia o falta de cuidado o de precaución,cuando pudo ser previsible y evitable.5.
no es la ausencia de conocimiento, sino un conocimiento deformado o incorrecto, que recae en condiciones del hecho y que impide se dé el dolo.
Cuando se produce una consecuencia típica, por las circunstancias, condiciones, características, relaciones, parentesco, etc., de la persona, que no puede esperarse y menos exigirse otro comportamiento.
Consistía en causar un daño por creerse el sujeto fundadamente amenazado de un mal grave por lo que actuaba por ese temor.
Consiste en causar un daño por mero accidente, sin intención ni imprudencia alguna, al realizar un hecho lícito con todas las precauciones debidas.8.
Eximentes putativas son los casos en que el agente cree ciertamente (por error esencial dehecho) que está amparado por una circunstancia justificativa.10.
Establezca la diferencia entre el aberratio ictus, in persona e in delicti.R.▬ El aberratio ictus es el error en el golpe o acción delictiva.▬ El aberratio in persona es el error en el sujeto pasivo y▬ El aberratio in delicti es el error en el delito.
Deriva del margen señalado por la ley en cada norma que establece una pena, al considerar que ésta tiene una dimensión que va de un mínimo a un máximo.2) Circunstancias atenuantes.
Las excusas absolutorias constituyen la razón o fundamento que ellegislador consideró para que un delito, a pesar de haberse integrado en su totalidad, carezca dePunibilidad.Excusas absolutorias en la legislación mexicana.
La condicionalidad objetiva está constituida por requisitos que la ley señala eventualmente para que pueda perseguirse el delito.
Algunos autores dicen que son requisitos de procedibilidad o perseguibilidad, mientras que para otros son simples circunstancias o hechos adicionales, exigibles, y para otros más constituyen un auténtico elemento del delito.▬ Ausencia Es el aspecto negativo de la condicionalidad objetiva.
Las excusas absolutorias constituyen la razón o fundamento que el legislador considerópara que un delito, a pesar de haberse integrado e su totalidad, carezca de Punibilidad.4.
Por temibilidad mínima, por ejercicio de un derecho, por no exigibilidad de otra conducta ypor innecesariedad de la pena.5.
La condicionalidad objetiva está constituida por requisitos que la ley señalaeventualmente para que pueda perseguirse el delito.
Algunos autores dicen que son requisitos deprocedibilidad o perseguibilidad, mientras que para otros son simples circunstancias o hechosadicionales, exigibles, y para otros más constituyen un auténtico elemento del delito.6.
Desde el punto de vista del derecho penal se pueden apreciar ciertosaspectos necesarios para comprender los problemas que ofrece esta ciencia jurídica.10.2 El delincuente.
Preocupado por elcomportamiento humano, sobre todo por la conducta criminal, se dedicó a estudiar, en espacial, alos delincuentes de su época.
Llegó a la conclusión de que el delincuente es el eslabón perdido,pues en la evolución de la especie, el simio se convierte en hombre, pero queda un espacio que, Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de Méxicosegún él, corresponde al hombre delincuente;
Muchas de las nociones manejadas actualmente en ciencias penales y afines a éstasparten de los estudios de Lombroso, como la peligrosidad, los factores criminógenos, lapredisposición criminal, el concepto del delincuente como ser biopsicosocial, etcétera.10.3 Frecuencia del comportamiento delictivo.
Hay sujetos que en toda su vida nocometen ningún delito, otros que cometen varios, y otros más que hacen del delito su forma devida.▬ Primodelincuencia.
Se produce cuando el sujeto comete el delito en función de habérsele presentado la ocasión propicia.▬ Delincuencia profesional.
se trata de desarrollar el comportamiento como una profesión, incluso el sujeto trata de perfeccionarse y llega a haber especialidades, como en la comisión de algunos delitos patrimoniales.10.4 Identificación del delincuente.
No bastan los datos e informaciones aportados por lavíctima y los testigos, sino que es necesaria la intervención de los especialistas para lograr laidentificación del delincuente.Criminalística.
En criminalística existen los siguientes sistemas de identificación del delincuente:dactiloscópicos, antropomórfico, retrato hablado y, química y biología forense.10.5 Concurso de personas.
Al igual que en el delito, se da también el fenómeno de laconcurrencia en las personas, y consiste en la reunión de dos o más personas con sujetos activosdel delito.▬ Delito plurisubjetivo.
Ha sido tratada por las siguientes teorías: Teoría de la causalidad: quienes coadyuvan con su unión a causar el resultado son coautores, partícipes o codelincuentes;
Los grados de participación son: a) Autoría, es la persona física que realiza la conducta típica, y puede ser material, e intelectual.
h) Provocación o determinación, consiste en utilizar y aprovechar la idea que otra persona tiene, propiciando el reforzamiento para que lo cometa.
Consiste en la reunión habitual, ocasional o transitoria de tres o más personas que,sin con propósito de cometer delitos, cometen en común, alguno.Muchedumbre delincuente.
Cuando dos o más personas acuerden organizarse o se organicenpara realizar, en forma permanente o reiterada, conducta que por sí o unidas a otras, tienen comofin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionados por ese solohecho, como miembros de la delincuencia organizada.
Explique cada uno.R.Autoría, es la persona física que realiza la conducta típica, y puede ser material, quien laejecuta de manera material y directa e intelectual, la cual es quien idea, dirige y planea el delito.Coautoría, es en donde intervienen dos o más sujetos en la comisión de un delito.
Provocación o determinación, consiste enutilizar y aprovechar la idea que otra persona tiene, propiciando el reforzamiento para que locometa.
Y porúltimo, la Asociación, es un convenio que celebran varios sujetos para cometer un delito conbeneficio de otros.3.
La asociación delictuosa se integra por un grupo o banda de tres o más personas que seasocian con el propósito de delinquir.5.
En que el encubrimiento es el auxilio posterior que se da al delincuente, mientras que en lacoautoría, las personas coautoras son sujetos activos del delito y que se ayudan o auxilian en elinstante de cometer el delito.6.
Esta noción la maneja Jiménez de Asúa y la identifica a esta forma de delinquir como“delito de las muchedumbres” o “delito multitudinario”, porque “surge sin previo acuerdo, no esforma de la codelincuencia”.7.
La conceptúo como algo parecido a la pandilla, la cual consiste en la reunión habitual,ocasional o transitoria de tres o más personas que, sin con propósito de cometer delitos, cometenen común, alguno.9.
Cuando dos o más personas acuerden organizarse o se organicen para realizar, en formapermanente o reiterada, conducta que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometeralguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionados por ese solo hecho, como miembrosde la delincuencia organizada.10.
El concurso ideal es cuando un solo sujeto produce varios resultados típicos, en tanto queel material o real se presenta cuando varios sujetos producen diversos resultados típicos.
Los fines de la pena son: de corrección, de protección y de intimidación.Clasificación.• Por sus consecuencias, en reversible e irreversible;• Por su aplicación, en principal, accesoria y complementaria;• Por la finalidad que persigue, correctiva intimidatoria o preventiva y en eliminatoria;
y• Por el bien jurídico que afecta, en pena capital o de muerte, corporal, pena pecuniaria, pena laboral, pena infamante, pena privativa de la libertad y condena condicional.▬ Individualización.
Una vez que el juez señala e impone una pena por sentencia en el caso concreto, ésta deberá cumplirse.11.2 Medidas de seguridad.
Es el medio en el cual el Estado trata de evitar la comisión dedelitos, por lo que impone al sujeto medidas adecuadas al caso concreto con base en supeligrosidad.11.3 Extinción penal.
La Acción penal es una atribución del Estado consistente en hacer quelas autoridades correspondientes apliquen la norma penal a los casos concretos.
la amnistía,perdón por parte del ofendido, el indulto, por la muerte del delincuente, por innecesariedad de lapena o por prescripción.11.4 Rehabilitación.
Es reintegrar al sentenciado en sus derechos civiles, políticos y de familiaque estaban suspendidos o había perdido, a causa de la sentencia o por un proceso cuyo ejercicioestuviere suspenso.11.5 Readaptación.
Se trata de adaptar o readaptar al sujeto para que pueda, posteriormente alcumplimiento de su sentencia, vivir en sociedad.
y por el bien jurídico que afecta, en pena capital o de muerte, corporal, penapecuniaria, pena laboral, pena infamante, pena privativa de la libertad y condena condicional.3.
La libertad preparatoria se concede al reo que ha cumplido tres quintas partes de sucondena respecto de los delitos intencionales o la mitad si fuere culposo, cuando haya observadobuena conducta, que se presuma su readaptación, esté en condiciones de no reincidir y hayareparado el daño o, por lo menos, se comprometa a repararlo;
mientras que se diferencia de lacondena condicional consiste en que, cuando el sujeto no sea reincidente por delito doloso y lapena no exceda de cuatro años, el juez podrá dejarlo en libertad, si se presume que no volverá adelinquir, el sentenciado y previo otorgamiento de una garantía.4.
2) es intimidatoria, 3) es socialmente ejemplar ya quepsicológicamente afecta en el sentir social ( hombres y mujeres psicológicamente normales), 4)con respecto a la criminología, existen delincuentes no readaptables, incurables que se puededemostrar en los reincidentes genéricos, los habituales y los profesionales;
5) por último, enmuchas cárceles si no es que en todas, no existe la verdadera readaptación social, lo cual generasolo un delincuente mejor capacitado además que la vida en la cárcel es muy dura y tormentosapara muchos.
Es bien sabido, además, que el artículo 22º Constitucional establece en su últimopárrafo que prevalece la pena de muerte para los parricidas, los homicidas con premeditaciónalevosía o ventaja, a los salteadores de caminos, a los piratas, etc.5.
En mi opinión se prestaría a violaciones de los derechos más esenciales del hombre conrespecto a los inocentes declarados culpables, ¿en cuantos se realizarían injusticias por una malainterpretación por parte del juzgador?
Por otro lado ocasionaría indignación pública por parte dequienes se dicen defienden los derechos humanos.6, Correlacione las columnas siguientes: a) Pena Multa ( a ) Prisión ( a ) b) Medida de seguridad Confinamiento ( a ) Prohibición de ir a lugar determinado (aob ) Trabajo a favor de la comunidad ( a )7.
Cuando se cumple, por el perdón de la parte ofendida, por la muerte del delincuente, porinnecesariedad de la pena y por la prescripción.
Es la principal forma de extinción, en donde se cumple la pena o medida de seguridad, impuesta, de modo que, una vez consumada, se extinguirá.▬ Amnistía se aplica en caso de delitos políticos.▬ Perdón, es la forma de extinción penal que otorga la parte ofendida y solo opera en los casos de querella necesaria y debe ser absoluto e incondicional, otorgada antes de dictada la sentencia y siempre que el procesado no se oponga.▬ Indulto, procede únicamente de sanción impuesta en sentencia irrevocable y no extingue la obligación de reparar el daño.▬ Muerte del delincuente, por esta razón obvia, no puede ejercerse tanto la acción panal ni la pena a quien está muerto.▬ Innecesariedad de la pena, cuando el juez lo considere pertinente, podrá prescindir de la pena, debido a la afectación o menoscabo de salud que haya sufrido el delincuente, por senilidad, etc., y que la haga innecesaria.
Y▬ Prescripción, que consisten el transcurso de determinado tiempo que la ley señale, siempre que existan los supuestos legales señalados.10.
El indulto se aplica en todos los delitos y en sentencia irrevocable, mientras que la amnistíasolo en delitos políticos.12, ¿Cuál es la diferencia entre perdón e indulto?R.
El indulto no extingue la obligación de reparar el daño y el perdón solo procede en delitosque procedan de perseguibilidad por querella necesaria.13, ¿Es aplicable la pena de muerte en México?R.
Sí lo establece el artículo 22º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanospara ciertos delincuentes y siguiendo las formalidades que la misma norma establece.14.
Es reintegrar al sentenciado en sus derechos civiles, políticos y de familia que estabansuspendidos o había perdido, a causa de la sentencia o por un proceso cuyo ejercicio estuvieresuspenso.16.
Se trata de adaptar o readaptar al sujeto para que pueda, posteriormente al cumplimientode su sentencia, vivir en sociedad.
El delito de homicidio se clasifica en: básico o fundamental, de acción o decomisión por omisión, normal, material, de lesión o daño, instantáneo, simple, unisubsistente,unisubjetivo, de oficio, de formulación libre o amplio, y autónomo o independiente.1.4 Conducta, formas y medios de ejecución.• Conducta típica.
Los artículos 303 y 304 de CPDF indican cuando existe nexo causal y el 305 del mismo ordenamiento precisa cuando no existe.
Puede existir la vis mayor, vis absoluta, actos reflejos, hipnosis, sueño y sonambulismo.1.5 Tipicidad.
Cuando la conducta no encuadre en la descripción por faltar alguno de los elementosnecesarios para la integración, habrá atipicidad.1.6 Antijuricidad en el delito de homicidio.
Habrá antijuricidad cuando al privarse de la vidaa otro ser humano, éste hecho sea contrario a derecho, esto es, que no esté amparado por unacausa de justificación o licitud.Causas de justificación.
En el homicidio pueden presentarse todas la causas de justificación:legítima defensa, estado de necesidad, cumplimiento de un deber, y ejercicio de un derecho.Circunstancias modificadoras.
a) Riña es la contienda de obra y no de palabra entre dos o más personas.Duelo es el combate entre dos adversarios, en el que uno desafía a otro por una causa de honor.b) Homicidio por infidelidad conyugal.
Se impondrán de tres días a tres años de prisión al que,sorprendiendo a su cónyuge en el acto carnal o próximo a la consumación, mate o lesiones acualquiera de los culpables o a ambos, salvo el caso de que el matador haya contribuido a lacorrupción de su cónyuge.
Se impondrán de tres días a tres años deprisión al ascendiente que mate o lesione al corruptor del descendiente que esté bajo su potestad,si lo hiciere en el momento de hallarlo en el acto carnal o en uno próximo a él, si no hubiereprocurado la corrupción de su descendiente con el varón con quien lo sorprenda, ni con otro.
Estos dos últimos caso de homicidio fueron derogados en las reformas del 10 de enero de1994.d) Por emoción violenta.
Consiste en causar alguno de éstos delitos, cuando el sujeto activo se encuentra bajouna emisión violenta en circunstancias que atenúan su culpabilidad.Agravantes.
Hay premeditación siempre que el sujeto activo cause intencionalmente una lesión, después de haber reflexionado sobre el delito que va a cometer.
Así mismo, existen presunciones de premeditación, las cuales son de tipo Iuris tantum, a saber: inundación, incendio, minas, bombas, explosivos, venenos, cualquier sustancia nociva para la salud, contagio venéreo, asfixia, enervantes, retribución dada o prometida, tormento, motivos depravados, brutal ferocidad.▬ Alevosía.
Consisten sorprender intencionalmente a alguien de improviso, o empleando la acechanza u otro medio que no le dé lugar a defenderse ni evitar el mal que le quiera hacer.▬ Ventaja..
Esta calificativa implica superioridad del sujeto activo por su fuerza física, por las armas empleadas, por su mayor destreza en su manejo o por el número de quienes lo acompañan, por valerse de un medio que debilite la defensa del sujeto pasivo, o por hallarse armado o de pie y el pasivo inerme o caído.▬ La Traición.
Obra a traición el que no solamente emplea la alevosía sino también la perfidia, violando la fe o seguridad que expresamente había cometido a su víctima, o la tácita que éste debía prometerse de aquel, por sus relaciones de parentesco, gratitud, amistad, o cualquiera otra que inspire confianza.1.7 Culpabilidad o reprochabilidad.
En torno al homicidio, existen diversas penalidades, dependiendo de si setrata del simple intencional, atenuado, agravado o culposo.Excusas absolutorias.
Se puede presentar la tentativa tanto acabada comoinacabada, siempre que el agente realice los actos tendientes a producir el resultado y éste no seproduzca por causas ajenas a la voluntad del agente.1.10 Concurso de delitos.
Consisten sorprender intencionalmente a alguien de improviso, o empleando la acechanzau otro medio que no le dé lugar a defenderse ni evitar el mal que le quiera hacer.¿Qué es la premeditación?R.
Hay premeditación siempre que el sujeto activo cause intencionalmente una lesión,después de haber reflexionado sobre el delito que va a cometer.¿Qué es la ventaja?R.
Implica superioridad del sujeto activo por su fuerza física, por las armas empleadas, por sumayor destreza en su manejo o por el número de quienes lo acompañan, por valerse de un medioque debilite la defensa del sujeto pasivo, por hallarse armado o de pie y el pasivo inerme o caído.Defínase la traición.R.
Obra a traición el que no solamente emplea la alevosía sino también la perfidia, violando lafe o seguridad que expresamente había cometido a su víctima, o la tácita que éste debíaprometerse de aquel, por sus relaciones de parentesco, gratitud, amistad, o cualquiera otra queinspire confianza.¿Cuáles son las circunstancias atenuantes que contempla la ley penal?R.
El homicidio consentido, en riña o duelo, por infidelidad conyugal, por corrupción deadolescente y por emoción violenta.¿Cómo puede ser la reprochabilidad en el homicidio?R.
Repulsa, agresión real actual e inminente, sin derecho, en defensa de bienes jurídicospropios o ajenos, necesidad de la defensa, racionalidad de los medios empleados y sin mediarprovocación suficiente, dolosa e inmediata.
Inundación, incendio, minas, bombas, explosivos, venenos, cualquier sustancia nociva parala salud, contagio venéreo, asfixia, enervantes, retribución dada o prometida, tormento, motivosdepravados, brutal ferocidad.Acerca de la premeditación, ¿cuál es la teoría que sigue el Código?R.
Matar con alevosía implica matar con insidia y empleando el acecho, mientras que laventaja implica superioridad del sujeto activo.¿Cuál es la perseguibilidad o procedibilidad en el homicidio?R.
El artículo 312 del CPDF hace referencia a dosfiguras típicas distintas: La participación en el suicidio, y el homicidio consentido.2.3 Noción legal.
“El que prestare auxilio o indujere a otro para que suicide será castigado conuna pena de uno a cinco años de prisión;
si se lo prestare hasta el punto de ejecutar él mismo lamuerte, la prisión será de cuatro a doce años”.2.4 Elementos del tipo.
La conducta típica en este ilícito consiste en dos posible formas deincurrir en ella: una es inducir a alguien al suicidio y la otra es auxiliarle.• Inducción.
El sujeto activo puede serlo cualquier persona física, lo mismo que enel sujeto pasivo, sin embargo, el artículo 313 establece que si el pasivo es menor de edad opadece de enajenación mental, la pena será la correspondiente al homicidio o las lesionesagravadas.Objetos.
Se presentará la figura del delito de homicidio consentido si el sujeto ejecuta directamentela muerte del pasivo con su consentimiento.2.6 Otros aspectos o elementos.▬ Tipicidad.
Deben reunirse todos los elementos exigidos por la descripción típica, de no ser así, existirá el aspecto negativo: la atipicidad.▬ Antijuricidad.
El delito se consuma en el momento mismo en que la persona se suicida inducida oauxiliada por el sujeto activo.
También puede ocurrir la participación y, por último, existe unacircunstancia agravante: cuando el suicida es menor de edad o padece de enajenación mental.
El artículo 329 del CPDF define al aborto como: “la muerte del producto dela concepción en cualquier momento de la preñez”.3.2 Sujetos y objetos.▬ Sujetos: Activo puede serlo cualquier persona física, mientras que el sujeto pasivo solo puede serlo el producto de la concepción, siempre que la conducta típica se presente en cualquier momento durante la preñez, no importando si es viable o no el producto.▬ Objetos: Material es identificado con el sujeto pasivo;
El aborto consentido se clasifica como: de acción o de comisión por omisión,unisubsistente, instantáneo, material, de daño lesión, fundamental o básico, autónomo oindependiente, de formulación libre o amplia, normal, simple, y unisubjetivo.
El aborto procurado se clasifica como: de acción o de comisión por omisión, unisubsistente,instantáneo, material, de daño lesión, fundamental o básico, autónomo o independiente, deformulación libre o amplia, simple, unisubjetivo, y normal.
El aborto sufrido se clasifica como: de acción o de comisión por omisión, unisubsistente,instantáneo, material, de daño lesión, fundamental o básico, autónomo o independiente, deformulación libre o amplia, simple, unisubjetivo, normal.3.4 Conducta, formas y medios de ejecución.▬ Conducta típica.
Entre la conducta típica y su resultado debe existir un nexo que los una y que haga que el resultado sea la consecuencia.▬ Ausencia de conducta.
Presenta diversos grados de punibilidad, según el tipo de que se trate: a) Consentido, de uno a tres años al tercero, y de uno a cinco años a la madre b) Procurado, de uno a cinco años a la madre.
El aborto sufrido consiste en hacer abortar a una mujer sin su consentimiento y pude ser de dos tipos: sin violencia o con violencia.▬ Impune.
Son tres a saber:▬ Terapéutico, este es el caso en que se puede presentar el aborto por un estado de necesidad y consiste en que la mujer embarazada corra peligro de muerte, a menos que se provoque el aborto.▬ Por violación, o en ejercicio de un derecho, se trata de una causa de justificación, porque la propia ley lo concede a la mujer embarazada y su conducta no es antijurídica en razón de dicha justificativa.
Y▬ Culposo, El artículo 313 del CPDF, en su primera parte, lo establece: “No es punible el aborto causado por imprudencia de la mujer embarazada”.▬ Honoris causa.
Es el causado por un móvil de honor, consistente en salvaguardar el honor de la mujer embarazada cuando el producto es ilegítimo.3.10 Consumación y tentativa.
Existe la consumación en el delito de aborto en el instante deproducirse la muerte del producto de la concepción, en cualquier momento de la preñez.
El aborto sufrido consiste en hacer abortar a una mujer sin su consentimiento y pude ser dedos tipos: sin violencia o con violencia.¿Puede configurarse el aborto culposo?
El estado de preñez.¿Qué abortos no son punibles en la legislación penal del D.F.?R. El terapéutico, el por violación o en ejercicio de un derecho y el culposo.¿Cuáles son los requisitos para que se configure el aborto honoris causa?R.
Que la mujer embarazada no tenga mala fama, que haya logrado ocultar su embarazo, yque éste sea fruto de una unión ilegítima.¿Qué es el aborto en ejercicio de un derecho?R.
Se trata de una causa de justificación, porque la propia ley lo concede a la mujerembarazada y su conducta no es antijurídica en razón de dicha justificativa.Explique el aborto necesario o terapéutico.R.
Consiste en que la mujer embarazada corra peligro de muerte, amenos que se provoque el aborto.¿Puede existir el aborto con violencia?
Cuando no encuadre en la descripción legal, por faltar el elemento temporal, el sujetopasivo, etcétera.¿Se puede configurar el concurso ideal en el aborto?
la derogada noción legal de infanticidio es: La muerte causada a un niñodentro de las 72 horas siguientes de su nacimiento, por alguno de los ascendientesconsanguíneos.4.2 Sujetos y objetos.▬ Sujetos.
Se clasifica en: de acción o de comisión por omisión, instantáneo, material,de daño lesión, especial privilegiado, autónomo o independiente, simple, unisubjetivo, anormal.4.4 Conducta, formas y medios de ejecución.• Conducta típica.
Podían presentarse en este delito: la vis absoluta, la vis maior, los actos reflejos, el sueño y el sonambulismo.4.5 Tipicidad en el delito de infanticidio.
Debían darse los siguientes elementos: Muerte, delrecién nacido, dentro de las 72 horas de nacido, y por alguno de sus ascendientes consanguíneos.Atipicidad.
Si faltaba alguno de los elementos anteriores, o sea, 1) Muerte 2) del recién nacido 3)durante las 72 horas después de su nacimiento 4) por alguno de los ascendientes consanguíneos.4.6 Antijuricidad en el delito de infanticidio.
Los requisitos exigidos por la ley para que existiera el infanticidio honoris causa eran: queno tenga mala fama;
La muerte causada a un niño dentro de las 72 horas siguientes de su nacimiento, poralguno de los ascendientes consanguíneos.2.
mientrasque el pasivo solo podría serlo el niño recién nacido, dentro las 72 horas siguientes de sunacimiento.4.
1) Muerte 2) del recién nacido 3) durante las 72 horas después de su nacimiento 4) poralguno de los ascendientes consanguíneos.7.
Si faltaba alguno de los elementos anteriores, o sea, 1) Muerte 2) del recién nacido 3)durante las 72 horas después de su nacimiento 4) por alguno de los ascendientes consanguíneos.8.
Se da el nombre de parricidio: al homicidio del padre, de la madre o decualquier otro ascendiente o descendiente en línea recta, sean legítimos o naturales, sabiendo eldelincuente.5.2 Sujetos y objetos.Ø Sujetos: activo: Un descendiente consanguíneo en línea recta: hijo, nieto, bisnieto, etc.
Pasivo: un descendiente consanguíneo en línea recta: padre, madre, abuelo bisabuelo, etc.Ø Objetos: Material: el sujeto pasivo;
El parricidio era: Material, instantáneo, especial, autónomo o independiente,de formulación libre o amplia, anormal y acumulativamente formado, de acción o de comisión poromisión, de lesión, simple, unisubsistente y unisubjetivo.5.4 Conducta, formas y medios de ejecución.▬ Conducta típica.
Se da el nombre de parricidio: al homicidio del padre, de la madre o de cualquier otro ascendiente o descendiente en línea recta, sean legítimos o naturales, sabiendo el delincuente.
Lo establecido en el artículo 54 del CPDF, el cual dispone que en la imposición de lassanciones, aumento o disminución de la pena, se considerarán las fundadas en circunstanciasobjetivas si los demás sujetos las conocen, pero las subjetivas o derivadas relaciones personalesdel autor no tendrán en cuenta para los demás que participen.13.
Esta figura nace a raíz de las reformas al Código Penal del D.F., publicadasen el D.O. de la Federación, el 10 de enero de 1994.6.2 Noción legal.
Al que prive de la vida a su ascendiente o descendiente consanguíneo enlínea recta, hermano, cónyuge, concubina o concubinario, adoptante o adoptado, con conocimientode esa relación, se le impondrá prisión de 10 a 40 años.
Si faltare dicho conocimiento, se estará ala Punibilidad prevista en el artículo 307, sin menoscabo de observar alguna circunstancia queagrave o atenúe la sanción a que se refieren los capítulos II y III anteriores.6.3 Sujetos y objetos.▬ Activos: los sujetos activos en este delito pueden ser: El ascendiente consanguíneo en línea recta;
Se trata de un tipo: Material, instantáneo, especial, autónomo oindependiente, de formulación libre o amplia, anormal y acumulativamente formado, de acción o decomisión por omisión, de daño o lesión, simple, unisubsistente y unisubjetivo.6.5 Conducta, formas y medios de ejecución.▬ Conducta típica.
Deben existirtodos los elementos, es decir, la conducta típica, el sujeto activo, el sujeto pasivo, el elementotípico subjetivo que es el conocimiento del parentesco o relación y el resultado típico.▬ Ausencia de tipo.
Contraría la norma, ya que la conducta típica consiste en dañar el bienjurídicamente tutelado, que en este caso es la vida humana. Causas de justificación o licitud.
Se puede presentar el aspecto negativo por error esencial de hecho e invencible,por ignorar el lazo parental, sin embargo, existiría el homicidio simple.6.9 Punibilidad en el delito homicidio en razón del parentesco o relación.
Al que prive de la vida a su ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta,hermano, cónyuge, concubina o concubinario, adoptante o adoptado, con conocimiento de esarelación, se le impondrá prisión de 10 a 40 años.
Si faltare dicho conocimiento, se estará a laPunibilidad prevista en el artículo 307, sin menoscabo de observar alguna circunstancia queagrave o atenúe la sanción a que se refieren los capítulos II y III anteriores.¿Quiénes son los sujetos activos en este delito?
Si por ejemplo, el hijo mata al padre, ignorandoel lazo parental que los une, el delito que surge será el de homicidio y no en razón del parentescoo relación, ya que el tipo penal exige, como elemento típico subjetivo, el conocimiento del lazoparental.10.
Comete el delito de violencia familiar el cónyuge, concubina o concubinario;pariente consanguíneo en línea recta ascendiente o descendiente sin limitaciones de grado;pariente colateral consanguíneo o afín hasta el cuarto grado, adoptante o adoptado que habite enla misma casa de la víctima.7.3 Sujetos y objetos.
jurídico: la integridad física, psíquica del pasivo o ambas y laintegridad y unidad familiar.7.4 Clasificación.
La violencia familiar es un delito: de acción o de comisión por omisión;unisubsistente, instantáneo, material, casuístico, de daño lesión, fundamental o básico, autónomoo independiente, complejo, unisubjetivo y normal.7.5 Conducta, formas y medios de ejecución.▬ Conducta típica.
una u otra, o ambas, que de manera reiterada se ejerce contra un miembro de la familia, por otro integrante de la misma, contra su integridad física, psíquica o ambas.▬ Formas y medios de ejecución.
Tienen que presentarse todos los elementostípicos que integran este tipo penal, tales como la conducta típica, el sujeto activo, el sujeto pasivo,la referencia de ocasión, la referencia de lugar, la forma reiterada y que la conducta vaya dirigidahacia la integridad física, psíquica o ambas de la víctima.Ausencia de tipo.
Una sanción de seis meses a cuatro años de prisión y la pérdida del derechode pensión alimenticia.Excusas absolutorias.
Es posible configurar algunos grados de participación, pero la sanciónimpuesta será solamente para el familiar al que se refiere la descripción típica.7.13 Perseguibilidad o procedencia.
Diga quiénes son los sujetos activo y pasivo en el delito de violencia familiar.R: El sujeto activo de este delito solo pueden serlo: ▬ El cónyuge ▬ La concubina ▬ Concubinario ▬ Sin limitaciones de grado ▬ Adoptado ▬ Adoptante ▬ Pariente consanguíneo en línea recta ascendiente o descendiente ▬ Colateral consanguíneo o afín hasta el cuarto grado.Y el sujeto pasivo, solo pueden serlo: ▬ El cónyuge ▬ La concubina ▬ Concubinario ▬ Sin limitaciones de grado ▬ Adoptado ▬ Adoptante ▬ Pariente consanguíneo en línea recta ascendiente o descendiente ▬ Colateral consanguíneo o afín hasta el cuarto grado.2.
• Una u otra que de manera reiterada se ejerce contra un miembro de la familia, por otro integrante de la misma, contra su integridad física, psíquica o ambas.3.
El material lo es el sujeto pasivo, y el jurídico es la integridad psíquica y física del pasivo oambas y la integridad de la familia.7.
Se consuma en el instante de ejercer la fuerza física o moral o la omisión grave, en formareiterada.10.
La perseguibilidad es por querella de parte ofendida, con excepción en el caso de menoresde edad o personas incapaces, en que será de oficio.
Bajo el nombre de lesión se comprende no solamente las heridas,excoriaciones, contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras, sino toda alteración en la salud,y cualquier otro daño que deje huella material en el cuerpo humano, si esos efectos sonproducidos por una causa externa.8.2 Sujetos y objetos.
Sujetos: Tanto para ser sujeto pasivo como para ser sujeto activo eneste delito, podrá serlo cualquier persona física.Objetos: Material: el sujeto pasivo;
El delito de lesiones se clasifica como un delito: de acción o de comisión poromisión, unisubsistente, instantáneo, con efectos permanentes o continuado, material, deformulación libre o amplio, de daño o lesión, fundamental o básico, autónomo o independiente,simple, unisubjetivo, normal.
De las lesiones que una persona sufra a causa de un animal bravío será responsable el que con esa intención o azuce, lo suelte o haga esto último por descuido.▬ Resultado típico.
Consiste en alterar la salud o causar algún daño que deje huella material en el cuerpo humano.▬ Nexo de causalidad.
Sí se puede presentar, de manera que son válidos los mismos argumentos dados en el caso del homicidio.8.5 Tipicidad en el delito de parricidio.
Se agrupan las lesiones de cuatro clases de acuerdo a la descripción legal, asaber:▬ Las lesiones levísimas.
Estas no ponen en riesgo la vida y tardan en sanar menos de 15 días, en tanto que las lesiones leves, tardan en sanar más de 15 días y tampoco ponen en riesgo la vida.▬ Lesiones graves.
las que perturban para siempre la vista, o disminuya la facultad de oír, entorpezca o debilite permanente una mano, un pie, un brazo, una pierna o cualquier otro órgano, el uso del palabra o alguna de las facultades mentales.▬ Las lesiones gravísimas.
Tiene de temporalidad de cinco a ocho años de prisión cuando resulte: enfermedad segura o probablemente incurable;
inutilización completa o pérdida de un ojo, un brazo, una mano, una pierna, un pie o cualquier otro órgano;
Y de tres a seis años de prisión cuando la lesión: ponga en peligro la vida.▬ En vida.
Las características de las lesiones ocasionadas a una persona viva son las siguientes: labios de la herida engrosados, infiltrados de sangre y separados por retracción de los tejidos;
Los rasgos de las lesiones originadas a quien ya había perdido la vida, son: labios blandos, no engrosados ni retraídos;
Se acepta tanto la forma dolosa como la culposa o imprudencial, como es elcaso de las lesiones en accidentes de tránsito.
Al igual que en el homicidio, en las lesiones se pueden presentar las causas deinculpabilidad que anularán el elemento o aspecto positivo del delito.
Diversas punibilidades, mismas que van desde 3 a 8 meses en elcaso de las levísimas, hasta de seis a diez años en el caso de las gravísimas y que podránaumentar hasta en una mitad el mínimo y el máximo.Excusas absolutorias.
Se presentan cuando se trate de lesiones culposas, siempre que el pasivosea un ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta, cónyuge, concubino, adoptante oadoptado, salvo que el agente se encuentre bajo el efecto de bebidas embriagantes,estupefacientes o psicotrópicos, sin prescripción médica, o bien, sino auxiliara a la víctima.8.10 Consumación y tentativa.
Las lesiones levísimas y las causadas por hechos detránsito se persiguen por querella de parte ofendida, mientras que las demás se persiguen deoficio.
Las lesiones por hechos de tránsito se perseguirán por querella cuando se causen por culpay con motivo de tránsito de vehículos (artículo 62, segundo párrafo).
Bajo el nombre de lesión se comprende no solamente las heridas, excoriaciones,contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras, sino toda alteración en la salud, y cualquierotro daño que deje huella material en el cuerpo humano, si esos efectos son producidos por unacausa externa.2.
Son las mismas que en el homicidio, excepto la del consentimiento de la víctima, esto es,lesiones en riña o duelo, por emoción violenta.6.
Que las lesiones levísimas no ponen en riesgo la vida y tardan en sanar menos de 15 días,en tanto que las leves, tardan en sanar más de 15 días y no ponen en riesgo la vida.8.
las queperturban para siempre la vista, o disminuya la facultad de oír, entorpezca o debilite permanenteuna mano, un pie, un brazo, una pierna o cualquier otro órgano, el uso del palabra o alguna de lasfacultades mentales.9.
inutilización completa o pérdida de un ojo, un brazo, una mano, una pierna, un pie ocualquier otro órgano;
yquedar sordo, impotente o con deformidad incorregible.▬ De seis a 10 años de prisión: la incapacidad para siempre para trabajar;
y pérdida de la vista, el habla o las funciones sexuales.▬ Y de tres a seis años de prisión cuando la lesión: ponga en peligro la vida.10.
Ocurre cuando con una conducta se producen varios resultados típicos y uno de ellos es elde lesiones, por ejemplo, al colocar veneno en la sal de la cocina de un restaurante, se producenlesiones y homicidios.12.
Igual que en el homicidio, en las lesiones pueden presentarse todos los grados departicipación: autoría, coautoría, encubrimiento, etcétera.13.
La lesiones levísimas y las causadas por hechos de tránsito se persiguen por querella de laparte ofendida, mientras que las demás se persiguen de oficio.14.
“Se aplicará sanción de tres días a tres años de prisión y multa de cinco mil pesos: I.
Sujetos: Tanto para ser sujeto pasivo como para ser sujeto activo eneste delito, podía serlo cualquier persona física.Objetos: Material: el sujeto pasivo;
El delito de disparo de arma de fuego se clasificaba como un delito: deomisión, unisubsistente, instantáneo, formal o de mera conducta, libre o amplio, básico ofundamental, autónomo o independiente, simple, normal y unisubjetivo.9.4 Conducta, formas y medios de ejecución.▬ Conducta típica.
Se configuraba cuando se disparaba un arma de fuego, de modo que debía ser mediante acción y no mediante comisión por omisión.▬ Resultado típico.
Sí se puede presentar, de manera que son válidas todas las hipótesis al respecto.9.5 Tipicidad en el delito de disparo de arma de fuego.
No se presentaban, ni agravantes ni atenuantes en este delito, yaque se trataba de un delito formal y solo debían tenerse en cuenta lo señalado en el artículo 306del CPDF.9.7 Culpabilidad.
De tres días a tres años de prisión.9.9 Consumación y tentativa.▬ Consumación: en el preciso instante de disparar un arma de fuego.▬ Tentativa: sí era posible configurarla, siempre y cuando se llevaran acabo todos los actos tendientes a producir el disparo.9.10 Concurso de delitos.
Se trataba de un delito formal o de mera conducta, es decir, no requería la producción deun resultado.¿Cuándo se deba la atipicidad?R.
Podría ocurrir que la conducta no encuadrara en el tipo, en cuyo caso habría tipicidad y, portanto, no existiría el delito.Dígase si existían circunstancias modificadoras en el disparo de arma de arma de fuego.R.
Al que atacare a alguien de tal manera que, en razón del medio empleado, elarma, la fuerza o destreza del agresor, o de cualquier otra circunstancia semejante pueda producircomo resultado la muerte.10.2 Sujetos y objetos.
Sujetos: Podía serlo cualquier persona física en cualquiera de los dossujetos.Objetos: el material se identificaba con el pasivo, mientras que el bien jurídico tutelado en estedelito, era la vida, la integridad corporal o física, o ambas.10.3 Conducta, formas y medios de ejecución.
La conducta de ataque, indicaba la ley, debía ser de tal forma, que pudiera producir la muerte en razón del medio empleado, el arma, la fuerza o destreza del agresor, cualquiera otra circunstancia semejante.▬ Resultado típico.
Consumación: en el preciso instante de atacar al sujeto pasivo.Tentativa: no era posible integrar el grado de tentativa.10.7 Consideraciones finales.
Al que atacare a alguien de tal manera que, en razón del medio empleado, el arma, lafuerza o destreza del agresor, o de cualquier otra circunstancia semejante pueda producir comoresultado la muerte.2.
El material se identificaba con el pasivo, mientras que el bien jurídico tutelado en estedelito, era la vida, la integridad corporal o física, o ambas.4.
La conducta de ataque, indicaba la ley, debía ser de tal forma, que pudiera producir lamuerte en razón de: — El medio empleado — El arma — La fuerza o destreza delagresor — Cualquiera otra circunstancia semejante.5.
Cite cuatro códigos penales estatales que aún contemplen el disparo de arma de fuego oel ataque peligroso.R.
Al que abandone a un niño incapaz de cuidarse a sí mismo o a una personaenferma, teniendo obligación de cuidarlos, se aplicarán de un mes a cuarto años de prisión, sinoresultase daño alguno, privándolo, además, de la Patria Potestad o de la Tutela, si el delincuentefuere ascendiente o tutor del ofendido.11.2 Sujetos y objetos.
Sujetos: activo: Podía serlo la persona física que tenga la obligación de cuidar al pasivo.▬ Pasivo: el código penal es muy claro cuando se refiere en este delito al pasivo, el cual solo podrá serlo un niño incapaz de cuidarse a sí mismo o una persona enferma.▬ Objetos: el material en este caso también se identifica con el pasivo, mientras que el bien jurídico tutelado en este delito, es la vida, la integridad corporal, en cuanto hace al peligro en que se coloca a dichos bienes.11.3 Clasificación.
Dicho delito se clasifica como: de omisión, formal o de mera conducta,instantáneo, básico o fundamental, autónomo o independiente, amplio, normal y simple.11.4 Conducta, formas y medios de ejecución.
Pueden presentarse algunas de ellas, por ejemplo, estado de sonambulismo, en el cual se abandona al niño o enfermo, sin la voluntad conciente.11.5 Tipicidad en el delito de abandono de niños y enfermos.
Esta figura contraría al derecho, toda vez que mediante su contemplación enla ley, se tutelan bienes jurídicos, como la vida y la integridad corporal, por cuanto hace al peligro.▬ Causas de justificación.
Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de México11.9 Consumación y tentativa.▬ Consumación: en el preciso instante de abandonar al sujeto pasivo.▬ Tentativa: no era posible integrar el grado de tentativa.11.10 Concurso de delitos.
Puede ocurrir que el abandono del niño o enfermoincapaz de cuidarse a sí mismo surja algún resultado como la muerte o alguna lesión.11.12 Participación.
Solo quientiene esta obligación podrá ser sujeto activo.Pasivo: solo podrá serlo un niño incapaz de cuidarse a sí mismo y una persona enferma.2.
Al que habiendo atropellado a una persona, culposa o fortuitamente, no lepreste auxilio o no solicite la asistencia que requiere pudiendo hacerlo se le impondrá de 15 a 60jornadas de trabajo a favor de la comunidad, independientemente de la pena que proceda por eldelito que con el atropellamiento se cometa.12.2 Sujetos y objetos.12.3 Sujetos: ▬ activo: solo la persona física que, al haber atropellado a alguien, lo deje abandonado.
▬ Pasivo: La persona atropellada.Objetos: el material es el sujeto pasivo, mientras que el bien jurídico tutelado en este delito, es lavida, la integridad corporal en peligro.12.3 Clasificación.
Consiste en dejar en estado de abandono al sujeto pasivo, sin prestarle o facilitarle auxilio, después de atropellarlo, o no solicitar para auxiliarlo.▬ Formas y medios de ejecución.
Las formas de realizar a conducta omisiva son no brindar la ayuda que en esos casos requiere un atropellado.▬ Resultado típico.
Esta figura contraría al derecho, al poner en peligro al bien jurídico tuteladopor ella.▬ Causas de justificación.
En este delito es posible que exista el estado de necesidad cuando el activo se vea ante la necesidad de no prestar ayuda a quien atropelló recientemente, para salvaguardar un bien jurídico de mayor cuantía.Circunstancias modificadoras.
La sanción que se impone por ese delito es de 15 a 60 días dejornadas de trabajo a favor de la comunidad.▬ Excusas absolutorias.
No existen.12.9 Consumación y tentativa.▬ Consumación: este delito consuma en el preciso instante de abandonar al sujeto pasivo.▬ Tentativa: no es posible integrar el grado de tentativa.
Al que habiendo atropellado a una persona, culposa o fortuitamente, no le preste auxilio ono solicite la asistencia que requiere pudiendo hacerlo se le impondrá de 15 a 60 jornadas detrabajo a favor de la comunidad, independientemente de la pena que proceda por el delito que conel atropellamiento se cometa.2.
Cuando falte alguno de los elementos, por ejemplo, abandonar a alguno que no sea elatropellado: que quien abandone no haya sido quien atropelló.6.
Al que sin motivo justificado abandone a sus hijos y a su cónyuge, sinrecursos para atender a sus necesidades de subsistencia, se le aplicarán de un mes a cinco añosde prisión, o de 180 a 360 días de multa;
privación de los derechos de familia, y pago, comoreparación del daño, de las cantidades no suministradas oportunamente por el acusado.13.2 Sujetos y objetos.Sujetos: ▬ activo: solo puede serlo el padre, la madre o el cónyuge que abandona al sujeto pasivo, o también los padres adoptivos, pues la descripción legal no precisa que deba tratarse de padres adoptivos.
▬ Pasivo: pueden serlo los hijos (incluidos los adoptivos), y el cónyuge abandonado, sea hombre o la mujer.Objetos: el material es el sujeto pasivo del delito, mientras que el bien jurídico tutelado en estedelito, es la vida, la integridad corporal en peligro.13.3 Clasificación.
En el abandono en que el sujeto activo deja a sus hijos o a su cónyuge, lo cual implica, conforme a la ley, dejarlos “…sin recursos para atender sus necesidades de subsistencia…”▬ Formas y medios de ejecución.
puede ser a través de alejarse físicamente, o simplemente omisiva cuando el sujeto activo, aun permaneciendo en el mismo lugar, deje en estado de abandono al pasivo.▬ Ausencia de conducta.
La sanción que se impone por ese delito es de 180 a 360 días de multa;además se priva al activo de ejercer los derechos familiares.Excusas absolutorias.
Activo: solo puede serlo el padre, la madre o el cónyuge que abandona al sujeto pasivo, otambién los padres adoptivos, pues la descripción legal no precisa que deba tratarse de padresadoptivos.Pasivo: pueden serlo los hijos (incluidos los adoptivos), y el cónyuge abandonado, sea hombre o lamujer.2.
En el abandono en que el sujeto activo deja a sus hijos o a su cónyuge, lo cual implica,conforme a la ley, dejarlos “…sin recursos para atender sus necesidades de subsistencia…”3.
puede ser a través dealejarse físicamente, o simplemente omisiva cuando el sujeto activo, aun permaneciendo en elmismo lugar, deje en estado de abandono al pasivo.4.
Cuando no encuadre la conducta en el tipo, por no ser el sujeto activo o pasivo el queintervenga en la conducta, o porque la conducta no sea la que se describe en el tipo, o por noproducirse el elemento típico normativo.6.
Al que encuentre abandonado en cualquier sitio a un menor incapaz decuidarse a sí mismo o a una persona herida, inválida o amenazada de un peligro cualquiera, se leimpondrán de 10 a 60 jornadas de trabajo a favor de la comunidad, sino diere aviso inmediato a laautoridad u omitiera prestarles el auxilio necesario cuando pudiere hacerlo sin riesgo personal.14.2 Sujetos y objetos.Sujetos: ▬ activo: cualquier persona física que encuentre abandonado al pasivo.
▬ Pasivo: un menor incapaz de cuidarse a sí mismo, una persona herida, una persona inválida o una persona amenazada de un peligro cualquiera.
Objetos: el material es el sujeto pasivo del delito, mientras que el bien jurídico tutelado en estedelito, es la vida, la integridad corporal, por cuanto hace al peligro en que se colocan dichosbienes.14.3 Clasificación.
y b) omitir prestar al sujeto pasivo el auxilio necesario, si lo puede hacer sin riesgo personal.▬ Presupuesto básico.
Puede presentarse la ausencia de conducta por vis mayor y vis absoluta, así como hipnosis.14.5 Tipicidad en el delito de omisión de socorro.
La pena con que se amenaza a quien incurra en este delito es de 10 a 60jornadas de trabajo a favor de la comunidad.▬ Excusas absolutorias.
Consumación: este delito consuma cuando al encontrarse ensituación de peligro el sujeto pasivo, el activo no avisa a la autoridad o no auxilia.
En dicho delito se pueden presentar los distintos grados de la participación,pero habrá que tener presente el grado exacto de la participación, atendiendo a la conducta típica.14.12 Perseguibilidad o procedencia.
y omitir prestar al sujeto pasivo el auxilio necesario,si lo puede hacer sin riesgo personal.4.
La limitación por cumplir al auxiliar materialmente a la víctima se produce en virtud de queel sujeto corra un riesgo personal al ayudarla.7.
En dicho delito se pueden presentar los distintos grados de la participación, pero habráque tener presente el grado exacto de la participación, atendiendo a la conducta típica.10.
El que a sabiendas de que está enfermo de un mal venéreo u otraenfermedad grave en periodo infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, porrelaciones sexuales ponga en peligro de contagio de otro, por relaciones sexuales u otro mediotransmisible, será sancionado de tres días a tres años de prisión y hasta 40 días de multa.
Si laenfermedad padecida fuera incurable, se impondrá una pena de seis meses a cinco años deprisión.
Cuando se trate de cónyuges, concubinarios o concubinas, solo podrá procederse porquerella del ofendido.15.2 Sujetos y objetos.
y▬ Pasivo: cualquier persona física.Objetos: el material es el sujeto pasivo, mientras que el objeto jurídico tutelado en este delito, esla salud del individuo y de la especie.15.3 Clasificación.
Tener relaciones sexuales con sujeto pasivo o realizar cualquier otra conducta por la que pueda transmitir la enfermedad.▬ Presupuesto básico.
Puede presentarse la ausencia de conducta por vis mayor y vis absoluta, así como hipnosis.15.5 Tipicidad en el delito.
La ley penal señala una sanción de tres días a tres años de prisión y hasta 40días de multa.
Consumación: este delito consuma en el momento de tener larelación sexual con el sujeto pasivo, o al realizar el comportamiento que implique el peligro.
Se requiere que el sujeto activo se encuentre enfermo de un mal venéreo o de unaenfermedad grave en periodo infectante y que sepa que está enfermo (elemento subjetivo).6.
Al que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquiersexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes,domésticas o cualquier otra que implique subordinación, se le impondrá sanción hasta de cuarentadías de multa.
Si el hostigador fuese servidor público y utilizase los medios o circunstancias que elencargo le proporcione, se le destituirá de su cargo.
Sujetos:▬ activo: cualquier hombre o mujer que por su relación con el pasivo, que implique subordinación, aproveche tal situación, valiéndose de su posición jerárquica, para realizar la conducta típica.
Pasivo: persona de cualquier sexo, que se encuentre bajo la subordinación del activo en cualquiera de las hipótesis que enuncia el artículo 259 bis del CPDF.
Y▬ Pasivo: cualquier persona de cualquier sexo que se encuentre bajo la subordinación del activo.Objetos: el material es el sujeto pasivo, mientras que el objeto jurídico tutelado en este delito, esla libertad y el normal desarrollo psicosexual o ambos.16.3 Clasificación.
Es antijurídico, toda vez que atenta contra una norma penal que tutela elbien jurídico referido.Causas de justificación.
No existen circunstancias atenuantes pero sí la agravantecuando se trate de que el activo sea servidor público, ya que se le destituirá de su cargo.16.7 Culpabilidad.
Al que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose desu posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquier otraque implique subordinación, se le impondrá sanción hasta de cuarenta días de multa.
Si elhostigador fuese servidor público y utilizase los medios o circunstancias que el encargo leproporcione, se le destituirá de su cargo.• Solamente será punible el hostigamiento sexual cuando se cause un perjuicio o daño.• Solo se procederá contra el hostigador a petición de parte ofendida.2.
Activo: cualquier hombre o mujer que por su relación con el pasivo, que impliquesubordinación, aproveche tal situación, valiéndose de su posición jerárquica, para realizar laconducta típica.
Pasivo: persona de cualquier sexo, que se encuentre bajo la subordinación delactivo en cualquiera de las hipótesis que enuncia el artículo 259 bis del CPDF.3.
Si el hostigador fuese servidor público y utilizase los medios o circunstancias que el cargole proporcione, se le destituirá de su cargo.6.
Al que sin consentimiento de una persona y sin el propósito de llegar a lacópula, ejecute en ella un acto sexual o la obligue a ejecutarlo, se le impondrá pena de cuatro aseis meses a cuatro años de prisión.
Si se hiciere uso de la violencia física o moral, el mínimo y elmáximo de la pena se aumentarán hasta en una mitad.17.2 Sujetos y objetos.
Hay tres casos especiales señalados en el artículo 261: a)persona menor de 12 años;
b) persona que no tenga la capacidad de comprender el significado delhecho que por cualquier causa no pueda resistirlo.Objetos: el material es el sujeto pasivo, mientras que el objeto jurídico tutelado en este delito, esla libertad y el normal desarrollo psicosexual.17.3 Clasificación.
Consiste en ejecutar sobreuna persona un acto sexual distinto de la cópula, u obligarla a realizarlo.• Formas y medios de ejecución.
En opinión de diversos autores, se acepta la ausencia de conducta en este delito en los casos de vis absoluta, vis mayor y actos reflejos.17.5 Tipicidad en el delito de abuso sexual.
b) cuando también se ejerce la violencia física o moral, perorespecto de menores de 12 años o de personas que no puedan comprender o resistir la conductacriminal como sujetos pasivos.17.7 Culpabilidad.
La ley penal señala cuatro variantes: a) de seis meses a cuatro años deprisión (Art.
c) Si el pasivo es menor de 12 o no puede comprender o resistir,una sanción de dos a cinco años;
Al que sin consentimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula, ejecuteen ella un acto sexual o la obligue a ejecutarlo, se le impondrá pena de cuatro a seis meses acuatro años de prisión.
Si se hiciere uso de la violencia física o moral, el mínimo y el máximo de la pena seaumentarán hasta en una mitad.2.
El material se identifica con el sujeto pasivo, mientras que el jurídico es la libertad y elnormal desarrollo psicosexual.7.
Explique cuáles son las formas en que se puede manifestar la conducta en este delito porcuanto hace a la ejecución de la conducta.R.
Cualesquiera que impliquen para el sujeto activo el móvil lujurioso manifestado mediantecualquier comportamiento distinto al de la cópula.
Al que tenga cópula con una persona mayor de 12 años y menor de 18,obteniendo su consentimiento por medio de engaños, se le aplicará de tres meses a cuatro añosde prisión.18.2 Sujetos y objetos.
Y el pasivo: solo será la persona, hombre o mujer, mayor de 12 y mayor de 18 años.
Por otra parte, se entiende por castidad que es una virtud relativa a la conducta externa delser humano, que consiste en la abstención corporal de toda actividad sexual ilícita;
y porhonestidad, el recato y la correcta manera de conducirse en la vida sexual.Objetos: el material es el sujeto pasivo, mientras que el objeto jurídico tutelado en este delito, esla libertad y, dependiendo de la edad, el normal desarrollo psicosexual.18.3 Clasificación.
Es antijurídica toda vez que implica una contrariedad al derecho, por tratarsede un comportamiento previsto y tutelado por la ley penal.Causas de justificación.
Puede presentarse el caso de error esencial de hecho invencible, cuando el activocree ciertamente que el pasivo es mayor de 18 años.18.8 Punibilidad.
La ley penal señala una sanción de tres meses a cuatro años de prisión.Excusas absolutorias.
En cuanto a la Tentativa se puede configurar cuando el sujeto activorealice todos los actos tendientes a la realización de la cópula con el pasivo, pero ésta no seconsume por causas ajenas a la voluntad de aquel.18.10 Concurso de delitos.
Se puede dar elperdón del ofendido.Dentro de la reparación del daño, cuando a consecuencia de la comisión de alguno de los delitosprevistos en este título resulten hijos, la reparación del daño comprenderá el pago de alimentos y Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de Méxicopara éstos y la madre, en los términos que fija la legislación civil para los casos de divorcio, segúnlo estipula el artículo 276 bis.
El activo puede serlo cualquier persona física, mientras que el sujeto pasivo lo puede seruna persona física mayor de 12 años pero menor de 18.3.
Es una virtud relativa a la conducta externa del ser humano, que consiste en la abstencióncorporal de toda actividad sexual ilícita.
Con la realización del estupro pueden configurarse simultáneamente otras figuras típicas,como lesiones (al copular), peligro de contagio o adulterio.17.
Con una conducta (copular) produce el estupro, mientras que con otras produzca robo, laamenace, la contagie de una enfermedad venérea y hasta homicidio.18.
Cuando a consecuencia de la comisión de alguno de los delitos previstos en este títuloresulten hijos, la reparación del daño comprenderá el pago de alimentos y para éstos y la madre,en los términos que fija la legislación civil para los casos de divorcio.
Al que por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona decualquier sexo, se le impondrá prisión de ocho a 14 años.19.2 Sujetos y objetos.
Activo: puede ser cualquier persona física, sea hombre o mujer;pasivo: cualquier persona física, sin importar, sexo ni edad.Por otra parte, surgen varias cuestiones interesantes y de necesaria atención respecto al sujetopasivo de violación, que se citan enseguida: Violación entre cónyuges, violación entre concubinos,de prostitutas, las cuales sí se puede presentar el delito mientras que, por otra parte, no existe laviolación de cadáveres, de animales ni de objetos, ya que no cuentan con el bien jurídico protegidoen este delito, pudiéndose presentar otro tipo de delitos tales como daño en propiedad ajena,tratándose de animales y objetos, mientras que para cadáveres se presentará la profanación decadáveres.Objetos: el material es el propio sujeto pasivo, mientras que el objeto jurídico tutelado en estedelito, es la libertad o el normal desarrollo psicosexual.19.3 Clasificación.
Este delito es uno de los que más requieren de la medicina forense, la cual resuelve los problemas de tipo médico, científico y técnico que se presentan en éste ilícito, tales como examen del lugar de los hechos, examen físico de la probable víctima;
Se incluyen una serie de comportamiento sexuales, algunos de los cuales se catalogan como perversiones sexuales y otros como meras variantes, sin embargo, algunas de ellas representan delitos.▬ Variantes o perversiones no ilícitas.
equiparada, ficta o impropia: por medio de un instrumento distinto delmiembro viril, o en persona menor de 12 años o que no pueda comprender o resistir la conductacriminal;
Con violenciaen menor de 12 años o persona que no pueda comprender o resistir la conducta con violencia;
Contrariar la voluntad y libertad de una persona para copular con ella,cuando dicha conducta está prevista en una norma penal, indica el rasgo de atentar contra elderecho.Causas de justificación.
En opinión de laautora del texto, solo teóricamente puede presentarse el error de hecho esencial e invencible.19.8 Punibilidad.
La ley penal señala diversas penalidades: en la genérica o propia, laequiparada, ficta o impropia: de 8 a 14 años;
b) la equiparada, ficta o impropia con violencia: hastauna mitad más en su mínimo y en su máximo;
tumultuaria: hasta una mitad en su mínimo y sumáximo, e igualmente la cometida por parientes y la cometida por servidor o funcionario público.Existe una pena accesoria tal como la pérdida de la Patria Potestad y la tutela, o destitución delcargo o empleo o suspensión de cinco años en el ejercicio de dicha profesión.
En cuanto a la Tentativa se puede configurar cuando el sujeto activorealice todos los actos tendientes a la realización de la cópula con el pasivo y, por causas ajenas ala voluntad de aquel no se lleve a cabo.19.11 Concurso de delitos.
Pueden presentarse los distintos grados de la participación de personas, enla inteligencia de que es un delito agravado el realizado por dos o más personas.19.13 Procedencia.
Dentro de la reparación del daño, cuando a consecuencia de lacomisión de alguno de los delitos previstos en este título resulten hijos, la reparación del dañocomprenderá el pago de alimentos y para éstos y la madre, en los términos que fija la legislacióncivil para los casos de divorcio, según lo estipula el artículo 276 bis.
Al que por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquiersexo, se le impondrá prisión de ocho a 14 años.2.
La cópula, ya que cualquier otro comportamiento o realización de actos sexuales que noconstituyan cópula será atípico de violación, aunque pueda ser conducta típica en el delito deabuso sexual.9.
Solo en la violación ficta o impropia, en donde establece que aunque no se ejecute lacópula por medios violentos, será tal si se realiza con persona menor de 12 años o que no puedacomprender o resistir la conducta criminal.10.
La violación por medio de un instrumento distinto del miembro viril, o en persona menor de12 años o persona que no pueda comprender a resistir la conducta criminal.11.
Mencione cinco comportamientos que se consideren variantes sexuales y señálense, detodas las que se presentan en el capítulo relativo, cuáles no constituyen delito.R.
El objeto material es sujeto pasivo y el jurídico es la libertad sexual de las personas y elnormal desarrollo psicosexual.20.
¿Puede configurarse la violación entre cónyuges, concubinos, prostitutas, personas delsexo masculino, mujeres no vírgenes, animales y cadáveres?
El débito conyugal no debe entenderse como el derecho que asiste al cónyuge paraexigir, al grado de hacerlo mediante violencia, el acto sexual.
Contra una prostituta.- Si bien unaprostituta comercia con su cuerpo, goza de la libertad para copular con quien quiera y en elmomento que lo desee o de no hacerlo en un momento dado, y nada justifica que por su calidadde comerciar con su cuerpo, se le pueda forzar a copular cuando o con quien no lo desee.
Porcuanto concierne a personas del sexo masculino, esto generalmente se da con violencia moral, ocuando la persona es homosexual y sin embargo, todo ello no le priva de tener libertad paracopular con lo desee.
En el caso de los animales, no es posible configurar el delito de violación, yaque se tutela la libertad sexual de las personas, mas no de los animales;
Por último, todas las libertades que se tutelan enla ley penal, solo se pueden otorgarse en vida, no se puede violar a un cadáver porque carece devida, sin embargo se configuraría el delito de profanación de cadáveres.21.
La violación a una persona física por medio de un instrumento distinto del miembro viril, oen persona menor de 12 años o persona que no pueda comprender a resistir la conducta criminal.25.
Por lo que concierne al ideal con la conducta típica de violación puede tipificarse el delitode peligro de contagio.
Al que prive ilegalmente a otro de su libertad con el propósito de realizar unacto sexual, se le impondrá pena de uno a cinco años de prisión…
Según el medio ejecutivo, elrapto solía clasificarse en dos: a) rapto propio, genérico o no consensual, y b) rapto impropio oconsensual.20.2 Sujetos y objetos.
Sujetos: activo y pasivo: puede serlo en cualquiera de los dos, unapersona física sea hombre o mujerObjetos: el material es el sujeto pasivo, mientras que el objeto jurídico tutelado en este delito, esla libertad física y sexual de las personas.20.3 Clasificación.
Para que la conducta concreta se considere típica, debe reunir los siguienteselementos: conducta típica: la privación de libertad;
No se presentan circunstancias agravantes, pero existe una circunstancia atenuante cuando el agente restituye la libertad a la víctima sin haber realizado el acto sexual (un mes a dos años).20.7 Culpabilidad.
Únicamente puede producirse la forma dolosa, pero incluso existe un dolodoble: el genérico, privar de la libertad al pasivo, y el propósito de realizar un acto sexual.Inculpabilidad.
En cuanto a la Tentativa puede configurarse si el sujeto activodespliega los actos tendientes a lograr la privación de libertad del pasivo;
Dentro de la reparación del daño, cuando a consecuencia de lacomisión del delito resulten hijos, la reparación del daño comprenderá el pago de alimentos paraéstos y la madre.en los términos que fija la legislación civil para los casos de divorcio.
Propio, genérico o no consensual, el cual consistía en apoderarse de una persona, pormedio de la violencia física o moral, para satisfacer algún deseo erótico sexual o para casarse;
y elimpropio o consensual, el cual consistía en que el raptor ni emplee la violencia ni el engaño yconsienta en el rapto de la persona, si ésta fuere menor de 16 años.5.
Se configura si falta alguno de los elementos típicos y consiste en que, en el caso concreto,esté ausente o no encuadre alguno de los elementos señalados con antelación.8.
Es el propósito específico del sujeto activo que requiere de manera necesaria este delito,consistente en el propósito del agente de realizar un acto sexual.9.
sin embargo, podemos apreciar que elsegundo párrafo del artículo 365 bis establece una pena atenuada cuando el agente restituye lalibertad a la víctima sin haber practicado el acto sexual (un mes a dos años).11.
En este delito solo se presenta la forma dolosa, pero incluso existe un dolo doble: elgenérico y el específico.12.
Puede configurarse si el sujeto activo despliega los actos tendientes a lograr la privación delibertad del pasivo;
Primero el sujeto activo puede privar de su libertad a la persona, pero si copula con ellaviolentamente, habrá concurso real.
En el segundo presupuesto básico, puede suceder que,además del apoderamiento, configure el delito de lesiones, de manera independiente y autónoma,con lo cual surge el concurso material.
Se impondrá hasta cinco años de prisión o de 180 a 360 días de multa alque, estando unida con una persona en matrimonio no disuelto ni declarado nulo, contraiga otromatrimonio con las formalidades legales.21.2 Sujetos y objetos.
Sujetos: activo: es la persona física que estando unida en matrimonio,no disuelto o declarado nulo, contrae otro con las formalidades legales y el pasivo: lo es elcónyuge del primer matrimonio.Objetos: el material es el sujeto pasivo, mientras que el objeto jurídico tutelado en este delito, esla integridad familiar.21.3 Clasificación.
La existencia y vigencia del primer matrimonio, pues sin éste, sería imposible la integración de la bigamia.▬ Formas y medios de ejecución.
El CPDF establece que se aplicará: “…hasta cinco años de prisión o de 180 a360 días de multa…” y no existen excusas absolutorias.21.9 Consumación y tentativa.
Con respecto a la Tentativapuede configurarse siempre que el sujeto activo despliega los actos encaminados a realizar eldelito y que éste no se consuma por causas ajenas a su voluntad.21.10 Concurso de delitos.
Se impondrá hasta cinco años de prisión o de 180 a 360 días de multa al que, estandounida con una persona en matrimonio no disuelto ni declarado nulo, contraiga otro matrimonio conlas formalidades legales.2.
Es la persona (cónyuge) que estando unida en matrimonio (no disuelto ni declarado nulo),contrae otro matrimonio con las formalidades legales.4.
Lo anterior podría ocurrir, ejemplo, si sediera alguna de las siguientes situaciones: a) que no exista un primer matrimonio, sino unconcubinato;
Se impondrá una pena de uno seis años de prisión a los ascendientes quetengan relaciones sexuales con sus descendientes.
La pena aplicable a éstos últimos será de seis meses a tres años de prisión.
Sujetos: activo: debido a que se trata de un delito plurisubjetivo, tienepor agentes necesarios a dos sujetos activos, por lo cual debe tratarse entre ascendientes,descendientes y hermanos;
y el pasivo: es, sin duda, la familia.Objetos: el material es el sujeto pasivo, y secundariamente la sociedad, mientras que el objetojurídico tutelado en este delito, es la integridad familiar, pero implica consideraciones de tipo moraly social derivadas del respeto a la unidad familiar.22.3 Clasificación.
Se aplican diferentes punibilidades: a los ascendientes se les impone unapena de uno a seis años de prisión;
Consumación: se consuma en el preciso instante en que lossujetos activos sostienen relaciones sexuales, aunque solo haya sido una vez.
Es pertinente insistir en que dada la naturaleza de este delito, suimprecisión en tantos aspectos y su inadecuada inclusión dentro del título relativo a los delitossexuales, es necesaria su pronta y eficaz revisión de dicha figura a fin de precisar su objetojurídico, su conducta típica y la adecuada inserción del tipo en el rubro correspondiente dentro delcódigo punitivo.
Se impondrá una pena de uno seis años de prisión a los ascendientes que tenganrelaciones sexuales con sus descendientes.
La pena aplicable a éstos últimos será de seis meses a tres años de prisión.
Por otro lado, el objeto jurídico de este delito es la integridadfamiliar, pero ello implica consideraciones de tipo moral y social derivadas del respeto a la unidadfamiliar.3.
El incesto debido a que trata de un delito plurisubjetivo o bilateral, tiene por agentesnecesarios a dos sujetos activos, por lo que resulta imposible su configuración con uno solo.
Por una parte lo es la familia en cuanto a considerar que es la base de toda sociedad, yaque nuestra cultura familiar es exogámica entre otras, por lo que puede ser ésta la másperjudicada.
Por otro lado, también puede ser la conservación de nuestra especie humana, comotal, ya que es bien sabido que el producto que concibe una pareja consanguínea tiene muchaprobabilidad de salir con deformidades.
Elartículo 273 del CPDF, señala: se aplicará de dos años y privación de derechos civiles hasta porseis años a los culpables de adulterio cometido en el domicilio conyugal o con escándalo.23.2 Sujetos y objetos.
Sujetos: activo: debido a que se trata de un delito plurisubjetivo, tienepor agentes necesarios a dos sujetos activos, por lo cual debe tratarse primeramente de unhombre o mujer casado civilmente y otra que no es su cónyuge, con quien efectúa el acto sexual;y el pasivo: es el cónyuge ofendido, sea hombre o mujer y en forma mediata debe considerarse ala familia como entidad afectada por este delito.Objetos: el material es el sujeto pasivo, mientras que el objeto jurídico tutelado en este delito, esla integridad familiar.23.3 Presupuesto básico.
Consiste en la relaciónsexual realizada por una persona casada civilmente con persona distinta del cónyuge.▬ Formas y medios de ejecución.
No se precisa ninguna, ya que basta la conducta típica y el concurso de cualquiera de las dos condiciones objetivas de punibilidad.▬ Resultado típico.
Se aplica a los culpables una pena de hasta dos años de prisión y la privación de los derechos civiles hasta por seis.
Por disposición expresa del propio artículo 275 del CPDF “solo se castigará el adulterio consumado” Consumación: se consuma en el preciso instante en que la pareja de adúlteros efectúan la relación sexual, dándose alguna de las condiciones exigidas por la ley: que sea en el domicilio conyugal o bien con escándalo.
Nuestra legislación penal considera que se trata de un delito sexual, concepto en no estoy de acuerdo, pues no atenta contra la libertad sexual de nadie;
En este delito la ley no precisa ninguna forma especial de ejecución, debido a que basta para integración del ilícito la conducta típica entre los sujetos y el concurso de cualquiera de las dos condiciones objetivas de punibilidad.
Porque no atenta contra la libertad sexual de ninguna persona y en cambio sí va en contradel grupo familiar.
Comete el delito de robo: el que se apodera de una cosa ajena mueble, sinderecho y sin consentimiento de la persona que pueda disponer de ella con apego a la ley.24.2 Sujetos y objetos.
y el pasivo:puede ser una persona física o moral como entidad afectada por este delito.Objetos: el material es la cosa ajena mueble, mientras que el objeto jurídico tutelado en estedelito, es el patrimonio de las personas.24.3 Clasificación.
Es el apoderamiento yconsiste en la acción de tomar, asir o capturar una cosa con intención de ejercer poder de hechosobre ella.Existen cuatro teorías que precisan en qué momento se consuma el delito;
De ellas (las teorías) la teoría que sigue el CPDF es la tercera teoría, consistenteen que el robo se consuma cuando el activo no solo toca y remueve la cosa, sino cuando la sacadel ámbito de poder del dueño y la coloca bajo su propia esfera de competencia y dominio.Formas y medios de ejecución.
d) elementos normativos: sin derecho ysin consentimiento de la persona que puede disponer de la cosa;
a) el apoderamiento o destrucción dolosa de una cosa o bien mueble, si ésta se halla por cualquier título legítimo en poder de otra persona o no medie consentimiento;
b) el uso o aprovechamiento de energía eléctrica, magnética, electromagnética, de cualquier fluido, o de cualquier medio de transmisión, sin derecho y sin consentimiento de la persona que legalmente pueda disponer de los mismos;
y c) al que sustraiga o aproveche hidrocarburos o sus derivados, cualquiera que sea su estado físico, sin derecho y sin consentimiento de la persona que legalmente pueda autorizarlo, de los equipos o instalaciones de la industria petrolera a que se refiere la ley reglamentaria del artículo 27 Constitucional en el ramo del petróleo, se le impondrán de tres a diez años de prisión y de quinientos a diez mil días de multa.24.7 Antijuricidad.
Atenuantes: solo se presenta un caso de robo atenuado previstopor el artículo 380, mejor conocido como robo de uso.
acumulación: en caso de cometer otro delito comoconsecuencia de la violencia ejercida, se aplicarán las reglas de la acumulación;
empleo de armas:si la violencia puede ejercerse mediante la utilización de armas, ya sea para amagar o paralastimar físicamente también es cierto que la corte ha determinado que para que haya violencia nose requiere el empleo de armas;
Y los delitos surgidos por la violencia: que generalmente surgen como consecuencia delempleo de la violencia son: lesiones, homicidio, aborto y daños.24.8 Culpabilidad.
Reglas fijas para la pena: la pena se aplica según la cuantía de lo robado y setoma como base para la sanción el salario mínimo general diario vigente en el lugar y en elmomento en que se cometió el delito.• Cosas no apreciables en dinero.
Existen distintas penalidades, según el monto de lo robado, robo atenuado (de uso), agravados e incluso los dos robos que no tienen sanción.
En el decreto de mayo de 1999, se adicionó en el artículo 376 bis la punibilidad para el caso de que sea un vehículo automotor terrestre, con excepción de las motocicletas, la cual será de siete a quince años y de mil quinientos a dos mil días de multa.• Excusas absolutorias.
Consumación: se da al integrarse todos los elementos del tipo,o sea, en el preciso instante de darse el apoderamiento de la cosa en poder del agente;
Se persigue de oficio y por querella necesaria de parte ofendida cuando locometen las siguientes personas: ascendientes, descendientes, cónyuges, parientes porconsanguinidad hasta el segundo grado, concubina o concubinario, adoptante y adoptado,parientes por afinidad hasta el segundo grado.
Comete el delito de robo: el que se apodera de una cosa ajena mueble, sin derecho y sinconsentimiento de la persona que pueda disponer de ella con apego a la ley.2.
Mencione las conductas que se equiparan al robo.V) El apoderamiento o destrucción dolosa de una cosa o bien mueble, si ésta se halla por cualquier título legítimo en poder de otra persona o no medie consentimiento.VI) El uso o aprovechamiento de energía eléctrica, magnética, electromagnética, de cualquier fluido, o de cualquier medio de transmisión, sin derecho y sin consentimiento de la persona que legalmente pueda disponer de los mismos.VII) Al que sustraiga o aproveche hidrocarburos o sus derivados, cualquiera que sea su estado físico, sin derecho y sin consentimiento de la persona que legalmente pueda autorizarlo, de los equipos o instalaciones de la industria petrolera a que se refiere la ley reglamentaria del artículo 27 Constitucional en el ramo del petróleo, se le impondrán de tres a diez años de prisión y de quinientos a diez mil días de multa.
La sanción que corresponda se aumentará en una mitad cuando se realice en los ductos osus instalaciones afectos a la industria petrolera o cuando el responsable sea o haya sido servidorpúblico de dicha industria.5.
acumulación: en caso de cometer otro delito comoconsecuencia de la violencia ejercida, se aplicarán las reglas de la acumulación;
empleo de armas:si la violencia puede ejercerse mediante la utilización de armas, ya sea para amagar o paralastimar físicamente también es cierto que la corte ha determinado que para que haya violencia nose requiere el empleo de armas;
y los delitos surgidos por la violencia: que generalmente surgencomo consecuencia del empleo de la violencia son: lesiones, homicidio, aborto y daños.6.
se encuentra contemplado en el artículo 379 del CPDF y dice: No se castigará al que, sinemplear engaño ni medios violentos, se apodera una sola vez de los objetos estrictamenteindispensables para satisfacer sus necesidades personales o familiares del momento.7.
¿Cuáles son las teorías respecto al apoderamiento y cuál sigue nuestro Código Penal?▬ La primera dice que el robo se integra en el momento en que el agente toca la cosa con su mano;▬ La segunda establece que no solo es necesario tocar la cosa, sino desplazarla (removerla) del lugar en que originalmente se encontraba;▬ La tercera: aquí se sostiene que el robo se consuma cuando el activo no solo toca y remueve la cosa, sino cuando la saca del ámbito de poder del dueño y la coloca bajo su esfera de competencia y dominio, la cual adopta el CPDF;
y▬ La cuarta indica que se consuma cuando el agente coloca la cosa en el lugar seguro donde antes de cometer el ilícito se propuso colocarla.10.
y el pasivo puede ser cualquier persona física o moral.Existe también el sujeto pasivo de la conducta, que es quien resiente directamente la conducta Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de Méxicotípica del delito de robo;
y el sujeto pasivo del delito, el cual es en quien recae la afectaciónpatrimonial por el delito cometido sin que directamente haya padecido la conducta típica.11.
La pena se aplica según la cuantía de lo robado, y se toma como base para la sanción elsalario mínimo general diario vigente en el lugar y en el momento en que se cometió el delito.14.
Se da al integrarse todos los elementos del tipo, o sea, en el preciso instante de darse elapoderamiento de la cosa, o como establece la ley “en el momento en que el ladrón tiene en supoder la cosa”.15.
Sí y ocurre cuando la cuantía de lo robado no excede de 10 veces el salario, sea restituidopor el infractor espontáneamente y pague éste todos los daño y perjuicios, antes de que laautoridad tome conocimiento del delito…
Al que, con perjuicio de alguien, disponga para sí o para otro cualquier cosaajena mueble de la que se le haya transmitido la tenencia y no el dominio.25.2 Sujetos y objetos.Sujetos: activo: debe tratarse cualquier persona física;
y el pasivo: puede ser cualquier persona física o moral.Objetos: el material es la cosa ajena mueble, mientras que el objeto jurídico tutelado en estedelito, es el patrimonio.25.3 Clasificación.
Consiste en elcomportamiento efectuado por el activo para efectuar el delito de disponer para sí o para otro unacosa ajena mueble.▬ Presupuesto básico.
Consiste en la previa transmisión al activo de la tenencia de la cosa ajena mueble.▬ Formas y medios de ejecución.
La ley penal no señala ningún medio de ejecución, así que podrá serlo cualquiera, siempre que sea idóneo.▬ Ausencia de conducta.
Son tres: el hecho de disponer o sustraer una cosa su dueño si ésta se halla embargada y la tiene en su poder con el carácter de depositario judicial, o bien dado en prenda y las conserva en su poder como depositario en virtud de un contrato celebrado con alguna institución de crédito, en perjuicio de ésta.
b) el hecho de disponer de la cosa depositada o sustraerla el depositario judicial o el designado por el ante las autoridades administrativas o del trabajo;
y c) el hecho de que una persona haga aparecer como suyo un depósito que garantice la libertad condicional del procesado y del cual no le corresponda la propiedad.25.6 Antijuricidad.
Se establece, como en el robo, de acuerdo al monto del daño patrimonial y la fijación de la pena se toma como base el salario mínimo vigente diario en el D.F. ▬ Excusas absolutorias: ninguna.
Al que, con perjuicio de alguien, disponga para sí o para otro cualquier cosa ajena mueblede la que se le haya transmitido la tenencia y no el dominio.2.
Se establece, como en el robo, de acuerdo al monto del daño patrimonial y la fijación de lapena se toma como base el salario mínimo vigente diario en el D.F.12. ¿Puede configurarse la culpa en el abuso de confianza?
el robo se persigue de oficioy en algunos casos por querella, mientras que el abuso de confianza por querella necesaria departe ofendida;
la pena se aplica según el monto del dañopatrimonial, y se toma como base para la sanción el salario mínimo diario vigente en el D.F.;ambos admiten el grado de tentativa;
Solo se puede presentar el concurso material, ya que con distintas conductas pueden darsevarios delitos, como en el caso de abuso de confianza.
Ejemplo: además de disponer de la cosa onegarse a devolverla se profieren amenazas, se causan lesiones, etcétera.
Comete el delito de fraude el que engañando a uno o aprovechándose delerror en que éste se halla, se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido.26.2 Sujetos y objetos.Sujetos: activo: debe tratarse cualquier persona física;
y el pasivo: puede ser cualquier persona física o moral.Objetos: el material es la cosa ajena mueble o inmueble, incluso abarca derechos y demás cosasincorpóreas, mientras que el objeto jurídico tutelado en este delito, es el patrimonio.26.3 Clasificación.
Mientras que aprovecharse del error de alguien quiere decir que el propio pasivopropicie con su error que el agente aproveche esa situación para cometer el ilícito.▬ Formas y medios de ejecución.
La ley penal no exige ningún medio comisivo, por tanto, puede serlo cualquiera siempre que sea idóneo.▬ Ausencia de conducta.
387)Fracc Sujeto Sujeto Objeto Conducta Tìpica activo pasivo MaterialI Abogado o persona La persona que Dinero, valores, No efectuar la defensa o que ofrece hacerse encarga el asunto y se cualquier cosa encargo, ni la dirección o el cargo de un asunto ve afectada mueble o inmueble patrocinio del asunto o civil, penal o patrimonialmente renunciar o abandonar el administrativo negocio o la causa sin motivoII Cualquier persona Cualquier persona Cosa mueble o Enajenar, arrendar, hipotecar, física física o moral inmueble empeñar o gravar una cosa de la cual no tiene derecho de disponerIII Cualquier persona Cualquier persona Documento Otorgar o endosar un fisica física o moral nominativo a la documento nominativo a la orden o al portador orden o al portador contra una persona supuesta, o que el otorgante sabe que no ha de pagarle.IV Cualquier persona Cualquier persona Cualquier cosa o Hacerse servir una cosa o fisica física o moral servicio admitir un servicio y no pagar su importeV Cualquier persona Cualquier persona Cosa mueble Comprar y no pagar la cosa o física (comprador) física (vendedor) no devolver su importeVI Cualquier persona Cualquier persona No entregar la cosa vendida o física (vendedor) física o moral Cosa mueble no devolver su importe (comprador)VII Cualquier persona Cualquier persona Cosa mueble o Verder a dos personas la física (vendedor) física o moral inmueble misma cosa (comprador)VIII Cualquier persona Cualquier persona Contratos o Obtener ventajas ususarias física física convenios valiéndose de la ignorancia o malas condiciones económicas del pasivoIX Cualquier persona Cualquier persona Fichas, tarjetas, Poner en circulación objetos física física o moral planchuelas o en sustitución de la moneda cualquier objeto que legal sustituya a la moneda legalX Cualquier persona Cualquier persona Contrato, escrito, Simulación de actos, contratos física física o moral acto o juicio o escritos judiciales con simulado perjuicio de alguien.XI Cualquier persona Cualquier persona Objetos o dinero Quedarse con el dinero física física o moral recibido o no entregar el objeto ofrecido en rifas, sorteos, etc.XII Fabricante, Cualquier persona Materiales de Emplear materiales de empresario, física o moral construcción construcción en cantidad o contratista o calidad inferior a la estipulada.
constructorXIII Vendedor de Cualquier persona Materiales de No entregar al comprador la materiales de física o moral construcción totalidad de materiales de construccion (comprador) construcción o la calidad convenida.
Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de MéxicoXIV Cualquier persona Los acreedores de la Una negociación Vender o traspasar una física que venda o negociación negociación sin autorización traspase una de los acreedores o sin que el negociación nuevo adquiriente se comprometa a responder de los créditos insolutos26.6 Antijuricidad.
Se establece, como en los delitos patrimoniales como el robo y el abuso deconfianza, de acuerdo al monto del daño patrimonial y la fijación de la pena se toma como base elsalario mínimo vigente diario en el D.F. Excusas absolutorias: ninguna.26.9 Consumación y tentativa.
Se persigue de oficio y de querella necesaria de la parte ofendida en loscasos del artículo 399 bis.
Comete el delito de fraude el que engañando a uno o aprovechándose del error en queéste se halla, se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido.2.
pasivo: cualquier persona física o moral; Conducta típica: engañar o aprovecharse del error del sujeto pasivo; Resultado típico: hacerse ilícitamente de alguna cosa o alcanzar un lucro indebido; Elemento normativo: está contenido en las expresiones: ilícitamente e indebido; Objeto material: cualquier cosa mueble o inmueble e incluso inmaterial; Objeto jurídico: el patrimonio.3.
Los fraudes específicos son:Sujeto activo Sujeto pasivo Objeto material Conducta típica .I Abogado o administrativo La persona Dinero, valores, No efectuar la defensa oencargo,persona que encarga cualquier cosa ni la dirección o el patrocinio del ofrece hacerse el asunto ymueble o asunto o renunciar o abandonar cargo de un se ve afectada inmueble el negocio o a lacausa sin motivo asunto civil, penal patrimonial mente justificadoII Cualquier persona Cualquier persona Cosa mueble o Enajenar, arrendar,hipotecar, físicaFísica o moral inmueble empeñar o gravar una cosa de la cual no tiene derecho de disponer.III Cualquier persona Cualquier persona Documento Otorgar o endosar undocumen física o moral to nominativo anominativo a la orden o al portador la orden o al contra una persona supuesta, o portador que el otorgante sabe que no ha de pagarle.IV Cualquier persona Cualquier persona Cualquier cosa Hacerse serviruna cosa o admitir un servicio y no pagar su importeV Cualquier persona Cualquier persona Cosa mueble Comprar y no pagar lacosa ofísica (comprador) física (vendedor) no devolverla.VI Cualquier persona Cualquier persona Cosa mueble No entregar la cosavendida o física (vendedor) física o moral no devolver suimporte (comprador)VII Cualquier persona Cualquier persona Cosa mueble Vender a dospersonas la física física o moral o inmueble misma cosa (vendedor) (comprador)VIII Cualquier persona Cualquier persona Contratos Obtener ventajasusurarias valiéndose de la ignorancia o malas Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de México condiciones económicas del pasivoIX Cualquier persona Cualquier persona Fichas, tarjetas, Poner en circulaciónobjetos en sustitu- planchuelas o ción de la moneda legal cualquier objeto que sustituya a la moneda legalX Cualquier persona Cualquier persona Contrato, escrito, Simulación de actos, contratos oacto Simulado o juicio escritos judiciales con perjuicio de alguien.XI Cualquier persona Cualquier persona Objetos o dinero Quedarse con el dinerorecibido o no entregar el objeto ofrecido en rifas, sorteos, etcétera.XII Fabricante, Cualquier persona Materiales de Emplear materiales deconstrucción empresario, o física o moral construcción en cantidad ocalidad inferior a contratista la estipuladaconstructorXIII Vendedor de Cualquier persona Materiales de No entregar al comprador latotalidadmateriales construcción física o moral construcción de materiales deconstrucción o la cali- (comprador) dad convenida.XIV Cualquier persona Los acreedores de Una negociación Vender otraspasar una negociación sinfísica que venda autorización de losacreedores o traspase una o sin que el nuevo adquirente se negociación comprometa a responder de los créditos insolutos.6.
▬ No efectuar la defensa o encargo, ni la dirección o el patrimonio del asunto o renunciar o abandonar el negocio o la causa sin motivo justificado;
▬ Enajenar, arrendar, hipotecar, empeñar o gravar una cosa de la cual no tiene derecho de disponer;
Otorgar o endosar un documento nominativo a la orden o al portador contra una persona supuesta, o que el otorgante sabe que no ha de pagarle;
▬ Vender a dos personas la misma cosa ▬ Obtener ventajas usurarias valiéndose de la ignorancia o malas condiciones económicas del pasivo;
▬ Quedarse con el dinero recibido o no entregar el objeto ofrecido en rifas, sorteos, etcétera.
▬ Vender o traspasar una negociación sin autorización de los acreedores o sin que el nuevo adquiriente se comprometa a responder de los créditos insolutos;
explotar las preocupaciones, superstición o la ignorancia del sujeto pasivo por medio de supuestas evocaciones de espíritus, adivinaciones o curaciones;
▬ Valerse de la ignorancia o malas condiciones económicas de un trabajador a su servicio pagándole cantidades inferiores;
▬ Alterar cuentas o condiciones de los contratos, etc., en la administración o cuidado de bienes ajenos;
y ▬ Valerse de un cargo público o relaciones con dirigentes sindicales para obtener cualquier beneficio o cambio de prometer o proporcionar trabajo, ascenso o aumento de salario.
Se aplicará la pena de tres meses a cinco años de prisión y multa decincuenta a 500 pesos:I) Al que de propia autoridad y haciendo violencia o furtivamente, o empleando amenaza o engaño, ocupe un inmueble ajeno o haga uso de él, o de un derecho real que no le pertenezca.II) Al que de propia autoridad y haciendo uso de los medios indicados en la fracción anterior ocupe un inmueble de su propiedad, en los casos en que la ley no lo permita por hallarse en poder de otra persona o ejerza actos de dominio que lesionen derechos legítimos del ocupante;
yIII) Al que en los términos de las fracciones anteriores cometa despojo de aguas.IV) La pena será aplicable, aun cuando el derecho a la posesión de la cosa usurpada sea dudosa o esté en disputa.27.2 Sujetos y objetos.Sujetos: activo: debe tratarse cualquier persona física;
y el pasivo: puede ser cualquier persona física o moral.Objetos: el material es la cosa ajena inmueble, derechos reales y aguas;
hacer uso de un derecho real que no le pertenezca al activo;ocupar un inmueble propio en los casos en que la ley no lo permite por hallarse en poder de otro;ejercer actos de dominio sobre un inmueble propio, lesionando los derechos legítimos delocupante;
La ley penal señala únicamente las siguientes violencia, furtividad, amenaza y engaño.▬ Ausencia de conducta.
No hay circunstancias atenuantes pero sí agravantes, las cuales son: el previsto en el quinto párrafo del artículo 395 que se refiere al despojo cometido por grupos de más de cinco personas.
El siguiente párrafo contempla una pena de dos a nueve años de prisión a quienes se dediquen reiteradamente a promover el despojo de inmuebles urbanos en el D.F. Derecho Penal Griselda Amuchategui Requena Universidad Autónoma de México27.7 Culpabilidad.
b) además de la pena antes señalada se impondrán de uno a seis años cuando el despojose comete en grupos que en su conjunto sean mayores de cinco personas;
y c) de dos a nueveaños a quienes se dediquen de manera reiterada a promover el despojo de inmuebles urbanos enel D.F.Excusas absolutorias: no se presenta ninguna.27.9 Consumación y tentativa.Consumación: se consuma en el momento de ocupar el inmueble, de hacer uso de él, de underecho real o al momento de cometer el despojo de aguas.Tentativa puede ser factible que se presente.27.10 Concurso de delitos.
Se persigue de oficio y, según los casos en que lo dispone el artículo 399bis,a petición de la parte ofendida.
Se aplicará la pena de tres meses a cinco años de prisión y multa de cincuenta a 500pesos:I) Al que de propia autoridad y haciendo violencia o furtivamente, o empleando amenaza o engaño, ocupe un inmueble ajeno o haga uso de él, o de un derecho real que no le pertenezca.II) Al que de propia autoridad y haciendo uso de los medios indicados en la fracción anterior ocupe un inmueble de su propiedad, en los casos en que la ley no lo permita por hallarse en poder de otra persona o ejerza actos de dominio que lesionen derechos legítimos del ocupante;
yIII) Al que en los términos de las fracciones anteriores cometa despojo de aguas.IV) La pena será aplicable, aun cuando el derecho a la posesión de la cosa usurpada sea dudosa o esté en disputa.2.
En el momento de ocupar el inmueble, de hacer uso de él, de un derecho real o almomento de cometer el despojo de aguas.7.
No hay circunstancias atenuantes, pero sí agravantes en dos casos: el primero se refiere aldespojo cometido por grupos de más de cinco personas;
De oficio, según lo dispone el artículo 399 bis, a menos que lo cometa alguna de laspersonas que el propio precepto señala, en cuyo caso se perseguirá a petición de la parteofendida.12.
Cuando por cualquier medio se causen: daño, destrucción o deterioro decosa ajena, o de cosa propia en perjuicio de tercero, se aplicarán las sanciones del robo simple.28.2 Sujetos y objetos.
Habrá delito de daño atenuado cuando sea por culpa, cuando nosea mayor de 100 veces el salario mínimo o por hechos de tránsito de vehículos;
De cinco a 10 años de prisión y multa de cien a cinco mil pesos;
Consumación: se consuma en el momento de ocupar elinmueble, de hacer uso de él, de un derecho real o al momento de cometer el despojo de aguas.Tentativa puede ser factible que se presente.28.10 Concurso de delitos.
Cuando por cualquier medio se causen: daño, destrucción o deterioro de cosa ajena, o decosa propia en perjuicio de tercero, se aplicarán las sanciones del robo simple.2.
Sí son posibles de que se den por ejemplo, el estado de necesidad, ejercicio de underecho, el cumplimiento de un deber y un consentimiento del titular del bien jurídico.5.
Al culminar este curso, nos damos cuenta de cuán benéfico ha sido para nosotrosen cuanto a conocimientos teóricos se refiere, ya que nos da una visión mucho más amplia de losque es la disciplina jurídico penal.
Nos sentimos satisfechos, ya que hoy somos lo suficientemente capaces deentender y comprender los conceptos básicos del derecho penal, así como las diferentes teoríasque a lo largo de la historia del derecho penal se han ofrecido a los estudiantes de la materia encuestión, tales como la teoría del delito, de la pena, del delincuente, las teorías de las elementosdel delito, etcétera.
Lo estudiado en estos últimos días, en particular la estructura del delito, nos hadado un mejor concepto de los ilícitos en particular, que se encuentran contemplados en el CódigoPenal del Distrito Federal.
Damos una sincera felicitación a la Licenciada Griselda Amuchátegui Requena,autora de nuestra texto de consulta, ya que ha sido de gran utilidad, sobre todo porque es un textofluido y fácil de comprender, lo que objetiviza el estudio, puesto que está especialmente creadopara estudiantes de educación abierta.
Damos también un cordial agradecimiento a nuestra Universidad Abierta que haestado haciendo posible el logro de nuestra carrera apoyándonos con todo género de facilidades.