Cobertura y Evolución del Seguro de Decesos
El seguro de decesos surge como respuesta a una necesidad de la sociedad española de principios del siglo XX: “tener resuelto el problema del enterramiento en condiciones dignas”. Actualmente, este seguro no solo cubre las gestiones y gastos asociados a la incineración o sepelio, incluyendo el traslado desde el lugar de fallecimiento hasta el cementerio o crematorio elegido por los familiares dentro del territorio nacional, sino que también se encarga de la gestión y obtención de documentación administrativa necesaria (pensiones, declaración de herederos, etc.). Además, continúa evolucionando e incorporando garantías y coberturas que responden a las necesidades del entorno familiar.
Conceptos Básicos del Seguro de Decesos
El seguro de decesos en España se concibe como un seguro de prestación de servicios. La aseguradora se encarga de organizar todo lo relacionado con el servicio fúnebre, evitando que la familia tenga que realizar gestiones.
- Concepto: La compañía aseguradora garantiza al beneficiario la prestación de los servicios funerarios requeridos en el momento de su defunción. Se obliga a garantizar los servicios funerarios completos.
Aspectos Clave del Contrato de Seguro de Decesos
- Personas Asegurables: Generalmente, son asegurables todas las personas en buen estado de salud en el momento de la contratación, con una edad máxima de 70 años, salvo autorización expresa de la compañía.
- Beneficiarios: En caso de no prestarse el servicio fúnebre, se abonará el valor de renuncia a quien justifique los gastos. Este seguro cubre gastos y no permite el lucro personal. Si nadie justifica los gastos, la suma asegurada se abonará al beneficiario designado o, en su defecto, al cónyuge, hijos, ascendientes o herederos legales, por orden preferente y excluyente.
- Plazo de Carencia: No existe plazo de carencia. Se tiene derecho a la prestación desde la entrada en vigor de la póliza.
- Suma Asegurada: El límite máximo de la prestación es el valor indicado en las Condiciones Particulares de la póliza. Esta suma depende del lugar de residencia de los asegurados, ya que el coste de los servicios funerarios lo establecen los ayuntamientos o las empresas gestoras de los cementerios. Es crucial que la póliza refleje el lugar de residencia habitual.
- Variación en el Coste del Servicio: Si la suma asegurada varía, la compañía lo comunicará al tomador, informándole de la modificación del contrato y emitiendo un suplemento con la nueva suma asegurada y la prima correspondiente. Las primas suelen actualizarse anualmente.
- Duración del Contrato: El contrato suele ser anual, prorrogable por el mismo periodo. Las partes pueden oponerse a la prórroga con una comunicación escrita con dos meses de antelación.
Modalidades de Tarifa en el Seguro de Decesos
- Vida Entera: Duración vitalicia, hasta el fallecimiento del asegurado. El pago de la prima puede ser vitalicio o hasta una edad determinada (temporal). Se comercializa mediante primas niveladas de forma vitalicia. La prima inicial es superior al riesgo asumido, requiriendo provisiones matemáticas.
- Seminatural: La prima varía cada cierto número de años según la edad del asegurado, hasta alcanzar una edad determinada. La prima crece al final de cada periodo plurianual, independientemente de la modificación de los capitales asegurados. Es una prima nivelada con un horizonte temporal limitado (normalmente cinco años).
- Temporal Anual Renovable o Natural: La prima varía anualmente según la edad del asegurado. Crece independientemente de la modificación de los capitales asegurados. Inicialmente, la tarifa natural es inferior a la de vida entera, situándose la seminatural entre ambas. Sin embargo, a largo plazo, el importe total pagado con la tarifa natural puede superar al de la tarifa vida entera debido a su crecimiento anual.