Cancelación de Aceptación
Queda obligado a los que saben de la aceptación. ¿Quién sabía que usted puede cargar?
Respaldo
Concepto
Cambiario es el acto mediante el cual el prestatario transfiere la propiedad del crédito.
Resumen
- Formal
- Unilateral
- Abstracto
Finalmente, la aprobación es abstracta porque se ha apartado de las causas que lo motivaron. Se le llama un acto formal, es admitido sólo como el acto de reconocimiento en forma práctica la ley con la firma en el propio documento. Unilateral, porque el endosatario, librado, librador y los demás no participaron en el respaldo. Esto es posible porque la falta de apoyo no de cambio y desvirtúan la figura, sólo porque los sucesivos aprueba creado después del título.
Personajes
Endosante y endosatario: transferencias se lleva el crédito.
Cesión «Pro Solve»
Significa que el cedente (el prestamista original, endosante) tiene la responsabilidad legal para el pago. El endosante se convierte en deudor solidario. Si el acreedor no paga, al aval se le puede pedir que pague.
Prohibición de Aval
El avalador puede prohibir a ninguna aprobación adicional. Esto no significa que el endosatario se prohíbe a aprobar, por lo que el aval que ya no sean responsables. Esta comprensión es la razón por la unión fue creada para ser negociado. Esta prohibición es sólo para entender que si la aprobación se hace otra, la primera tendrá una mayor responsabilidad en el título. Esta es una cláusula que tiene que estar en el respaldo.
Tipos de Respaldo
- En blanco: Donde hay simple firma del endosante sin indicar la persona que es el nuevo acreedor.
- Nominativo (o a la orden): Indica el nombre del nuevo acreedor.
- Propio: Es un aval de que las transferencias de crédito.
- Impropio: Transfiere la propiedad de sólo el título, pero sin transferir el derecho a reclamar que el título representa.
- Fuerte
- Mandato
Aval
Concepto
Es un acto cambiario por el cual se garantiza una de las obligaciones representadas por títulos negociables. El girador, librado, el fabricante, avalista, garante puede ser endosatario, así como cualquier otra persona.
Características
- Autónomo: El acto de aprobación de la ley se llama autónomo porque la obligación generada por la obligación del garante es independiente de la validez de lo que fue aprobado. Si una persona no aprueba la ley, es nula, pero la mía no. Contrariamente a la comprensión de los asegurados, ya que hay un vacío uno para el otro también.
- A favor de nadie: Incluso si girador, librado, promotores.
- Completo o parcial (LU, Sección 30): Esta aprobación está permitida por la ley uniforme, pero el código civil no lo permite. Por lo tanto, la garantía es válida en todo o en parte.
- Primera aprobación: Inicia la aprobación antes de que el deudor se niega a aceptarlo. Pasa a ser deudor.
- A título póstumo: Teniendo en cuenta después de la fecha de vencimiento.
- Aval simultáneo: Dos o más personas avalando a la misma persona/obligación. Aquí el garante puede cobrar a los endosantes.
- Aval de éxito: Aquí tenemos la garantía de la garantía. Aquí uno de los garantes de pago pueden cobrar al revés.
Aval y Endoso en Blanco
Aval en blanco y endoso en blanco se superponen: Aval en blanco y aprueba sin indicar a quién se está avalando.
STF, 189 – en blanco y la superposición de permisos se consideran al mismo tiempo.
Salarios y Forma de Pago
Elementos Esenciales
No es elemento esencial (LU, art 2). Aunque el art. 1 de la LU, la doctrina no se considera esencial para su oposición en el TC.
Vista
- No aceptado: Se presenta el TC directamente para el pago.
- Plazo de presentación: Para el pago
- Definido por el servidor: se puede configurar
- 1 año (artículo LU 34): Este término no está definido en el servidor. Es el momento de la presentación.
- Pierde demanda contra deudores: todavía tiene el derecho a cobrarle al deudor principal. El TC sigue siendo válido.
- Presentación prohibida: estipulado por el servidor. Ejemplo: La historia es de un año a partir de esa fecha.
- Plazo de derecho a la vista: No hay horario.
- Aceptar / protestar: El plazo comienza con la aceptación.
- Sin fecha, probablemente el último día: Si no hay fecha se presume que es el último día. Si el librado no acepta, la política dará lugar a la TC para protestar por la no aceptación (contra el librador).
Fecha de Vencimiento
- La fecha de vencimiento será a la hora x, a partir de la fecha de emisión por el servidor.
- Materiales plazo (que no sean de procedimiento)
- DERECHO DÍA: El plazo corre desde la emisión de la TC. El servidor establece un punto fecha.
Nota: No hay diferencia práctica entre el día y la fecha en cuanto al plazo.
Terminación Anticipada
- Negativa a aceptar: Recuerde que si la negativa es parcial, no es sólo la anticipación del partido se negaron a participar.
- Bancarrota
Nota: La cláusula de «no aceptar» tiene la intención de no permitir la aceleración de la TC.
Presentación y Pago
- Día de su vencimiento o: Si el día
- Al siguiente día hábil: Si la madurez no es un día hábil.
Pérdida de Tiempo
Lost (derecho a cobrar) a la derecha en contra de los deudores: se debe cargar sólo el deudor principal.
Bonos «Querables»
El TC es quérables obligaciones. El prestamista debe buscar que el deudor pague. El significado de este instituto nace debido a que el TC a circular, y el deudor no sabe quién será el TC.
Pago
- Descarga: Celebrada por el deudor principal, mientras que la TC.
- Recuperatorio: Realizada por algunos de los obligados al pago los deudores cuando fue acusado a cambio. Se recupera en el CT de nuevo en la cárcel.
- Por intervención: Una tercera persona no deberá efectuar el pago en lugar de la entidad crediticia, y subrogado en su lugar.
Lugar de Pago
Indica que debería, pero si no es así, probablemente el lugar indicado por el nombre del librado. Si no existe, será el domicilio del girado.
Pago Parcial
LU permite al deudor a pagar parte del TC. CT debe ser puesto en libertad, de lo contrario no se llevará a efecto de cambio, pero sólo los derechos civiles (principio de cartularidade). Si el acreedor se niega a pagar una parte, ya no tiene derecho a exigir a los sujetos obligados, manteniendo sólo contra el deudor principal.