El Patrimonio
El patrimonio es el conjunto de los bienes de una persona, e incluye también el conjunto de las deudas que los gravan.
Bienes
- Objetos materiales o cosas susceptibles de tener un valor.
- Objetos inmateriales o derechos.
Clasificación de las Cosas
- Cosas muebles
- Cosas inmuebles
- Cosas fungibles
- Cosas no fungibles
- Cosas consumibles
- Cosas en el comercio
- Cosas fuera del comercio
- Bienes registrables
- Bienes no registrables
Derechos Patrimoniales y Extrapatrimoniales
Derechos Patrimoniales
- Derechos personales: son aquellos que establecen relaciones directas entre sujetos de derecho.
- Derechos intelectuales: son los que surgen como producto de la creación humana.
- Derechos reales: son los que dan al titular una potestad inmediata y directa sobre la cosa.
Derechos Extrapatrimoniales
- Derechos personalísimos: son derechos que protegen la personalidad humana en sus distintos aspectos; son derechos propios del hombre, sin los cuales no sería posible su existencia.
- Derecho de familia: son facultades concedidas a determinadas personas en razón de un vínculo familiar.
La Capacidad
La capacidad es la aptitud de la persona, por un lado, para ser titular de derechos y deberes jurídicos, y por otro, para ejercer por sí mismo los derechos o el cumplimiento de los deberes.
- Capacidad de derecho: aptitud para ser titular de un derecho o de un deber jurídico.
- Capacidad de ejercicio: aptitud para ejercer por sí mismo sus derechos o sus deberes.
Efectos de la Inhabilitación
- Se le otorga un apoyo al pródigo.
- No lo representa, solo lo acompaña y asesora.
- La inhabilitación se inscribe en el registro.
- El pródigo puede manejar sus propios bienes con completa libertad.
Persona Jurídica
Son personas jurídicas todos los entes a los cuales el ordenamiento jurídico les confiere aptitud para adquirir derechos y contraer obligaciones para el cumplimiento de su objeto y los fines de su creación.
Los Hechos y Actos Jurídicos
Los hechos son acontecimientos, sucesos. Los hechos que acontecen deben ser analizados teniendo en cuenta distintos criterios:
- Naturales: suceden sin la intervención de ningún ser humano, se producen por causas extrañas a él.
- Humanos: son aquellos en los que interviene un hombre.
Clasificación de los Hechos según sus Consecuencias
- Simples hechos: son algunos hechos, tanto humanos como naturales, que no tienen consecuencia de ningún tipo jurídico.
- Hechos jurídicos: son hechos que pueden producir consecuencias jurídicas, por ejemplo, fuertes lluvias o inundaciones producen efectos jurídicos porque modifican o extinguen el derecho de las personas sobre una cosa.
Los Hechos Humanos
- Voluntarios: discernimiento, intención, libertad. Si no son involuntarios.
Actos Voluntarios
- Lícitos: son aquellos permitidos por la ley.
- Ilícitos: aquellos prohibidos por la ley.
Actos Jurídicos
El acto jurídico es el acto voluntario lícito que tiene por fin inmediato la adquisición, modificación o extinción de relaciones o situaciones jurídicas.
Elementos Esenciales de los Actos Jurídicos
- El sujeto del acto.
- El objeto del acto.
- La causa del acto.
- La forma del acto.
La Firma
Es una condición esencial del documento. Demuestra que estás de acuerdo con el documento.
Instrumento Privado
La autenticidad del documento debe ser probada.
Instrumento Público
Este se prueba por sí mismo a través de la firma y sello en el documento.